EDICTO

Ciudad: COROICO

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y DE SENTENCIA PENAL DE COROICO


EDICTO JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL DE PARTIDO DEL TRABAJO Y S.S. DE SENTENCIA PENAL 1º DE COROICO - NOR YUNGAS. DR. JUAN RAMOS SOLIZ – JUEZ DEL JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL DE PARTIDO DE TRABAJO S.S. Y DE SENTENCIA PENAL 1° - COROICO - LA PAZ – BOLIVIA---- A NOMBRE DE LA LEY: por el presente EDICTO HACE CONOCER A: Francisco Amado Machicado Salas con C.I. 2003266 L.P.- - - dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PUBLICO EN CONTRA DE FRANCISCO AMADO MACHICADO SALAS, POR EL DELITO DE LESIONES GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO ---A cuyo efecto se trascribe fielmente. -- - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - -- - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL Y SENTENCIA DE COROICO ------------------------ RESOLUCION Nº4 19/2022-P---------------A, 16 de febrero de 2022 ---------------AUTO DE APERTURA DE JUICIO ORAL --------------ACUSADOR PUBLICO: MINISTERIO PUBLICO, representado por la Dra: Odalis Peñaranda Salgado, domicilio Fiscalia de Coroico.--------QUERELLANTE: CARMELO QUISBERT DIAZ, mayor de edad, C.I. Nº 2442153 L.P., vecino de la ciudad de La Paz-----Domicilio Real: Calle Yanacocha s/n de la Zona San Pedro La Paz. -----------Abogado Patrocinante: Luci Espinoza Plata -----Domicilio Procesal: secretaria de despacho.------------ACUSADO: FRANCISCO AMADO MACHICADO SALAS C.I. 2003266 L.P., vecinos de la Localidad de Yolosa.----- Domicilio Real: Localidad de Yolosa. -----------DELITO: LESIONES GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO.--------------------VISTOS: La acusación fiscal y particular, en la que el Ministerio Público formula acusación, y-----------------CONSIDERANDO: El Ministerio Público señala que en fecha 11 de diciembre de 2016 a horas 10:30 a la altura Cedro Mayo, el señor Francisco Machicado Salas quien se hallaba conduciendo su camioneta cargado de personas a gran velocidad, llegó a colisionar con el ciclista de nombre Carmelo Reynaldo Quisbert, a quien le causó lesiones en su rostro con una herida cortante en la región malar de 4 por 4 cm, con marca indeleble y varias equimosis en la integridad corporal, con 10 días de incapacidad médico legal. Acusándole por el delito de lesiones Gravísimas en Accidente de Tránsito, sancionado por el art. 261 1ra. Parte del Código Penal. -----------Por su parte el querellante presenta su acusación particular, alegando que en fecha 11 de diciembre de 2016 cuando se encontraba conduciendo su bicicleta la altura Cedro Mayo, de sorpresa apareció una camioneta blanca conducido el señor Francisco Machicado Salas quien conducía a gran velocidad su movilidad, impactó en su humanidad, provocándoles lesiones gravísimas en su rostro con herida cortante en la región malar derecho de 4.5 x 3.5 cm de equimosis en el antebrazo derecho y en su muslo izquierdo, por este motivo formula acusación particular por el delito de Lesiones Gravísimas en Accidente de Tránsito. --------- Notificada la pare acusada mediante sistema HERMES no se apersono ni presento sus pruebas de descargo para su consideración. --------------POR TANTO: Cumplidos los actos preparatorios del juicio oral, de conformidad a los Arts. 342 y 343 del C.P.P., y estando constituida la base del juicio, se dispone la APERTURA DE JUICIO ORAL PÚBLICO, CONTRADICTORIO Y CONTINUO contra: "FRANCISCO AMADO MACHICADO SALAS" Posible autor del delito de LESIONES GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, sancionado por el Art. 261 1ra parte del Código Penal. Para sustanciar el juicio se señala audiencia pública para el día: viernes 25 de marzo de 2022 a horas 10:00 a.m.-----------Asimismo, la recepción de pruebas se realizará y codificará con 72 horas antes del juicio oral y la producción de las mismas se efectuará en audiencia oral conforme a procedimiento según el orden establecido para el efecto, debiendo asistir y comparecer al referido acto el señor Fiscal, así como la parte querellante, así como al imputado asistido con su respectivo abogado, debiendo notificarse por Secretaria conforme al Art. 163 del C.P.P. Se cite mediante comparendos a los testigos ofrecidos a objeto de que comparezcan al debate del Juicio Oral el día y la hora señalados. ------------ Por disposición expresa del Art. 342 parágrafo IV el presente auto no es recurrible de apelación.--------- REGISTRESE Y HAGASE SABER ---------------------------------- Firma y Sella-- -- Dr. Juan Ramos Soliz – Juez Publico Civil y Comercial de Partido de Trabajo S.S. y de Sentencia Penal 1° - Tribunal Departamental de Justicia – Coroico - La Paz - Bolivia. ------ Virginia Quisocala Coaquira – ----Secretaria -Abogada—Juzgado Publico Civil y Comercial de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal 1° Localidad Coroico –Tribunal Departamental de Justicia----------------------------- – -- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL DE PARTIDO DE TRABAJO S.S Y DE SENTECIA PENAL 1 DE COROICO.-----------------REPRESENTACIÓN ------------ El suscrito Oficial de diligencia del Juzgado Público Civil y Comercial de Partido de Trabajo S.S. y de Sentencia Penal 1º de Coroico, dentro del proceso Penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Carmelo Quisbert Díaz, contra Francisco Amado Machicado Salas por el delito de Lesiones Gravísimas en Accidente de Tránsito, me veo imposibilitado de practicar dicho diligenciamiento por los siguientes motivos: -----------Conforme se tiene ordenado por su autoridad mediante resolución Nº 19/2022-P de 16 de febrero de 2022. La notificación a las partes con la Resolución de apertura de Juicio Oral, a objeto de que de estar presente en la audiencia señalada para el viernes 25 de marzo a Hrs. 9:30 am de 2022. -------------- De la revisión de los actuados del presente proceso, se tiene que el acusado el señor Francisco Amado Machicado Salas fue notificado mediante sistema Hermes con la acusación fiscal y para la presente notificación el cual se debe realizar en su domicilio real "Yolosita” con la presente resolución de apertura de juicio oral me es inviable porque no señala mayores datos del domicilio del acusado, además que se necesita un presupuesto económico para la contratación de trasporte, el cual no cubre el órgano judicial. ------------ Cabe señalar que, la parte acusadora desde que asumí mis funciones en fecha 05 de agosto de 2021 en vuestro despacho, no se han aproximado para hacer el seguimiento respectivo de la presente causa, esto a efecto de llevar adelante el diligenciamiento correspondiente. ------------ Por todo lo expuesto anteriormente no se pudo cumplir con la notificación personal al acusado, Francisco Amado Machicado Salas, con la resolución de apertura de juicio oral, en su domicilio real. ---------Es cuanto represento a su autoridad, para fines de ley. ------------Coroico, 14 de marzo de 2022 ------------------- Firma y sella: Reynaldo Mendoza Silva, Oficial de Diligencias Juzgado Publico Civil y Comercial de Partido del Trabajo y S.S. y de Sentencia Penal 1°–Tribunal Departamental de Justicia, Coroico La Paz Bolivia---------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& A, 15 de marzo de 2022. ----------------- En atención a la representación que antecede , por secretaria notifíquese al querellante y/o victima con la resolución de apertura de juicio oral mediante el sistema HERMES --------------- Firma y Sella-- -- Dr. Juan Ramos Soliz – Juez Publico Civil y Comercial de Partido de Trabajo S.S. y de Sentencia Penal 1° - Tribunal Departamental de Justicia – Coroico - La Paz - Bolivia. ------ ANTE MI: Virginia Quisocala Coaquira – ----Secretaria -Abogada—Juzgado Publico Civil y Comercial de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal 1° Localidad Coroico –Tribunal Departamental de Justicia----------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& INFORME-------------------A: Dr. Juan Ramos Soliz – Juez del Juzgado Publico Civil y Comercial de Partido de Trabajo S.S. y de Sentencia Penal 1° - Tribunal Departamental de Justicia – Coroico - La Paz - Bolivia.------ De: Margot Calcina Jove – ----Secretaria -Abogada—Juzgado Publico Civil y Comercial de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal 1° Coroico – ----------Ref.: Caso Nº 343/2016 ----------- Fecha: 21 de marzo de 2024 -------------------- En atención a proceso seguido por el Ministerio Publico a instancia de Carmelo Quisbert Diaz, en contra de Francisco Amado Machicado Salas, por el delito de Lesiones Gravísimas en accidente de tránsito, debo manifestar lo siguiente: -----------Que en fecha 16 de febrero de 2022 mediante Resolución Nº 19/2022 – P se convoca a audiencia de Apertura de Juicio Oral, sin embargo, de la revisión del proceso se evidencia que no existe el acta correspondiente, causando dilación en el proceso. -----------Cabe manifestar que en la fecha indicada la suscrita no desarrollaba funciones en este juzgado y la dilación es atribuible a la anterior funcionaria quien además en sus informes omite el estado del proceso, por lo que se pone en conocimiento de su autoridad a efectos de dar continuidad a la causa. ----------Es cuanto se tiene a bien informar. ---------------- Firma y sella Margot Calcina Jove – ----Secretaria -Abogada—Juzgado Publico Civil y Comercial de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal 1° Coroico – &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& Coroico, 22 de marzo de 2024 --------------- En atención al i forme que antecede, siendo siendo de responsabilidad de la anterior funcionaria el abandono del mismo, y siendo el estado de la causa se señala nuevo día y hora de Audiencia de Apertura de juicio oral para el día JUEVES 04 DE ABRIL DE 2024 A HORAS 8:30 a.m., debiendo notificarse por la oficial de diligencias a las partes para dicho fin. -------------------- Firma y Sella-- -- Dr. Juan Ramos Soliz – Juez Publico Civil y Comercial de Partido de Trabajo S.S. y de Sentencia Penal 1° - Tribunal Departamental de Justicia – Coroico - La Paz - Bolivia. ------ ANTE MI: Margot Calcina Jove – ----Secretaria -Abogada—Juzgado Publico Civil y Comercial de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal 1° Coroico –----- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& El presente edicto es librado en la localidad de Coroico de la Provincia Nor Yungas del Departamento de La Paz, a los dos días del mes de abril del dos mil veinticuatro años.-------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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