EDICTO

Ciudad: TARIJA

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO SEGUNDO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL


EDICTO JUZGADO: Publico Civil y Comercial 2° de la Capital JUEZ: Dr. Jesús Altamirano Cruz SECRETARIA: Abog. Karla Andrea Roca Castellanos.- PROCESO: Ordinario -Usucapión Decenal.- NUREJ: 6075215-3.- DEMANDANTE(S): IDOLIO BALOIS ESPINOZA CHOQUE y PAULINA RUIZ VILTE DE ESPINOZA DEMANDADO(S): DORA PRIMITIVA PANTOJA DE CAMPERO Y OTROS Por el presente edicto se cita a DORA PRIMITIVA PANTOJA GUTIERREZ, HUMBERTO PANTOJA GUTIERREZ, SUSSY ROXANA MUÑOZ PANTOJA, DONATO PORTAL y ALBERTO PORTAL Y/O SUS Y PRESUNTOS HEREDEROS FORZOSOS y PRESUNTOS PROPIETARIOS; dentro del proceso Ordinario – Usucapion Decenal seguido por IDOLIO BALOIS ESPINOZA CHOQUE y PAULINA RUIZ VILTE DE ESPINOZA en contra de DORA PRIMITIVA PANTOJA DE CAMPERO Y OTROS, para que por sí o mediante apoderado legal asuman defensa en el plazo de 30 días a partir de la primera publicación con el presente edicto caso contrario el proceso continuará con el defensor de oficio a nombrar, para cuyo efecto se hace saber lo siguiente: ---- RESUMEN DE LA DEMANDA DE FS. 70 A 76 DE OBRADOS DE FECHA 18 DE ABRIL DE 2024.------------- RAMIRO ESPINOZA RUIZ, con C.I. N° 7170795, hábil por ley en merito al Poder Notarial Nº 204/2024 d efecha 10/02/2024 acredito que soy apoderado de los señores IDOLIO BALOIS ESPINOZA COLQUE y PAULINA RUIZ VILTE DE ESPINOZA, conforme lo establece el art. 38 CPC demando Proceso Ordinario de Usucapion en contra de los siguientes ciudadanos: DORA PRIMITIVA PANTOJA GUTIERREZ DE CAMPERO, VICTOR RENE PANTOJA GUTIERREZ, HUMBERTO PANTOJA GUTIERREZ, SUSSY ROXANA MUÑOZ PANTOJA, CARLOS PANTOJA GUTIERREZ, JAIME GONZALO PANTOJA GUTIERREZ, JOSEFA BETTY PANTOJA GUTIERREZ, RUTH ZULEMA MUÑOZ PANTOJA DE SANCHEZ, DONATO PORTAL y ALBERTO PORTAL, PRESUNTOS HEREDEROS FORZOSOS Y PRESUNTOS PROPIETARIOS sobre la fracción de terreno ubicado en Zona San Jorge designación S/TIT Lote N7; manzano D, superficie 420.05 m2; linderos Norte N: sobre calle Alberto Kissen Brier con 30 ml, al Sur S: lote Nº8 con 30 ml; Este E: calle sin nombre con 14 ml; Oeste O: lote Nº6 con 14 ml; código catastral 24-102-2-0-0-0 de esta ciudad con código catastral 24-102-2-0-0-0 registrado en DDRR partida Nº 493 libro Primero de Propiedad de la Provincia Cercado inscrito en el Folio 68 del tercer anotador de fecha 09/08/1995 como partida madre, conforme plano topofragico adjunto e información rápida de DDRR adjuntos, en fecha 18/03/1997 mediante Testimonio mis mandantes adquieren la superficie de 420.05m2 objeto d elitis por compra venta de los ahora demandados por descuido no se regularizo el registro en DDRR sin individualizar su lote hasta la fecha habiendo ingresado a poseerlo en fecha 18/03/1998 contruyeron una vivienda multifamiliar de dos plantas cuenta con los servicios básicos habitando hasta la actualidad el ambiente de forma pacifica y continua realizadon las mejoras y mantenimiento con su dinero realizando vida organica en el Barrio San Jorge II.- FUNDAMENTO.- Fundo la presente pretensión en lo establecido en los art. Art. 69 Ley del Organo Judicial, 56 CPE; 138,87 y 110 del CC y art. 110, 111, 121 del CPC.Ofrecemos prueba conforme art. 111 CPC documental, testifical, inspección judicial, pericial, renunciamos al titulo de compraventa y me someto a las reglas del instituto de la usucapión.------ PETICION: Piden admita la demanda, dicte Sentencia declarando probada la demanda en todas sus partes y en ejecución de sentencia otorgue la ejecutorial de ley para su inscripción ante Derechos Reales.Ofrezco Prueba.-------------------- AUTO DE FS. 77-78 D EOBRADOS DE FECHA 19 DE ABRIL DE 2024.----- VISTOS: Los antecedentes, CONSIDERANDO Se apersona Idolio Espinoza Choque y Paulina Ruiz Vilte de Espinoza a través de su representante Ramiro Espinoza Ruiz en merito al Testimonio de Poder N° 204/2024 a quién se le abona su personería, demandando en la vía ordinaria proceso de usucapión decenal, y estando cumplido los requisitos extrínsecos del artículo 110 de la Ley 439, corresponde admitirla para su tramitación como proceso ordinario conforme a las reglas fijadas en el artículo 362 y Sgts. de la Ley 439. POR TANTO Se admite la demanda ordinaria de usucapión decenal formulada por IDOLIO BALOIS ESPINOZA COLQUE y PAULINA RUIZ VILTE DE ESPINOZA sostenida a fs. 70/75 en contra de VÍCTOR RENÉ PANTOJA GUTIÉRREZ, CARLOS PANTOJA GUTIÉRREZ, RUTH ZULEMA MUÑOZ PANTOJA DE SÁNCHEZ, JAIME PANTOJA GUTIERREZ y JOSEFA BETTY PANTOJA GUTIÉRREZ, para que en el plazo de treinta días desde su legal citación se apersone y conteste la demanda, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, en estricta sujeción a los artículo 74 y 75 de la Ley 439, quedando autorizada la comisión. También procédase a la citación de DORA PRIMITIVA PANTOJA GUTIÉRREZ, HUMBERTO PANTOJA GUTIÉRREZ, SUSSY ROXANA MUÑOZ PANTOJA, DONATO PORTAL y ALBERTO PORTAL y/o sus PRESUNTOS HEREDEROS FORZOSOS, y PRESUNTOS PROPIETARIOS a quienes se desconoce e ignora su domicilio real, disponiéndose su CITACIÓN y EMPLAZAMIENTO para que se apersone al presente proceso en el plazo de treinta días desde la primera publicación, bajo apercibimiento de nombrárseles defensor oficial Se tiene por propuesta la prueba documental, testifical, inspección judicial y pericial con noticia contraria. Cítese y emplácese al Lic. Johnny Torres Terzo en su calidad del Alcalde electo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de la ciudad de Tarija en su calidad de tercero. Colóquese el letrero indicativo del presente proceso a ser verificado por secretaria. Se deja constancia que la posesión como modo de adquirir la propiedad, no puede ser objeto de conciliación, y al existir litisconsorcio necesario la participación resulta necesaria de todos los demandados, empero, al no existir domicilio precisado de alguno de ellos, también no resulta objetivizable la conciliación Al otrosí 1° Deferido. Al otrosí 2° Queda autorizada la comisión y la publicación respectiva. Al otrosí 3° Por declarado. Al otrosí 4° Por señalado. REGÍSTRESE. Fdo: Dr. Jesús Altamirano Cruz, Juez Público Civil y Comercial Segundo de la Capital.- Ante Mi, Secretaria del Juzgado Público Civil y Comercial Segundo QUEDAN UDS. CITADOS.-Certifico------------------------------------------------------------------------------------ Tarija, 24 de ABRIL de 2024


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