EDICTO

Ciudad: TRINIDAD

Juzgado: TRIBUNAL DE SENTENCIA PRIMERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


E D I C T O PARA: RODY LEIVA BALBOA-ACUSADO EL DR. GREGORIO CHUNGARA CONDORI – JUEZ DE SENTENCIA EN LO PENAL N° 1 DE LA CAPITAL. P O R E L P R E S E N T E E D I C T O: NOTIFICAR A: RODY LEIVA BALBOA. Dentro del proceso penal que se le sigue en su contra, por la probable comisión del delito de ESTELIONATO, en virtud del art. 165 del CPP “notificación por edicto”, se dispone la publicación de la resolución a través del sistema informático de gestión de causas, para tal efecto se subirán actuados en el portal electrónico de notificaciones del Tribunal Supremo de Justicia, para lo cual se transcriben en sus partes más importantes para conocimiento: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - ---- - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - PROCEDIMIENTO: ESTELIONATO EXPEDIENTE: 8012153 ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PUBLICO Y CONTRADICTORIO PRESENCIAL – SUSPENDIDA En fecha martes 23-04-2024 10:03 JUEZ: GREGORIO CHUNGARA CONDORI SECRETARIA: MARIA CELIA ZELADA PARADA FISCAL: OLGA LIDIA JULIO DENUNCIANTE: ELIA CHOLIMA GUASINAVE Y GUIDO MONTALVAN ABOG. DEL DENUNCIANTE Y APODERADO LEGAL: JULIO CESAR LAVERDY AVAROMA DENUNCIADO: CARLA LORENA SOLIZ MORENO Y RODY LEIVA BALBOA ABOGADO DEMANDADO: MARIO JUSTINIANO ABOG. DEFENSOR DE OFICIO: MAICO EDUARDO CANSECO INCIDENCIAS JUEZ: GREGORIO CHUNGARA CONDORI: Buenos días a la presente audiencia, por secretaria informe el motivo de la audiencia, las notificaciones y su presencia en sala. SECRETARIA: MARIA CELIA ZELADA PARADA: informar que se ha notificado al apoderado legal y abogado Julio Cesar Laverdy quién se encuentra presente en sala, el acusado Rody Leiva Balboa notificado y no se encuentra presente en sala, la señora Carla Lorena Soliz Moreno se encuentra legalmente notificada y presente en sala, el abogado defensor de oficio el Dr. Maico Eduardo Canseso se encuentra en sala. Juez.- usted estaba declarada rebelde señora Carla Lorena. CARLA LORENA SOLIZ: Si, porque me notifican en mi otro domicilio yo ya no vivo ahí. JUEZ.- Se dicta resolución de rebeldía en relación a Rody Leiva. Denunciante: MP Denunciado: Rody Leiva Balboa Delito: Estafa Nurej: 8012153 AUTO INTERLOCUTORIO N° 6/2024 REBELDIA Trinidad, 23 de abril de 2024. VISTOS: Que, habiéndose notificado de forma personal al acusado Rody Leiva Balboa tal al como cursa del formulario de notificación cursante a fs. 169-170 y no ha presentado memorial justificando su inasistencia para la audiencia. POR TANTO: Conforme al art. 87 de la norma adjetiva penal vamos a declarar REBELDE AL SEÑOR RODY LEIVA BALBOA, consiguientemente se deberá expedir el correspondiente mandamiento de aprehensión para el acusado, para el efecto que sean conducidos ante la autoridad para que se le señale fecha JUICIO ORAL, se dispone conforme el art. 89 del CPP: 1.- mandamiento de Aprehensión. 2.- Mandamiento de ARRAIGO debiendo seguir procedimiento en oficinas de migración, esto de conformidad con los Art. 88 y 89 del CPP, 3. Se mantiene la designación del abogado defensor de oficio con el Dr. Maico Eduardo Canseco. 4.- Asimismo se dispone la publicación de EDICTO a subirse en la plataforma de la página del Tribunal Supremo de Justicia vigente para las partes y sin costo económico. 5.- Con la presente resolución notifíquese a la encargada de REJAP para que proceda a la anotación de la declaratoria de rebeldia conforme al art. 440-2 del CPP. REGISTRESE.- Fiscal: Señor juez solicito se pueda designar abogado defensor de oficio. JUEZ.- Se designa al Dr. Maico Eduardo Canseco quién se encuentra presente en sala, queda legalmente notificado. ABOG. Y APODERADO LEGAL: Solicita que acredite su Nuevo domicilio y sea en el plazo de 24 horas. JUEZ.- Se tiene presente, CARLA LORENA LEIVA: Villa Marin, final del asfalto de avenida principal, calle 8, dobla mano derecho cuadra y media. Juez.- Mediante su abogado deberá hacer llegar un memorial señalando un domicilio preciso adjuntando croquis y sea en el plazo de 48 horas, Posteriores notificaciones se harán en secretaria del juzgado. Ahora bien se va reprogramar el acto, PARA EL DIA 28 de mayo de 2024 a horas: 09:00 presencial, todo de conformidad con lo establecido por el art. 130 del CPP por fuerza mayor se suspenden los plazos procesales y tomando en cuenta la agenda del juzgado que tiene ya señalamiento de audiencias. Expídase por secretaria los comparendos. LA AUDIENCIA FINALIZO EN FECHA 23-04-2024 A HRS. 10:18. Con lo cual, se da por terminada la presente, firmando en constancia el juez y el secretario que suscriben. FDO. Y SELLADO POR EL DR. GREGORIO CHUNGARA CONDORI – JUEZ DE SENTENCIA EN LO PENAL N° 1 DE LA CAPITAL. ANTE MI, DOY FE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - ---- - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - El Edicto correspondiente, deberá ser publicado a través del portal electrónico de notificaciones de la página del Tribunal Supremo de Justicia, por el cual se notifica a: RODY LEIVA BALBOA-ACUSADO dentro del presente proceso. Es todo para los fines consiguientes de ley. El presente Edicto es librado en la ciudad de la Santísima Trinidad, capital del Departamento del Beni, a los VEINTICINCO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTICUATROAÑOS….. Fdo. Y sellado por el Juez de Sentencia en lo Penal N° 1 de la Capital – Dr. Gregorio Chungara Condori. Ante mi Secretaria Abog. María Celia Teresa Zelada Parada. Doy Fe.


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