EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO DE EJECUCIÓN EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


JUZGADO DE EJECUCION PENAL Nº 1 DE LA CAPITAL SUCRE-BOLIVIA Edicto Nº 49/2024 EL DOCTOR JUAN ALBERTO YEBARA ORTEGA JUEZ DE EJECUCION PENAL DE LA CAPITAL Sucre – Bolivia MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE SABER: a las víctimas MICHEL FERNANDA NEGRETE FLORES Y TERESA SAAVEDRA CASTELLON dentro del proceso penal que sigue el MINISTERIO PÙBLICO en contra del sentenciado JESUS JAVIER SOLIS SORIA por la comisión del delito de CORRUPCION DE NIÑA, NIÑO O ADOLESCENTE, en aplicación del Art. 429 BIS del Código de Procedimiento Penal, se ha dispuesto que se notifique con el decreto 02/02/2024 ; a cuyo fin adjunto la siguientes piezas procesales cuyo contenido y tenor es el siguiente…………………................................................................................... C.U.101102012102028 SENTENCIADO: JESÚS JAVIER SOLÍS SORIA. Sucre, 02 de febrero de 2024. Se tiene presente el memorial interpuesto por el condenado en fecha 31 de enero de 2024, haciendo notar que en ninguna parte del decreto cuestionado se establece que lo requerido en el numeral 7, es un requisito que exige el Art. 174 de la Ley 2298, estando facultado la suscrita autoridad de requerir la información que creyere pertinente a efectos de resolver los incidentes que se tramitan en el juzgado, por lo que estese al Decreto de 19 de enero de 2024; en ese entendido, notifiquese al Ministerio Público con el Incidente de Libertad Condicional, informe de Computo realizado por la Secretaria del Juzgado de fecha 31 de enero de 2024, certificado de conducta y permanencia, Informe de verificación domiciliaria de 25 de enero de 2024, a efectos de que en el marco del art. 429 bis del CPP, se pronuncie en el plazo de 5 días. Asimismo, se conmina al Director del Recinto Penitenciario de San Roque y Director Departamental de Régimen Penitenciario de Chuquisaca, remitan a través de la instancia pertinente la Tercera Clasificación del sentenciado, la Certificación de Vocación de Trabajo del condenado en el marco del Decreto de 19 de enero de 2024, así como el informe requerido en el numeral 7 del referido decreto y sea en el plazo de 48 horas, posteriormente una vez remitidos notifiquese con los dos primeros documentos o informes al Ministerio Público (Tercera Clasificación y Certificación de Vocación de Trabajo). Asimismo, y conforme a la Demanda Incidental de Libertad Condicional, artículo 174 de la Ley 2298 modificado por la Ley 1173, interpuesta por el condenado JESÚS JAVIER SOLÍS SORIA, SE SEÑALA AUDIENCIA PRESENCIAL PARA EL DÍA VIERNES 16 DE FEBRERO DE 2024 A HORAS 10:30 AM, para considerar el Incidente de Libertad Condicional solicitado, Notifíquese a los sujetos procesales, al Fiscal de Materia de Turno en mérito al Art. 5º- Num.6) de la Ley Orgánica del Ministerio Público. Notifíquese. FDO. JUEZ - DOCTOR – JUAN ALBERTO YEBARA ORTEGA………...................................................................................................... FDO. SECRETARIA - ABOGADA – LEIDY CARBALLO RAMIREZ..………..................................................................................................... EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS SEIS DIAS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO……..…………………………………………………….. D. S. O.


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