EDICTO

Ciudad: ORURO

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEGUNDO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


EDICTO DE LEY NOTIFIQUESE A:RONALD ALAVE NAVARRO. QUE DIRIGE LA ABOGADA VERONICA FATIMA ECHALAR BARRIENTOS JUEZ DEL JUZGADO DE SENTENCIA PENAL N° 2 DENTRO EL PROCESO SEGUIDO POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN CONTRA DE RONALD ALAVE NAVARRO POR EL PROCESO DE “LESIONES GRAVES Y LEVES”. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& JUZGADO DE SENTENCIA PENAL N° 2 Oruro – Bolivia MINISTERIO PUBLICO C/ RONALD ALAVE NAVARRO CASO N° 4056753 PARTIDA N° 113/2019 DELITO: “LESIONES GRAVES Y LEVES” Art. 271 del Código Penal (párrafo segundo) AUTO INTERLOCUTORIO N° 311/2023 Oruro, 04 de diciembre de 2023 VISTOS.- Los antecedentes del cuaderno y todo lo que ver convino: CONSIDERANDO.- Que, en audiencia de inicio de juicio oral de fecha 06 de noviembre de 2019 se hubiera dispuesto la rebeldía de RONALD ALAVE NAVARRO y se hubiera dispuesto medidas entre ellas se dispuso se libre mandamiento de aprehensión. Que, por memorial presentado en plataforma e ingresado a este despacho judicial en fecha 05 de Enero de 2023 el señor Juan Carlos Macias Chambi devuelve mandamiento de aprehensión y solicita otro con facultad para ser ejecutado en días y horas inhábiles. Que, de la representación adjunta a la orden aprehensión, practicada por servidor policial Sgto. My. Walker Álvarez Cuevas, de la Policía Boliviana, se advierte que Ronald Alave Navarro, hubiera sido buscado en fecha y hora hábil en el domicilio real identificado como suyo por el Ministerio Público, en el cual hace notar que los vecinos indican que el señor Ronald Alave Navarro, seguiría viviendo en su domicilio pero lo ven llegar, solamente a altas horas de la noche, por lo que no pudo ser habido. Que si bien, esto advierte la necesidad de expedir orden con ciertas facultades a objeto único de cumplir con la orden emanada por este tribunal para celebrar juicio, no es menos cierto que el acusado habría sido legalmente notificado mediante edisctos de ley de fecha 18 de septiembre de 2023. POR TANTO.- Se dispone librar Mandamiento de Aprehensión en contra de RONALD ALAVE NAVARRO, para todo el estado Plurinacional de Bolivia con habilitación para su ejecución de días y horas inhábiles además de facultades de allanamiento de domicilio. Esta resolución no es susceptible del recurso de apelación incidental por no estar reconocida como tal en la normativa, sin embargo si la parte se creyere afectada en sus derechos puede hacer uso del principio reconocido por la Constitución Política del Estado en su Art. 180.- REGISTRESE.- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS, FIRMANDO EN CONSTANCIA LA SEÑORA JUEZ Y LA SUSCRITA SECRETARIA DE LO QUE CERTIFICO. D. S. O.


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