EDICTO

Ciudad: MONTEAGUDO

Juzgado: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN EN MATERIA PENAL DE MONTEAGUDO


EDICTO N 052/2024 C.U.: 105102072300182 PROCESO: HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO Y OMISION DE SOCORRO EL DR. MIGUEL A. CHURRUARRIN V. JUEZ DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL N° 1 MONTEAGUDO POR EL PRESENTE EDICTO HACE CONOCER Y NOTIFICA: A EMILIANO MACHACA NINAJA, CON ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 20 DE MARZO DE 2024---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ACTA DE AUDIENCIA DE CONSIDERACIÓN DE SALIDA ALTERNATIVA DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO JUEZ: Dr. Miguel Ángel Churruarrin Velasco SECRETARIA EN SUPLENCIA LEGAL: María Elena Flores Chiri CAUSA: 150/2023 CODIGO UNICO: 105102072300182 FISCAL: Dr.. Bryan Plaza Illanes. DENUNCIANTE: MºPº- GUEIZI BELEN MACHACA NINAJA, EMILIANO MACHACA NINAJA, AIDA ANTONIA MACHACA NINAJA, JEANNETTE PAREDES PLATA. IMPUTADO: SAMUEL CHOQUE ABOGADO DEFENSOR: VICTOR HUGO SERRUDO MOSTACEDO DELITO: HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO Y OMISION DE SOCORRO Lugar y Fecha: Monteagudo, 20 de marzo de 2024. Hora de inicio: 09:30 am ---------------------------------------------------------------------------------------------------------- Juez: Encontrándonos sobre hora, se instala la presente audiencia de Salida Alternativa de Procedimiento Abreviado, dentro del proceso penal que sigue el Ministerio público a querella presentada por Gueizi Belen Machaca Ninaja, Emiliano Machaca Ninaja, Aida Antonia Machaca Ninaja, Jeannette Paredes Plata en contra de Samuel Choque por el presunto delito de Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito y Omisión de Socorro, por actuaria informe si se encuentra corriente el cuaderno de control y si se encuentran conectadas las partes en la presente audiencia, se habilita a la Oficial de Diligencias del Juzgado de Instrucción Penal para cumpla el rol de Secretaria Actuaria, toda vez que el Secretario Actuaria ha presentado su renuncia, asimismo hacer constar que se tiene una resolución de rechazo. Secretaria: Por secretaria se informa que el cuaderno se encuentra corriente, las partes han sido legalmente notificadas, estando presentes en esta sala virtual en representación del Ministerio Público el Asistente Fiscal Dr. Grover Moscoso, presentes en secretaria los querellantes, Gueizi Belen Machaca Ninaja y Clara Ninaja Claderon, ausente Emiliano Machaca Ninajay, Aida Antonia Machaca Ninaja y Jeannette Paredes Plata, presentes las abogadas querellantes Claudia Barriga Díaz y Petronila Plata, asimismo se informa que se encuentra presente el imputado Samuel Choque y se encuentra en Secretaria el abogado defensor Víctor Hugo Serrudo, es todo en cuanto tengo a bien informar. Juez: Se tiene presente el informe de actuaria, que el Ministerio Publico Informe por que no se ha conectado el Fiscal. Ministerio Publico: A fines de registro el Asistente Fiscal Grover Moscoso, el fiscal no se ha podido conectar debido a que se encuentra en una audiencia presencial de juicio oral en el Tribunal de Sentencia, en ese entendido pongo a conocimiento de su autoridad conforme al art. 42 de las funciones del Fiscal Asistente de la Ley 260 y solicito participar del presente proceso con la finalidad de no dilatar y poder sustanciar la presente audiencia de Procedimiento abreviado, es todo en cuanto al Ministerio Publico. Juez: Se tiene presente lo manifestado por parte del Asistente Fiscal, sin embargo, conforme al art. 42 en lo que respecta al Fiscal Asistente establece que los fiscales asistentes podrán realizar las actuaciones investigativas que su superior jerárquico les delegue expresamente de conformidad al instructivo emanado de la fiscalía general del Estado y en aquellos que cuenten con capacidad y formación podrán intervenir en las audiencias únicamente durante la etapa preparatoria, en el caso de Autos ya hemos ingresado a una acusación a un juicio oral que es la presente audiencia donde se va a dictar una sentencia, aspecto por el cual en aplicación del art. 42 de la Ley 1173 queda limitado el Fiscal Asistente para participar en juicios orales debido a que su participación establece únicamente en la etapa preparatoria al haber ingresado la acusación en juicio oral, ya no es etapa preparatoria, en ese entendido no es prudente la participación del fiscal asistente. Ministerio Publico: Solicito que la presente audiencia se suspenda para el día de hoy a horas 17:00. Juez: Se tiene presente lo manifestado por parte del Ministerio Publico, en virtud a que no se ha conectado el Fiscal corresponde suspender la presente audiencia para el día de hoy miércoles 20 de marzo de 2024 a horas 17:30, no habiendo nada más que considerar suspendemos la presenten audiencia. Con lo que firman al tenor del presente acta virtual el suscrito Juez y Secretaria en Suplencia Legal. EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE MONTEAGUDO DE LA PROVINCIA HERNANDO SILES DEL DEPARTAMENTO DE CHUQUISACA, AL DIA VEINTE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO……………………………………………………………………………...………………………………………………………………………………………………... D------------------ S.----------------------- O.-------------------------


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