EDICTO

Ciudad: SANTA CRUZ DE LA SIERRA

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA DÉCIMO SÉPTIMO EN MATERIA PENAL (PAMPA DE LA ISLA)


EDICTO DE PRENSA Para el acusado: JOSE MIGUEL SANCHEZ GALLARDO. El JUEZ. – Dr. Carlos F. Mendieta Terrazas del Juzgado de Sentencia Penal 17 de la Capital de Santa Cruz, hace conocer que dentro del proceso que sigue el Ministerio Publico contra JOSE MIGUEL SANCHEZ GASLLARDO por la comisión del delito de ROBOl. - ACTA DE AUDIENCIA DE DECLARATORIA DE REBELDIA JOSE MIGUEL SANCHEZ GALLARDO NUREJ: 701102032201430 EXPEDIENTE 77/20223 En esta ciudad de Santa Cruz de la Sierra a horas 14:30 pm. del día jueves 07 de diciembre de 2023 ante el Tribunal del Juzgado de Sentencia Penal 17 de la Capital compuesto por el Sr. Juez Dr. Carlos F. Mendieta Terrazas y secretaria Abg. Ana Maria Soruco Montenegro, a objeto de dar de celebrar el JUICIO ORAL dentro del proceso Penal Seguido por el MINISTERIO PUBLICO contra JOSE MIGUEL SANCHEZ GALLARDO Por la Comisión del delito de ROBO JUEZ. - Se declara instala la presente audiencia por secretaria sírvase informar sobre la presencia de las partes y las notificaciones. SECRETARÍA. Señor juez, informo a su autoridad que todas las partes se encuentran legalmente notificadas y se encuentran presentes en sala el representante del MINISTERIO PÚBLICO, no se encuentra presente la victima ni su abogado, tampoco se encuentra presente el acusado ni su abogado, es todo en cuanto informo a su autoridad señor juez. JUEZ. - , a 07 de diciembre del 2023 VISTOS: La incomparecencia del acusado JOSE MIGUEL SANCHEZ GALLARDO dentro del proceso penal que le sigue MINISTERIO PUBLICO contra JOSE MIGUEL SANCHEZ GALLARDO por la presunta comisión del delito de ROBO CONSIDERANDO: Que, el art. 87 –1) del C.P.P., sanciona con la declaratoria de rebeldía cuando el imputado no comparece sin causa justificada estando legalmente notificado. Ahora bien, en el presente caso el imputado ha sido notificado legalmente y sin embargo no se ha presentado al juicio y tampoco ha justificado su incomparecencia; con lo cual sin entrar en otras consideraciones de orden legal corresponde declarar la rebeldía del imputado POR TANTO: El Suscrito Juez de Sentencia penal 17 de la capital, en merito a lo expuesto y de conformidad al art. 87 –1 con relación al art. 89 del Cód. de Pdto. Penal, declara LA REBELDÍA del imputado JOSE MIGUEL SANCHEZ GALLARDO ordenándose librar Mandamiento de Aprehensión, como otros efectos de la rebeldía se dispone el arraigo y la publicación de sus datos y señas personales en los medios de comunicación para facilitar su búsqueda y aprehensión, finalmente se ordena la anotación preventiva de los bienes que se reconozcan ser de su propiedad. Se designa abogado defensor de oficio a la Abog. Mauren lorena Nay Gómez. De conformidad al art. 90 del C.P.P., se suspende el presente proceso hasta que la imputada comparezca y sea conducida ante este juzgado. Con lo que termino el acto. Folio Ilegible. - Carlos F. Mendieta Terrazas. - JUEZ DE SENTENCIA PENAL 17 DE LA CAPITAL SANTA CRUZ-BOLIVIA Folio Ilegible Ante mi. - Ana Maria Soruco Montenegro SECRETARIA JUZGADO DE SENTENCIA PENAL 17 Santa Cruz-Bolivia


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