EDICTO

Ciudad: SAN ANDRÉS DE MACHACA

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL E INSTRUCCIÓN PENAL DE SAN ANDRÉS DE MACHACA


E D I C T O EL DR. EDWIN APAZA CHURATA, JUEZ PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL E INSTRUCCIÓN PENAL 1º DE SAN ANDRÉS DE MACHACA PROVINCIA INGAVI DEL DPTO. DE LA PAZ. HACE SABER: Por el presente Edicto hace conocer a: HUGO CORDERO COPA con C.I. 8388632 L.P., para que por sí o mediante apoderado asuma defensa, DENTRO DEL PROCESO FAMILIAR seguido por EDILINA MAMANI NINA contra HUGO CORDERO COPA por ASISTENCIA FAMILIAR, cuyo tenor es como a continuación sigue y se transcribe: ----- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL DE FECHA 02 DE MARZO DE 2017 A FS. 05 y 06 DE OBRADOS------------- JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y S.S., É INSTRUCCIÓN PENAL 1º DE SAN ANDRÉS DE MACHACA, PROVINCIA INGAVI. ---------------------------------------- FORMULA DEMANDA EXTRAORDINARIA DE ASISTENCIA FAMILIAR. --- OTROSIES. - SU CONTENIDO. --- EDILINA MAMANI NINA, mayor de edad, hábil por derecho con C.I. Nº 9062447 L.P., con domicilio en la Comunidad Litoral de la Provincia Ingavi del Departamento de La Paz, y la DEFENSORIA DE LA NINA, NIÑO Y ADOLESCENCIA DE SAN ANDRÉS DE MACHACA, en uso de sus atribuciones conferidas por los arts. 185 y 188 de la Ley 548, asumiendo defensa de la menor NAYELY CORDERO MAMANI, contra el señor HUGO CORDERO COPA, mayor de edad, hábil por derecho con domicilio en Zona Ex tranca Rio Seco de la Ciudad de El Alto, ante las consideraciones de su digna autoridad, expone y pide: --- ANTECEDENTES --- Señor Juez, adjunto Certificado de Nacimiento de la menor, donde se evidencia que dentro de una relación conyugal con el Señor HUGO CORDERO COPA, hemos procreado una hija de nombre de NAYELY CORDERO MAMANI, quien a la fecha cuenta con siete meses de nacido, desde la fecha de la gestación él no se hace cargo, yo estaba trabajando en la mina Cooperativa Rio Soral en la Provincia Franz Tamayo, donde él también trabajaba en la misma mina y nos conocimos ya un tiempo luego llegamos a convivir más de cinco meses, donde un día sin consultarme el me llevo de la mina a los yungas donde vivimos con uno de sus parientes, y un día por la mañana él me dijo que debe viajar urgente a La Paz a encontrarse con sus padres, así vendrían juntos a recogerme para poder ir donde mi familia para pedir la mano, el sabiendo que estaba en estado de gestación me dejo a mi suerte donde pase un calvario sola por ello me fui a la Ciudad de La Paz, al lado de mi familia donde me rechazaron al verme en el estado que me encontraba, desde entonces el me abandono desde esa fecha él no se hace cargo de la manutención de mi hija. --- PETITORIO --- Señor Juez, en atención a lo expuesto y de conformidad al Art. 24 de la Constitución Política del Estado y los Arts. 109 parágrafo I y II, 112, 116, 117, 434 inc. J), 436 y 437 de la Ley 603 del Nuevo Código de las Familias y del Proceso Familiar, a favor de mi hija NAYELY CORDERO MAMANI, menor de edad, solicito a su digna autoridad ADMITA LA PRESENTE DEMANDA, que una vez cumplidos los tramites establecidos por ley, fije una asistencia familiar de Bs. 400.- (Cuatrocientos 00/100 Bolivianos) a favor de mi hija como por ley corresponde el 20% del salario mínimo, mismo que cubrirá sus necesidades básicas de mi hija. --- Otrosí 1º.- En calidad de prueba documental, adjunto: --- Certificado de Nacimiento original de la menor. --- Fotocopia simple de cedula de identidad de mi persona madre de la menor. --- Croquis del domicilio del Sr. HUGO CORDERO COPA. --- Otrosí 2º.- Señalo domicilio procesal la secretaria de su digno despacho. --- SERA JUSTICIA --- San Andrés de Machaca, enero de 2017. --- Firma Ilegible. - Edilina Mamani Nina C.I. 9062447. --- FIRMA Y SELLA. - Dra. Facunda M. Ramírez M. --- Responsable Defensoría SLIM-DNA --- G.A.M.S.A.M.--------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& CARGO DE RECEPCIÓN CURSANTE A FS. 6 VUELTA DE OBRADOS ---------------------- JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL E INSTRUCCIÓN PENAL 1º DE SAN ANDRÉS DE MACHACA. PROV. INGAVI. --- Presentado en fecha 02 – 03 - 2017 --- Horas: 10:00 --- Presentado por: Facunda. --- Nombre del receptor: José --- Adjunta: a fs. (cuatro). --- FIRMA Y SELLA: José Ángel Huanca Mayta --- SECRETARIO – ABOGADO --- JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL E INSTRUCCIÓN PENAL 1º ----SAN ANDRES DE MACHACA – LA PAZ – BOLIVIA. -------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AUTO CURSANTE A FS. 7 DE OBRADOS. ---------------------------------------------------- San Andrés de Machaca, A 02 de marzo de 2017 --- VISTOS: Se admite la presente demanda de ASISTENCIA FAMILIAR en cuanto hubiere lugar y derecho y se corre en TRASLADO a HUGO CORDERO COPA, previa su citación y emplazamiento personal con la demanda, responda en el plazo de cinco días de conformidad con el Art. 437 parágrafo I de la ley 603 del Código de las Familias y del Proceso Familiar. --- Por secretaria ofíciese al SERVICIO GENERAL DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL (SEGIP), para que se nos extienda en el día y REMITA A ESTE JUZGADO, una Certificación de la Cedula de Identidad del Sr. HUGO CORDERO COPA, con el fin de conocer el ultimo domicilio registrado del mismo. --- OTROSÍ 1ro. - Téngase por Adjuntada. --- OTROSÍ 2do.- Por señalado. --- FIRMA Y SELLA: Dr. Javier Pablo Chavez Ríos --- Juez del Juzgado Público Mixto Civil y Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal 1º --- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA --- GUAQUI – LA PAZ – BOLIVIA- en suplencia legal. --- FIRMA Y SELLA: Ante mí: Dr. José Ángel Huanca Mayta --- SECRETARIO – ABOGADO --- JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL E INSTRUCCIÓN PENAL 1º ----SAN ANDRES DE MACHACA – LA PAZ – BOLIVIA. --------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FS. 21 DE OBRADOS. -------------------------------------------- SEÑOR JUEZ PÚBLICO MIXTO DE LA LOCALIDAD DE SAN ANDRÉS DE MACHACA --- SOLICITA COMISION INSTRUIDA --- Otrosí.- Su contenido --- LA DEFENSORIA DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE SAN ANDRES DE MACHACA, en uso de sus atribuciones conferidas por los Arts. 185, 188 de la Ley 548, asumiendo defensa y en representación de la menor NAYELY CORDERO MAMANI, de generales ya señaladas dentro del proceso de ASISTENCIA FAMILIAR seguida por EDILINA MAMANI NINA, en contra de HUGO CORDERO COPA presentándome ante su autoridad con el debido respeto expongo y pido: --- Señor Juez, conforme se tiene en obrados y por el informe arrojado por el SERVICIO GENERAL DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL (SEGIP), se evidencia que el Sr. HUGO CORDERO COPA, tiene como residencia o domicilio natural, o Residencia ESCOMA, de la PROVINCIA CAMACHO del Departamento de La Paz. Por lo que solicito a su probidad quiera disponer se libre EN COMISIÓN INSTRUIDA a la comunidad de ESCOMA de la PROVINCIA CAMACHO del Departamento de La Paz. Respectivamente, a efectos de que el demandado HUGO CORDERO COPA sea notificado conforme a ley. --- Solicitud que lo realizo al amparo del Derecho de PETICIÓN establecida en el Art. 24 de la Constitución Política del Estado. Sea por ser de derecho --- Otrosí 2do.- Señalo domicilio procesal, en las oficinas de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, ubicado en dependencias de la alcaldía del municipio de san Andrés de machaca. --- SERA PROCEDER EN DERECHO --- San Andrés de Machaca 7 de septiembre de 2022 --- FIRMA Y SELLA: Dr. Hugo Willy Mamani Choquehuanca --- RPA Nº 4961983 HWMC --- RESPONSABLE S.L.I.M. – D.N.A. --- GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL --- SAN ANDRES DE MACHACA. --------------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& CARGO DE RECEPCIÓN CURSANTE A FS. 21 VUELTA DE OBRADOS --------------------- JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL E INSTRUCCIÓN PENAL 1º DE SAN ANDRÉS DE MACHACA. PROV. INGAVI. --- Presentado en fecha 08 – 09 - 2022 --- Horas: 08:36 --- Presentado por: Dr. Hugo Mamani. --- Nombre del receptor: Secretario --- Adjunta: --- FIRMA Y SELLA: Dr. Edalgo Chavez Chavez --- SECRETARIO – ABOGADO --- JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y S.S. E INSTRUCCIÓN PENAL 1º ----SAN ANDRES DE MACHACA – LA PAZ – BOLIVIA. -------------------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& DECRETO CURSANTE A FS. 21 DE OBRADOS. ---------------------------------------------- San Andrés de Machaca, 08 de septiembre de 2022. --- En lo principal. - De conformidad a lo previsto por el Art. 315 de la Ley No. 603, por secretaria de este despacho judicial líbrese comisión instruida a los efectos de la citación y emplazamiento del demandado HUGO CORDERO COPA a ser cumplida por el Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal 1º de Puerto Carabuco de la Provincia Camacho (como autoridad judicial más próxima al Municipio de Escoma) y/o cualquier autoridad policial, administrativa o autoridad indígena originaria campesina de la localidad de Escoma no impedida por ley. --- Al otrosí 2do.- Por señalado. --- FIRMA Y SELLA: Dr. Edwin Apaza Churata --- JUEZ --- Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal 1º de San Andrés de Machaca – Prov. Ingavi --- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ --- FIRMA Y SELLA: Ante mí: Dr. Edalgo Chavez Chavez --- SECRETARIO ABOGADO --- JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y S.S. E INSTRUCCIÓN PENAL 1º ----SAN ANDRES DE MACHACA – LA PAZ – BOLIVIA. -------------------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& REPRESENTACION CURSANTE A FS. 47 DE OBRADOS. ------------------------------------- REPRESENTACION ---A: DRA. LEONOR XIMENA QUIROZ NAJAR --- JUEZ CIVIL COMERCIAL DE FAMILIA DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y S.S. E INSTRUCCIÓN PENAL 1º DE PUERTO CARABUCO. --- DE: Ximena Paola Condori Yana --- OFICIAL DE DILIGENCIAS de Juzgado Público Mixto Civil Comercial de Familia de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y S.S. e Instrucción Penal 1º de PUERTO CARABUCO --- REF.: COMISION INSTRUIDA --- Puerto Carabuco, 06 de septiembre de 2023 --- Sra. Juez debo informa a su autoridad que dentro del proceso familiar seguido por EDILINA MAMANI NINA CONTRA HUGO CORDERO COPA SOBRE ASISTENCIA FAMILIAR, se tiene ordenado la notificación al Sr. Hugo Cordero Copa. --- Que, a efectos de dar cumplimiento al proveído de fecha 05 de septiembre de 2023 se advierte de la comisión instruida que en referencia al domicilio de la misma solamente se cuenta con el informe emitido por el SEGIP el cual proporciona la información de “Quilima – Escoma Prov. Camacho” así mismo no se contaría con un croquis de dicho domicilio es por esta razón que el domicilio es impreciso ya que no se contaría con mayores datos para realizar la notificación al demandado, es por esta razón que se me imposibilita realizar la notificación. --- por lo anteriormente expuesto REPRESENTO la diligencia ordenada para el Sr. Hugo Cordero Copa. --- es cuanto informo a su autoridad. ---FIRMA Y SELLA: Ximena Paola Condori Yana --- OFICIAL DE DILIGENCIAS de Juzgado Público Mixto Civil Comercial de Familia de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y S.S. e Instrucción Penal 1º de Puerto Carabuco – Tribunal Departamental de Justicia. --------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& CARGO DE RECEPCIÓN CURSANTE A FS. 48 VUELTA DE OBRADOS --------------------- JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL E INSTRUCCIÓN PENAL 1º DE SAN ANDRÉS DE MACHACA. PROV. INGAVI. --- Presentado en fecha 07 – 03 - 2024 --- Horas: 10:10 --- Presentado por: --- Nombre del receptor: Secretario --- Adjunta: --- FIRMA Y SELLA: Dr. Edalgo Chavez Chavez --- SECRETARIO – ABOGADO --- JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y S.S. E INSTRUCCIÓN PENAL 1º --- SAN ANDRES DE MACHACA – LA PAZ – BOLIVIA. ---------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& DECRETO CURSANTE A FS. 48 VUELTA DE OBRADOS --------------------------------------- San Andrés de Machaca, 07 de marzo de 2024 --- VISTOS: En consideración a la representación de fs. 47 de obrados, cite y emplácese al demandado HUGO CORDERO COPA mediante EDICTOS DE LEY, y sea siguiendo las formalidades establecidas en los Art. 308, 309 y 310 de la Ley No. 603. --- Al efecto, una vez cumplidas las precitadas formalidades de ley, por secretaria elabórese el correspondiente edicto con las piezas pertinentes a objeto de que sea publicado en el Sistema HERMES conforme al reglamento de las Notificaciones Electrónicas aprobadas por acuerdo de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia No. 13/2018 de 07 de febrero de 2018. --- FIRMA Y SELLA: Dr. Edwin Apaza Churata --- JUEZ --- Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal 1º de San Andrés de Machaca – Prov. Ingavi --- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ --- FIRMA Y SELLA: Ante mí: Dr. Edalgo Chavez Chavez --- SECRETARIO ABOGADO --- JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y S.S. E INSTRUCCIÓN PENAL 1º ----SAN ANDRES DE MACHACA – LA PAZ – BOLIVIA. ---------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA LOCALIDAD DE SAN ANDRÉS DE MACHACA, PROVINCIA INGAVI DEL DEPTO. DE LA PAZ, A LOS 13 DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTICUATRO ANOS. ------------------------------------------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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