EDICTO

Ciudad: EL ALTO

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEXTO EN MATERIA PENAL DE EL ALTO


JUZGADO DE SENTENCIA PENAL SEXTO EL ALTO – BOLIVIA EDICTO EL DOCTOR JOSE MIGUEL ORTUÑO VALENCIA JUEZ SEXTO DE SENTENCIA EN LO PENAL DE LA CIUDAD DE EL ALTO - TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA Hace saber: Mediante el presente edicto, cita, notifica y emplaza a RUBÉN CRUZ CALLE para que se apersonen por sí o por medio de apoderado dentro el Proceso Penal seguido por: MINISTERIO PUBLICO contra: ALFREDO POMA FLORES, sobre DELITO: LESIONES GRAVES Y LEVES, cuyo tenor literal es como a continuación se transcribe. ---------------------------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA LA PAZ---JUZGADO SEXTO DE SENTENCIA EN LO PENAL DE LA CUIDAD DE EL ALTO- LA PAZ-----RESOLUCIÓN Nº 71/2024----NUREJ: 201502022101656-----------AUTO DE APERTURA DE JUICIO-----El Alto, 26 de febrero de 2024--------I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE CASO, DE LAS PARTES PROCESALES ABOGADOS Y DOMICILIOS PROCESALES---MINISTERIO PUBLICO-------ABG. ANA TERESA ALBA TORREZ FISCALIA ESPECIALIZADA EN DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD PERSONAL DE LA CUIDAD DE EL ALTO------Domicilio Procesal---------Ubicados en la Fiscalia Especializada en delitos contra la integridad Personal de la cuidad de el alto. Edif. Illimani Piso 4, Av. Raúl Salmon Nº 130 Z/12 de octubre--------Celular-----No consigna-----Correo Electronico-----No consigna----DENUNCIANTE----RUBÉN CRUZ CALLE---C.I. 14450309 L.P.---------Domicilio Real-------C/ Minero Nº N/N Frente colegio Chino Puerta Plomo de la Z/ Juan Azurduy El Alto.-----Celular------No consigna----ACUSADO---------ALFREDO POMA FLORES--- C.I. 7008401 L.P.-----Domicilio Real-----C/ San Andrés Nº 3255 San Cristóbal Sector de Lagunas------Celular-------No consigna-------ABOGADO DEFENSOR--- ABG. Albo Lacaze Gómez---Domicilio Procesal-----Piso 4 Oficina 402 del Edificio Alessandra C/Jose María Zalles Nº 8461 entre Ignacio Cordero y Jose Aguirre Acha Z/Calacoto---Celular-----69927809---DELITO----LESIONES GRAVES Y LEVES---VISTOS Y CONSIDERANDO: que el representante del MINISTERIO PUBLICO en representación de la sociedad ,emite Resolución de acusación fiscal en contra de ALFREDO POMA FLORES, por el supuesto delito de LESIONES GRAVES Y LEVES , u señalando en fundamento lo siguiente:---“que de los elementos cursantes se tiene por acta de aprensión por particulares en fecha 14 de marzo de 2021 a horas 06:45 am. Se procedió a la aprensión del ciudadano marco Antonio Garay Flores y luego se identificó como el señor Alfredo poma flores hecho que ocurrió en la calle franco valle entre calle 1 y 2 de la zona 12 de octubre de la ciudad de El alto, en cuanto a la declaración de la víctima denunciante señala textualmente cuando nos encontrabamos comiendo en una pensión caldo de cardan , ahí había 4 personas entre varones y mujeres tambien comiendo y luego viene este señor que me agredió indicando y provocandonos te conozco y yo le dije que no y luego viene una señora de pollera y empieza a provocarnos y esta señora empieza y agarra una botella de vidrio dentro de la pensión y me arronja tambien esquivo y nuevamente viene este señor que supuestamente se llama marco donde lo agrede a mi amigo Armando tendiéndole al piso habiéndole votar su celular yo le levanto a mi amigo y recojo su celular y ahí siento una cortadura por parte del señor con un objeto tipo cuchillo para posterior darse a la fuga pero mis amigos de seguridad lo agarran de cual tambien se tiene informe del médico del hospital la republica de la Dra. María José chavarria medico de turno con diagnóstico DX. Herida contusa cortante por Arma Blanca (cuchillo).”---CONSIDERANDO : que de conformidad a Art. 342 del código de procedimiento penal el juicio debe abrirse sobre la base de la acusacion fiscal o la del querellante, en consecuencia, existiendo Acusacion particular en el caso de autos, corresponde dictar auto de apertura de juicio sobre la base de los hechos contenidos en las mismas.---POR TANTO: El juez sexto de sentencia de la ciudad de El Alto de la paz ordena la APERTURA DE JUICIO ORAL contra: --- “ ALFREDO POMA FLORES “ Cl. 7008401 L. P. --- por el delito de LESIONES GRAVES Y LEVES . el Art. 271 del código penal en relación al Art. 20 del código penal. --- para substanciar el juicio oral, en aplicación del Art. 343 del código de procedimiento penal, se señala audiencia pública PRESENCIAL.---MARTES 26 DE MARZO DE 2024 A HORAS 09:30 A.M.--------Notifíquese a las partes con la presente resolución conforme a ley. Debiéndose NOTIFICAR a las partes y emitirse los mandamientos de comparendo para los testigos y peritos si los hubiere y hacer presente en dicha audiencia, a este efecto las partes deberán coordinar con secretaria la elaboración de dichos comparendos y otras medidas necesarias para su organización de conformidad a lo previsto en el Art. 343 segundo párrafo del CPP, sea con las formalidades de ley.----------Asimismo, se CONMINA expresamente a las partes a hacer presente sus pruebas tanto de cargo y descargo a efectos de su producción, de lo contrario se darán por AGOTADAS, debiendo las partes Tramitar sus mandamientos de comparendo o cualquier otra diligencia si es que así lo requieran.----------De la misma forma se advierte de que en caso de que el acusado no concurra a dicho acto contra abogado particular (de confianza), el mismo será asistido por un abogado de oficio, a quien de igual forma se le conmina a estar presente en dicha audiencia señalada, a dicho efecto por secretaria NOTIFÍQUESE A DEFENSOR DE OFICIO y en caso inasistencia del representante del Ministerio Publico, se OFICIARA a la fiscalia departamental de La Paz-------Finalmente, se deja constancia que por disposición expresa del Art. 343 parágrafo IV concordante con el Art. 123 del C.P.P El presente auto no es recurrible de apelación.----------------- FIRMA Y SELLA: Juzgado Sexto de Sentencia Penal de El Alto Dr. José Miguel Ortuño Valencia: Juez- FIRMA Y SELLA: Juzgado Sexto de Sentencia Penal de El Alto: Dra. Amparo Chui Loza: Secretaria--------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA PAZ - EL ALTO A LOS VEINTE Y DOS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS POR ORDEN DEL SEÑOR JUEZ SEXTO DE SENTENCIA EN LO PENAL – DE LA CIUDAD DE EL ALTO-----FIRMADO: SECRETARIA – ABOGADO- JUZGADO SEXTO DE SENTENCIA PENAL DE LA CIUDAD DE EL ALTO------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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