EDICTO

Ciudad: EL ALTO

Juzgado: TRIBUNAL DE SENTENCIA SEGUNDO EN MATERIA PENAL DE EL ALTO


NOTIFIQUE A: VICTIMA BASILIA MAYTA QUISPE Y XIMENA TICONA MAYTA CON LA SENTENCIA .---------------------------------------------------TRIBUNAL DE SENTENCIA SEGUNDO DE LA CIUDAD DE EL ALTO – LA PAZ SENTENCIA RESOLUCIÓN N° S-19/2024 DENTRO DEL PROCESO PENAL SEGUIDO POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN CONTRA DE EDGAR TICONA MAMANI, POR EL DELITO DE ASESINATO. VISTOS: Las Jornadas de Descongestionamiento Penal para salidas alternativas de procedimiento abreviado, lo manifestado y fundamentado por el representante del Ministerio Público y el abogado de la defensa, con la participación de: 1.- PRESIDENTE: Dra. Katty L. Viricochea Ríos 2.- JUEZ TECNICO: Dra. Ingrid G. Medina Blanco 3.- JUEZ TECNICO Dr. Omar D. Rocabado Imaña 4.- SECRETARIO: Dr. Franklin Larico Oblitas 5.- FISCAL DE MATERIA: DR. DANIEL CHAVEZ Domicilio Procesal: Oficinas de la Fiscalía de Viacha 6.- ACUSADO: Nombre y Apellido: EDGAR TICONA MAMANI Cedula de Identidad: 6150369 L.P. Ocupación: Albañil Domicilio Real: Recinto Penitenciario de San Pedro Fecha de nacimiento: 22/11/1985 Abogado Defensor: DR. YACID DEKER LOPEZ ZENTENO Domicilio Procesal: Oficinas de SEPDEP VISTOS.- Que, concedida la palabra al representante del Ministerio Público, refiere que habiendo conversado con el acusado y su defensa técnica, se ha llegado a un acuerdo con relación al quantum de la pena, por lo que presenta salida alternativa de procedimiento abreviado del acusado Edgar Ticona Mamani, siendo que conforme a los hechos, el acusado ha quitado la vida a la víctima Ximena Ticona Mayta en fecha 16 de noviembre en el domicilio ubicado en la ciudad de El Alto, Av. 6 de marzo de la zona Panamericana, donde tuvo durante 3 días sin contacto a la víctima, la cual toma contacto con su señora madre y sus familiares quienes ponen la denuncia en la FELCC por la desaparición de la menor en fecha 06 de agosto de 2010 a horas 06:00am., donde la Sra. Basilia Mayta se percata que al celular de su concubino y en el mensaje señala “vengan a la planta de Senkata con policías 110” lugar al que la madre se traslada a buscar a su hija, y al no encontrar la dirección vuelve a su casa, se encuentra con su concubino y vuelven al lugar donde preguntando llegan al domicilio en la 6 de marzo de la zona Panamericana, en el primer piso se encuentra a la víctima Ximena con vida y al ver a su madre pide auxilio gritando que le quiere matar, la madre forcejea la puerta y el acusado tranca la puerta por dentro y procede agredirla con un arma punzo cortante (cuchillo) ocasionándole múltiples heridas en el cuerpo causando la muerte a la víctima, este es el hecho que en el año 2010 el acusado agrede físicamente a la víctima y le llega a segar la vida, es por ello que el Ministerio Público, conforme a las pruebas que se han presentado ante este tribunal en el pliego acusatorio, se establece la participación del hecho donde pierde la vida la victima Ximena Mayta, es por ello que si bien el año 2010 se acusa por el delito de asesinato, el Ministerio Público MODIFICA el tipo penal por el delito de HOMICIDIO y solicita se le imponga una sentencia condenatoria de 18 años de presidio a cumplirse en el Centro Penitenciario de San Pedro. Que, por intermedio de la Presidenta del Tribunal a objeto de dar cumplimiento al Art. 374 del Código de Procedimiento Penal, SE PREGUNTA AL ACUSADO EDGAR TICONA MAMANI, si ha participado en el hecho de Homicidio, si renuncia voluntariamente al juicio oral, si su abogado le ha explicado lo que es un procedimiento abreviado, si está de acuerdo con la pena a imponerse en forma libre, voluntaria y sin presión alguna, respondiendo el acusado en forma afirmativa, admitiendo su participación en el hecho denunciado y renunciando al juicio oral continuo y contradictorio. Que, concedida la palabra al abogado del acusado, refiere que el sindicado Edgar Ticona Mamani ha aceptado voluntariamente la pena de 18 años y el procedimiento abreviado por lo que no tiene ninguna objeción al caso. Que, el tribunal ha deliberado y conforme se tiene de las pruebas presentadas por el Ministerio Público desde la MP-1 a la MP-18 y la relación fáctica descrita, se tiene que la vicitma se encontraba con vida al momento que la madre de la misma llega al lugar, siendo ese el momento en que el acusado actúa dolosamente para quitarle la vida conforme se establece por el Certificado de Defunción de fecha 7 de agosto de 2010, emitido por el Dr. Jorge Melgarejo Pizarroso, quien determina que la causa de la muerte de la victima Ximena Ticona Mayta, ha sido por shock hipovolémico producto de las lesiones en su humanidad, así como también se tiene del Protocolo de Autopsia que establece la misma causa y conforme a la relación fáctica y los hechos que motivaron tal hecho conforme a la demás prueba, se tiene que habría sido por motivos pasionales, por lo que, por el principio del Iura Novit Curia, la conducta del acusado se subsume al delito de Homicidio. POR TANTO.- El Tribunal Segundo de Sentencia de la ciudad de El Alto, administrando justicia en primera instancia a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia y en virtud de la jurisdicción y competencia que por ella ejerce por UNANIMIDAD y en aplicación de los Arts. 373 y 374 del Código de Procedimiento Penal, ACEPTA EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO a favor del acusado EDGAR TICONA MAMANI, con Cédula de Identidad No. 6150369 L.P., nacido el de 22/11/1985, de Ocupación Albañil, con domicilio real en el Recinto Penitenciario de San Pedro, por ser AUTOR del delito de HOMICIDIO sancionado y tipificado en el Art. 251 del Código Penal, condenándole a sufrir la pena de privación de libertad de DIECIOCHO (18) años que deberá cumplir en el Penal de San Pedro de la ciudad de La Paz, quien además queda obligado a las costas, daños y perjuicios a la víctima, que deberá ser girado mediante planillas por Secretaria del Juzgado una vez ejecutoriada la presente Sentencia, debiendo computarse todo el tiempo que está detenido. Por expresa determinación de los Arts. 430 y 440 del Código de Procedimiento Penal, remítase una copia de la sentencia ante el Juez de Ejecución de Penas, así como una copia ante las oficinas de Antecedentes Penales REJAP, ejecutoriada la misma y elabórese el mandamiento de condena. Con la presente sentencia y en mérito a lo que prevé el procedimiento penal, quedan notificados expresamente el Ministerio Público, el imputado y su abogado. Es dictada en el Penal de San Pedro de la ciudad de La Paz, el día viernes 19 de abril de 2024, a horas 12:00. Disposiciones Legales aplicadas: Art. 251 del Código Penal. Arts. 16, 21, 373, 374, 365 del Código de Procedimiento Penal. Ley 586 de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal. Ley 1173 REGISTRESE Y TOMESE RAZON.- FIRMA Y SELLA: KATTY L. VIRICOCHEA RIOS - JUEZ TECNICO DEL TRIBUNAL 2DO DE EL ALTO - DISTRITO JUDICIAL DE LA PAZ FIRMA Y SELLA: INGRID GERALDINE MEDINA BLANCO - JUEZ TECNICO - TRIBUNAL DE SENTENCIA 2DO DE EL ALTO TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ. FIRMA Y SELLA: OMAR DANTE ROCABADO IMAÑA - JUEZ TECNICO DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA 2DO DE EL ALTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA PAZ. FIRMA Y SELLA: ANTE MI FRANKLIN LARICO OBLITAS - SECRETARIO ABOGADO TRIBUNAL 2DO DE SENTENCIA PENAL - TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA EL ALTO- BOLIVIA. JUEZ PRESIDENTE.- Se consulta a las partes si harán uso del recurso de apelación restringida. FISCAL DR. CHAVEZ.- Renuncio ABOGADO DE LA DEFENSA.- Renunciamos JUEZ PRESIDENTE.- Habiendo renunciando el Ministerio Público y la defensa al recurso de apelación restringida, téngase presente, debiendo notificarse a la víctima mediante edicto, vencido el plazo pasen actuados a despacho para dictar lo que corresponda. Ha concluido la audiencia. FIRMA Y SELLA: KATTY L. VIRICOCHEA RIOS - JUEZ TECNICO DEL TRIBUNAL 2DO DE EL ALTO - DISTRITO JUDICIAL DE LA PAZ FIRMA Y SELLA: INGRID GERALDINE MEDINA BLANCO - JUEZ TECNICO - TRIBUNAL DE SENTENCIA 2DO DE EL ALTO TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ. FIRMA Y SELLA: OMAR DANTE ROCABADO IMAÑA - JUEZ TECNICO DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA 2DO DE EL ALTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA PAZ. FIRMA Y SELLA: ANTE MI FRANKLIN LARICO OBLITAS - SECRETARIO ABOGADO TRIBUNAL 2DO DE SENTENCIA PENAL - TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA EL ALTO- BOLIVIA.


Volver |  Reporte