EDICTO

Ciudad: EL ALTO

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA TERCERO EN MATERIA PENAL DE EL ALTO


EDICTO LA DRA. ROXANA LUPE ARUQUIPA LUNA JUEZ DE SENTENCIA PENAL 3º DE LA CIUDAD DE EL ALTO--HACE SABER AL PUBLICO EN GENERAL QUE POR EL PRESENTE EDICTO SE NOTIFICA, CITA Y EMPLAZA A MARTHA HUAHUA QUENALLATA, DENTRO DE LA ACCIÓN PENAL SEGUIDA POR EL MINISTERIO PÚBLICO, EN CONTRA DE JORGE ALVAREZ LOPEZ POR LA PRESUNTA COMISIÓN DEL DELITO DE ROBO,---SE LE NOTIFICA CON LA SIGUIENTE PIEZA PROCESAL:- CON MEMORIAL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE SENTENCIA PENAL 3º DE LA CIUDAD DE LA PAZ. CUD: 200902639E--APERSONAMIENTO OTROSI 1. PURGA REBELDIA Y ACLARA DOMICILIO REAL OTROSI HOMOLOGACION TRANSACCIONAL. 2.-. DE SOLICITA ACUERDO--MAS OTROSIES. SU CONTENIDO.--JORGE ALVAREZ LOPEZ, mayor de edad hábil por ley con C. I. Nro. 2632285 QR estado civil casado, con domicilio en la Zona Senkata Urbanización San Silvestre Calle Yaco, Nº 7044 de la Ciudad de El Alto, dentro del proceso de PENAL seguido por la señora MARTHA HUAYHUA QUENALLATA por el delito de ROBO en el Art. 331 del Código Penal ante las consideraciones de su autoridad, con el debido respeto expongo v pido.--Señor Juez, tengo bien a apersonarme dentro del presente proceso para asumir defensa con mi abogada JANET QUISBERT HUANCA la suscrita abogada patrocinante en cuanto a honorarios profesionales se atiene a lo establecido en el Arancel mínimo del Ilustre Colegio de Abogado Departamental, con domicilio en la Calle Yanacocha Nro. 444, Edificio Arco Iris piso 13 of. 1301, con Nro. De Celular Nro. 77269583, y Registro RPA. Nro. 2551654-JQH, solicito correo electrónico janekita065 gmail.com. se tenga por apersonada y se le haga conocer ulteriores diligencias del proceso.--OTROSÍ IRO. Señor Juez conforme la Resolución N° 28/2024 AUTO INTERLOCUTORIO DE DECLARATORIA DE REBELDIA emitido por su Autoridad en fecha 31 de enero de 2024, al mismo tengo bien a purgar rebeldía conforme al Art. 91 ART. 31, 34,84,87,88,244,248,252,264 del Código de Procedimiento Penal, y los Articulos 13,2,23, 109, 110,113,115 al 117 de la Constitución Política del Estado toda vez que en vista que conforme cursa las representaciones de Gestoras Indicando no lograr encontrar mi domicilio real ya que mi persona habita junto a toda mi familia desde el 2003 además que somos bien conocidos en la zona por la participación constante en reuniones, sin embargo tengo bien a ACLARAR MI DOMICILIO REAL en la zona Senkata Urbanización San Silvestre Calle Yaco, N 7044 de la Ciudad de El Alto sin embargo me extraña que no lo hayan podido ubicar, además que solo se basaron en el CERTIFICADO SEGIP y no asi en el CERTIFICADO SERECI como medio para agotar las instancias correspondientes para dar con mi paradero, perjudicándome de manera exuberante para asumir defensa.--OTROSÍ 2DO. Señor Juez, me siento extrañado con la continuación del presente proceso ya que en el expediente del presente proceso cursa ACUERDO TRANSACCIONAL suscrito por mi persona y la SEÑORA MARTHA HUAYHUA QUENALLATA de fecha 27 de junio de 2013, en el cual en la cláusula sexta (DEL CONSENTIMIENTO) ambas partes declaran absoluta conformidad ya que por se realizó un pago de USD 18.000 (DIECIOCHO MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS), existiendo recibo de fecha 27 de Junio de 2013 LOS MISMOS QUE CURSAN DENTRO DEL EXPEDIENTE sin embargo en fecha 31 de Julio de 2013 la señora Martha Huayhua Quenallata presenta DESISTIMIENTO ante el Juzgado 1ro de Instrucción, asimismo en fecha 27 de Junio de 2013 se presenta dicho desistimiento ante la Fiscalia en la División de delitos económicos y financieros, por lo que me extraña de gran manera la continuación del mismo, perjudicándome de gran manera ya que mi persona trabaja como CHOFER DE TRANSPORTES NACIONAL E INTERNACIONAL realizando viajes a distancia por lo que en fecha 19 de marzo al momento de ingresar al pais vecino de chile en frontera me retienen indicándome que me encuentro con arraigo perjudicándome en la actividad que realizo asimismo ocasionando daños económicos, por lo que SOLICITO A SU AUTORIDAD LA HOMOLOGACION DEL ACUERDO TRANSACCIONAL DE FECHA 27 DE JUNIO DE 2013 FIRMADO POR MI PERSONA JORGE ALVARES LOPEZ Y MI ESPOSA JUANA ALVAREZ DE ALVAREZ Y LA SEÑORA MARTHA HUAYHUA QUENALLATA, ASIMISMOS SE LAVANTEN TODAS LAS MEDIDAS CAUTELARES IMPUESTAS A MI PERSONA. Amparándome en el Articulo 13 de la Declaración de Derechos Humanos, asimismo el Articulo 21 Numeral 7 de la Constitución Politica del Estado.--OTROSI 3RO. COMO ELEMENTO DE PRUEBA PRESENTO LOS SIGUIENTES--DOCUMENTOS:--FOTOCOPIA SIMPLE DE CEDULA DE IDENTIDAD.--IMPRESIÓN DE FORMULARIO DE SALIDA DE FRONTERA DE CHILE PARA CERTIFICAR INTERNACIONAL. MI ACTIVIDAD DE TRANSPORTISTA NACIONAL E FOTOCOPIA SIMPLE DE LA PRESENTACION DE MEMORIAL DE DESISTIMIENTO PRESENTADO POR LA SEÑORA MARTHA HUAYHUA QUENALLATA CON SELLO DE RECEPCION DE JUZGADO.--OTROSI 4to.- Solicito fotocopias simples y legalizadas de todo lo obrado conforme el Art.24 de la Constitución Politica del Estado y el Art. 129 de la Ley del Organo Judicial.--OTROSI 5TO. Conforme lo señalado por el Art. 75 de la Ley de la Abogacia, el suscrito abogado patrocinante en cuanto a honorarios profesionales se atiene a lo establecido en el Arancel minimo del Ilustre Colegio de Abogado Departamental, con domicilio en la Calle Yanacocha Nro. 444, Edificio Arco Iris piso 13 of. 1301, con Nro. De Celular Nro. 77269583, y Registro RPA. Nro. 2551654-JQH, correo electrónico janekita065 gmail.com.-Justicia, etc. La Paz, 25 de Marzo de 2024. FIRMA Y SELLA ABOGADO-Jorge Alvarez Lopez 2632485 QR---AUTO CURSANTE DE FECHA El Alto, 26 de marzo de 2024-VISTOS: En atención al memorial adjunto y conforme a lo dispuesto en el Art. 91 del Código de Procedimiento Penal, habiendo comparecido el acusado Jorge Álvarez López, se deja sin efecto las medidas impuestas en la Resolución Nº 28/2024, a quien se conmina a que asista a los actuados convocados por este juzgado, bajo alternativas de ley.--En atención a lo solicitado, se señala audiencia de homologación de acuerdo transaccional, para el dia LUNES 08 DE ABRIL DE 2024, a hrs. 11:00am., audiencia que se llevara a través de la Plataforma CISCO WEBEX, para dicho fin las partes deberán preveer su conexión a través de un equipo computador y/o celular que garantice su conexión, debiendo ingresar al siguiente link https://ojpenallpz.webex.com/meet/ea-jspenal3, con la debida antelación, conminándose a todos los sujetos procesales a ingresar a la plataforma virtual, bajo alternativas de ley.--Asimismo notifíquese al Ministerio Público con las literales cursantes a fs. 555-562vta de obrados.--Al Otrosí Primero.- Por señalado el domicilio real el cual deberá ser considerado a momento de generar las diligencias de ley.--Al Otrosí Segundo.- Sujétese a lo principal.--Al Otrosí Tercero.- Arrímese a sus antecedentes.--Al Otrosí Cuarto.- Franquéese.--Al Otrosí Quinto.- Por señalado el domicilio procesal y los medios telemáticos.-- FIRMA Y SELLA: DRA. ROXANA LUPE ARUQUIPA LUNA—JUEZ DE SENTENCIA PENAL 3RO—TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA—EL ALTO-LA PAZ-BOLIVIA—FIRMA Y SELLA: DRA. REYNA M. ESPINOZA FLORES—SECRETARIA-ABOGADA—JUZGADO DE SENTENCIA PENAL 3º--EL ALTO- EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO EN FECHA UN DÍAS DEL MES DE ABRIL DE 2024 AÑOS.


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