EDICTO

Ciudad: MONTEAGUDO

Juzgado: TRIBUNAL DE SENTENCIA EN MATERIA PENAL; JUZGADO DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE MONTEAGUDO


EDICTO Nº 13/2024 LOS DRES MARIA JANETH AGUILAR FLORES, FABIOLA TITO PANIAGUA,, GERARDO MANZANO AVILA JUECES TÉCNICO DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL DE LAS PROVINCIAS HERNANDO SILES Y LUIS CALVO DEL DEPARTAMENTO DE CHUQUISACA, CON ASIENTO EN MONTEAGUDO – BOLIVIA - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - POR EL PRESENTE EDICTO, CITA, LLAMA Y EMPLAZA AL ACUSADO (EDMUNDO LOAYZA ZARATE) para que después de su legal notificación con el presente edicto, comparezca ante este Tribunal de Sentencia de las Provincias Hernando Siles y Luis Calvo con asiento en Monteagudo – Chuquisaca – Bolivia efectos de que se apersone el acusado, en el presente proceso penal seguido por el MINISTERIO PÚBLICO contra EDMUNDO LOAYZA ZARATE, por la presunta comisión del delito de VIOLACION DE NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE previsto y sancionado por el Art. 308 BIS CP, a efecto de tomar conocimiento sobre el presente proceso; para lo que se le hace saber la siguiente actuación realizada en el proceso mencionado ………………………………….. RADICATORIA…………………………………… CASO Nro. 002//2024 CÓDIGO ÚNICO: 105102072200236 ACUSADOR PÚBLICO: Ministerio Público de la localidad de Monteagudo. PROCESADO: Edmundo Loayza Zarate. DELITO ACUSADO: Violación, ilícito previsto y sancionado por el Art. 308 del Código Penal. SITUACION JURIDICA DEL ACUSADO. - Rebelde. Monteagudo, 15 de febrero de 2024 En sentido de la competencia delimitada para conocer el caso de autos por éste Tribunal de Sentencia establecida en el Art. 52 de la Ley 1173, en mérito a que el Ministerio Público de la localidad de Monteagudo acusa al procesado Edmundo Loayza Zarate por la presunta comisión del delito de Violación ilícito previsto y sancionado por el Art. 308 del Código Penal, en previsión del Art. 340 parágrafos I y II) del Código de Procedimiento Penal RADIQUESE en el Tribunal de Sentencia de Monteagudo el presente proceso y Art. 50 de la Ley 348 Ley Integral Para Garantizar a las Mujeres una Vida libre de Violencia, póngase en conocimiento del SLIM de Monteagudo, así como de la presunta víctima los siguientes legajos, el proveido de radicatoria, la acusación fiscal, subsana acusación y pruebas de cargo para que en el plazo de 10 dias de su legal notificación con los documentos descritos puedan presentar acusación particular, ofrecer sus pruebas o adherirse al pliego acusatorio fiscal y pruebas de cargo ofrecidas por la Fiscalía de ésta localidad, haciéndoles conocer que asi no presenten los documentos descritos, podrán participar en cualquier momento del proceso en sentido de los establecido por el Art. 11 del Código Adjetivo Penal. En base a lo descrito por secretaria notifiquese a los sujetos procesales de forma personal y por edictos conforme determinan los Arts. 162, 163 y 165 de la Ley 1173, es decir al Ministerio Público y Defensoria de la Niñez y Adolescencia de Monteagudo en sus oficinas y al procesado mediante edictos. En ese entendido en via de Cooperación Directa oficiese al Comandante de Monteagudo para que por donde corresponda ordene la notificación a la presunta victima mayor de edad de forma personal en su domicilio real con los documentos descritos y sea devuelto a la brevedad posible. De conformidad al Art. 89 de la Ley 348 Ley Integral Para Garantizar a las Mujeres una Vida libre de Violencia, se dispone la reserva legal del presente proceso por todos los sujetos procesales, abogados y funcionarios Públicos intervinientes. Al otrosi 1. Se tiene presente, sea de conocimiento de los sujetos procesales. Al otrosi 2.- Se tiene adjunta. Al otrosi 3.- Téngase presente. Se hace conocer a los sujetos procesales que las pruebas ofrecidas por la Fiscalía de Monteagudo se encuentran en secretaria del Tribunal de Sentencia. Por último, se dispone que los sujetos procesales señalen domicilio procesal en esta localidad bajo conminatoria de tenerse como tal la secretaría de este despacho judicial. . FIRMADO Y SELLADO JUEZ TÉCNICO PRESIDENTE. - - - - - - - - - - - - - - - - - ANTE MÍ. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - FIRMADO Y SELLADO SECRETARIO – ABOGADO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ………………………………………………………………………………………… EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE MONTEAGUDO CAPITAL DE LA PROVINCIA HERNANDO SILES DEL DEPARTAMENTO DE CHUQUISACA A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTE Y CUATRO .------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& D. S. O.


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