EDICTO

Ciudad: PUCARANI

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y DE SENTENCIA PENAL DE PUCARANI


EDICTO La Abogada Ruth Rubín de Celis Salinas – Juez Publico Civil y Comercial de Partido del Trabajo y de Seguridad Social y de Sentencia Penal 1o de la Provincia Los Andes con asiento jurisdiccional en su capital Pucarani. ----- HACE SABER: Por el presente EDICTO CITA Y EMPLAZA A LOS CIUDADANOS EMILIO ATAHUICHI PLATA con C. l. 2050508 L.P., GUILLERMO ATAHUICHI PLATA con C. l. 2173781 L.P., ELIZA ATAHUICHI PLATA con C. l. 2304650 L.P., ADOLFO ATAHUICHI PLATA con C. l. 2387321 L.P., JULIO JUSTO ATAHUICHI MAMANI con C. l. 2503054 L.P., OSMAR RUDY ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 3361170 L.P., ALBERTO ATAHUICHI MAMANI con C. l. 4270294 L.P., EDITH ALEJANDRINA ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 4775528 L.P., OMAR LUIS ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 4971000 L.P. y ADHEMAR ALAIN ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 6011389 L.P. dentro de la DEMANDA CIVIL seguido por DIÓCESIS DE EL ALTO-IGLESIA CATÓLICA EN BOLIVIA con NIT 1018281024, con domicilio real en la calle Mercurio, N° 1000, esquina Av. Estructurante de la zona san Felipe de Seque de la cuidad de el alto, legalmente representada por la Sras. FABIOLA CONDORI QUISPE con C.l. 7032952 L.P. y MAGDALENA VALERIA MITA UCHUPI con C.l. 6107662 L.P., en contra de EMILIO ATAHUICHI PLATA con C. l. 2050508 L.P., GUILLERMO ATAHUICHI PLATA con C. l. 2173781 L.P., ELIZA ATAHUICHI PLATA con C. l. 2304650 L.P., ADOLFO ATAHUICHI PLATA con C. l. 2387321 L.P., JULIO JUSTO ATAHUICHI MAMANI con C. l. 2503054 L.P., OSMAR RUDY ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 3361170 L.P., ALBERTO ATAHUICHI MAMANI con C. l. 4270294 L.P., EDITH ALEJANDRINA ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 4775528 L.P., OMAR LUIS ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 4971000 L.P. y ADHEMAR ALAIN ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 6011389 L.P. sobre USUCAPIÓN para que se apersone a este despacho judicial a efectos que responda a la acción impetrada dentro del PLAZO DE TREINTA (30) DÍAS si existiera algún interés legal que correrá a partir de la publicación del presente edicto, conforme lo dispuesto en el artículo 362, 363 parágrafo I, II, III, 364 y en cumplimiento a los Articulo 73, 74, 75, 76, 78 y 125 y siguientes de la Ley No. 439, cuyo tenor es como a continuación se transcribe: -------- MEMORIAL DE DEMANDA DE FS. 68 A 72 DE OBRADOS ------------- SEÑORA JUEZA, DEL JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL DE PARTIDO DEL TRABAJO Y S.S. Y DE SENTENCIA PENAL PRIMERO DE LA LOCALIDAD DE PUCARANI DE LA PROVINCIA LOS ANDES. ------------- EN LA VÍA ORDINARA INTERPONGO DEMANDA USUCAPIÓN DECENAL O EXTRAORDINARIO. ------------- OTROSÍES.- su contenido ------------- DIÓCESIS DE EL ALTO-IGLESIA CATÓLICA EN BOLIVIA con NIT 1018281024, con domicilio real en la calle Mercurio, N° 1000, esquina Av. Estructurante de la zona san Felipe de Seque de la cuidad de el alto, legalmente representada por la Sras. FABIOLA CONDORI QUISPE con C.l. 7032952 L.P. y MAGDALENA VALERIA MITA UCHUPI con C.l. 6107662 L.P., ante las consideraciones de su autoridad con respeto expongo y pido: ------------- I. APERSONAMIENTO -------------Señor juez, nosotras; FABIOLA CONDORI QUISPE con C.l. 7032952 L.P. y MAGDALENA VALERIA MITA UCHUPI con C.l. 6107662 L.P., en calidad de apoderadas y hermanas de la iglesia, nos apersonamos en representación de la “Diócesis De El Alto-Iglesia Católica En Bolivia”, Conforme al Testimonio Poder N° 170/2021 de fecha 13 de abril de 2021 expedido por la Notaria De Fe Publica N° 105 a cargo de la Dra. Mónica G. Vargas Chambi otorgado por el Mons. GIOVANI EDGAR ARANA en su calidad de obispo y representante legal de la “Diócesis De El Alto-Iglesia Católica En Bolivia” y solicitando se nos haga conocer ulteriores diligencias del presente proceso. ------------- II. RELACIÓN DE HECHOS ------------- Señor juez, Que; mediante testimonio N° 002/1994 de fecha 31 de enero de 1994 de compra venta, la “Iglesia Católica En Bolivia” (actualmente denominado “DIÓCESIS DE EL ALTO”), adquiere del señor RUFINO ATAHUICHI ESPEJO con C.I. 405822 L.P. un inmueble denominado “Huajra Pila Pata” (denominación anterior) con una superficie de 3000 Mts2., que para entonces registrada en Derechos reales bajo la partida 655, fojas 655, del libro 43 de 1987, Actualmente ubicado; EN LA URBANIZACIÓN “LAJA CASCO VIEJO”, MANZANO 34, LOTE N° 1, CON UNA SUPERFICIE DE 3000.00 MTS2., COLINDANCIAS ; AL NORTE; CON LA CALLE HUAJRAPILA, AL SUR; CON LA IGLESIA CATOLICA DE BOLIVIA, AL ESTE; LOTE 2 Y AL OESTE, CON LA CALLE MEJILLONES , DE LA LOCALIDAD DE LAJA, PROVINCIA LOS ANDES, DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ, cuyo actual registro en DD.RR. se encuentra bajo la matrícula N° 2.12.2.01.0013075. ------------- Que, por la certificación de la Gobierno Autónomo Municipal de Laja, el predio objeto del Litis NO es de propiedad municipal, no es área verde, ni de equipamiento, en consecuencia corresponde al área residencial. ------------- Que por certificación de junta de vecinos de Laja, segunda sección, prov. Los Andes, certifica que la Diócesis De El Alto tiene la condición de vecino y propietario de un lote ubicado en la Urbanización Laja Casco Viejo, manzano 34, lote 1, con una superficie de 3000 Mts2 y que cumple la función orgánica de acuerdo a sus y costumbres por más de 10 años ininterrumpidos de forma pacifica y continua. certificación que está basada en la denominación actual conforme la informe del G.A.M.L. ------------- Como podrá apreciar Señora Jueza, hace más de 10 años en virtud al testimonio N° 002/1994 de fecha 31 de enero de 1994 de compra venta, aparejado a la presente demanda, nos encontramos poseyendo, conjuntamente con hermanos que son pate de la iglesia, de buena fe, de forma pacífica, continua e ininterrumpida en el terreno descrito, habiendo amurallado y construido cuartos en este inmueble las cuales a la fecha ocupamos, existiendo a nuestro favor El Animus y Dominus, por lo que el plazo contenido en el art. 138 del Código Civil se halla superabundantemente cumplido, por consiguiente esperando sea operada la usucapión decenal a favor de la “DIÓCESIS DE EL ALTO-IGLESIA CATÓLICA EN BOLIVIA”. ------------- III. FUNDAMENTACIÓN LEGAL ------------- En cumplimiento de los numerales 2, 4, 5, 6 y 9 del art. 110 del C.P.C.: ------------- AL NÚMERAL 2): LA PRETENSIÓN, es que ocupamos de forma pacífica, continua e ininterrumpida por más de diez años el inmueble Actualmente ubicado; EN LA URBANIZACIÓN “LAJA CASCO VIEJO”, MANZANO 34, LOTE N° 1, CON UNA SUPERFICIE DE 3000.00 MTS2., COLINDANCIAS ; AL NORTE; CON LA CALLE HUAJRAPILA, AL SUR; CON LA IGLESIA CATOLICA DE BOLIVIA, AL ESTE; LOTE 2 Y AL OESTE, CON LA CALLE MEJILLONES , DE LA LOCALIDAD DE LAJA, PROVINCIA LOS ANDES, DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ, cuyo actual registro en DD.RR. se encuentra bajo la matrícula N° 2.12.2.01.0013075. por lo que LA PRETENSIÓN ES HACERME DE DERECHO PROPIETARIO POR EL TRASCURSO DEL TIEMPO SOBRE EL INMUEBLE DESCRITO, a la ves solicito a su autoridad me declare probada la demanda y consiguientemente ordene me otorguen el derecho propietario a muestro representado por ante las oficinas de derechos reales sobre el bien inmueble objeto de la presente. ------------- AL NUMERAL 4). NOMBRE, DOMICILIO Y GENERALES DE LEY DE LOS DEMANDADOS: ------------- EMILIO ATAHUICHI PLATA con C. l. 2050508 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, boliviano, con domicilio actual (desconocido). ------------- GUILLERMO ATAHUICHI PLATA con C. l. 2173781 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, boliviano, con domicilio actual (desconocido). ------------- ELIZA ATAHUICHI PLATA con C. l. 2304650 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, boliviano, con domicilio actual (desconocido). ------------- ADOLFO ATAHUICHI PLATA con C. l. 2387321 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, boliviano, con domicilio actual (desconocido). ------------- JULIO JUSTO ATAHUICHI MAMANI con C. l. 2503054 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, boliviano, con domicilio actual (desconocido). ------------- OSMAR RUDY ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 3361170 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, boliviano, con domicilio actual (desconocido). ------------- ALBERTO ATAHUICHI MAMANI con C. l. 4270294 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, boliviano, con domicilio actual (desconocido). ------------- EDITH ALEJANDRINA ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 4775528 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, boliviano, con domicilio actual (desconocido). ------------- OMAR LUIS ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 4971000 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, boliviano, con domicilio actual (desconocido). ------------- ADHEMAR ALAIN ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 6011389 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, boliviano, con domicilio actual (desconocido). ------------- Mismos figuran registrados en DDRR como herederos al fallecimiento de RUFINO ATAHUICHI ESPEJO con C.I. 405822 L.P. Notificación a los demandados sea practicada previa certificación del SERECI y SEGIP. ------------- AL NUMERAL 5). EL BIEN DEMANDADO CON TODA EXACTITUD, conforme al plano visado y certificado adjunto, actualmente el inmueble objeto del presente proceso se identifica con exactitud, encontrándose en la; URBANIZACIÓN “LAJA CASCO VIEJO”, MANZANO 34, LOTE N° 1, CON UNA SUPERFICIE DE 3000.00 MTS2., COLINDANCIAS ; AL NORTE; CON LA CALLE HUAJRAPILA, AL SUR; CON LA IGLESIA CATOLICA DE BOLIVIA, AL ESTE; LOTE 2 Y AL OESTE, CON LA CALLE MEJILLONES , DE LA LOCALIDAD DE LAJA, PROVINCIA LOS ANDES, DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ, registrado en DD.RR. se encuentra bajo la matrícula N° 2.12.2.01.0013075. Aclarar que la denominación actual señalada es conforme a certificado emitido por el G.A.M.L., misma que es distinto a la denominación anterior detallada en el testimonio. Empero como es de conocimiento sufren esos cambios conforme el inmueble baya pasando al radio urbano. ------------- Así mismo, Que, por la certificación de la Gobierno Autónomo Municipal de Laja, el predio objeto del Litis NO es de propiedad municipal, NO es área verde, NI de equipamiento, en consecuencia corresponde al área urbano y residencial del municipio de Laja. ------------- AL NUMERAL 6.- LA RELACIÓN PRECISA DE LOS HECHOS, Indicar que el señor RUFINO ATAHUICHI ESPEJO con C.I. 405822 L.P. (+) en vida, mediante testimonio N° 002/1994 de fecha 31 de enero de 1994 de compra venta, transfirió en forma definitiva a la “Iglesia Católica En Bolivia” (actualmente denominado “DIÓCESIS DE EL ALTO”), un inmueble denominado “Huajra Pila Pata” (denominación anterior) con una superficie de 3000 Mts2., registrada en Derechos reales bajo la partida 655, fojas 655, del libro 43 de 1987. Actualmente este inmueble, conforme certificación del G.A.M.L., queda ubicada en la; URBANIZACIÓN “LAJA CASCO VIEJO”, MANZANO 34, LOTE N° 1, CON UNA SUPERFICIE DE 3000.00 MTS2., COLINDANCIAS ; AL NORTE; CON LA CALLE HUAJRAPILA, AL SUR; CON LA IGLESIA CATOLICA DE BOLIVIA, AL ESTE; LOTE 2 Y AL OESTE, CON LA CALLE MEJILLONES , DE LA LOCALIDAD DE LAJA, PROVINCIA LOS ANDES, DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ, registrado en DD.RR. se encuentra bajo la matrícula N° 2.12.2.01.0013075. Que a partir de esa transferencia MI REPRESENTADO OCUPA DE MANERA CONTINUA E ININTERRUMPIDA EN EL INMUEBLE OBJETO DE USUCAPIÓN en los cuales juntamente con las hermanas y hermanos cristianos construimos el muro perimetral y cuartos para vivir y congregarnos, desde ese entonces hasta la actualidad cumplimos con la función social que la constitución exige. ------------- Con el CERTIFICADO DE LA JUNTA DE VECINOS adjunto, podrá establecer que la POSESIÓN DE MI MANDANTE ES CONTINUA E ININTERRUMPIDA EN EL POR MÁS DE 10 AÑOS BIEN INMUEBLE, hecho que sustenta el testimonio de transferencia, pago de impuestos adjunto, facturas de luz y agua. Por último, su autoridad con la INSPECCIÓN JUDICIAL AL INMUEBLE OBJETO DE USUCAPIÓN, constatara que mi mandatario vive en el inmueble de manera continua e ininterrumpida, ofrecida al tenor del art. 178 de Cód. Procesal Civil, bajo los principios de judicializa, contradicción, verdad material y transparencia. ------------- AL NUMERAL 9.- LA PETICIÓN EN TÉRMINOS CLAROS, PRECISOS Y POSITIVOS, señor juez precautelando mi legítimo interés, manifestó a su autoridad que tengo el CORPUS cual es la posesión por más de diez años del inmueble cuya usucapión solicito y también tengo el ANIMUS, razón por el cual mediante la presente manifiesto ante su autoridad mi pretensión de convertirme en dueño y obtener el derecho propietario por el trascurso del tiempo sobre el inmueble objeto de Litis, toda vez que mí posesión es continua por más de 10 años, no es viciada y no soy simple detentador o simple poseedor, por lo que de conformidad a las normas citadas y los art 110, 138 del C.C. y art 110, 111 y 113 del C.P.C. y EN VÍA ORDINARIA ADMITA MI DEMANDA DE USUCAPIÓN DECENAL O EXTRAORDINARIA y corra en traslado la misma, sea con las formalidades de ley. ------------- III. PETITORIO Señor juez, precautelando mi legítimo interés de mi poderdante y la posición que tengo sobre el terreno indicado, en mérito al documento adjunto, de conformidad al art. 138 y 110 del Código Civil en relación con los arts. 110, 111, 362 al 368 de su Procedimiento, en la vía ordinaria DEMANDO LA USUCAPIÓN DECENAL O EXTRAORDINARIA A; ------------- EMILIO ATAHUICHI PLATA con C. l. 2050508 L.P. ------------- GUILLERMO ATAHUICHI PLATA con C. l. 2173781 L.P., ------------- ELIZA ATAHUICHI PLATA con C. l. 2304650 L.P. , ------------- ADOLFO ATAHUICHI PLATA con C. l. 2387321 L.P. ------------- JULIO JUSTO ATAHUICHI MAMANI con C. l. 2503054 L.P. ------------- OSMAR RUDY ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 3361170 L.P. ------------- ALBERTO ATAHUICHI MAMANI con C. l. 4270294 L.P. ------------- EDITH ALEJANDRINA ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 4775528 L.P. ------------- OMAR LUIS ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 4971000 L.P. ------------- ADHEMAR ALAIN ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 6011389 L.P. ------------- SOBRE EL INMUEBLE URBANO UBICADO EN LA; URBANIZACIÓN “LAJA CASCO VIEJO”, MANZANO 34, LOTE N° 1, CON UNA SUPERFICIE DE 3000.00 MTS2., COLINDANCIAS; AL NORTE; CON LA CALLE HUAJRAPILA, AL SUR; CON LA IGLESIA CATOLICA DE BOLIVIA, AL ESTE; LOTE 2 Y AL OESTE, CON LA CALLE MEJILLONES, DE LA LOCALIDAD DE LAJA, PROVINCIA LOS ANDES, DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ, registrado en DD.RR. se encuentra bajo la matrícula N° 2.12.2.01.0013075, Del municipio de Laja del departamento de La Paz. ------------- Así mismo, a objeto de cumplir a cabalidad lo establecido por el art. 138 del Código Civil, pido a vuestra autoridad, que previos los tramites de ley se sirva a ADMITIR LA DEMANDA, correrla en traslado y en definitiva dicte sentencia DECLARANDO PROBADA LA DEMANDA de usucapión decenal o extraordinaria en todas sus partes, DISPONIENDO EL REGISTRO DEFINITIVO DEL TÍTULO DE PROPIEDAD DEL INMUEBLE MENCIONADO SEA ANTE DERECHOS REALES. En ejecución de sentencia se me franquee las ejecutoriales de ley en triple ejemplar para la protocolización y posterior inscripción en DD.RR. ------------- OTROSI 1ro.- adjunto PRUEBA DOCUMENTAL: ------------- TESTIMONIO PODER N° 170/2021, de fecha 13 de abril de 2021, mediante el cual acreditamos que somos apoderadas. ------------- NIT 1018281024, del demandante, por el cual acreditamos la legalidad de la personalidad jurídica, en donde se tiene como representante legal a GIOVANNI EDGAR ARANA con C.I. 4304348 L.P. ------------- COPIA DE CEDULA DE IDENTIDAD, del representante legal y poderdante GIOVANNI EDGAR ARANA Con C.I. 4304348 L.P. ------------- COPIA DE CEDULA DE IDENTIDAD, de la apoderada FABIOLA CONDORI QUISPE con C. l. 7032952 L.P. ------------- COPIA DE CEDULA DE IDENTIDAD, de la apoderada MAGDALENA VALERIA MITA UCHUPI con C. l. 6107662 L.P. ------------- TESTIMONIO N° 002/1994, de fecha 31 de enero de 1994 de compra venta, por el cual la “Iglesia Católica En Bolivia” (actualmente denominado “DIÓCESIS DE EL ALTO”), adquiere del señor RUFINO ATAHUICHI ESPEJO con C.I. 405822 L.P. el bien inmueble objeto de Litis. ------------- FORMULARIO GRATUITO 169 DE IMPUESTO A LAS TRANSFERENCIAS, de fecha 23 de febrero de 1994. ------------- COPIA DE CEDULA DE IDENTIDAD, del vendedor RUFINO ATAHUICHI ESPEJO con C.I. 405822 L.P., vendedor. ------------- INFORME DE DERECHOS REALES, de fecha 23 de abril de 2021 y actual de fecha 03 de marzo de 2023 sobre el bien inmueble objeto del Litis, en el cual detalla los últimos propietarios registrados. ------------- INFORME DE DERECHOS REALES, de fecha 18 de septiembre del año 2023 sobre el bien inmueble objeto del Litis, en el cual detalla los últimos propietarios registrados. ------------- CERTIFICADO DE JUNTA DE VECINOS, de fecha 23 de julio de 2023 el mismo que prueba que ocupa mi poderdante el referido inmueble por más de 10 años de manera ininterrumpida de forma pacífica y continúa cumpliendo la función social que corresponde conforme a la constitución política del estado en su art. 56 Num. 1. ------------- INFORME, de fecha 13 de octubre de 2023, Emitido por el Gobierno Autónomo Municipal De Laja, con el que acredito con exactitud la ubicación del bien inmueble objeto de la presente. ------------- CERTIFICADO, de fecha 11 de julio del año 2023, emitido por el Gobierno Autónomo Municipal de Laja, con el que pruebo que el predio objeto del Litis NO es de propiedad municipal, NO es área verde, NI de equipamiento, en consecuencia corresponde al área urbano y residencial del municipio de Laja. ------------- PLANO, por el cual se acredita con exactitud el bien objeto del Litis. ------------- CERTIFICADO, de fecha 4 de septiembre del 2023, por el cual a objeto de extendernos certificado catastral el G.A.M.L. nos exige tener derecho propietario. ------------- PLANIMETRÍA, de la urbanización laja casco viejo, legalizada emitido por el G.A.M.L. ------------- LEY MUNICIPAL N° 063, de fecha 29 de diciembre de 2015, en copia legalizada emitido Por el Gobierno Autónomo Municipal De Laja, por el cual acredito que el inmueble en cuestión, tiene la planimetría aprobada conforme a ley. ------------- COMPROBANTES DE PAGO DE IMPUESTO ANUAL; siendo que estos documentos acreditan el cumplimiento de obligaciones tributarias cual si fuera el titular del inmueble objeto de Litis. ------------- CERTIFICADO DE REGISTRO DE DATOS TÉCNICOS Y PAGOS, de fecha 15 de marzo del año 2023, emitido por la Dirección De Recaudaciones del Gobierno Autónomo Municipal De Laja, con el cual acredito que se ha cumplido con las obligaciones tributarias conforme a ley. ------------- RECIBOS DEL PAGO DE SERVICIO DE AGUA POTABLE; pago por el servicio básico de agua potable en original, Todos a nombre de la “DIÓCESIS DE EL ALTO” Lo que demuestra la posición pacifica e ininterrumpida. ------------- FACTURA DEL PAGO DE SERVICIO DE LUZ; pago por el servicio básico de luz en original, Todos a nombre de la “DIÓCESIS DE EL ALTO” Lo que demuestra la posición pacifica e ininterrumpida. ------------- CONTROL DE ASISTENCIA A LA URBANIZACIÓN, con el cual acredito el cumplimento de la función social. ------------- PLACAS FOTOGRÁFICAS, en el cual se observa las construcciones realizadas por mi mandante. ------------- DECRETO JUDICIAL, de fecha 15 de febrero de 2023, de 14 de agosto y 29 de agosto del presente año, en donde nos requiere la documentación adjunta en la presente demanda. ------------- Dado la importancia de estas pruebas documentales y por el principio de verdad material, de los documentos originales adjuntos SOLICITO ME EXTIENDA UNA COPIA LEGALIZADA. ------------- OTROSÍ 2do.- ofrezco PRUEBA TESTIFICAL; consistente en los siguientes ciudadanos: ------------- ALBINA ROSA POCA con C.I. 6011511 QR. mayor de edad y hábil por derecho, con residencia en la Localidad de Laja. ------------- JUANA CORNEJO FERNANDEZ, con C. l. 5476446 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, con residencia en la Localidad de Laja. ' ------------- JHONNY MAMANI SUXO, con C. l. 4971533 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, con residencia en la Localidad de Laja. ------------- TEODORO MAMANI, con C. l. 2403552 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, con residencia en la Localidad de Laja ------------- Adjunto copias simples de cedula de identidad de todos los testigos. ------------- OTROSÍ 3ro.- ofrezco PRUEBA DE INSPECCIÓN JUDICIAL AL INMUEBLE OBJETO DE USUCAPIÓN, al tenor del art. 178 del Cód. Procesal Civil, bajo los principios de judicializad, contradicción, verdad material y transparencia a efectos probar los extremos demandados, es decir que ocupo por más de diez años, de formas pacifica e ininterrumpida, de buena fe en el inmueble objetó de usucapión. ------------- OTROSÍ 4to.- de conformidad al código de procedimiento civil, SOLICITO SE PROCEDA A NOTIFICAR A TODOS LOS DEMANDADOS Y POSIBLES INTERESADOS MEDIANTE EDICTOS, a fin de que los mismos puedan ejercer su derecho a asumir defensa. Sea previa formalidades de ley. ------------- OTROSÍ 5to.- Señalo domicilio procesal; calle Martín Cárdenas, galería “FERNÁNDEZ”, No. 1026, planta baja, of 10, en inmediaciones de la plaza de la Luna de la ciudad de El Alto. Abogado: Dr. Marco Antonio Choque Huacani con RPA N° 6863235 MACH, Correo electrónico; tony_21j@hotmail.com., cel.; 60111139 y Ciudadanía digital: 6863235. ------------- “DURA LEX, SED LEX” ------------- El Alto, diciembre del año 2023. ------------- FIRMA Y SELLA: Dr. Marco A. Choque Huacani – Abogada ---------------------- FIRMA: Magdalena Valeria Mita. ------------------- AUTO DE ADMISON DE FS. 78 DE OBRADOS. - Pucarani, 04 de diciembre de 2023 ----------------- A LO PRINCIPAL: VISTOS.- SE ADMITE la presente Demanda Ordinaria de USUCAPIÓN presentada por DIOCESIS DE EL ALTO-IGLESIA CATOLICA EN BOLIVIA en cuanto hubiere lugar en derecho en CONTRA de EMILIO ATAHUICHI PLATA con C. l. 2050508 L.P., GUILLERMO ATAHUICHI PLATA con C. l. 2173781 L.P., ELIZA ATAHUICHI PLATA con C. l. 2304650 L.P. , ADOLFO ATAHUICHI PLATA con C. l. 2387321 L.P., JULIO JUSTO ATAHUICHI MAMANI con C. l. 2503054 L.P., OSMAR RUDY ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 3361170 L.P., ALBERTO ATAHUICHI MAMANI con C. l. 4270294 L.P., EDITH ALEJANDRINA ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 4775528 L.P., OMAR LUIS ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 4971000 L.P., ADHEMAR ALAIN ALVAREZ ATAHUICHI con C. l. 6011389 L.P. a lo cual Cítese, Notifíquese y Emplácese a los mismos mediante Edictos del Sistema Hermes para que responda a la acción impetrada en el PLAZO DE (30) TREINTA DÍAS, conforme lo dispuesto en el artículo 362, 363 parágrafo I, II, III y 364 y en cumplimiento al artículo 73, 74, 75, 76 y 125 y siguientes de la Ley No. 439 y sea con las formalidades de Ley. ------- Asimismo, Cítese, Notifíquese y Emplácese al representante legal del Gobierno Autónomo Municipal de Laja a efectos que tenga conocimiento de la presente demanda y conteste a la misma en el caso que tuviera interés que invada propiedad municipal el predio señalado a usucapir dentro del plazo establecido por Ley. ------ AL OTROSÍ 1.- Téngase presente la documentación adjunta a ser considerado en su oportunidad. ----- AL OTROSÍ 2.- A lo principal. ------- AL OTROSÍ 3.- Considérese en su momento ------------ AL OTROSÍ 4.- Publíquese a los demandados mediante edictos por el sistema Hermes. -------- AL OTROSÍ 5.- Por señalado. ------ Firma y sella: Ruth B. Rubin de Celis Salinas – Juez Publico Civil y Comercial de Partido del Trabajo y S.S. y Sentencia Penal 1º - Pucarani. ------ Firma y sella: Ante Mi Dr. Nelson Pascual Morales - Secretario - Abogado – Juzgado Publico Civil y Comercial de Partido del Trabajo y S.S. y Sentencia Penal 1º - Pucarani – La Paz – Bolivia. -------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA PROVINCIA LOS ANDES CON ASIENTO JURISDICCIONAL EN SU CAPITAL PUCARANI DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------


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