EDICTO

Ciudad: COCHABAMBA

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO TERCERO EN MATERIA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CAPITAL


EDICTO PARA: JUAN CARLOS ORDOÑEZ MAMANI LA DRA. HELEN SANCHEZ QUIÑONEZ, JUEZ DEL JUZGADO PUBLICO EN MATERIA DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Nº 3 DE LA CAPITAL DEL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE COCHABAMBA, POR EL PRESENTE EDICTO SE NOTIFICA A JUAN CARLOS ORDOÑEZ MAMANI CON MEMORIAL DE ACUSACION DE FECHA 12/01/2024 Y AUTO DE RADICATORIA DE FECHA 16/01/2024;INFORME 02/02/2024 Y PROVEIDO 02/02/2024; DENTRO DEL PROCESO PENAL INTERPUESTA POR EL MINISTERIO PUBLICO CONTRA DE JUAN CARLOS ORDOÑEZ MAMANI; A CUYO TENOR ES EL SIGUIENTE:MEMORIAL DE ACUSACION DE FECHA 12 DE ENERO DE 2024.- Presenta Acusacion, dentro la investigacion seguido por el Ministerio Publico a denuncia y victima de UBALDINA MUELA CANDIA en contra de JUAN CARLOS ORDOÑEZ MAMANI por el delito de VIOLACION AGRABADA, previsto y sancionado en el Art. 304 del Codigo Penal (…)etc.,Por todo lo expuesto, existiendo el autor, el cuerpo del delito y el bien juridico lesionado, el suscrito fiscal, en representacion de la sociedad, en sujeción a lo dispuesto por la ley 548 en su Art. 304, ACUSA a JUAN CARLOS ORDOÑEZ MAMANI por el delito de VIOLACION AGRAVADA, previsto y sancionado en el Art. 304 del Codigo Penal. Es en mérito a estos antecedentes y a las pruebas que se ofrecen en la presente acusación, es que el suscrito Fiscal, REQUIERE: porque cumplidas las formaldiades de ley, señale dia y hora del Juicio Oral y concluido el debate se dicte SENTENCIA declarando la responsabilidad del adolescente en conflicto JUAN CARLOS ORDOÑEZ MAMANI.- Fdo.- Dr. Dennys Freddy Acha Marza - Fiscal de Materia.- AUTO DE RADICATORIA DE FECHA 16/01/2024.- VISTOS.- A mérito del memorial de Acusación Fiscal presentado por el representante del Ministerio Publico Dr. Dennys Freddy Acha Marza, y de conformidad a los Arts. 296 Inc. C), 304 y 309 del Código Niña, niño y Adolescente; se dispone la radicatoria de la ACUSACION FISCAL impetrada en contra del adolescente en conflicto con la ley JUAN CARLOS ORDOÑEZ MAMANI de 19 años de edad, por la presunta comision del delito VIOLACION con AGRAVANTES tipificado y sancionado por el Art. 308 Y 310 del Código Penal, de igual forma se tiene por ofrecida la prueba documental, testifical y pericial del Ministerio Publico con noticia de partes; por otro no existiendo en antecedentes informes bio-pscio-sociales del adolescente, se dispone que el equipo interdisciplinario del Juzgado Publico en materia de Niñez y Adolescencia N°3, puedan realizar el informe psicosocial del acusado Juan Carlos Ordoñez Mamani y sea en lo pertinente a su entorno Familiar, a cuyo efecto se les concede a dichos profesionales el plazo de 15 dias computables de su legal notificación, asimismo notifiquese a la Instancia Tecnica Departamental de Politica Social, para que si tuviera los informes bio-psico-sociales elaborados del adolescente prenombrado, a fin de que el equipo interdisciplinario de este juzgado pueda homologar, y/o complemetar y/o actualizar los mismos y sea en el plazo dispuesto por el Art. 309 Inc. a) de la ley 548. Asimismo, se dispone la notificacion a la victima a fin de que en el plazo de 3 dias a partir de su legal notificacion presente Acusación Particular en calidad de victima si creyere conveniente, posteriormente se dispone la notifcacion personal al acusado JUAN CARLOS ORDOÑEZ MAMANI, quien una vez notificado deberá presentar sus pruebas de descargo dentro de los 5 dias siguientes de su legal notificación. Finalmente se dispone que el representante del Ministerio Publico de no haber presentado las pruebas acompañe las mismas con la debida anticipación.(…)etc. Fdo.Dra. Helen Sanchez Quiñonez.- Jueza del Juzgado Público en Materia de Niñez y Adolescencia Nº3 de la Capital.- Fdo.-Karla R. Zurita Fernandez.- Secretaria Abogada del Juzgado Público en Materia de Niñez y Adolescencia Nº3 de la Capital.- INFORME DE FECHA 02/02/2024.- (…) etc. Se realizo las llamadas a Juan Carlos Ordoñez Mamani y pese a las reiteradas llamadas no respondio, es por tal motivo que no se pudo realiozar la notificacion encomendada. Fdo.- Gladys Garcia Gonzales.- Oficial de Diligencias del Juzgado Público en Materia de Niñez y Adolescencia Nº3 de la Capital. PROVEIDO DE FECHA 02/02/2024.- Pongase en conocimiento del Ministerio Publico en informe que antecede elaborado por laq ofciial de diligencias de este despacho judicial, asimismo a merito del informe se dispone la notificacion a JUAN CARLOS ORDOÑEZ MAMANI mediante edictos a travz del sistema HERMES con la acusacion Fiscal de fecha 12 de enero de 2024 y auto de radicatoria de fecha 16 de enero de 2024. Notifique Funcionaria.Fdo.- Dra. Helen Sanchez Quiñonez.- Jueza del Juzgado Público en Materia de Niñez y Adolescencia Nº3 de la Capital.- Fdo.-Ricardo R. Vargas Balderrama.- Secretario Abogado del Juzgado Público en Materia de Niñez y Adolescencia Nº2 en suplencia del Juzgado Público en Materia de Niñez y Adolescencia Nº3 ES LO QUE SE TIENE TRANSCRITO PARA FINES CONSIGUIENTES DE LEY. Doy fe.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Cochabamba, 07 de febrero de 2024.---------------------------------------------------------------------


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