EDICTO

Ciudad: SANTA CRUZ DE LA SIERRA

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO SEGUNDO EN MATERIA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CAPITAL


EDICTO DRA. SHIRLEY FATIMA BECERRA VACA JUEZA DEL JUZGADO PUBLICO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA SEGUNDO--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------. PARA: KEVIN CAERO VARGAS------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Por el presente edicto se notifica a KEVIN CAERO VARGAS, con los siguientes actuados: ACTA DE DECLARATORIA DE REBELDIA En esta ciudad de Santa Cruz de la Sierra a horas 10:00 Am., del día jueves 22 de octubre del 2020, se reunió el Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia 2º de la Capital, compuesto por la Sra. Jueza Dra. Shirley F. Becerra Vaca y la suscrita Secretaria del Juzgado Dr. Juan Pantoja Ramires Dentro del proceso Exp.- 100/20, Nurej.- 70280052 que sigue el MINISTERIO PUBLICO contra el adolescente con responsabilidad penal KEVIN CAERO VARGAS. JUEZA. - Por secretaria informe sobre la presencia de las partes y si fueron notificados para esta audiencia. SECRETARIO. – Gracias Sra. Juez, informo a su autoridad que las partes han sido legalmente notificadas, encontrándose en sala la representante del Ministerio Publico Dra. Carmen Guzmán, quien no se encuentra presente es el adolescente con responsabilidad penal KEVIN CAERO, es todo en cuanto informo a su autoridad. JUEZA. – Bien, en merito a lo informado por el señor secretario del juzgado, tenemos que el adolescente con responsabilidad penal no se ha hecho presente a este juzgado para esta audiencia ya que al no haberse apersonado al juzgado para de su proceso y al no contar con una dirección para ser notificado se ha procedido a notificar mediante tablero judicial, por lo que se DECLARA SU REBELDIA, por lo que para futuras notificaciones hágase conocer mediante edicto de prensa.- VISTOS Y CONSIDERANDO. - Que; En aplicación estricta a lo establecido en el art. 285 de la ley 548 y ante por el ministerio publico señalando que se desconoce el domicilio del adolescente con responsabilidad penal KEVIN CAERO, se lo declara REBELDE; la declaratoria de rebeldía no suspende la etapa de investigación. POR LO QUE; se conmina al MINISTERIO PUBLICO a presentar su requerimiento conclusivo correspondiente en el plazo de tres días bajo prevenciones de ley de declarar la extinción del presente proceso. Póngase a conocimiento del Ministerio Publico. - Doy fe. Fdo. ILEGIBLE DRA. SHIRLEY F. BECERRA VACA JUEZA DEL JUZGADO SEGUNDO PÚBLICO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CAPITAL. FDO. ILEGIBLE ANA IDA CORANI ARCE SECRETARIA ABOGADA DEL JUZGADO PUBLICO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA SEGUNDO. ES CUANTO SE TRANSCRIBE PARA FINES CONSIGUIENTES DE LEY. - SANTA CRUZ DE LA SIERRA A LOS 19 DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.


Volver |  Reporte