EDICTO

Ciudad: ORURO

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEXTO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


Para: WILDER FRANCO GARCIA LA DRA. MARY C. MORALES FERNANDEZ JUEZ DE SENTENCIA PENAL N° 6 DE LA CAPITAL (ORURO – BOLIVIA), POR CUANTO LA LEY LE FACULTA: ------------------------------------------------------------------------ Por el presente EDICTO DE LEY, se notifica al señor: WILDER FRANCO GARCIA conforme al Artículo 165 del Código de Procedimiento Penal, dentro del proceso penal por el delito de: Contrabando, seguido por el Ministerio Público en contra de: WILDER FRANCO GARCIA, para que tengan conocimiento, -------------------ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 01 DE ABRIL DE 2024 SEÑORA JUEZ: Habiéndose señalado audiencia de inicio de juicio oral, dentro el proceso penal seguido por el MINISTERIO PÚBLICO en contra de WILDER FRANCO GARCIA, infórmese por secretaria sobre la concurrencia de las partes.----SECRETARIA: Gracias señora juez, de la revisión de antecedentes se tiene que se hubieran cumplido con las formalidades de ley para el presente actuado judicial, encontrándose presentes en Sala la representación del Ministerio Público el Dr. Richard Gutiérrez Argote, se encuentra presente la representación de la Aduana Nacional la Abg. Irene Molina Torrez, no se encuentra presente el acusado Wilder Franco García habiendo sido legalmente notificado, es cuanto tengo a bien informar a su autoridad.----SEÑORA JUEZ: Se tiene presente el informe de secretaria, empero poner en conocimiento de las partes, que este despacho jurisdiccional aproximadamente tendrá la posesión de otra autoridad jurisdiccional, entonces llevar adelante este actuado es para que se pueda retrotraer, es decir se va anular, por consiguiente voy a suspender este actuado simple y llanamente, hasta que se dicte el Auto de Apertura de juicio Oral, en el Cual se pueda señalar audiencia para considerar tanto la situación jurídica del acusado que en este caso se encuentra ausente, se suspende el presente actuado judicial. ---CON LO QUE CONCLUYE LA AUDIENCIA FIRMANDO EN CONSTANCIA LA SEÑORA JUEZ Y LA SUSCRITA SECRETARIA. -- EL PRESENTE EDICTO DE LEY ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------


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