EDICTO

Ciudad: SANTA CRUZ DE LA SIERRA

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA DÉCIMO OCTAVO EN MATERIA PENAL (VILLA 1RO DE MAYO)


PARA: EL IMPUTADO RICARDO CARLOS HERRERA RODRIGUEZ EL PRESENTE EDICTO DE PRENSA ES MANDADO A LIBRAR POR EL JUEZ DE SENTENCIA PENAL 18° DE LA CAPITAL DR. ERNESTO GUARDIA ESCOBAR, DENTRO DEL PROCESO PENAL CON IANUS 701102082202413 Exp. 101/23, QUE SIGUE EL MINISTERIO PUBLICO REPRESENTADO POR LA DRA. NORMA JUDITH ACHACAYO BALTAZAR EN CONTRA DEL IMPUTADO: RICARDO CARLOS HERRERA RODRIGUEZ, POR LA PRESUNTA COMISION DEL DELITO DE LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO SE HA DECLARADO REBELDE AL MENCIONADO ACUSADO Y AL RESPECTO EL TENOR ES EL SIGUIENTE. ------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ACTA DE APERTURA DE JUICIO ORAL.- (DECLARADO REBELDE).- En Santa Cruz de la Sierra a horas 09:00 a.m. del día Viernes 22 de Marzo del 2.024 se reunió el Juzgado 18° de Sentencia en lo Penal de la Capital, el Señor Juez Dr. Ernesto Guardia Escobar y el Secretario Lic. Abog. Gonzalo López Mendoza, del Juzgado de Sentencia Penal 18°, en cumplimiento al Auto de fecha 22 de Febrero del 2.024, a fs. 59, con la finalidad de llevar a cabo la Audiencia de Apertura de Juicio Oral, dentro del proceso penal Signado con Numero Exp. 101/23, Nurej: 701102082202413 que sigue MINISTERIO PUBLICO representado por la Dra. NORMA JUDITH ACHACAYO BALTAZAR, a denuncia de ROXANA PATRICIA ALVARADO AUZA en contra del imputado RICARDO CARLOS HERRERA RODRIGUEZ por la presunta comisión del delito de LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO previsto y sancionado en el Art. 261 del Código Penal.- JUEZ: Por secretaria sírvase informar sobre la presencia de las partes y si las mismas se encuentran legalmente notificadas para el presente acto.- SECRETARIO: Se informa a su autoridad que las partes se encuentran legalmente notificadas, encontrándose presente en sala la representante del MINISTERIO PUBLICO la Dra. NORMA JUDITH ACHACAYO BALTAZAR no encontrándose presente la Victima/Denunciante ROXANA PATRICIA ALVARADO AUZA; hacer conocer a su autoridad que no se encuentran presente en sala el Acusado/Querellado RICARDO CARLOS HERRERA RODRIGUEZ de igual manera no se encuentra presente su abogado defensor, es todo cuanto informo a su autoridad para fines consiguientes.- JUEZ: En merito a lo informado por el Sr. Secretario y no siendo causal de nulidad y de suspensión de la presente audiencia por inasistencia del imputado se declara instalada la misma y continuando con el desarrollo de la misma tiene las palabras la Sra. Fiscal.- MINISTERIO PUBLICO Dra. NORMA JUDITH ACHACAYO BALTAZAR Y DIJO: Toda vez de que ha sido legalmente notificado al acusado dentro del presente proceso penal por delito de LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO y toda vez que no se ha presentado en esta audiencia de juicio oral de conformidad en el artículo 87 y el 89 numeral primero del código de procedimiento penal, solicita su a su autoridad se sirva declarar rebelde, se libre el mandamiento de aprehensión y de arraigo, así como también la anotación de sus bienes que puedan estar registrado a su nombre.- JUEZ: En mérito a lo informado por Sr. Secretario y a lo solicitado por la señora fiscal y de la revisión de los antecedentes se puede evidenciar que el imputado RICARDO CARLOS HERRERA RODRIGUEZ no se hizo presente para la celebración del presente juicio oral no obstante su legal notificación y: CONSIDERANDO: Que, se tiene señalado audiencia DE APERTURA DE JUICIO ORAL contra RICARDO CARLOS HERRERA RODRIGUEZ para el día de hoy viernes 22 de Marzo del 2024 a horas 09:00 a.m. se tiene que el imputado RICARDO CARLOS HERRERA RODRIGUEZ se encuentra legalmente notificado con el señalamiento de audiencia misma que el imputado no se hizo presente en audiencia.- POR TANTO: El suscrito Juez del Juzgado de Sentencia Penal 18 de la Capital, en virtud a la jurisdicción y competencia que por ley ejerce, en cumplimiento del art. 87 numeral 1) y 89 del Código de Procedimiento Penal que establece “El imputado será declarado rebelde cuando: No comparezca sin causa justificada a una citación como es el presente hecho”, por lo que se declara REBELDE al imputado RICARDO CARLOS HERRERA RODRIGUEZ, disponiéndose las siguientes medidas jurisdiccionales; que por secretaria se debe librar lo siguiente:1.- Mandamiento de Aprehensión Correspondiente en contra de la imputada RICARDO CARLOS HERRERA RODRIGUEZ.- 2.- Las publicaciones de sus datos y señas personales por hacerse por un medio de comunicación nacional.- 3.- Anotación Preventiva sobre los Bienes que se reconozcan ser de propiedad de la imputada RICARDO CARLOS HERRERA RODRIGUEZ, haciéndose efectivo por las oficinas de DDRR.- 4.- Los correspondientes Mandamientos de Arraigo dirigida a la Dirección Departamental de Migración en contra de la imputada RICARDO CARLOS HERRERA RODRIGUEZ, a cuyo efecto debe oficiarse.- 5.- Se les designa como Abogado defensor de oficio al Dr. Michael Andrade Aguilera, a quien se lo debe notificar de manera personal.- Y conforme lo establece el Art. 90 del mismo cuerpo ritual de la materia, se suspende el presente juicio oral. - Con lo que terminó el presente acto, firmando en constancia el Señor Juez conjuntamente con el Secretario quien certifica. -Fdo.- Dr. Ernesto Guardia Escobar Juez del Juzgado de Sentencia Penal 18°. - Fdo.- Lic. Gonzalo Lopez Mendoza Secretario del Juzgado de Sentencia Penal. - El presente Edicto de prensa es elaborado a los 24 días del mes de Abril del año 2024 Santa Cruz - Bolivia. ----------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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