EDICTO

Ciudad: COCHABAMBA

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO SEGUNDO EN MATERIA FAMILIA DE LA EPI SUR DE LA CAPITAL


EDICTO NOTIFICACION PARA: JULIO CESAR MAMANI JURADO JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA N°2 DE LA EPI SUR. PARTES DEL PROCESO - DEMANDANTE: YULISSA MAMANI SANTOS - DEMANDADO (A): JULIO CESAR MAMANI JURADO - PROCESO: ASISTENCIA FAMILIAR - NUREJ: 30404334 MOTIVO: Notificación con la sentencia de fecha 02 de febrero de 2024. POR TANTO La presente Autoridad Judicial, administrando justicia en primera instancia a nombre de la ley y la Jurisdicción que por ella ejerce FALLA declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs 5 y 6, sin embargo se fija una asistencia familiar de Bs.490 (CUATROCIENTOS NOVENTA 00/100 BOLIVIANOS) que deberá pasar la demandado JULIO CESAR MAMANI JURADO a favor de su hijo VALENTINA ZEYNEP MAMANI MAMANI sea a partir de su legal citación con la demanda, conforme establece el Art. 117 –I del Código de Las Familias Ley 603, debiendo el progenitor cancelar la asistencia familiar en la cuenta bancaria que cursa en el proceso, recomendándose al demandado efectuar el pago de manera mensual en suma de dinero y no asi de manera directa a la demandante a fin de evitar incidentes futuros. Asimismo toda dadiva o regalo que pueda hacer la progenitora a la hija no va ser compensado por asistencia familiar tomando en cuenta que esta se esta fijando en un sistema monetario, salvo acuerdo expreso entre partes y puesto a conocimiento de esta autoridad. No existiendo ningún otro punto traído a definición judicial. Por último se dispone que independientemente de notificarse al abogado defensor con la sentencia integra se notifique al demandado con la misma mediante edictos a publicarse en el Sistema Hermes.- REGISTRESE.- Notifique Oficial de diligencias Fdo.- Iveth Quispe Patiño – Juez Publico de Familia Nº2 de la Epi Sur. Fdo.- Salome Godoy Cabezas – Secretaria del Juzgado Publico de Familia Nº2 de la Epi Sur. Cochabamba, 06 de febrero de 2024.


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