EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO DÉCIMO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL


EDICTO LA DRA. JANNETE R. CALVO MUÑOZ-------------------------------------JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 10º --------------------------------------------------SUCRE – BOLIVIA ------------------------- POR EL PRESENTE EDICTO, se cita y se hace conocer a MARTIN OSA SEÑA a objeto de asumir defensa y tomar conocimiento del estado de la demanda, dentro del proceso PRELIMINAR –RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS seguido por GREGORIO PUITA PEÑARANDA contra MARTIN OSA SEÑA , para cuyo fin se transcriben a continuación las siguientes piezas procesales ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- MEMORIAL, CURSANTE DE FS. 3 DE OBRADOS.------------------- -------------------------------------------- SEÑOR JUEZ PÚBLICO DE TURNO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL------- Plantea Diligencia Preparatoria de Reconocimiento--------------------Firmas y Rubricas.- --------------------Otrosíes.- --------------------GREGORIO PUITA PEÑARANDA, mayor de edad, casado, chofer, con C. I. N° 1317063 Pt., vecino de esta ciudad y hábil por derecho; ante su autoridad con las debidas consideraciones de respeto expongo, digo y pido: --------------------Plantea Diligencia Preparatoria de Reconocimiento de Firmas y Rubricas.- Señor Juez, en el Documento de Privado de Compromiso de Pago, de fecha 29 de abril de 2013, que adjunto a fs. 1, firmada por mi persona Sr. GREGORIO PUITA PEÑARANDA y el Sr. MARTIN OSA SEÑA, su autoridad podrá evidenciar que el mismo carece de reconocimiento de firmas y rúbricas. --------------------Ahora bien, cumpliendo el Art. 307 parágrafo I) del Código Procesal Civil, con la finalidad de plantear a futuro proceso de Cumplimiento de Obligación de Pago, debido a la naturaleza del documento base y hacer que el Sr. MARTIN OSA SEÑA, honre su obligación de cancelarme lo que me adeuda a mi persona por la venta de lotes, Solicito a su autoridad disponga la respectiva citación y emplazamiento al Sr. MARTIN OSA SEÑA, de conformidad a los Arts. 305, 306 parágrafo I), numeral 2, Inc. A) y b) del Código Procesal Civil Ley Nº 439, para que el mismo tras su legal citación proceda a reconocer sus firmas y rúbricas estampadas en el documento que adjunto a fs. 1, pidiendo que de no comparecer legalmente a dicho efecto ante su despacho, se dé por reconocidas sus firmas y rúbricas y la efectividad del documento antes mencionado, tal cual así lo establece el Art. 306 parágrafo I), numeral 2, Inc. b) del Código Procesal Civil Ley Nº 439, sea previas formalidades que corresponda. --------“DAR A CADA UNO LO SUYO ES JUSTO” ----------------------------Será Justicia.- -----------Otrosí I.- Adjunto Documento Privado de Compromiso de Venta, Fotocopia de mi Carnet de Identidad y, literal que pido sea valorado al fin impetrado.----------Otrosí II.- En cumplimiento del Art. 110 inciso 4) del Código Procesal Civil, refiero que el demandado responde al nombre de Sr. MARTIN OSA SEÑA, quien es mayor de edad, soltero, con C. I. No.5667034 Ch., vecino de esta ciudad y hábil por derecho; con Domicilio desconocido es en ese entendido que solicito a su autoridad que pueda emitir oficios a las siguientes instrucciones de SERECI Y SEGIP esto con el fin de saber el ultimo domicilio donde puede estar habido el demandado Sr. MARTIN OSA SEÑA y para luego Citar con la demanda de Cumplimiento de Obligación de Pago petición que la realizo conforme al Art. 24 de la constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia. ----------Otrosí III.- Señalo domicilio en calle Ravelo Nº 301-A de esta ciudad. ---------Sucre, 23 de noviembre de 2023. ---------GREGORIO PUITA PEÑARANDA -------Impetrante --------------------------------------------------------------------------------- AUTO QUE LE CORRESPONDE----------------------------------------------------------------------------------------- Sucre, 04 de diciembre de 2023----------VISTOS: Al I.- El memorial de solicitud de Diligencia Preparatoria de Demanda y la finalidad declarada, se tiene que la misma es viable, por lo que se admite la Diligencia Preparatoria de Demanda de reconocimiento de firmas y rúbricas de fs. 3 a 4 vlta. de obrados, para instaurar proceso ordinario de Cumplimiento de obligación de pago y en consecuencia, se dispone la citación y emplazamiento del señor: MARTIN OSA SEÑA, a la Audiencia Pública a verificarse en este Juzgado al sexto día hábil de su legal citación hasta horas 18:30 p.m., (en horario y día hábil de oficina), portando su Cédula de Identidad a objeto de reconocer y/o negar formalmente la firma y rúbrica que hubiere estampado en el Documento Privado de Compromiso de Venta, de 29 de abril de 2013, cursante de fs. 1 y vlta. del expediente, conforme lo previsto por el art. 306-2) de la Ley No. 439/2013, bajo alternativa de dárselas por reconocidas y la efectividad del documento, en caso de incomparecencia, conforme al art. 306, numeral 2, inciso b) del Código Procesal Civil. ----------Al otrosí 1.- Por adjuntada en esa calidad con noticia adversa. ----------Al otrosí 2.- Se tiene presente y para este caso debe asistir anticipadamente de diligencia preparatoria para acudir a la demanda con todos los presupuestos señalados por el art. 110 del CPC., sin embargo, ofíciese a SERECI para que reporte el ultimo domicilio del llamado a reconocer su firma, conforme al art. 9 del CPC, en consignando su No de C.I. y una vez que llegue a despacho extráctese del SEGIP y reingresen juntos. ----------Al otrosí 3.- Por señalado y notificaciones conforme a procedimiento., en secretaria del jugado conforme a procedimiento. Art. 82-I y 84-III del CPC. ---------Regístrese. ---------------------------------------------------------- ACTA DE AUDIENCIA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO------------------ En la ciudad de Sucre, Capital del Estado Plurinacional de Bolivia, a horas ocho, del veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro años, el suscrito Secretario – Abogado del Juzgado Publico Civil y Comercial Decimo de la Capital, Lic. Sergio Enrique Tavera Sandoval, se constituyó en audiencia pública de JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO, dentro del proceso PRELIMINAR – RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS incoado por GREGORIO PUITA PEÑARANDA en contra de MARTIN OSA SEÑA. ----------Acto Seguido se hizo presente en este despacho judicial el Sr. GREGORIO PUITA PEÑARANDA con C.I. Nº 1317063, mayor de edad, hábil por Ley quien previo juramento de Ley dijo---------- “Desconocer el domicilio del Sr. Martin Osa Seña” ----------Con lo que termino su juramento, leída que le fue, persistió en su tenor, firmando en constancia de lo obrado conjuntamente el suscrito Secretario – Abogado que certifica: ----------GREGORIO PUITA PEÑARANDA------------------------------------------------------------ EDICTO LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO---------------------------------------------------------------------------------------------------- D. S. O. FDO.- DRA JANNETE R. CALVO MUÑOZ LIC. SERGIO ENRIQUE TAVERA SANDOVAL JUEZ PÚBLICO CIVIL y COMERCIAL 10º SECRETARIO JUZGADO PÚBLICO y COMERCIAL


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