EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO VIGÉSIMO QUINTO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL


EDICTO EL DOCTOR RAÚL ALEJANDRO GUTIÉRREZ QUISBERT JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 25º MEDIANTE LA PRESENTE HACE SABER: QUE POR EL PRESENTE EDICTO SE NOTIFICA A: MAYTO TAYO CELINA, DENTRO DEL PROCESO PRELIMINAR SEGUIDO POR: BANCO BISA S.A. CONTRA: MAYTO TAYO CELINA; SOBRE: RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS. ????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????MEMORIAL CURSANTES A FS. 26 a 27 DE OBRADOS---SEÑOR(A) JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL DE TURNO DE LA CIUDAD DE LA PAZ ----Medida Preparatoria (Reconocimiento de firmas y rubricas).---- Otrosies: Su contenido. BANCO BISA S.A., entidad bancaria legalmente constituida bajo las leyes de Bolivia, con Matriculo de Comercio No. 1020149020, con NIT 1020149020, domiciliada en la Av. 16 de Julio Nro. 1628, zona Central de la ciudad de la Paz, legalmente representada por Alejandra Vanesa Carollo Terán, mayor de edad, con CI. No. 2629344 expedido en La Paz, domiciliada en la Av. Javier Del Granado Nº 117, zona Achumani, hábil por derecho ante las consideraciones de su Autoridad con respeto expongo y pido: ----APERSONAMIENTO ----En mérito al Testimonio de Poder No 797/2022 de fecha 05 de mayo de 2022 otorgado por ante la Notaría de Fe Pública Nro. 27 de este Distrito Judicial a cargo de la Dra., Paola E. Rodríguez Zaconeta que a fs. 10 útiles adjunto en fotocopia legalizada tengo a bien apersonarme ante su Autoridad, solicitando respetuosamente se me tenga por apersonada.----DEMANDADA Cumpliendo con lo establecido en el numeral 4 del Art. 110 del Código Procesal Civil, dirijo la presente demanda contra el señor: ----1. MAYTO TAYO CELINA, mayor de edad, soltera, con CL. N° 9183935 exp. En La Paz domiciliada en la Calle 2, Nro. 12, Zona AUQUISAMAÑA de la Ciudad de La Paz, hábil por derecho.----BIEN DEMANDADO ----En cumplimiento del numeral 5 del Art. 110 del Código Procesal Civil, se demanda en Diligencia Preparatoria el Reconocimiento de las Firmas y Rubricas del documento privado Contrato de Préstamo de fecha 24 de diciembre de 2020, suscrito por funcionarios del BANCO BISA SA, y el señor MAYTO TAYO CELINA en su calidad de Prestataria por la suma Bs. 67.000.00.- (SESENTA Y SIETE MIL 00/100 BOLIVIANOS).----ANTECEDENTES Y RELACION DE HECHOS.----Dando cumplimiento al numeral 6 del Art. 110 del Código Procesal Civil, hacemos constar que la señora MAYTO TAYO CELINA, se apersono por las oficinas del Banco, solicitando un crédito, manifestando que estaba en condiciones de contraerlo y pagar la obligación puntualmente motivo por lo que en fecha 24 de diciembre de 2020, suscribe un CONTRATO DE PRÉSTAMO por la suma de Bs. 67.000.00.- (SESENTA Y SIETE MIL 00/100 BOLIVIANOS), en su calidad de Acreditada. -----DERECHO EN QUE SE FUNDA LA PRETENSION -----Cumpliendo con el núm. 7 del Art. 110 del Código Procesal Civil, fundo la pretensión del BANCO BISA S.A. (reconocimiento de firmas y rúbricas) en el Código Procesal Civil artículos 305, 306 numeral "2.El reconocimiento de firmas y rúbricas judicial en documento privado estará sujeto a las siguientes reglas a. Cuando se trate de personas naturales, aquella a quien se opone un documento privado está obligada a reconocer o negar formalmente si es de su letra o firma......" (cursiva nuestra) y 307 cumpliendo con lo dispuesto en el referido artículo, tengo a bien hacer conocer a su Autoridad que el motivo del reconocimiento de Firmas y Rúbricas del documento privado Contrato de Préstamo de fecha 24 de diciembre de 2020, es para iniciar proceso ejecutivo contra el señor MAYTO TAYO CELINA, para cobrar la suma adeudada otorgada en calidad de crédito por el Banco. ----CUANTIA----Cumpliendo con el núm. 8 del Art. 110 del Código Procesal Civil, precisamos que el BANCO BISA S.A., demanda el reconocimiento de las Firmas y Rubricas del documento privado Contrato de Préstamo de fecha 24 de diciembre de 2020, suscrito por la señora MAYTO TAYO CELINA en su calidad de Prestatario por la suma Bs. 67.000.00.- (SESENTA Y SIETE MIL 00/100 BOLIVIANOS).-----PETICION -----En virtud a todo lo expuesto y debidamente fundamentado al amparo de los artículos 110, 305, 306 y 307 del Código Procesal Civil, tengo a bien solicitar respetuosamente a su Autoridad, admita en toda forma de derecho la presente Diligencia Preparatoria de Reconocimiento de Firmas y Rúbricas del Documento Privado Contrato de Préstamo de fecha 24 de diciembre de 2020, firmado por MAYTO TAYO CELINA en su calidad de Prestatario, intimándosele para que proceda a reconocer su firma y rúbrica estampadas en el enunciado documento. ----Otrosí: Acompañamos en calidad de prueba literal preconstituida: -----1.- Original del Certificado de actualización de Matricula de Comercio del BANCO BISA S.A., emitido por el SEPREC a fs. 4. (escanear código QR) ----2.- Fotocopia simple del Número de Identificación Tributaria NIT del Banco Bisa S.A. fs.1 ----3.- Fotocopia legalizada del Poder del Representante legal No, 797/2022, otorgada por el Notario de Fe Publica No. 27 a cargo de la Dra., Paola E. Rodríguez Zaconeta de fecha 05 de mayo de 2022, donde se nombra a la Representante Legal del Banco Bisa S.A. debidamente registrado en FUNDEMPRESA, hoy, SEPREC a fs. 10 útiles ----4. Original del Certificado de Registro de Poder del Representante legal. emitido por SEPREC a fs. 3 (escanear código QR).-----5. Fotocopia del Cl del Representante Legal del Banco Bisa SA. Sra Alejandra Vanesa Carollo Teran fs.1.-----6.- Croquis del Banco Bisa SA. A fs. 1.- -----7. Original del CONTRATO DE PRESTAMO de fecha 24 de diciembre de 2020, a fs. 4 útiles. (Objeto de la presente medida preliminar). ------8.- Fotocopia de la Cedula de identidad del señor MAYTO TAYO CELINA. -----9.- Copia simple del croquis de la vivienda del señor MAYTO TAYO CELINA a fs. 1 util. ------10.- Fotocopia simple de la factura de energía eléctrica DELAPAZ, la cual complementa el domicilio del señor MAYTO TAYO CELINA. -----Más Otrosí: El abogado que suscribe se atiene a iguala suscrita con el Banco Bisa S.A. -----Tercer Otrosi: Se anuncia la autorización a los abogados S. Limbert Santos Mirabal con R.P.A. 4243789 SLSM y Ramiro Wilson Pinilla Pineda con R.P.A. 4881538 RWPP, para la revisión y demás gestiones del presente proceso. -----Cuarto Otrosí: Señalo domicilio procesal en el Estudio Juridico Camacho Pinto & Asociados, ubicado en la calle Rosendo Gutiérrez Nº 2299, Esquina Avenida Arce, Edificio Multicentro, Torre B, piso 4, oficina Nº 403. -----Quinto Otrosí: Como medios de notificaciones y comunicaciones los siguientes: -----------------------Correo Electrónico, jcamacho@camachopinto.com WhatsApp :76730660. La Paz, 29 de agosto de 2022.----FIRMA Y SELLA: JAVIER CAMACHO PINTO----ABOGADO---- FIRMA Y SELLA: VANESA CAROLLO--------------??????????????????????????????????????????????????????????????????????????????? Providencia cursante a fs. 29---- BCO. BISA C/ MAYTO. NUREJ 204037754.-----La Paz, a 9 de septiembre de 2022.-----En merito a la fotocopia legalizada del Testimonio de Poder Nro. 797/2022 de 5 de mayo emitida por la Notaria de Fe Publica Nro. 27 de este distrito, téngase por apersonada a Alejandra Vanesa Carollo Teran e representación del Banco Bisa S.A.----VISTOS: En atención a lo expuesto, sin perjuicio de tener presente los alcances de la diligencia preliminar intentada, siendo que el objeto, que motiva la interposición, de la diligencia preliminar se halla orientada al planteamiento posterior de una demanda tendiente al cobro de una acreencia, tratándose de una pretensión de condena, en cuya virtud de acuerdo a los Arts. 306.I.2. y 307.II. de la norma antes señalada se tiene por calificada la pretensión y se admite la medida preparatoria como proceso preliminar, en cuyo mérito CÍTESE y EMPLÁCESE a MAYTO TAYO CELINA con C.I. Nro. 9183935 L.P. a objeto de que comparezca a este despacho judicial para que reconozca, o niegue, la firma y rubrica estampada en el “CONTRATO DE PRESTAMO” de 24 de diciembre de 2020 de fs. 21 a 22, suscrito entre las partes, así como su efectividad, a cuyo efecto se señala audiencia para el quinto día siguiente hábil de practicada dicha diligencia a horas 11:00; sea bajo alternativa de tenerse por reconocidas la firma y rubrica así como su efectividad para el caso de incomparecencia o inconcurrencia. -----En ese contexto, considerando la situación de emergencia sanitaria y medica producto al COVID19 la citación deberá practicarse adoptando las medidas de bioseguridad, de igual forma las emplazadas deberán concurrir el juzgado cumpliendo con todas las medidas de bioseguridad, asimismo una vez efectuado el acto de comunicación deberá llevarse el registro respectivo.-----Al Otrosí.- Conforme al cargo de recepción por adjuntada la documentación arrimada a la demanda y en conocimiento de la parte adversa.-----Al Mas Otrosí.- Por anunciado si correspondiere.------Al Otrosí 3ro.- Se tiene presente.------Al Otrosi 4to y 5to.- Por señalado el domicilio procesal, asimismo, en aplicación a lo previsto por el Art. 72.VI. del código Procesal Civil, de igual forma, se tiene como domicilio procesal de la institución mandante (a los fines de ley) el domicilio de referencia debiendo tener presente lo dispuesto en los Arts. 84 y 85 de la norma precitada, asimismo se tiene presente el número de celular de referencia, respecto al correo electrónico el mismo debe estar registrado en el sistema Hermes. -----------------------FIRMA Y SELLA: Dr. Raúl Alejandro Gutierrez Quisbert----Juez Publico Civil y Comercial 25----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ-BOLIVIA.---- FIRMA Y SELLA ANTE MI: Dr. Rosmery Patricia Quispe Palli----SECRETARIA-ABOGADA ----------------------- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ-BOLIVIA---------------------------------------------------------------------???????????????????????????????????????????????????????????????????????????????? Memorial cursante a fs. 41---- SEÑOR JUEZ VIGESIMO QUINTO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CIUDAD DE LA PAZ. -----Nurej: 204037754 ----Banco Bisa contra Mayto -----APERSONAMIENTO, ADJUNTA INFORME Y SOLICITAN CITACION MEDIANTE EDICTOS. -------OTROSI.-SU CONTENIDO. ------BANCO BISA S.A., legalmente representado por la Sra. CYNTHIA JACQUELINE BUSTILLOS SILVESTRE mayor de edad, hábil por derecho, dentro del proceso civil preliminar caratulado Banco Bisa contra Mayto, sobre reconocimiento de firmas y rubricas, ante las consideraciones de su autoridad exponemos y pedimos: -----Señor Juez, toda vez que el domicilio de la persona demandada MAYTO TAYO CELINA C.I. 9183935 L.P., no fue ubicado, se solicito oficio al Servicio de Registro Cívico con e objeto de informar sobre el ultimo domicilio registrado de la demandada, repuesta que se encuentra cursante a Fs. 38 de obrados, misma que es ambigua y sin especificaciones determinadas que coadyuven a la citación personal de la demandada, indicando solamente “Muchanes SN SN”.------De la misma forma se solicitó oficio al Servicio General de Identificación Personal, con el objeto de informar sobre el domicilio registrado de MAYTO TAYO CELINA, mismo que adjuntamos al presente memorial, evidenciándose de la misma forma que la información es ambigua, señalando una comunidad que cuenta con una superficie de 5,770 Km2. Imposibilitando la búsqueda del domicilio de la persona demandada, tomando en cuenta que actualmente desconocemos el paradero de la deudora, siendo que esta no habría tomado conocimiento de la existencia de la presente demanda, conforme el estado en el que se encuentra el proceso, a fin de dar celeridad al traite de la presente causa y en estricta aplicación del Art. 78 de la Ley 439 del Código Procesal Civil, solicitamos a su Autoridad ordenar la citación mediante edictos a la demandada MAYTO TAYO CELINA C.I. 9183935 L.P., sea con la demanda y admisión, previo juramento de desconocimiento de domicilio, con las formalidades de Ley. -----OTROSI. - Adjuntamos y solicitamos se tenga presente el informe emitido por el Servicio General de Identificación Personal. -----OTROSÍ 1. A efectos de comunicaciones procesales pongo a su conocimiento los siguientes datos adicionales: cbustillos@ grupobisa.com, numero de celular de WhatsApp 65116315-72002367, registro Hermes; cynjbustilloss. -----La Paz, 07 de noviembre de 2023. FIRMA Y SELLA: Dra. Cynthia J. Bustillos Silvestre ABOGADA ----FIRMA: Marlene Canchari Q.---??????????????????????????????????????????????????????????????????????????????? Providencia cursante a fs. 42.---- BCO BISA / MAYTO NUREJ 204037754-----La Paz, 08 de noviembre de 2023. ------VISTOS. - En mérito a lo peticionado en el memorial que antecede. asimismo, de conformidad a lo señalado en el parágrafo II del Art. 78 del Código Procesal Civil, notifíquese mediante EDICTOS a MAYTO TAYO CELINA, en un órgano de prensa de Circulación Nacional y en observancia de lo establecido en el parágrafo II del artículo referido en líneas anteriores, previo juramento de desconocimiento de domicilio. Sea con los recaudos de rigor. -------AL OTROSI. - Por adjuntado. -------AL OTROSI 1.- Téngase presente por la Oficial de Diligencias de este Despacho Judicial, el correo electrónico y numero de celular insertos en el escrito que antecede, sea a efectos de futuras notificaciones procesales electrónicas.------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Dr. RAUL ALEJANDRO GUTIERREZ QUISBERT ----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ-BOLIVIA.---- FIRMA Y SELLA ANTE MI: Dra. DIEGO BASILIO ZAPANA RIOS----SECRETARIO ABOGADO ----Juzgado Publico Civil y Comercial 25---- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ-BOLIVIA--------------------------------------------------------------------------------------- ??????????????????????????????????????????????????????????????????????????????-Acta de audiencia de desconocimiento de audiencia cursante a fs. 44. ------ACTA DE AUDIENCIA DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO (BCO BISA/MAYTO) PRELIMINAR ------Nurej: 204037754 ------En la ciudad de La Paz, a horas 13:29 del dia 10 (diez) de enero de dos mil veinticuatro años, el personal del Juzgado Publico Comercial N° 25. compuesto por el Abogado Secretario se constituyó en Audiencia Pública de DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO dentro del proceso preliminar seguido por: BANCO BISA S.A. contra MAYTO TAYO CELINA, sobre: Reconocimiento de firmas y rubricas.------Instalado el acto, se convocó a las personas que responden al nombre de CYNTHIA JACQUELINE BUSTILLOS SILVESTRE en su condición de ABOGADA DE PROCESOS DE CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS Y APODERADA del Banco Bisa S.A. con C.I. Nro. 4760930 L.P., mayor de edad, hábil por derecho.-------AL ÚNICO: DESCONOZCO EL DOMICILIO Y PARADERO ACTUAL de MAYTO TAYO CELINA, es decir no tengo conocimiento del domicilio de las personas nombradas. ------Con lo que termino el acto, firmando de lo que certifico. --------------FIRMA: Cynthia J. Bustillos Silvestre----4760930 LP. ----FIRMA Y SELLA ANTE MI: Dr. Diego Bacilio Zapana Ríos ----SECRETARIO-ABOGADO ----Juzgado Publico Civil y Comercial 25---- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ-BOLIVIA----------------------- ----------------------------???????????????????????????????????????????????????????????????????????????????Memorial cursante a fs. 45----SEÑOR JUEZ VIGESIMO QUINTO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CIUDAD DE LA PAZ. -----Nurej: 204037754 ------Banco Bisa contra Mayto------SOLICITA PUBLICACION POR EL SISTEMA HERMES. -------OTROSI-SU CONTENIDO. -------BANCO BISA S.A., legalmente representado por la Sra. CYNTHIA JACQUELINE BUSTILLOS SILVESTRE mayor de edad, hábil por derecho, dentro del proceso civil preliminar caratulado Banco Bisa contra Mayto, sobre reconocimiento de firmas y rubricas, ante las consideraciones de su autoridad exponemos y pedimos: -------Señor Juez, toda vez que su autoridad dio a curso la citación por edictos a objeto de citar a MAYTO TAYO CELINA con C.I. 9183935 L.P., en cumplimiento a la orden emitida por su autoridad solicitamos ordene por la Sra. Secretaria del Juzgado la publicación de Edicto por el Sistema Hermes medio autorizado por el Tribunal Departamental de Justicia, en estricto cumplimiento y al amparo del Art. 78 de la Ley 439 Código Procesal Civil, en concordancia al principio de Gratuidad que dispone el acceso a la justicia en una condición de igualdad. En ese sentido solicitamos a su autoridad ordenar la publicación de edictos sea por el Sistema Hermes, protestando cumplir con los recaudos de rigor. -------OTROSÍ 1. A efectos de comunicaciones procesales pongo a su conocimiento los siguientes datos adicionales: chustillos@grupobisa.com, numero de celular de WhatsApp 65116315-72002367, registro Hermes; cynjbustilloss. ------La Paz, 23 de enero de 2024. FIRMA Y SELLA: Cynthia J. Bustillos Silvestre----ABOGADA--------FIRMA: Marlene Canchiri Q. ----????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????Providencia de fs. 46. ---- BCO BISA C/ MAYTO NUREJ 204037754 -----La Paz, 24 de enero de 2024. -----Por secretaria de Juzgado publíquese los edictos de referencia por el Sistema HERMES del órgano judicial sea previas las formalidades de ley. -----AL OTROSI.- Presente por la Oficial de Diligencias de este Despacho Judicial, el correo electrónico y numero de celular insertos en el escrito que antecede, sea a efectos de futuras notificaciones procesales. FIRMA Y SELLA: Dr. Raúl Alejandro Gutiérrez Quisbert----Juez Publico Civil y Comercial 25----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ-BOLIVIA.---- FIRMA Y SELLA ANTE MI: Dr. Diego Bacilio Zapana Ríos ----SECRETARIO-ABOGADO ----Juzgado Publico Civil y Comercial 25---- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ-BOLIVIA---------------------------------------------------------------------???????????????????????????????????????????????????????????????????????????????EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA PAZ A LOS SEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS, POR ORDEN DEL SR. JUEZ DEL JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 25°, DE LA CAPITAL DR. RAÚL ALEJANDRO GUTIERREZ QUISBERT----FIRMADO POR EL DOCTOR DIEGO ZAPANA RIOS SECRETARIO – ABOGADO, JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 25°, LA PAZ - BOLIVIA-----------------????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????


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