EDICTO

Ciudad: EL ALTO

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO DÉCIMO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE EL ALTO


E D I C T O A NOMBRE DE LA LEY, EL DR. DAEN MAURICIO RIVADENEYRA ERGUETA, JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL DÉCIMO DE EL ALTO - TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ – BOLIVIA. DENTRO DEL PROCESO CIVIL ORDINARIO SEGUIDO POR CIPRIANO POMA CONDORI Y MARTHA BEATRIZ TORREZ CANAVIRI EN CONTRA DE DOMINGO YUJRA DUQUE, MEDIANTE ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR SUSPENDIDA DE FOJAS CIENTO TREINTA Y CINCO – CIENTO TREINTA Y CINCO VUELTA DE OBRADOS, SE A DISPUESTO LA CITACIÓN POR EDICTOS A: CASIANO TINTA MAMANI, PARA QUE EN EL PLAZO ESTABLECIDO POR LEY RESPONDA A LA DEMANDA, TAL COMO A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBE.----------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SEÑOR JUEZ PÚBLICO DECIMO EN LO CIVIL COMERCIAL DE LA CIUDAD DEL ALTO.--- NUREJ 204018600.--- INTERPONE DEMANDA DE USUCAPIÓN DECENAL O EXTRAORDINARIA.---- OTROSÍES.- SU CONTENIDO.--- CIPRIANO POMA CONDORI, con C.I. Nº 2569156 L.P. Y MARTHA BEATRIZ TORRES CANAVIRI con C.I. Nº 4244461 L.P., mayores de edad, hábiles por derecho, casados entre sí, empleado y ama de casa respectivamente, con domicilio de la calle Miguel Ángel Asturia Nº3245 Zona Mariscal Sucre de la ciudad de El Alto, ante las consideraciones de su digna autoridad con el debido respeto me presento, expongo y pido:- …I. GENERALES DE LEY DE LA PARTE DEMANDADA.--- En observancia del art. 110 inc. 4) del C.P.C. Señalo los generales de ley de la parte demandada:--- DOMINGO YUJRA DUQUE mayor de edad, hábil por derecho, soltero, comerciante y SUS POSIBLES HEREDEROS con domicilio desconocido solicitándose se hagan las correspondientes notificaciones mediante edicto y sea previo juramento de ley.- …Ante la falta de generales de ley y Domicilios Reales de los demandados, DOMINGO YUJRA DUQUE y sus POSIBLES HEREDEROS conforme lo estipula el art. 31 de la Ley 439. (Sucesión Procesal de las partes), pedimos la citación y emplazamiento con la presente demanda a los posibles herederos de DOMINGO YUJRA DUQUE mediante Edictos de conformidad al Art. 78 de C.P.C. y sea con los recaudos de ley.- …Con respecto al señor Casino Tinta Mamani quién era apoderado legal de DOMINGO YUJRA DUQUE señalo sus generales de ley:----- CASINO TINTA MAMANI con C.I. Nº 200450 L.P. Mayor de edad, hábil por derecho, soltero, comerciante, con domicilio desconocido.---- II. RELACIÓN DE HECHOS.--- De la relación de hechos debemos manifestar que en fecha 04 de mayo de 1993 mediante minuta de compra y venta hemos adquirido el lote de terreno ubicado en la URBANIZACIÓN “MARISCAL SUCRE HICHUCIRCA CHICO (ANTES DENOMINADO FINCA HICHUCIRCA CHICO) DE LA CIUDAD DE EL ALTO, PROVINCIA MURILLO DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ, LOTE SIGNADO CON Nº “7”, MANZANO “4” CON UNA SUPERFICIE DE 250.00 METROS 2., sobre la calle Miguel Ángel Asturias y desde esa fecha tomamos posesión del terreno con el corpus y el ánimo, comenzando a realizar varias mejoras ya que no contaba con muralla, servicios básicos, ni menos con construcciones por lo que realizamos actos de conservación y nos comportándonos como verdaderos y legítimos partidarios de la ahora bien inmueble referido, hasta la fecha han transcurrido más de 10 años que nos encontramos vivimos en dicho lugar para ser específicos ya son más de 25 años, dicho bien inmueble es habitada por toda nuestra familia el cual está compuesta por seis integrantes, y vivimos de forma libre, pacífica, pública, continua e ininterrumpida, cumpliendo con todas las obligaciones ante el G.M.E.A. y la junta de vecinos sin que nadie perturbe mi posesión, además que todos los vecinos de la zona me reconocen como propietario.---- III. BIEN DEMANDADO.--- El bien demandado en la presenta demanda de Usucapión, es: bien inmueble ubicado, en la URBANIZACIÓN “MARISCAL SUCRE HICHUSIRCA CHICO” DE LA CIUDAD DE EL ALTO, PROVINCIA MURILLO DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ, LOTE SIGNADO CON Nº “7”, MANZANO “4” CON UNA SUPERFICIE DE 250.00 METROS 2.--- IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO.--- Por lo expuesto, al Amparo de los arts. 24 y 56 I. de la C.P.E. de los artículos 87, 88 (presunción de posesión), art. 93, qué establece “el poseedor es de buena fe cuando cree haber adquirido del verdadero propietario por el titular la cosa o el derecho” 105, 110 (modos de adquirir la propiedad), 138 (USUCAPIÓN DECENAL O EXTRAORDINARIA). “La propiedad de un bien inmueble se adquiere también por solo la posición continuada durante 10 años”, 1486, 1492, 1493, 1454, 1492 y siguientes del Código Civil y Arts. 110, 111, 362 y 363 del Código Procesal Civil, INTERPONGO DEMANDA ORDINARIA DE USUCAPIÓN DECENAL.--- V. PETITORIO.--- De conformidad al art. 110 núm. 9 de la Ley Adjetiva Civil debemos señalar que nuestra pretensión es: cumplida las formalidades dicte sentencia declarando PROBADA LA DEMANDA DE USUCAPIÓN DECENAL O EXTRAORDINARIA DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN LA URBANIZACIÓN “MARISCAL SUCRE HICHUSIRCA CHICO” DE LA CIUDAD DE EL ALTO, PROVINCIA MURILLO DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ, LOTE SIGNADO CON Nº “7”, MANZANO “4” CON UNA SUPERFICIE 250.00 METROS 2. Y EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA SE DISPONGA LA INSCRIPCIÓN DE NUESTRO DERECHO PROPIETARIO POR ANTE LAS OFICINAS DE DERECHOS REALES DE LA CIUDAD DEL ALTO DEL BIEN INMUEBLE OBJETO DE LITIS, BAJO UNA NUEVA MATRÍCULA y sea con las formalidades de ley.--- OTROSÍ 1.- (PRUEBAS).- De conformidad al Art. 111 del Código Procesal Civil, tengo a bien adjuntar y ofrecer las siguientes pruebas:--- PRUEBA DOCUMENTAL- …Así también mencionamos lo que intentamos demostrar con los mismos.- …1. Cédula de identidad (fotocopia simple): demuestra nuestra legitimación, donde también se evidencia la ubicación de nuestro domicilio.- …2. Minuta de compraventa (original): Dónde su autoridad podrá evidenciar que nosotros adquirimos la propiedad a título de compra y venta y desde esa fecha habitamos en la misma de forma pacífica.- …3. Certificado de nota fiscal: donde se evidencia la instalación de los servicios básicos.- …4. Formularios de impuestos pagados ORIGINAL., con dicho documentos demostramos nos venido comportadnos como vendedores propietarios por lo que hemos ido cancelado los impuestos durante varios años.- …5. Facturas y certificación de agua. Facturas de luz y Factura de gas domiciliario ORIGINAL donde se evidencia el pago de los mismos durante más de 10 años.- …6. Declaración jurad+a.- …7. Plano de ubicación ORIGINAL.: donde establece la ubicación del lote de terreno.- …8. Certificación de la junta vecinal ORIGINAL.: que acredita que nos reconocen como propietarios del citado bien inmueble.- …9. Información rápida Derechos Reales: el registro de dicha propiedad a nombre del demandado contra quién dirigimos la demanda.- …10. Informe de catastro Urbano.: Donde se informa que la propiedad está en área residencial.- …11. Certificación de la Sub Alcaldía. Donde se evidencia los datos exactos de la propiedad.--- PRUEBA TESTIFICAL.--- JUAN PABLO YUJRA ARUQUIPA, con C.I. N° 6197994 L.P. quién es mayor de edad y hábil por derecho, soltero, estudiante, con domicilio ubicado en la calle Miguel Asturias N° 3284 Zona Río Seco Mariscal Sucre de la ciudad de El Alto.--- ROSEMARY ALANOCA MAMANI con C.I. N° 6119670 L.P. quien es mayor de edad y hábil por derecho, soltera, estudiante, con domicilio ubicado en la Av. Paseo de las Flores N° 2815 Zona Mariscal Sucre de la Ciudad de El Alto.- …Sus declaraciones estarán orientadas a testificar nuestra posesión en el citado bien inmueble.--- INSPECCIÓN OCULAR:--- Señor juez, con la finalidad de que su autoridad evidencia la existencia del bien inmueble citado de conformidad al Art. 187 del Código Procesal Civil, tengo ofrecer en calidad de prueba la inspección judicial del bien inmueble ubicado en la Urbanización "MARISCAL SUCRE Y HICHUSIRCA CHICO" de la ciudad de El Alto, Provincia Murillo del departamento de La Paz, lote signado con N° "7", Manzano "4", con una superficie de 250 metros 2, sobre la calle Miguel Ángel Astoria con Numero de Puerta N° 3245.- …Dando cumplimiento al art. 111 del código procesal civil manifestamos que las pruebas adjuntas al expediente y las ofrecidas son con las únicas con las que intento valerme a efectos de demostrar mi posesión sobre el bien inmueble.--- OTROSI2.- Al amparo del Art. 24 de C.P.E. SOLICITO SE ME EXTIENDA OFICIO PARA SEGIP a efectos e que informe sobre el ultimo domicilio CASINO TINTA MAMANI con C.I. Nº 200450 L.P mayor de edad, hábil por derecho.--- OTROSI 3.- La Abogada que suscribe se atiene al Arancel Minimo del ilustre Colegio de Abogados.--- OTROSI 4.- Señalo como Domicilio Procesal, Calle Jorge Carrasco Edificio Nº 2 oficina 7 frente a la Alcaldia Quemada de la ciudad de El Alto.-…Correo:ross-valencia03@hotmail.com.- …Celular:--- 75886721.- …“SERA PROCEDER EN JUSTICIA”.--- La Paz, 13 de Octubre de 2022.- FIRMA ILEGIBLE-FIRMA ILEGIBLE-FIRMA Y SELLA: Dra. Rosmery Valencia Valencia.--- JUZGADO DECIMO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL.- …EL ALTO, 20 DE OCTUBRE DE 2022.--- Sin prejuicio y con carácter previo a la admisión de su demanda el impetrante deberá subsanar los siguientes requisitos omitidos en la misma:--- 1. Adjunte legalmente y en debido forma su acta de conciliación previa.--- 2. Establezca adecuadamente legitimación activa debiendo describir la general de ley de la parte demandante sea conforme lo establece el Art. 110 núm. 3 del Código Procesal Civil.--- 3. Establezca adecuadamente legitimación pasiva, debiendo describir las generales de ley del demandado, sea conforme lo establece el Art. 110 núm. 4 del Código Procesal Civil.--- 4. En Relación fáctica de la demanda, deberá narrar los hechos en forma ordenada y coherente, estableciendo presupuestos de la norma sustantiva invocada, de acuerdo a lo establecido en el art. 110 núm. 6 del Código Procesal Civil.--- 5. Fundamente el derecho sobre el que basa su pretensión, de acuerdo a la instalación del Art. 110 núm. 7 del Código Procesal Civil.--- 6. Aclare su petitorio en base a lo pretendido debiendo considerar hechos de su demanda, derecho sustancial y procesal invocado más los elementos de, mediato (se constituye sobre el o los bienes demandados, bienes de la vida, pueden ser de naturaleza corpórea, inmuebles o muebles, o incorpóreos, producción científica artística, literaria, inventos, marcas etc.) e inmediato (consiste en el pedido de protección o tutela dirigida a la autoridad jurisdiccional, puede ser de condena, se exige un comportamiento de dar, hacer o no hacer; declarativa, que la sentencia despeje incertidumbres o declare existencia o inexistencia jurídica; constitutiva cuando crea, modifica o extingue una relación jurídica; ejecutiva, requiriendo la aprehensión del patrimonio del deudor; cautelar, que reclama el aseguramiento de la ejecución de la sentencia), sea conforme lo establece el Art. 110 núm. 9 del Código Procesal Civil.--- 7. Adjunte formulario de Derechos Reales, a fin de establecer la última titularidad del bien inmueble con data actual.--- 8. Adjunte certificación del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto (GAMEA) dónde se acredite la ubicación del bien inmueble objeto de la pretensión con el agregado de establecer si se encuentra en área residencial, si cuenta con planimetría aprobada y adjuntar dicha planimetría, sea con data actual. --- 9. Adjunten debida forma certificación de la junta de vecinos.--- 10. Adjunto recibos y/o facturas de servicios básicos (Agua, Luz y Gas), desde la fecha que ingresó en posición hasta el presente. Asimismo deberá adjuntar el pago de impuestos de las gestiones que ingresó y se encuentra en posesión.--- 11. Adjunta y ofrece prueba documental, testifical y inspección judicial, en tal sentido debera fundamentar que hechos descritos en su demanda pretende demostrar con dichos medios probatorios, sea conforme lo establece el Art. 111 del Código Procesal Civil.--- 12. Respecto al oficio solicitado, la parte impetrante deberá considerar que conforme establece el Art. 30 del Protocolo de Aplicación del Código Procesal Civil, la autoridad no puede ordenar lo solicitado antes de la admisión de la demanda, debiendo la parte impetrante tomar los recaudos a momento de postular su demanda.--- 13. Respecto a los honorarios profesionales solicite conforme normativa legal vigente.--- Afecto de dar cumplimiento a lo establecido, se le concede el plazo de tres días bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la demanda de conformidad al Art. 113 del Código Procesal Civil.--- FIRMA Y SELLA: DR. DAEN MAURICIO RIVADENEYRA ERGUETA.-----JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º.-----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA EL ALTO – LA PAZ – BOLIVIA.----FIRMA Y SELLA: ABOG. ARAMYS FERNANDO QUISBERT RAMOS.--SECRETARIO.-----JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º.-----EL ALTO - LA PAZ-BOLIVIA.--- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA--- JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º EL ALTO--- LA PAZ – BOLIVIA---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA--- JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º EL ALTO--- LA PAZ – BOLIVIA--- NOTIFICACIONES--- En la Secretaria del Juzgado, a horas: 16:02 del día martes (08) del mes de NOVIEMBRE de la gestión 2022. NOTIFIQUE:--- A: CIPRIANO POMA CONDORI Y MARTHA BEATRIZ TORRES CANAVIRI--- CON: Decreto de Fecha 20 de octubre de 2022 de Fs. 83-83 vuelta de obrados.--- De conformidad con los Arts. 82 (I) y 84 (I)(II)(III) del Código Procesal Civil – Vía WhatsApp. 75886721--- De lo que certifico: Maria Carlo Bernabe, OFICIAL DE DILIGENCIAS, JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º EL ALTO, TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA, LA PAZ – BOLIVIA--- SEÑOR JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL DECIMO DE LA CIUDAD DE EL ALTO--- NUREJ: 204018600--- SUBSANA LO OBSERVADO y SOLICITA SE ADMITA LA DEMANDA.--- CIPRIANO POMA CONDORI Y MARTA BEATRIZ TORRES CANAVIRI, de generales ya conocidas dentro de la demanda de Usucapión interpuesta por mi persona en contra del señor DOMINGO YUJRA DUQUE ante las consideraciones de su digna autoridad con el debido respeto expongo y pido:--- Señor juez, se encuentra ante su despacho la demanda de usucapión y dándonos por notificados con su proveído que antecede, subsanamos:--- PRIMERO.- Señor Juez, conforme consta en el expediente en el acta de emitido por el Juez conciliador, la audiencia no puede desarrollarse porque se desconoce el domicilio de los demandados.--- PRIMERO.- Dando cumplimiento a lo dispuesto en el art. 110 núm. 4 de la ley 439 (datos del demandado) señalo:--- DATOS DEL DEMANDADO:--- DOMINGO YUJRA DUQUE mayor de edad, hábil por derecho, soltero, comerciante y SUS POSIBLES HEREDEROS con domicilio desconocido solicitando se hagan las correspondientes notificaciones mediante edicto y sea previo juramento de ley.--- Ante la falta de las generales de ley y Domicilio Reales de los demandados, DOMINGO YUJRA DUQUE y POSIBLES HEREDEROS conforme lo estipula el art. 31 dela ley 439. (Sucesión procesal de las partes), pedimos la citación y emplazamiento con la presente demanda a los posibles herederos de DOMINGO YUJRA DUQUE mediante edictos de conformidad al Art. 78 de C.P.C. y sea con los recaudos de ley.--- TERCERA--- RELACIÓN DE HECHOS--- De la relación de hechos debemos manifestar que en fecha 04 de mayo de 1993 mediante minuta de compra y venta hemos adquirido lote de terreno ubicado en la URBANIZACIÓN "MARISCAL SUCRE" HICHUCIRCA CHICO (ANTES DENOMINADO FINCA HICHUCIRCA CHICO) DE LA CIUDAD DEL ALTO, PROVINCIA MURILLO DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ, LOTE SIGNADO CON N° "7", MANZANO "4" CON UNA SUPERFICIE DE 250.00 METROS 2., sobre la calle Miguel Ángel Asturias y desde esa fecha tomamos posesión del terreno con el corpus y el ánimo, comenzando a realizar varias mejoras ya que no contaba con muralla, servicios básicos, ni menos con construcciones por lo que realizamos actos de conservación y nos comportándonos como verdaderos y legítimos propietarios del ahora bien inmueble referido, hasta la fecha han transcurrido más de 10 años que nos encontramos viviendo en dicho lugar para ser específicos ya son más de 25 años, dicho bien inmueble es habitada por toda nuestra familia el cual está compuesta por seis integrantes, y vivimos de forma libre, pacífica, pública como continua e ininterrumpida coma cumpliendo con todas las obligaciones ante el G.A.M.E.A. y la junta de vecinos sin que nadie perturbe mi posesión, además que todos los vecinos de la zona me reconocen como propietario.--- CUARTA.--- FUNDAMENTOS DE DERECHO.--- Por lo expuesto, al Amparo de los arts. 24 y 56 1. de la C.P.E. de los artículos 87, 88 (presunciones de posesión). art. 93. qué establece "el poseedor es de buena fe cuando crea haber adquirido del verdadero propietario por el titular la cosa o el derecho" 105, 110(modos de adquirir la propiedad), 138 (USUCAPIÓN DECENAL O EXTRAORDINARIA), "la propiedad de un bien inmueble se adquiere también por su lo la posesión continuada de diez años", 1486, 1492, 1493, 1454, 1492 y siguientes del Código Civil y Arts. 110, 111, 362 y 363 del Código Procesal Civil, INTERPONGO DEMANDA ORDINARIA DE USUCAPIÓN DECENAL.--- QUINTA.--- PETITORIO.--- De conformidad al art. 110 núm. 9 de la ley Adjetiva Civil debemos señalar que nuestra pretensión es: cumplida las formalidades dicte sentencia declarando PROBADA LA DEMANDA Y EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA DISPONGA LA INSCRIPCIÓN DE NUESTRO DERECHO PROPIETARIO EN LA OFICINA DE DERECHOS REALES DE LA CIUDAD DEL ALTO DEL BIEN INMUEBLE OBJETO DE LITIS (URBANIZACIÓN "MARISCAL SUCRE" HICHUCIRCA CHICO (ANTES DENOMINADO FINCA HICHUCIRCA CHICO) DE LA CIUDAD DEL ALTO, PROVINCIA MURILLO DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ CON LO SIGNADO CON N° "7", MANZANO "4" CON UNA SUPERFICIE DE 250.00 M2)., BAJO UNA NUEVA MATRÍCULA y sea con las formalidades de ley.--- SEXTA.- Señor juez con respecto al informe de la GAMEA si la propiedad se encuentra en área residencial, debemos manifestar que se encuentra adjunto al expediente un informe emitido por GAMEA de la Unidad de Administración Territorial de la lectura de la misma se evidencia que la propiedad se encuentra en área verde, sin embargo para dar cumplimiento al decreto citado SOLICITAMOS SE OFICIE A CATASTRO URBANO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DEL ALTO, a efecto de que informe y certifique si el bien inmueble ubicado en URBANIZACIÓN "MARISCAL SUCRE" HICHUCIRCA CHICO DE LA CIUDAD DEL ALTO LOTE SIGNADO CON N° "7" MANZANO "4", CON UNA SUPERFICIE DE 250.00 METROS 2 se encuentra en Aérea Municipal y/o área verde o de equipamiento.--- SÉPTIMO En cuanto a la certificación el informe proporcionado y adjunto al expediente se encuentra con las datos actuales y vigentes, y siendo que en Derechos Reales se me indica que dicho informe me será entregado en el lapso de 20 días, solicito se extienda un oficio para las oficinas de derechos reales de la ciudad de El Alto, para que se me extienda un informe de la partida N° 974, Fojas 974, del libro "1-D" registrado a nombre de DOMINGO YUJRA DUQUE.--- OCTAVO Facturas de luz y agua potable Con respecto a las facturas de los servicios básicos debemos manifestar que se encuentra adjunto el expediente facturas de los servicios básicos, luz, agua potable y gas domiciliario que corresponde a las gestiones anteriores, así como se ha adjuntado la certificación de instalación y/o conexión de los servicios (luz y agua potable) y las certificaciones del DELA PAZ Y EPSAS, el cual está a nombre mío CIPRIANO PUMA CONDORI, de la misma se evidencia qué somos nosotros hemos procedido a realizar todas las diligencias afecto de que el bien inmueble tenga los servicios básicos. Para que su autoridad evidencia que nosotros tenemos la posesión del bien inmueble ajunto últimas facturas de luz y agua potable, así como el pago de impuestos.--- NOVENO.- Con respecto al pago de impuesto cabe mencionar a su autoridad que durante varios años, hemos venido cancelado los impuestos a nombre del anterior propietario, conforme se tiene en la documentación ajunta, sin hacer el respectivo empadronamiento el cual a la fecha ya fue realizo y ya los impuestos fueron cancelados a nuestro nombre.--- DÉCIMO.- OTROSÍ 1.- (PRUEBAS).- De conformidad al art. 111 del código procesal civil como tengo ah bien adjuntar y ofrecer las siguientes pruebas:--- En calidad de pruebas adjunto--- PRUEBA DOCUMENTAL--- Así también mencionamos lo que intentamos demostrar con las mismos.--- 1. Cédula de identidad (fotocopias simples): demuestra nuestra legitimación, donde también se evidencia la ubicación de nuestro domicilio.--- 2. Minuta de compraventa (original): Dónde su autoridad podrá evidenciar que nosotros adquirimos la propiedad a título de compra y venta y desde esa fecha habitamos en la misma de forma pacífica.--- 3. Certificado de nota fiscal donde se evidencia la instalación de los servicios básicos.--- 4. Formularios de impuestos pagados ORIGINAL., con dicho documentos demostramos nos venido comportadnos como vendedores propietarios por lo que hemos ido cancelado los impuestos durante varios años.--- 5. Facturas y certificación de agua. Facturas de luz y Factura de gas domiciliario ORIGINAL donde se evidencia el pago de los mismos durante más de 10 años.--- 6. Declaración jurada.--- 7. Plano de ubicación ORIGINAL.: donde establece la ubicación del lote de terreno.--- 8. Certificación de la junta vecinal ORIGINAL.: que acredita que nos reconocen como propietarios del citado bien inmueble.--- 9. Información rápida Derechos Reales: el registro de dicha propiedad a nombre del demandado contra quién dirigimos la demanda.--- 10. Informe de catastro Urbano.: donde Se informa que la propiedad está en área residencial.--- 11. Certificación de la Sub Alcaldía. Donde se evidencia los datos exactos de la propiedad.--- 12. Informe de SEGIP donde se evidencia los datos antiguos del demandado.--- 13. Fotografías.- donde su autoridad podrá evidenciar la existencia de la propiedad y que la construcción data de hace varios años atrás.--- PRUEBA TESTIFICAL.- Siendo que mis testigos citados son mis vecinos, con ellos pretende demostrar que mi persona y mi familia nos encontramos en posesión del bien inmueble, por más de 10 años, tiempo en el cual vivimos y nos comportamos como verdaderos propietarios y que nadie ha perturbado mi posesión.--- JUAN PABLO YUJRA ARUQUIPA con C.I. N° 6197994 L.P. Quién es mayor de edad y hábil por derecho, soltero, estudiante, con domicilio ubicado en la calle Miguel Asturias N° 3284 Zona Río Seco Mariscal Sucre de la ciudad de El Alto.--- ROSEMARY ALANOCA MAMANI con C.I. N° 6119670 L.P. quien es mayor de edad y hábil por derecho, soltera, estudiante, con domicilio ubicado en la Av. Paseo de las Flores N° 2815 Zona Mariscal Sucre de la Ciudad de El Alto.--- INSPECCIÓN OCULAR: con esta prueba pretende demostrar que nos encontramos en posesión del bien inmueble objeto de la litis.--- Señor juez, con la finalidad de que su autoridad evidencia la existencia del bien inmueble citado de conformidad al Art. 187 del Código Procesal Civil, tengo ofrecer en calidad de prueba la inspección judicial del bien inmueble ubicado en la Urbanización "MARISCAL SUCRE Y HICHUSIRCA CHICO" de la ciudad de El Alto, Provincia Murillo del departamento de La Paz, lote signado con N° "7", Manzano "4", con una superficie de 250 metros 2, sobre la calle Miguel Ángel Astoria con número de Puerta N° 3245.--- Dando cumplimiento al art. 111 del código procesal civil manifestamos que las pruebas adjuntas al expediente y las ofrecidas son con las únicas con las que intentó valerme a efectos de demostrar mi posesión sobre el bien inmueble.--- Solicitando se tenga por subsanado los observado y me admita la presente demanda, me adhiero a la demanda principal en todo lo expuesto.--- Cel 75886721--- Correo. ros-valencia@hotmail.com--- "JUSTICIA"--- El Alto, 28 de septiembre de 2020--- FIRMA ILEGIBLE--- FIRMA ILEGIBLE--- FIRMA Y SELLA: Dra. ---Rosmery Valencia Valencia--- ABOGADA UMSA--- Mat. RPA.7080853RVV--- JUZGADO DECIMO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL.--- EL ALTO, 14 DE NOVIEMBRE DE 2022.--- Téngase por subsanado y aclarado lo observado:--- VISTOS: En virtud de los antecedentes del proceso y conforme lo expuesto en el memorial de demanda, se ADMITE la presente demanda ordinaria de USUCAPIÓN DECENAL O EXTRAORDINARIA interpuesto por CIPRIANO POMA CONDORI Y MARTA BEATRIZ TORRES CANAVIRI, en cuanto hubiere lugar en derecho, corriéndose en TRASLADO de la misma al demandado: DOMINGO YUJRA DUQUE, a fin de que sea citado y emplazado en forma personal conforme las previsiones del Art. 74 y siguientes del Código Procesal Civil con todos los actuados procesales pertinentes en el domicilio descrito, para que conteste a la demanda dentro del plazo previsto por el art. 363-III del Código Procesal Civil y asuman la defensa legal que le corresponde.--- Pese a que la Ley 2028 de Ley de Municipalidades a la fecha se encuentra totalmente abrogada, por la ley de Gobiernos Autónomos Municipales, con el fin de resguardar los bienes públicos, póngase en conocimiento del Gobierno Autónomo Municipal de la ciudad de El Alto la existencia del presente proceso a los fines que en derecho corresponda a la entidad edilicia.--- Por secretaría ofíciese al Servicio de Registro Cívico (SERECI) y Servicio General de Identificación Personal (SEGIP) para que con carácter previo informe sobre el último domicilio y certificado de descendencia del demandado.--- PROVIDENCIANDO EL MEMORIAL DE FS. 81 Y 82 VLTA DE OBRADOS.--- AL OTROSÍ 1.- Se tiene por ofrecida la prueba que refiere, sea en conocimiento de la parte contraria.--- AL OTROSÍ 2.- Ofíciese al fin impetrado sean con las formalidades de ley.--- AL OTROSÍ 3.- Solicité conforme la normativa legal vigente.--- AL OTROSÍ 4.- Se tiene presente y por señalado.--- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA--- JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º EL ALTO- LA PAZ – BOLIVIA--- NOTIFICACIONES--- En la Secretaria del Juzgado, a horas: 14:30 del día jueves (01) del mes de DICIEMBRE de la gestión 2022. NOTIFIQUE:--- A: CIPRIANO POMA CONDORI--- MARTHA BEATRIZ TORRES CANAVIRI--- CON: Auto de Fecha 14 de noviembre de 2022 de Fs. 87 vuelta de obrados.--- De conformidad con los Arts. 82 (I) y 84 (I)(II)(III) del Código Procesal Civil--- De lo que certifico: Maria Carlo Bernabe, OFICIAL DE DILIGENCIAS,--- JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º EL ALTO, TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA, LA PAZ – BOLIVIA--- SEÑOR JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL DECIMO DE LA CIUDAD DE EL ALTO.---NUREJ: 204018600---ADJUNTA INFORME Y SOLICITA OFICIO QUE INDICA.--- CIPRIANO POMA CONDORI Y MARTA BEATRIZ TORRES CANAVIRI, de generales ya conocidas dentro de la demanda de Usucapión interpuesta por mi persona en contra del señor DOMINGO YUJRA DUQUE ante las consideraciones de su digna autoridad con el debido respeto expongo y pido:---Señor Juez, considerando el estado de la causa, y habiendo realizado las diligencias en oficinas de SEGIP me permito adjuntar el informe, de la lectura del mismo se evidencia que los datos proporcionados son ambiguos, indicando que no se tiene resultados de registro, es por ello conforme lo establece el art. 78 de C.P.C SOLICITO CITACION MEDIANTE EDICTOS, para cuyo efecto se me expida las ejecutoriales de ley.---OTROSÍ 1.- (SOLICITA OFICIO) Al amparo del Art. 24 de la C.P.E. SOLICITO SE ME EXTIENDA OFICIO PARA SEGIP y SERECI a efectos e que informe sobre el ultimo domicilio de CASIANO TINTA MAMANI con C.I. Nº 200450 L.P mayor de edad, hábil por derecho y sea con las formalidades de ley.--- OTROSÍ 2.- ADJUNTA INFORME DE SEGIP.--- Celular 75886721--- Correo: ross-valencia@hotmail.com--- Será proceder en justicia.--- El Alto, 04 de enero de 2023--- FIRMA ILEGIBLE--- FIRMA ILEGIBLE--- FIRMA Y SELLA: Dra. Rosmery Valencia Valencia--- ABOGADA UMSA--- Mat. RPA.7080853RVV--- JUZGADO DECIMO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL--- EL ALTO, 06 DE ENERO DE 2023.--- VISTOS: En merito a lo expuesto en el memorial que antecede así como el informe de fs. 97 de obrados y conforme lo establece el Art. 78 del Código Procesal Civil procédase a la citación mediante edictos al señor DOMINGO YUJRA DUQUE, para que comparezca a este despacho legal en el plazo establecido, sea previo juramento de desconocimiento de su domicilio del mismo, a los efectos deberá publicarse el edicto en un periódico de circulación nacional dos veces con un intervalo de 5 días conforme lo previsto en el Art. 78 parágrafo II del Código Procesal Civil, sea con las formalidades de ley.--- AL OTROSÍ 1.- Ofíciese al fin impetrado, sea con las formalidades de ley.--- AL OTROSÍ 2.- Por adjunto.--- FIRMA Y SELLA: DR. DAEN MAURICIO RIVADENEYRA ERGUETA.-----JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º.-----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA EL ALTO – LA PAZ – BOLIVIA.----FIRMA Y SELLA: ABOG. ARAMYS FERNANDO QUISBERT RAMOS.--SECRETARIO.-----JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º.-----EL ALTO - LA PAZ-BOLIVIA.--- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA--- JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º EL ALTO--- LA PAZ – BOLIVIA--- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA--- JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º EL ALTO--- LA PAZ – BOLIVIA--- NOTIFICACIONES--- En la Secretaria del Juzgado, a horas: 14:45 del día jueves (12) del mes de ENERO de la gestión 2023. NOTIFIQUE:--- A: CIPRIANO POMA CONDORI--- MARTHA BEATRIZ TORRES CANAVIRI--- CON: Auto de Fecha 06 de enero de 2023 de Fs. 98 vuelta de obrados.--- De conformidad con los Arts. 82 (I) y 84 (I)(II)(III) del Código Procesal Civil--- De lo que certifico: Maria Carlo Bernabe, OFICIAL DE DILIGENCIAS,--- JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º EL ALTO, TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA, LA PAZ – BOLIVIA--- SEÑOR JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL DECIMO DE LA CIUDAD DE EL ALTO.--- NUREJ: 204018600--- ADJUNTA INFORME Y SOLICITA OFICIO QUE INDICA.--- CIPRIANO POMA CONDORI Y MARTA BEATRIZ TORRES CANAVIRI, de generales ya conocidas dentro de la demanda de Usucapión interpuesta por mi persona en contra del señor DOMINGO YUJRA DUQUE ante las consideraciones de su digna autoridad con el debido respeto expongo y pido:--- Señor Juez, considerando el estado de la causa, y habiendo realizado las diligencias en oficinas de SEGIP me permito adjuntar el informe, de la lectura del mismo se evidencia que los datos proporcionados son ambiguos de ambos demandados Domingo Yujra como del señor Casiano Tinta, indicando que no se tiene resultados de registro, es por ello conforme lo establece el art. 78 de C.P.C SOLICITO CITACIÓN MEDIANTE EDICTOS, para cuyo efecto se me expida las ejecutoriales de ley.--- OTROSÍ 2.- ADJUNTA INFORME DE SEGIP.--- Celular 75886721--- Correo: ross-valencia@hotmail.com--- Será proceder en justicia.--- El Alto, 04 de enero de 2023--- FIRMA ILEGIBLE--- FIRMA ILEGIBLE--- FIRMA Y SELLA: Dra. Rosmery Valencia Valencia--- ABOGADA UMSA--- Mat. RPA.7080853RVV--- JUZGADO DECIMO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL--- EL ALTO, 06 DE ENERO DE 2023.--- VISTOS: En merito a lo expuesto en el memorial que antecede así como el informe de fs. 104 de obrados y conforme lo establece el Art. 78 del Código Procesal Civil procédase a la citación mediante edictos al señor CASIANO TINTA MAMANI, para que comparezca a este despacho legal en el plazo establecido, sea previo juramento de desconocimiento de su domicilio del mismo, a los efectos deberá publicarse el edicto en un periódico de circulación nacional dos veces con un intervalo de 5 días conforme lo previsto en el Art. 78 parágrafo II del Código Procesal Civil, sea con las formalidades de ley.--- AL OTROSÍ.- Por adjuntado.--- FIRMA Y SELLA: DR. DAEN MAURICIO RIVADENEYRA ERGUETA.-----JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º.-----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA EL ALTO – LA PAZ – BOLIVIA.----FIRMA Y SELLA: Dr. RODRIGO ESCALANTE CUSI.--SECRETARIO.-----JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 11.-----EL ALTO - LA PAZ-BOLIVIA.--- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA – EN SUPLENCIA LEGAL. --- JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º EL ALTO--- LA PAZ – BOLIVIA--- NOTIFICACIONES--- En la Secretaria del Juzgado, a horas: 15:35 del día martes (24) del mes de ENERO de la gestión 2022. NOTIFIQUE:--- A: CIPRIANO POMA CONDORI--- MARTHA BEATRIZ TORRES CANAVIRI--- CON: Auto de Fecha 20 de enero de 2023 de Fs. 105 vuelta de obrados.--- De conformidad con los Arts. 82 (I) y 84 (I)(II)(III) del Código Procesal Civil--- De lo que certifico: Maria Carlo Bernabe, OFICIAL DE DILIGENCIAS, JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º EL ALTO, TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA, LA PAZ – BOLIVIA.--- JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL DECIMO DE LA CIUDAD DE EL ALTO.--- ACTA DE AUDIENCIA PUBLICA DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO.--- En la Ciudad de El Alto de La Paz, a horas 15:30 p.m. del día 13 de enero de 2023, ante el Juez Décimo en lo Civil y Comercial de El Alto – Dr. Mauricio Rivadeneyra Ergueta y el suscrito Secretario en suplencia legal, se constituyeron en AUDIENCIA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO, de conformidad al Art. 78 parágrafo II) del Código Procesal Civil, acto seguido se hizo presente ante este despacho judicial, la persona que responde al nombre de: CIPRIANO POMA CONDORI con C.I. Nº 2569156 L.P., mayor de edad, hábil por ley, estado civil soltero, de ocupación empleado, domicilio en C.M.A. Astoria Nº 3245 Z. Mcal. Sucre, en interés propio; quien previo juramento de ley prestado en legal forma manifiesta lo siguiente:--- “JURO DESCONOCER EL ACTUAL Y ULTIMO DOMICILIO DE: DOMINGO YUJRA DUQUE Y CASIANO TINTA MAMANI EN SU CALIDAD DE DEMANDADOS”---- Con lo que termino su declaración leída el acta le fue, quien persistió en su tenor imprimiendo sus huellas dactilares en presencia de su abogada, por ante mí de lo que certifico.---- FIRMA: Cipriano Poma Condori, 2569156.--- FIRMA Y SELLA: DR. DAEN MAURICIO RIVADENEYRA ERGUETA.-----JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º.-----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA EL ALTO – LA PAZ – BOLIVIA.------FIRMA Y SELLA: Dr. RODRIGO ESCALANTE CUSI.--SECRETARIO.-----JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 11º.-----EL ALTO - LA PAZ – BOLIVIA – EN SUPLENCIA LEGAL.--- JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL DECIMO DE LA CIUDAD DE EL ALTO.---- ACTA DE AUDIENCIA PUBLICA DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO.---- En la Ciudad de El Alto de La Paz, a horas 15:30 p.m. del día 13 de enero de 2023, ante el Juez Décimo en lo Civil y Comercial de El Alto – Dr. Mauricio Rivadeneyra Ergueta y el suscrito Secretario en suplencia legal, se constituyeron en AUDIENCIA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO, de conformidad al Art. 78 parágrafo II) del Código Procesal Civil, acto seguido se hizo presente ante este despacho judicial, la persona que responde al nombre de: MARTA BEATRIZ TORREZ CANAVIRI DE POMA con C.I. Nº 4244461 L.P., mayor de edad, hábil por ley, estado civil casada, de ocupación labores de casa, domicilio en C. Miguel A. Nº 3245 Z. Mcal. Sucre, en interés propio; quien previo juramento de ley prestado en legal forma manifiesta lo siguiente:--- “JURO DESCONOCER EL ACTUAL Y ULTIMO DOMICILIO DE: DOMINGO YUJRA DUQUE Y CASIANO TINTA MAMANI EN SU CALIDAD DE DEMANDADOS”.--- Con lo que termino su declaración leída el acta le fue, quien persistió en su tenor imprimiendo sus huellas dactilares en presencia de su abogada, por ante mí de lo que certifico.---- FIRMA: Marta Torres Canaviri, 4244461.--- FIRMA Y SELLA: DR. DAEN MAURICIO RIVADENEYRA ERGUETA.-----JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º.-----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA EL ALTO – LA PAZ – BOLIVIA.------FIRMA Y SELLA: ABOG. RODRIGO ESCALANTE CUSI.--SECRETARIO.-----JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 11º.-----EL ALTO - LA PAZ – BOLIVIA – SUPLENCIA LEGAL.--- ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR (SUSPENDIDA).--- SEÑOR JUEZ.- VISTOS: Que, conforme se tiene de antecedentes del proceso, se presentó demanda a fs. 81 a 82 vlta., subsanada a fs. 85 a 87 de obrados, Habiendo revisado antecedentes y con los fines de no causar indefensión a la parte demandada así como no perjudicar a los demandantes esta autoridad dispone la citación con la admisión de la demanda para el Sr. Casiano Tinta Mamani para en el plazo correspondiente por ley responda a la misma y toda vez que existe informes de SEGIP y SERECI que no tiene domicilio procesal por lo que previo desconocimiento de domicilio notifíquese mediante edictos al Sr. Casiano Tinta Mamani que actúa como representante legal del Sr. Domingo Yujra Duque, sea previa las formalidades de ley.--- FIRMA Y SELLA: DR. DAEN MAURICIO RIVADENEYRA ERGUETA.----- JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º.-----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA EL ALTO – LA PAZ – BOLIVIA.------FIRMA Y SELLA: Abg. TANIA CESPEDES CONDORI.---- SECRETARIA - ABOGADA.----- JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º.---- EL ALTO - LA PAZ – BOLIVIA---- JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º EL ALTO--- LA PAZ – BOLIVIA--- NOTIFICACIONES--- En la Secretaria del Juzgado, a horas: 11:08 del día miércoles (21) del mes de FEBRERO de la gestión 2024. NOTIFIQUE:--- A: CIPRIANO POMA CONDORI--- MARTHA BEATRIZ TORRES CANAVIRI--- CON: Acta de audiencia preliminar suspendida de fecha 21/02/2024.--- De conformidad con los Arts. 82 (I) y 84 (I)(II)(III) del Código Procesal Civil--- De lo que certifico: Maria Carlo Bernabe, OFICIAL DE DILIGENCIAS, JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º EL ALTO, TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA, LA PAZ – BOLIVIA.--- JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º EL ALTO--- LA PAZ – BOLIVIA--- NOTIFICACIONES--- En la Secretaria del Juzgado, a horas: 16:22 del día miércoles (21) del mes de FEBRERO de la gestión 2024. NOTIFIQUE:--- A: DOMINGO YUJRA DUQUE – (abogada Defensor de oficio DRA. VALENTINA PAUCARA GUARACHI)--- CON: Acta de audiencia preliminar suspendida de fecha 21/02/2024.--- De conformidad con los Arts. 82 (I) y 84 (I)(II)(III) del Código Procesal Civil--- De lo que certifico: Maria Carlo Bernabe, OFICIAL DE DILIGENCIAS, JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º EL ALTO, TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA, LA PAZ – BOLIVIA.--- JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º EL ALTO--- LA PAZ – BOLIVIA--- NOTIFICACIONES--- En la Secretaria del Juzgado, a horas: 16:22 del día miércoles (21) del mes de FEBRERO de la gestión 2024. NOTIFIQUE:--- A: CASIANO TINTA MAMANI--- CON: Acta de audiencia preliminar suspendida de fecha 21/02/2024.--- De conformidad con los Arts. 82 (I) y 84 (I)(II)(III) del Código Procesal Civil--- De lo que certifico: Maria Carlo Bernabe, OFICIAL DE DILIGENCIAS, JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º EL ALTO, TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA, LA PAZ – BOLIVIA.---------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO – LA PAZ – BOLIVIA. A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS.-------------------------


Volver |  Reporte