EDICTO

Ciudad: TARIJA

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO QUINTO EN MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL


EDICTO JUZGADO: PUBLICO DE FAMILIA QUINTO DE LA CAPITAL. JUEZ. DRA. ELISA FLORES TERAN. PROCESO: ASISTENCIA FAMILIAR NUREJ: 201403714 DEMANDANTE: MARIA NIEVES AVENDAÑO CARDOZO (APODERADO LEGAL ALEXANDER KENNEDY DEMANDADO: GENARO VALDEZ SARACHO NOTIFICACION A: GENARO VALDEZ CAMACHO ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- OBJETO: MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO Y EN CUMPLIMIENTO A LO PRESCRITO POR EL PARAGRAFO I DEL ART. 309 DE LA LEY 603, SE NOTIFICA Y HACE SABER AL SR. GENARO VALDEZ SARACHO QUE, POR SI O MEDIANTE APODERADO LEGAL, HAGA VALER SU DERECHO DENTRO DEL PROCESO DE ASISTENCIA FAMILIAR SEGUIDO EN SU CONTRA, PARA QUE EN EL PLAZO DE 10 DÍAS DESDE LA ULTIMA PUBLICACION DEL EDICTO, SE PRESENTE A ASUMIR DEFENSA ANTE ESTE JUZGADO CON RELACION A LA PLANILLA DE PENSIONES, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE DEFENSOR DE OFICIO, CON QUIEN SE CONTINUARÁ EL TRAMITE, PARA CUYO EFECTO SE LE HACE SABER LO SIGUIENTE:------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- MEMORIAL DE FOSJAS CIENTO VEINTIOCHO DE OBRADOS. Se presenta ALEXANDER KENNEDY, de generales conocidas, dentro del Proceso de Asistencia Familiar, que sigue mi Poderdante María N. Avendaño C., en contra del Sr. Genaro Valdez S., ante Ud., con las debidas consideraciones de respeto, expongo y pido: 1.- Para efectos de obligar al padre de mis hijas cumplimiento en cuanto a los depósitos Asistencia Familiar - a favor de las menores de nombre Esmeralda Greis y Silvia Andrea Valdez Avendaño, quienes a la fecha no reciben en lo absoluto la ayuda de su progenitor y padre de ellas. - a) Detalle: Según Sentencia de fojas 87 a 92, se determina una Asistencia Familiar de Bs. 840,00.- - Bs. 420,00.- cada una de las menores. – • Según Planilla de Asistencia Familiar de fojas 105 - 09/07/17 a 09/10/18 - 15 meses el monto aprobado, pero no depositado es de Bs. 12.600,00.- • Ahora desde fecha 09 de octubre de 2018 años a 09 de enero de 2024 años (63 meses) por Bs. 840,00 cada mes, vendrían a ser: Bs. 52.920,00.- • Depósitos a favor de las menores: Bs. 0000000.- b) Monto adeudado de planilla de fojas 105: Bs. 12.600,00.- c) Total monto adeudado por el obligado: Bs. 65.520,00.- 2.- Por lo que solicito quiera considerar la misma, y determine el traslado a la parte contraria a ser notificado en Secretario Judicial (Salvo mejor Criterio) para su posible observación. En caso que no lo hiciera solicito se la apruebe para emanar Mandamiento de Apremio si esto ameritaría. - 3.- De igual manera reitero Cuenta Bancaria para efectos de depósito y no se alegue a futuro desconocimiento de la misma: Cuenta Bancaria No 90121211050 - BANCO PRODEM.- Otrosí. - Con sus determinaciones, cédula a los que correspondan. - Tarija, 10 de enero de 2024. Firma el apoderado abogado Alexander Kennedy. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- DECRETO DE FOJAS CIENTO VEINTIOCHO DE OBRADOS. Tarija, 11 de enero de 2024 Previo a correr en traslado la planilla de asistencia familiar, precise el domicilio real del obligado Gerardo Valdez Saracho, debiendo adjuntar croquis de ubicación. Al otrosí 1°.- Notifíquese. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- MEMORIAL DE FOJAS CIENTO TREINTA Y SIETE DE OBRADOS.- Se presenta Alexander Kennedy; de generales conocidas, dentro del Proceso de Asistencia Familiar, que sigue mi Poderdante María N. Avendaño C. I. Habiendo tomado conocimiento de los informes tanto de SEGIP como del SERECI, los mismo que especifican un supuesto domicilio del Obligado Barrio Juan XIII - Calle Jacinto Delfín - entre calles Martín Barroso y Comercio de la ciudad de Yacuiba.- II. Ahora bien, se ha ido a verificar dicho domicilio en la ciudad de Yacuiba, sin embargo se nos indicó que este sería el domicilio de su hermano, y no así del obligado Sr. Genaro Valdez S., el cual no viviría en dicho lugar, desconociendo el paradero exacto de dicho personaje. - III. Por lo que, para evitar nulidades a futuro, solicito que se notifique con los actuados al señor Sr. Genaro Valdez S. vía Edictos y que sea en el Sistema Informático Hermes. Salvo mejor criterio de su autoridad- Otrosí. - Con sus determinaciones, cédula a los que correspondan. - Tarija, 06de febrero de 2024. Firma el apoderado abogado Alexander Kennedy. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ DECRETO DE FOJAS CIENTO TREINTA Y OCHO DE OBRADOS. Tarija, 08 de febrero de 2024 Previo a disponer la notificación de edictos debe constar la representación de la autoridad competente. En tal sentido, expídase comisión instruida ante la autoridad no impedida por ley de la ciudad de Yacuiba para que proceda a notificar personalmente al demandado o mediante cédula en caso de no ser habido. En merito a ello, se conformidad con el Art. 415-I de la Ley 603, se pone a conocimiento del obligado GENARO VALDEZ SARACHO, la planilla de pensiones de fs. 128 elaborada por la parte beneficiaria por la suma total de Bs. 65.520 por concepto de pago de asistencia familiar, para que si en caso considere observe la planilla o cancele dentro del plazo de tres (3) días desde su legal notificación, bajo conminatoria de la aprobación de la planilla, y de ser intimado al cumplimiento total de lo adeudado, pudiendo expedirse mandamiento de apremio en contra del obligado a sola petición escrita de la parte beneficiaria. Al otrosí 1º.- Conforme a Ley. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- MEMORIAL DE FOJAS CIENTO CINCUENTA Y UNO DE OBRADOS. - Se presenta Alexander Kennedy, devolviendo la comisión instruida y solicita: I. Adjunto al presente memorial, la Comisión Instruida N° 57/2024 emanada por su autoridad para la notificación del hoy obligado. En ese se evidencia que el domicilio del Obligado Barrio Juan XIII-Calle Jacinto Delfín entre calles Martín Barroso y Comercio -no es la residencia de esta persona desde hace aproximadamente tres (3) años atrás. - IV. Por lo que reitero petición de solicitud para que se notifique con los actuados al señor Sr. Genaro Valdez S. vía Edictos y que sea en el Sistema Informático Hermes. Salvo mejor criterio de su autoridad- Otrosí. - Con sus determinaciones, cédula a los que correspondan. - Tarija, 08 de marzo de 2024. Firma el apoderado abogado Alexander Kennedy. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- DECRETO DE FOJAS CIENTO CIENCUENTA Y UN VUELTA DE OBRADOS. Tarija, 08 de marzo de 2024 Arrímese a obrados la comisión instruida N° 012/2024 sin diligenciamiento; y en mérito al memorial que antecede y al haberse agotado las instancias de Ley para conocer el domicilio real del demandado, conformen cursan los informes de las instituciones competentes respecto al domicilio y la representación de la Oficial de Diligencias del Juzgado de Familia de Yacuiba, dando cumplimiento al Art. 308 de la Ley 603, se autoriza la publicación de edictos en el sistema HERMES, la notificación al obligado GENARO VALDEZ SARACHO con la planilla de pensiones de fs. 128, resolución de fs. 128 vta., memorial de fs. 137, resolución de fs. 138 y la presente resolución. Se advierte al obligado que, debe apersonarse al proceso dentro del plazo de diez (10) días desde la última publicación de edictos para asumir defensa, caso contrario se le designara abogado defensor de oficio con quien se continuara el trámite en relación a la planilla de pensiones. Al otrosí 1°.- Conforme a Ley. FIRMADO Y SELLADO DRA. ELISA FLORES TERAN, JUEZ DEL JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA QUINTO DE LA CAPITAL, ANTE MI DR. IVER BORGES CHOQUE SECRETARIO DEL JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA QUINTO DE LA CAPITAL. ES CUANTO SE HACE CONOCER AL DEMANDADO/OBLIGADO PARA QUE ESTE A DERECHO. CERTIFICO. - Tarija, 20 de marzo de 2024


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