EDICTO

Ciudad: TARABUCO

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y DE SENTENCIA PENAL DE TARABUCO


EDICTO PENAL Nº 09/2024. DR. HERNÁN SALINAS CASTELLÓN JUEZ PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, TRABAJO S.S. SENTENCIA PENAL Nº 1 Y EJECUCIÓN PENAL DE TARABUCO – CHUQUISACA EXPEDIDO DENTRO DEL PROCESO PENAL. POR LA PRESUNTA COMISIÓN DE: LESIONES GRAVES Y LEVES previsto y sancionado por los Arts. 271 del C.P. CAUSA: 32/2023 CODIGO UNICO Nº: 106102122200020 QUERELLANTE: MINISTERIO PÚBLICO a instancia de JUSTINO MELEDRES CONDORI Y OTROS ACUSADO: JAVIER CONDORI QUISPE OBJETO: AUTO 06/02/2024, DECRETO DE 11/03/2024 Y DECRETO DE 21/03/2024. . POR EL PRESENTE EDICTO SE NOTIFICA a: LOS SRES. REINA CONDORI DURAN Y DEMERCIEL ARANCIBIA PADRES DE LA MENOR DE INICIALES L.A.C., SRES. ANGEL HUALLPA VALDA Y JOSEFINA CHINO ORTUSTE PADRES DE LA MENOR DE INICIALES L.H.CH., dentro del proceso penal por el delito de LESIONES GRAVES Y LEVES previsto y sancionado por el Art. 271 del C.P. seguido por el Ministerio Publico a instancia de LA DEFENSORÍA DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE TARABUCO, JUSTINO MELENDRES CONDORI Y OTROS contra Javier Condori Quispe para que se notifica con AUTO 06/02/2024, DECRETO DE 11/03/2024 Y DECRETO DE 21/03/2024 para cuyo conocimiento se transcribe a continuación: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&6&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& -------------------------------------------- AUTO 06/02/2024 ----------------------------------------------- Tarabuco, 06 de febrero de 2024.- VISTOS: Habiendo el acusado presentado sus pruebas de descargo por memorial que antecede en consecuencia, de conformidad con lo que prescribe el Art. 340-IV del Código de Procedimiento Penal modificado por Ley 586 se dispone la apertura de juicio penal sobre la base de la acusación fiscal conforme dispone el Art. 342 del Código de Procedimiento penal en contra del acusado JAVIER CONDORI QUISPE por la comisión de los delitos de LESIONES GRAVES Y LEVES previstos y sancionados por el Art. 271 del Código Penal, de acuerdo con lo que dispone el Art. 343 del Código de Procedimiento penal se señala audiencia para la celebración del juicio oral el día lunes 11 de marzo de 2024 a horas 10 a.m., que se verificará en el salón de debates de este despacho judicial, para el efecto, el secretario del juzgado debe hacer cumplir las notificaciones a las partes, la citación de los testigos de cargo y descargo, peritos, para cuyo efecto líbrese los mandamientos de comparendo conforme a lo previsto por el Art. 129 inc.1) del Código de Procedimiento Penal encomendando su ejecución y cumplimiento a cualesquier autoridad policial no impedida del Estado Plurinacional de Bolivia, en caso de inconcurrencia de los testigos citados a la audiencia señalada, se librará mandamiento de aprehensión; para la notificación a las víctimas por intermedio de sus padres líbrese comisión instruida encomendando su ejecución y cumplimiento al Comandante Provincial de la Policía de Tarabuco, para la notificación al acusado líbrese comisión instruida encomendando su ejecución y cumplimiento a la oficina gestora de procesos del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca en vista de que el acusado tiene su domicilio real en el pasaje Aldunate s/n Zona San Juanillo de la ciudad de Sucre, sin perjuicio de las atribuciones de la oficial de diligencias del juzgado, asimismo a las víctimas de iniciales L.A.A. representada por sus padres REINA CONDORI DURAN Y DEMERCIEL ARANCIBIA y L.H.CH. representada por sus padres ANGEL HUALLPA VALDA Y JOSEFINA CHINO ORTUSTE notifíquese mediante edictos de acuerdo con lo que dispone el Art. 165 del Código de Procedimiento Penal modificado por la Ley 1173 en vista de que de las mismas se desconoce su domicilio. Al memorial de Fs. 352-353 presentado por el acusado. Por ofrecida la prueba documental, testifical, pericial y la reconstrucción con noticia contraria. Al otrosi1.- Se tiene presente. Al otrosí 2.- Se tiene presente. Al otrosí 3.- Por señalado. Al otrosí 4.- Tenga en cuenta la oficial de diligencias del juzgado. Al otrosí 5.- Se tiene en cuenta. Al otrosí 6.- Se tiene dispuesto. Regístrese. - &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&6&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ------------------------------------------ DECRETO DE 11/03/2024 ------------------------------------------- Tarabuco, 11 de marzo de 2024.- En el presente caso del informe del secretario en audiencia se advierte que el acusado JAVIEER CONDORI QUISPE se encuentra en sala sin su abogado, en vista de que no se puede llevar adelante una audiencia de juicio sin que el acusado este asistido por un Abogado, motivo por el cual se de acuerdo con lo que dispone el Art. 335 modificado por la Ley1173 se suspende la presente audiencia, señalándose nueva audiencia en el caso de autos para el día jueves 21 del presente mes y año a horas 10:00, la audiencia se señala con el margen de tiempo debido a la agenda de audiencias que tiene programada el juzgado por ser mixto y también teniendo en cuenta el Art. 130 del Código de Procedimiento penal, por secretaria líbrese mandamientos de comparendo para los testigos de cargo y descargo encomendando su ejecución y cumplimiento a cualesquier autoridad policial no impedida da del Estado Plurinacional de Bolivia, para la notificación a las victimas mediante sus padres líbrese comisión instruida encomendando su ejecución y cumplimiento al Comándate Provincial de la Policía de Tarabuco, asimismo notifíquese mediante edictos a las víctimas de iniciales L.A.A. representadas por sus padre REINA CONDORI DURAN Y DEMERCIEL ARANCIBIA y L.H.CH. representada por sus padres ANGEL HUALLPA VALDA y JOSEFINA CHINO ORTUSTE notifíquese mediante edictos de acuerdo con lo que dispone el Art. 165 modificado por la Ley 1173 en vista de que de las mismas se desconoce su domicilio. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&6&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ------------------------------------------ DECRETO DE 21/03/2024 ------------------------------------------- Tarabuco, 21 de marzo de 2024.- En el presente caso del informe del secretario de juzgado se advierte que no hay constancia de la notificación a la víctimas en vista de que la autoridad comisionada no ha devuelto la comisión instruida, por lo que el expediente no se encuentra corriente, motivo por el cual el Ministerio Público solicita la suspensión de la presente audiencia, asimismo el Abogado del acusado que el juicio se debe llevar a cabo teniendo en cuenta el debido proceso y está de acuerdo con la solicitud del Ministerio Publico, por lo que de acuerdo con lo que dispone el Art. 335 del código de Procedimiento penal modificado por la Ley 1173 se suspende la presente audiencia señalándose nueva audiencia de juicio para el día martes 2 de abril del presente año a horas 10:00, audiencia que se señala con el margen de tiempo debido a la agenda de audiencias que tiene el juzgado por ser mixto y también teniendo en cuenta el Art. 130 del código de Procedimiento Penal; por secretaria líbrese mandamientos de comparendo para los testigos de cargo y descargo encomendando su ejecución y cumplimiento a cualesquier autoridad policial no impedida del Estado Plurinacional de Bolivia, para la notificación a las victimas líbrese comisión instruida encomendando su ejecución y cumplimiento al comandante Provincial de la Policía de Tarabuco, asimismo notifíquese mediante edictos a las víctimas de iniciales L.A.A., representada por sus padres REINA CONDORI DURAN Y DEMERCIEL ARANCIBIA y L.H.CH., representada por sus padres ANGEL HUALLPA VALDA y JOSEFINA CHINO ORTUSTE de acuerdo con lo que dispone el Art. 165 del Código de Procedimiento Penal modificado por la Ley 1173 en vista de que se desconoce el domicilio de las mismas. IRMADO Y SELLADO DR. HERNÁN SALINAS CASTELLÓN JUEZ PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, TRABAJO S.S. SENTENCIA PENAL Nº 1 Y EJECUCIÓN PENAL DE TARABUCO, ANTE MI FDO. Y SELLADO JUAN JHAMILD PAUCAR SOLIZ. – SECRETARIO ABOGADO DEL JUZGADO---------------------------------------------------------------------------------------------- Es cuanto se hace saber a LOS SRES. REINA CONDORI DURAN Y DEMERCIEL ARANCIBIA PADRES DE LA MENOR DE INICIALES L.A.C., SRES. ANGEL HUALLPA VALDA Y JOSEFINA CHINO ORTUSTE PADRES DE LA MENOR DE INICIALES L.H.CH, a efectos de que pueda hacer valer sus derechos. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- El presente edicto es librado en la localidad de TARABUCO, Provincia Yamparáez del Departamento de Chuquisaca a los 21 días del mes de MARZO del año DOS MIL VEINTICUATRO. ----------------------------------------------------------------------------------- D.S.O.


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