EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO DE PARTIDO QUINTO EN MATERIA TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA CAPITAL


E D I C T O BBVA PREVISIÓN S.A. c/ LA MARTINA DE EGUINO PARDO VALLE JORGE ANTONIO CLAUDIA M. CONTRERAS MOLINA, JUEZ DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 5º DE LA CAPITAL HACE SABER: Que por el presente edicto notifica al empleador: LA MARTINA DE EGUINO PARDO VALLE JORGE ANTONIO, dentro del proceso ejecutivo social seguido por BBVA PREVISIÓN S.A., ADMINISTRADORA DE FONDO DE PENSIONES, por concepto de deuda al seguro social obligatorio y otros, cuyo tenor literal es como a continuación se transcribe. –-------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FOJAS CUATROCIENTOS NUEVE A CUATROCIENTOS ONCE DE OBRADOS.- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SEÑOR JUEZ DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. -------------------------AMPLIA EJECUCIÓN. -----------------------OTROSÍES. - ---------------------------SOCIEDAD ANÓNIMA PREVISIÓN BBVA AÜMINISTR ADORA DE FONDO DE PENSIONES S.A. "BBVA PREVISIÓN AFP S.A." legalmente representada por su Gerente Regional el señor Luis Alberto Gutiérrez Pasquier, dentro del juicio ejecutivo social seguido contra LA MARTINA DE EGUINO PARDO VALLE JORGE ANTONIO., ante las consideraciones de su autoridad, respetuosamente expongo y pido: -----------------------Para los finés del Art, 494 del .Código de Procedimiento Civil, tengo a bien acompañar la Nota de Débito N° 4521 de fecha 22 de julio de 2005, que acredita que LA MARTINA DE EGUINO PARDO VALLE JORGE ANTONIO., adeuda por concepto de primas e intereses a “BBVA PREVISIÓN AFP S.A.” por los meses de julio a Diciembre del año 2002, Enero a Diciembre del año 2003, Enero a Diciembre del año 2004 y Enero a Mayo del año 2005, la Suma de Bs. 13.351,84.- (Trece mil trescientos cincuenta y un 84/100 Bolivianos). -----------------------De la revisión de obrados, en consecuencia y de conformidad Con el Art. 494 del Código de Procedimiento Civil, solicito se amplie la ejecución por la suma de Bs. 13.351,84.- (Trece mil trescientos cincuenta y un 84/100 Bolivianos). Sea con notificación en la persona de Jorge Antonio Eguino Pardo Valle, representante legal de LA MARTINA DE EGUINO PARDO VALLE JORGE ANTONIO. -----------------------------OTROSI 1°.- MEDIDAS PRECAUTORIAS.- Solicito que al tenor del Art. 29 de la Ley 1760 de 28 de febrero de 1997, que claramente prescribe: "El embargo y cualquier otra medida precautoria se ejecutarán antes de la citación, con la demanda al ejecutado” y tornándose en cuenta que por mandato del artículo 23 de la Ley de Pensiones, el presente proceso ejecutivo social se sustancia conforme a las previsiones del código de procedimiento Civil, tengo a bien solicitar: --------------------- * Mandamiento de embargo.- Se expida Mandamiento de Embargo sobre bienes propios de LA MARTINA DE EGUINO PARDO VALLE JORGE ANTONIO, encomendándose su ejecución al señor Oficial de Diligencias del Juzgado y/o funcionarlos de la Policía Judicial, debiendo depositarse en poder de persona solvente. ---------------------* Retención y remisión de fondos.- Asimismo, solicito se ordene la retención y remisión al Juzgado de los fondos qué pudiera tener la Empresa ejecutada en cuentas corrientes, cuentas de ahorro o depósitos a plazo fijo en los bancos e instituciones del sistema financiero del país, debiendo oficiarse para tal efecto a la Superintendencia de Bancos. ---------------------* Retención y remisión de fondos.- Se oficie a la superintendencia de Pensiones Valores y Seguros a objeto de que proceda a la retención de fondos y/o valores que pudieran tener los ejecutados, depositados en cualquiera de los Fondos de inversión abiertos o cerrados, administrados por las sociedades administradoras de fondos de inversión y sean remitidos al juzgado. ---------------------* Anotación Preventiva. - Mediante testimonios de ley se ordene la Anotación Preventiva de la demanda y auto intimatorio ante la oficina de Derechos Reales sobre los bienes de LA MARTINA DE EGUINO PARDO VALLE JORGE ANTONIO., debiendo notificar al Juez Registrador de Derechos Reales y sea con los recaudos de ley. ---------------------De igual manera, ordene la anotación preventiva en la Unidad Operativa de Tránsito sobre los vehículos, de los ejecutados. ---------------------Se ordene también la anotación preventiva en la COOPERATIVA DE TELÉFONOS AUTOMÁTICOS DE LA PAZ COTEL Ltda. sobre las líneas telefónicas de los ejecutados. ---------------------OTROSI 3. - Por otro lado y en virtud de salvaguardar los intereses de los trabajadores que pueden constituir perjuicios sociales como consecuencia de invalidez y muerte muy respetuosamente le solícito se sirva ordenar al Servicio Nacional de Migración el Arraigo de Jorge Antonio Eguino Pardo Valle. ---------------------OTROSI 4°. - En estricta aplicación de la prescripción contenida en el artículo 10 del D.S. 25722, impetro a su autoridad se digne disponer que dentro del plazo de 5 días LA MARTINA DE EGUINO PARDO VALLE JORGE ANTONIO., proceda a presentar ante vuestro Despacho, las planillas salariales correspondientes a los períodos de ejecución. ---------------------Justicia, etc.- ---------------------La Paz, 29 de noviembre de 2005. ---------------------FIRMA Y SELLO: Luis A. Gutierrez P. ---------------------GERENTE REGIONAL ---------------------------FIRMA Y SELLA: Agustín Dips P. -----------------------ABOGADO -------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FOJAS CUATROCIENTOS DIECISIETE DE OBRADOS.- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& La Paz, 24 de febrero de 2023. --------------------En mérito al informe emitido por la auxiliar del juzgado y de la revisión de obrados se establece que la parte ejecutante BBVA PREVISIÓN AFP S.A., habría presentado memorial que señala: “AMPLIA EJECUCIÓN*, en fecha 29 de noviembre de 2005, mismo que no ha sido arrimado al presente proceso, presumiéndose que el mismo se encontraría entrepapelado, consiguientemente, a fin de evitar futuras nulidades y velando por el debido proceso, y habiendo la parte ejecutante adjuntado la copia del memorial presentado, en consecuencia se tiene como válida, pasándose a providenciar al memorial de fecha 29 de noviembre de 2005. de la siguiente manera: --------------------Con carácter previo venga con la firma del Gerente Regional en la Nota de Débito N° 4521, asimismo adjunte el detalle de la Nota de Débito, cumplido aquello se proveerá lo que en derecho corresponda. --------------------Al Otrosí I.- Téngase por adjunto y arrímese a sus antecedentes. --------------------Al Otrosí II.- Téngase presente por la Oficial de Diligencias el número de celular señalado a efectos de la notificación con el proceso. --------------------FIRMA Y SELLA: Claudia M. Contreras Molina. --------------------JUEZ DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 5º CAPITAL. --------------------LA PAZ - BOLIVIA. --------------------FIRMA Y SELLO: ANTE MI: Abog. Miguel H. Alapati Zapana --------------------SECRETARIO ABOGADO --------------------JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 5to CAPITAL ------------------LA PAZ – BOLIVIA ------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FOJAS CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO DE OBRADOS.- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SEÑOR JUEZ QUINTO DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA CAPITAL. -------------------------ACLARA Y REITERA DICTE AUTO AMPLIATORIO. -------------------------IANUS: 20206003.- -------------------------OTROSIES. - -------------------------ALEX ROGER ZUÑIGA MIRANDA en representación legal de PREVISION BBVA- ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES S.A. (BBVA PREVISION AFP S.A.), dentro del proceso Coactivo Social iniciado en contra de la empresa LA MARTINA DE EGUINO PARDO VALLE JORGE ANTONIO, con Nota de Débito: 2402 a su autoridad con las debidas consideraciones de respeto digo y pido: -------------------------Señor Juez, tengo a bien señalar a su autoridad que el empleador LA MARTINA DE EGUINO PARDO VALLE JORGE ANTONIO, fue citado mediante edicto de prensa, asimismo la sentencia probada N° 067/2018, fue notificada mediante edicto de prensa, al igual que la Ejecutoria de la Sentencia de fecha 22 de octubre de 2018, fue notificada por edicto de prensa en fechas, 11/02/2019,18/02/2019 y 25/02/2019. -------------------------Por todo lo expuesto líneas supra, tengo a bien indicar a su autoridad que no corresponde señalar el domicilio del empleador, toda vez que el proceso está siendo llevado por edicto de prensa. -------------------------Ahora bien, con el fin de evitar futuras observaciones, tengo a bien reiterar a su probidad dicte el correspondiente auto ampliatorio de la siguiente Nota: -------------------------• Ampliación de Demanda N°: 4521, por el monto de Bs. 13,351.84. - (TRECE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 84/100 BOLIVIANOS). -------------------------En conformidad a lo estipulado en el Art. 116 de La Ley 065 Nueva Ley de Pensiones. -------------------------OTROSI I. - Pongo en conocimiento correo electrónico mauricioab87@gmail.com y de igual forma mi número de telefónico 60021491 del abogado que suscribe. -------------------------OTROSI II.- Señalo domicilio procesal en la Calle Juan de la Riva N° 1406 esquina calle Loayza, Edificio ALBORADA, 5to Piso, Oficina 507. -------------------------La Paz, 16 de noviembre de 2023. -------------------------FIRMA Y SELLA: Alex Roger Zuñiga Miranda -------------------------GERENTE REGIONAL -------------------------BBVA PREVISIÓN AFP S.A. -------------------------FIRMA Y SELLO: Mauricio Aguilar Blomberg -------------------------ABOGADO -------------------------Mat R.P.A. Nº 3844410 MAB R.C.A. 9905 -------------------------REG NAL. 18431 – SC – REG. T.D.J. 10264 ----- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AUTO CURSANTE A FOJAS CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO DE OBRADOS. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& RESOLUCIÓN No. 972/2023 ------------------------AUTO INTERLOCUTORIO ------------------------PREVISIÓN A.F.P. c/ LA MARTINA DE EGUINO PARDO VALLE JORGE ANTONIO ------------------------NUREJ: 20206003 ------------------------La Paz, 23 de noviembre de 2023. ------------------------VISTOS: En consideración al memorial que antecede, y por memorial de fs. 428 de obrados, subsanado mediante memorial de fs. 430 y 432 de obrados la parte ejecutante adjunta Nota de Débito No. 4521 de fecha 22 de julio de 2005, cursante a fs. 425 de obrados, por la suma de Bs. 13.351,84.- (TRECE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO 84/100 BOLIVIANOS); y solicita la ampliación de la presente demanda ejecutiva social, señalando que la parte ejecutada LA MARTINA DE EGUINO PARDO VALLE JORGE ANTONIO con RUC 8429758 representado legalmente por Jorge Antonio Eguino Pardo Valle con C.I. 465059 L. P., ha incurrido en nuevos vencimientos por concepto de deuda al Seguro Social Obligatorio (Aporte Patronal, Intereses, Multas, Gastos Judiciales y Administrativos), correspondientes a los periodos de: SEPTIEMBRE-2003, OCTUBRE-2003, NOVIEMBRE-2003, DICIEMBRE-2003, ENERO-2004, FEBRERO-2004, MARZO-2004, ABRIL-2004, MAYO-2004, JUNIO-2004, JULIO-2004, AGOSTO-2004, SEPTIEMBRE-2004, OCTUBRE-2004, NOVIEMBRE-2004, DICIEMBRE-2004, ENERO-2005, FEBRERO-2005, MARZO-2005, ABRIL-2005, MAYO-2005, JULIO-2002, AGOSTO-2002, SEPTIEMBRE-2002, OCTUBRE-2002, NOVIEMBRE-2002, DICIEMBRE-2002, ENERO-2003, FEBRERO-2003, MARZO-2003, ABRIL-2003, MAYO-2003, JUNIO-2003, JULIO-2003 y AGOSTO-2003. ------------------------CONSIDERANDO: Qué, del análisis de lo expuesto y la revisión de obrados se llega a establecer las siguientes conclusiones de orden legal: ------------------------Que, de conformidad a lo dispuesto por el art. 23 de la Ley de Pensiones (Ley 1732), D.S. Nº 25958 de 21 de octubre de 2000, la tramitación del presente proceso se realiza de acuerdo a las disposiciones del Código de Procedimiento Civil para el proceso Ejecutivo. ------------------------POR TANTO: La Sra. Juez de Partido de Partido del Trabajo y Seguridad Social 5º de la Capital, sin ingresar en mayores consideraciones de orden legal y con las facultades conferidas por ley, estando la solicitud de la parte ejecutante dentro de lo dispuesto por el Art. 494 del C.P.C. y revisado que fue la Nota de Débito de Fs. 425 de obrados, la competencia del juzgado, la personería de las partes, la liquidez, plazo vencido, se CONMINA a la parte ejecutada LA MARTINA DE EGUINO PARDO VALLE JORGE ANTONIO con RUC 8429758 representado legalmente por Jorge Antonio Eguino Pardo Valle con C.I. 465059 L. P., a exhibir dentro del tercer día de su legal citación con los recibos y los documentos que acrediten el pago de la Nota de Débito No. 4521 de fecha 22 de julio de 2005, cursante a fs. 425 de obrados, correspondientes a los periodos de (SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO): SEPTIEMBRE-2003, OCTUBRE-2003, NOVIEMBRE-2003, DICIEMBRE-2003, ENERO-2004, FEBRERO-2004, MARZO-2004, ABRIL-2004, MAYO-2004, JUNIO-2004, JULIO-2004, AGOSTO-2004, SEPTIEMBRE-2004, OCTUBRE-2004, NOVIEMBRE-2004, DICIEMBRE-2004, ENERO-2005, FEBRERO-2005, MARZO-2005, ABRIL-2005, MAYO-2005, JULIO-2002, AGOSTO-2002, SEPTIEMBRE-2002, OCTUBRE-2002, NOVIEMBRE-2002, DICIEMBRE-2002, ENERO-2003, FEBRERO-2003, MARZO-2003, ABRIL-2003, MAYO-2003, JUNIO-2003, JULIO-2003 y AGOSTO-2003, por la suma de Bs.13.351,84.- (TRECE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO 84/100 BOLIVIANOS), bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de llevarse el proceso hasta el trance de remate de los bienes. Se reconoce justos y legítimos pagos, así como descargos, si los hubiere. ------------------------Teniéndose por comunes a la ampliación todos los tramites que la precedieron, debiendo procederse a la citación de la parte ejecutada con el presente auto de ampliación, a tal efecto por Secretaria expídase el edicto de Ley correspondiente. ------------------------Al Otrosí I y II. - Téngase presente por la Oficial de Diligencias el domicilio procesal señalado, así como el número de celular y correo electrónico a efectos de la notificación del proceso. ------------------------providenciando a los otrosíes de los memoriales cursantes a fs. 430 de obrados: ------------------------Al Otrosí 1 y 2. - Téngase presente por la Oficial de Diligencias el domicilio procesal señalado, así como el número de celular y correo electrónico a efectos de la notificación del proceso. ------------------------TÓMESE RAZÓN.- ------------------------FIRMA Y SELLA: Claudia M. Contreras Molina. --------------------JUEZ DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 5º CAPITAL. --------------------LA PAZ - BOLIVIA. --------------------FIRMA Y SELLO: ANTE MI: Abog. Miguel H. Alapati Zapana --------------------SECRETARIO ABOGADO --------------------JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 5to CAPITAL ------------------LA PAZ – BOLIVIA ---------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FOJAS CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS DE OBRADOS.- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SEÑOR JUEZ QUINTO DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA CAPITAL. -------------------------SOLICITA NOTIFICACION POR SISTEMA HERMES. - -----------------------------IANUS: 20206003.- -----------------------------OTROSIES. - -----------------------------ALEX ROGER ZUÑIGA MIRANDA en representación legal de PREVISION BBVA- ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES S.A. (BBVA PREVISION AFP S.A.), dentro del proceso Coactivo Social iniciado en contra de LA MARTINA DE EGUINO PARDO VALLE JORGE ANTONIO, con Nota de Débito: 2402 a su autoridad con las debidas consideraciones de respeto digo y pido: -----------------------------Señor Juez, a partir de la presentación del presente escrito, nos damos por notificados con la providencia de fecha 23 de noviembre de 2023, por lo que a efectos de continuar con la tramitación de la causa tengo a bien solicitar a su probidad que por secretaria de su juzgado se proceda a elaborar el Edicto de Prensa para notificar con la providencia de fecha 23 de noviembre de 2023, para que posteriormente la notificación se la efectué mediante SISTEMA - HERMES. -----------------------------OTROSI I. - Pongo en conocimiento correo electrónico mauricioab87@gmail.com y de igual forma mi número de telefónico 60021491 del abogado que suscribe. -----------------------------OTROSI II.- Señalo domicilio procesal en la Calle Juan de la Riva N° 1 Edificio ALBORADA, 5to Piso, Oficina 507. -----------------------------La Paz, 20 de febrero de 2024. -----------------------------FIRMA Y SELLA: Alex Roger Zuñiga Miranda -------------------------GERENTE REGIONAL -------------------------BBVA PREVISIÓN AFP S.A. -------------------------FIRMA Y SELLO: Mauricio Aguilar Blomberg -------------------------ABOGADO -------------------------Mat R.P.A. Nº 3844410 MAB R.C.A. 9905 -------------------------REG NAL. 18431 – SC – REG. T.D.J. 10264 ----- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& DECRETO CURSANTE A FOJAS CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE DE OBRADOS. - &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& La Paz, 26 de febrero de 2024. --------------------Téngase expresamente por notificado con la Resolución No. 972/2023 cursante a fs. 435 de obrados, sea para fines consiguientes de ley. -------------------------------Asimismo, por secretaria franquéese el edicto solicitado, sea por el sistema HERMES. -------------------------------Al Otrosí I y II.- Téngase presente por la Oficial de Diligencias el domicilio procesal, número de celular y correo electrónico señalados a efectos de la notificación con el proceso. -------------------------------FIRMA Y SELLA: Claudia M. Contreras Molina. --------------------JUEZ DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 5º CAPITAL. --------------------LA PAZ - BOLIVIA. --------------------FIRMA Y SELLO: ANTE MI: Abog. Miguel H. Alapati Zapana --------------------SECRETARIO ABOGADO --------------------JUZGADO DE PARTIDO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 5to CAPITAL ------------------LA PAZ – BOLIVIA -------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA PAZ A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS. ----- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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