EDICTO

Ciudad: SAN BORJA

Juzgado: TRIBUNAL DE SENTENCIA EN MATERIA PENAL; JUZGADO PUBLICO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y SENTENCIA PENAL DE SAN BORJA


E D I C T O JUZGADO EN MATERIA PENAL Y DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CIUDAD DE SAN BORJA. - EDICTO EL SEÑOR PRESIDENTE. - DR. ROBERTO REJAS RIBERA, Y DR. GUIDO WILSON INTURIAS TORRICO JUEZ TECNICO DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL 1° DE LA LOCALIDAD DE SAN BORJA -PROVINCIA GRAL. JOSÉ BALLIVIÁN-DEPARTAMENTO DEL BENI-POR EL PRESENTE EDICTO NOTIFICA AL CIUDADANO: RODOLFO JUSTINIANO AGUILERA. -DENTRO DEL PROCESO PENAL SEGUIDO POR MINISTRIO PUBLICO EN CONTRA DE FREDDY AMADOR RICO, WALTER HURTADO PEÑARRIETA, ALDO BURGOS AQUÍN, NICOLÁS CORTÉS MÉNDEZ, ÓSCAR ÁVILA CHÁVEZ, JOSÉ DANILO NEGRETE ARCE, RODOLFO JUSTINIANO AGUILERA, SERGIO SALAZAR SALVATIERRA, JESÚS PINTO ÁLVAREZ, ALCIDES ENDARA IBÁÑEZ, ALBERTO MELGAR VILLARROEL Y FREDY VACA ARGOTE, POR EL SUPUESTO DELITO DE CONDUCTA ANTIECONÓMICA CONTRATOS LESIVOS AL ESTADO, FALSEDAD MATERIAL IDEOLÓGICA USO INDEBIDO DE INFLUENCIAS INCUMPLIMIENTO DE DEBERES COHECHO ACTIVO Y COHECHO PASIVO PREVISTO Y SANCIONADO EN EL CÓDIGO PENAL, CON CAUSA Nº37/2023 CON ACTA DE SUSPENSION DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PUBLICO Y CONTRADICTORIO DE FECHA 23/01/2023, A EFECTO QUE COMPAREZCA Y SE PRESENTE A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PUBLICO Y CONTRADICTORIO SEÑALADO PARA EL DIA 20 DE FEBRERO DEL 2024 A HORAS 10:00 A.M. DE MANERA PRESENCIAL EN EL SALON DE AUDIENCIA DE JUCIO ORAL DE LA CIUDAD DE SAN BORJA UBICADO EN LA CALLE ORURO DE LA LOCLAIDAD DE SAN BORJA.--------------------------------------------------------------------------------------------------------- ACTA DE SUSPENSION DE AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL PÚBLICO Y CONTRADICTORIO En la ciudad de San Borja, Provincia Gral. José Ballivián del Departamento del Beni, el día Martes 23 del mes de Enero de 2024, a horas 10:00 a.m. Siendo el día y la hora señalada para la audiencia pública de Juicio oral público y contradictorio personal dentro del proceso penal seguido por MINISTERIO PUBLICO contra FREDDY AMADOR RICO, WALTER HURTADO PEÑARRIETA, ALDO BURGOS AQUÍN, NICOLÁS CORTÉS MÉNDEZ, ÓSCAR ÁVILA CHÁVEZ, JOSÉ DANILO NEGRETE ARCE, RODOLFO JUSTINIANO AGUILERA, SERGIO SALAZAR SALVATIERRA, JESÚS PINTO ÁLVAREZ, ALCIDES ENDARA IBÁÑEZ, ALBERTO MELGAR VILLARROEL Y FREDY VACA ARGOTE, por la presunta comisión del delito de CONDUCTA ANTIECONÓMICA CONTRATOS LESIVOS AL ESTADO, FALSEDAD MATERIAL IDEOLÓGICA USO INDEBIDO DE INFLUENCIAS INCUMPLIMIENTO DE DEBERES COHECHO ACTIVO Y COHECHO PASIVO previsto y sancionado en el código penal, de conocimiento del juez presidente del tribunal de sentencia penal Dr. Roberto Rejas Ribera.- Dr. Guido Wilson Inturias Torrico, juez Técnico del Tribunal de Sentencia Penal y el suscrito secretario abogado Juan Vicente Hurtado Cabrera JUEZ PRESIDENTE, DR. ROBERTO REJAS RIBERA.- Bien muy Buenos días al señor representante del Ministerio Público Dr. Marcelino Alvarado abogados de la acusación a los señores acusados, abogados de la defensa técnica vamos a dar inicio a la presente audiencia pública de celebración de juicio oral público y contradictorio dentro del presente proceso seguido instancia del Ministerio público contra los señores FREDDY AMADOR RICO, WALTER HURTADO PEÑARRIETA, ALDO BURGOS AQUÍN, NICOLÁS CORTÉS MÉNDEZ, ÓSCAR ÁVILA CHÁVEZ, JOSÉ DANILO NEGRETE ARCE, RODOLFO JUSTINIANO AGUILERA, SERGIO SALAZAR SALVATIERRA, JESÚS PINTO ÁLVAREZ, ALCIDES ENDARA IBÁÑEZ, ALBERTO MELGAR VILLARROEL Y FREDY VACA ARGOTE por la probable comisión de delitos de CONDUCTA ANTIECONÓMICA CONTRATOS LESIVOS AL ESTADO, FALSEDAD MATERIAL IDEOLÓGICA USO INDEBIDO DE INFLUENCIAS INCUMPLIMIENTO DE DEBERES COHECHO ACTIVO Y COHECHO PASIVO por secretaria informe si todas las partes se encuentran debidamente notificado la víctima e informe de todo cuanto corresponda para que la presente audiencia no adolezca ningún vicio de nulidad SECRETARIO ABOGADO DR. JUAN VICENTE HURTADO CABRERA.- gracias señor presidente muy buen día su autoridad al señor juez técnico del tribunal a los señores abogados a las partes presentes señor juez tengo a bien informar por secretaria que habiéndose llevado a audiencia ya anteriormente en fecha 20 de noviembre el año 2023, horas 10:00 A.M. en el cual se suspendió por motivo de que no se hubiera podido notificar a los jueces técnicos, también el señor representante el Ministerio Público hubiera dado en cooperación al fiscal de materia Dr. Roberto Carlos Sandoval Quispe, que estuvo presente también indicar de que el mismo fiscal indicó que iba a coordinar con el fiscal de materia anticorrupción a efecto de que toda vez que se estableció de que por parte de la doctora Veronica Suárez Hurtado, habia indicado de que el Ministerio público de la ciudad de Santa Ana, hubiera indicado de que iba a ser el que iba a hacer llegar la documentación pertinente referente al señor acusado quien tuviera en calidad de indigente el señor Rodolfo Justiniano Aguilera, es a ello señor presidente que su autoridad señaló audiencia para el día de hoy a horas 10:000 a.m. de la mañana y también indicar de que esa misma audiencia el SENAPE, se comprometió a hacer llegar los domicilio de los jueces ciudadanos en este presente caso en el cual nos mandó un Memorial con una certificación a efecto de dar cumplimiento con el compromiso que había hecho ella en esta audiencia, indicar señor presidente que mi persona esperando que nos haga llegar la certificación el cual me hizo llegar hice la comisión instruida y remiti a la ciudad de Santa Ana y es a ello señor presidente también que no es menos cierto de que la doctora Verónica Suárez me llama y me indica de que se habia madado mal la comisión instruida, toda vez que se mandó de acuerdo a la certificación que me mandó la doctora Patricia Suarez Patiño del SENAPE para la señora María venancia Surco Apaza en la ciudad de Santa Ana y al señor Esteban malale Onarry de la ciudad Santa Ana calle Sixto Roca Ortiz es a ello señor presidente que hice la commision instruida y lo remití pero había habido un error toda vez que no había sido Esteban malale Onarri el Juez técnico para este caso queriendo solucionar el problema señor presidente se remitió también se volvió a hacer la commision instruida y se remitió nuevamente a la ciudad de Santa Ana a efecto de que pueda ser notificado el Juez técnico quihabia sido Jaime Talamani el cual no sabemos si ha sido notificado toda vez que la ciudad de Santa ana no nos ha remitido las comisiones instruidas a efecto de verificar si están legalmente notificado y de esta manera se ha mandado señor presidente en la comisión instruida los números de teléfono que se nos ha facilitado a efecto de que ellos puedan contactarse con estos jueces tecnicos y se nos pueda llamar a efecto de que nosotros podamos pasar el enlace virtual que está creado el enlace virtual pero no se encuentran conectados via virtual los jueces técnicos lo cual se ha notificado de la misma manera señor presidente se mandó commision instruida a la ciudad de Magdalena para que fuera notificado el acusado Rodolfo Justiniano Aguilera quien supuestamente sería indigente es ello que también he no se me no me ha llegado en físico la comisión instruida y si se han hecho la diligencia correspondiente pero sí nos mandaron una fotografía vía whatsapp en el cual informa que no ha sido o no ha podido ser encontrado para ser notificado por desconociendo el paradero y de lo que indica el señor official de diligencias de la ciudad de Magdalena en ese entendido señor presidente no se encuentra presente ni conectado via virtual los dos jueces técnicos quienes responderían al nombre de María venancia Surco Apaza como también Jaime Talamani Malale y como también no sabemos si sea notificado al acusado indigente Rodolfo Justiniano Aguilera quién habría sido el exalcalde de la ciudad de Magdalena, también el señor fiscal no se encuentra presente pero sí ha pedido el enlace virtual a efectos de poder ver si puede agregar unas palabras aquí se le ha mandado el enlace e indicar que están los 9 acusados señor presidente con su abogada la Dra. Verónica Suárez Hurtado, también indicar que está presente la representante Del SENAPE la Dra. Patricia Suárez Patiño con su abogado el doctor Efrain Elías plata Acho y también la doctora Erika de la procuraduría Departamental Del Beni es lo que tengo a bi en informr por secretaria JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA.- se tiene presente, voy a correr en primnera instancia a la representante de la procuraduria Departamental del Beni REPRESENTANTE DE LA PROCURADURIA DEPARTAMENTAL DEL BENI DRA. EVELIN.- Buenos dias señor presidente con carácter previo quiero solicitar a su autoridad que en la presente audiencia que se de lectura o se anuncie el Memorial que la procuraduría hubiese presentado en la corrección para el procedimiento de juicio JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA.- si se le hace conocer a la abogada de la procuraduria nosotros no podemos pronunciarnos sobre cualquier memorial que presente la procuraduría o cualquier institucion toda vez, que todas las resoluciones tienen que dedicarse en audiencia pública entonces mal nosotros podemos entre los dos jueces dictar resolucion en ausencia de los otros dos jueces ciudadanos sería algo cierto que estaría contra procedimientos establecidos en los procedimientos penales entonces por eso nosotros le pusimos ahí que se van a considerar todos las cuestiones las correcciones cuando estemos ya no es cierto en audiencia para que podamos ahí ya con todos el tribunal en pleno para poder ya dictar resoluciones absorber toda las interrogantes o todas las excepciones o incidentes que se plantean dentro de la presente causa REPRESENTANTE DE LA PROCURADURIA DEPARTAMENTAL DEL BENI DRA. EVELIN.- con relacion a eso señor president es el fondo de lo que para el inicio de este juicio, no se puede iniciar si está mal conformado el tribunal toda vez que los jueces REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO DR. MARCELINO ALVARADO.- alo Buenos dias se me escucha el minitserio publico presente con el uso de la palabra por favor JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA.- si enseguida se le va a conceder la palabra señor representante del ministerio publico Dr. Marcelino Alvarado REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO DR. MARCELINO ALVARADO.- ya señor juez aguardo bueno es que le quería informar señor juez que estoy justamente también con otra audiencia de juicio oral público y contradictorio y esta se está llevando a cabo señor juez y la posibilidad de una reprogramación o una prórroga de la misma JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA.- ya señor representante del ministerio público enseguida le vamos a conceder la palabra por favor REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO DR. MARCELINO ALVARADO.- le agradezco mucho JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA.- tiene la palabra la representante de la procuraduria tiene la palabra doctora Evelin REPRESENTANTE DE LA PROCURADURIA DEPARTAMENTAL DEL BENI DRA. EVELIN MELGAR.- gracias señor presidente como decía manifestaba el fondo de esta situación es que el quórum no está conformado debidamente toda vez que ya el tema de los jueces ciudadanos, ya no existe en la actualidad ahora que al radicarse nuevamente esta causa tiene que empezar nuevamente este juicio es decir que tiene que recaer en nuevos jueces técnicos de la ciudad de San Borja y no así arrastrar los jueces ciudadanos de la ciudad de Santa Ana, esa es la nueva conformación del Quorum lo que deben hacer señor presidente es ahí en ese sentido basa la corrección JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA. - Tiene la palabra la representante Del SENAPE Dra. Patricia Suarez Patiño REPRESENTANTE DEL SERVICIO NACIONAL DE PATRIMONIO DEL ESTADO SENAPE DRA. PATRICIA SUAREZ PATIÑO.- sobre el mismo fundamento señor presidente, manifestar que el Servicio Nacional de patrimonio del Estado al tener poder y tuición del Ministerio de Economía y Finanzas públicas, ha presentado el 30 de noviembre del 2023, un Memorial bajo el tenor de que el tribunal debe ser constituido con jueces técnico y no así jueces ciudadanos amparados en el numeral 1 del artículo 52 de la ley 1173, de cual señala que el tribunal debe estar integrado por 3 jueces técnicos, quienes serán competentes para conocer las sustanciacion y resolución de un juicio si bien señor presidente sabemos que se está manejando con el Código Penal pero hablamos del Código Penal no así del procedimiento lo cual quedaría inválido admitir jueces ciudadanos inclusive de Santa Ana del yacuma y no así incluir al tercer juez técnico amparado en la ley y la normativa vigente si su autoridad decide instalar el presente juicio con jueces ciudadanos de otra localidad y no así implementar un juez técnico de la localidad de San Borja, señor Juez, estaríamos hablando prácticamente de vicios en el proceso lo cual llevaría a nulidades y estaríamos retardando más este proceso para con su consideración JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA. – Lo que usted quiere es aplicar el Nuevo procedimiento adjetivo penal ya empezdo REPRESENTANTE DEL SERVICIO NACIONAL DE PATRIMONIO DEL ESTADO SENAPE DRA. PATRICIA SUAREZ PATIÑO.- sí señor presidente no así en el tema del código y las sanciones sino en el tema del procedimiento sin embargo hemos fundamentado hemos presentado nosotros nuestro Memorial pidiendo eh un saneamiento procesal en la presente litis, para que no se cometa ningún vicio de nulidad y no retarder mas este proceso si se pudiera analizar con carácter previo si su autoridad o los jueces no, lo determinan así también este como manifiesta la procuraduría se ha entrado no, en un análisis correspondiente toda vez que también está interviniendo el estado en la presente causa JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA. – Tiene la palabra la abogada de los 9 acusados dra. Veronica Suarez Hurtado ABOGADO DE LOS ACUSADOS DRA. VERONICA SUAREZ HURTADO.- Gracias señor Juez, presidente muy buen día a todos los presentes señores jueces técnicos procuraduría SENAPE y a todos los acusados acá presentes habiendo escuchado atentamente tanto al senape como la representante de la procuraduría señores jueces técnicos, hablan de un Memorial presentado porque están ahora reclamando por la conformación del tribunal primer lugar su autoridad acaba de manifestar algo totalmente claro e inequívoco y no se puede hacer de otra manera este tribunal tendría que estar completo como el tribunal decidió conformarlo al momento de Radicar la causa en la ciudad de San Borja en el juzgado que ustedes llevan a que tienen a su cargo estamos hablando de un Memorial que no creo que sea un simple Memorial porque lo que ellos manifiestan sería un incidente de nulidad por vicio de nulidad que tienen subsanar el procedimiento para presentar un incidente señores jueces técnico nosotros en el código de procedimiento penal, tenemos un plazo establecido desde el momento de la notificación que ellos conocen tenían 10 días hábiles, para presentar el incidente tendríamos que revisar el expediente si ellos están todavía dentro del plazo para poder presentar ese incidente que ellos llaman Memorial no puede ser con un simple Memorial la solicitud de subsanar errores procedimentales que ellos suponen que son o sea ellos ellos piensan que están en todo su derecho de pensar de que está mal conformado el tribunal pero para eso tenemos plazo, eh señores jueces técnicos, no es presentar cuando uno recién se acordó o ya pasó la primera audiencia y recién se dio cuenta los plazos en materia penal precluye no podemos nosotros precisamente por seguridad jurídica sobre todo de los acusados que es a lo que se debe proteger de un proceso penal por seguridad jurídica de ellos los plazos precluyen es decir toda etapa tiene un plazo y este plazo se acabó no se puede reclamar nada más por lo tanto ahorita pretender entrar al fondo es imposible señor presidente y señor juez, técnico vuelvo a repetir tendrían que revisar si eso está presentado dentro de plazo porque si no quiere decirle la resolución dictada por sus autoridades al momento de admitir la causa y radicar la causa dentro de este Tribunal de sentencia si no se presentó en su debido momento esto está totalmente ejecutoriado y no se podría hacer absolutamente nada, por otro lado señor presidente y señor juez técnico voy a hacer llegar El Ministerio público y el Senape se quedó también de coordinar sobre la situación del señor Rodolfo justiniano Aguilera nosotros nos hemos movido por entremedio de su familia es decir su esposa ha solicitado a la policía eh provincial de Magdalena, es decir el comandante Provincial, una certificación en la cual este comandante provincial certifica la situación de calle, en la que se encuentra el señor Rodolfo justiniano Aguilera es que voy a pedir a sus autoridades que tomen en cuenta esta esta certificación y que sea trasladada también de conocimiento al Ministerio Público para que el Ministerio público si no se encuentra conforme con ella haga sus investigaciones correspondientes pero que de una vez por todas eh saquen de este proceso al señor Roberto Rodolfo justiniano Aguilera para que se pueda continuar sin ningún problema el presente juicio Por otro lado en cuanto a lo que no se encuentran acá presentes los señores jueces ciudadanos llama la atención de sobremanera que el SENAPE haya tenido la irresponsabilidad de mandar otro nombre es decir otro juez ciudadano que nunca en la vida existió ni siquiera entró en la lista de los jueces ciudadanos que se en la cual se eligieron los jueces ciudadanos para este proceso es decir el señor Esteban malale onarri jamás formó parte de él tribunal como juez ciudadano no sé de dónde se sacó la verdad que a mí me llamó la atención cuando me llaman de Santa Ana y me preguntan por qué hay había llegado la orden instruida la comisión instruida para notificar a una persona que no existía que si habían cambiado de jueces ciudadanos, es así que me comunicó con su señor secretario para comunicarle esa situación y él me dice no fue culpa mía sino que fue el Senape fue el encargado de coadyuvar y nos mandó otro nombre nos mandó la certificación de esa persona por eso fue que mandamos mal la orden instruida por lo tanto el que no estén notificado aún los jueces ciudadanos, para esta audiencia es responsabilidad netamente del senate por el error cometido, por otro lado señores jueces técnicos, eh mi persona que no es mi obligación pero sin embargo para demostrar que nosotros sí tenemos toda la actitud positiva de que esto de una vez se lleve adelante consiguió los números de celular de los dos jueces ciudadanos de la ciudad de Santa Ana, se lo envié vía whatsapp tanto al oficial de diligencia de este tribunal como al señor secretario para pedirles por favor cuando sucedió el error de la notificación a otro Juez, ciudadano que ellos subsanen este error y ellos hayan podido ser notificados vía whatsapp que es totalmente legal la 1173 permite las notificaciones electrónicas por medio electrónico y esto es una notificación vía whatsapp una notificación totalmente legal señores jueces Esto con el fin de que ellos puedan ellos conectarse Vía virtual como lo está haciendo en estos momentos el señor fiscal, pero sin embargo ninguna de las dos situaciones sucedió mandan las órdenes las comisiones instruidas mal no se logran notificar vuelven a enviar 2 días antes o 3 días antes de la audiencia situación que era casi imposible que se pueda cumplir una orden instruida hasta la ciudad de Santa Ana 3 días antes de la audiencia y tampoco mandan la notificación a los jueces ciudadanos vía whatsapp es por eso señor presidente y señor juez técnico que voy a pedir encarecidamente a este tribunal que por favor se cumpla con las notificaciones vía whatsapp y se pueda notificar en el transcurso de hoy día a los dos jueces ciudadanos porque ya existen los números de celular se los pueda notificar vía whatsapp para que ello puedan conectarse a la audiencia por supuesto que no va a ser en este momento pedirle a este tribunal si se puede declarar un receso hasta el día de mañana a las 09:00 de la mañana para que podamos de una vez por todas conectarnos se puedan conectar y podamos arrancar con este juicio oral señor presidente y señor juez técnico tomando en cuenta que este es un proceso que viene desde el año 2020 es decir hace 24 años que estamos con este proceso y no logramos hasta ahora llegar a su final gracias señor presidente JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA. – Se tiene presente señor representante Del ministerio publico Dr. Marcelino Alvarado tiene la palabra REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO DR. MARCELINO ALVARADO.- muchas gracias señor president, señor juez, primero que nada muy Buenos días a todos los que se encuentran en sala virtual y también en San Borja no cabe duda que el suscrito fiscal recien está asumiendo el cargo con respecto a esta causa, siendo que evidentemente hay situaciones y procedimientos por corregir solicitaria a su digna autoridad como juez poder corregir el procedimiento y estar a lo que su digna autoridad disponga para que podamos llevar a cabo el juicio oral público y contradictorio es cuanto se solicitaria a su digna autoridad con las disculpas previas en el sentido que también el suscrito tiene audiencia de juicio justamente el día de ahora muchas gracias JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA. – se tiene presente doctor en relación a lo manifestado por la doctora del representante de la Procuraduria Gral del Estado a la doctora Evelin lo expresado por la doctora abogada del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado abogadoa de la defense tecnica de los acusados lo manifestado por el abogado de señor Fiscal Marcelino Alvarado es el nuevo fiscal asignado a esta causa evidentemente en la presente no podemos instalar el presente proceso en razón a que los jueces ciudadanos no han sido legalmente notificado o no se han conectado a la presente audiencia lo cual imposibilita el inicio de la presente audiencia De igual forma también ese tiene de el señor Rodolfo justiniano Aguilera aquí eh es una persona que se encuentra en situación de calle drogodependiente manifiesta la certiifcacion policial, sin embargo no ha sido legalmente notificado ademas el acusado tambien en consecuencia resulta inviable la instalación de la presente audiencia si bien es cierto que es un proceso que viene ya de muchos años atrás nosotros como tribunal estamos tratando de darle la mayor celeridad posible de que ha sido Radicado hace pocos meses en este este asiento judicial eh en relaicon a lo que ha manifestado tanto la Procuraduria Gral como la del Servicio Nacional SENAPE y de igual forma a las solicitudes planteadas se va a considerar cuando se instale el proceso en una audiencia evidentemente es una cuestión de carácter de verdad material que se va a analizar no es cierto el tribunal con las persona que empezo Tribunal este juicio y si evidentemente amerita que sea reprogramado o eh reconvertido podemos llamarlo así no es cierto en un tribunal confoprme los jueces tecnicos se va a diferir lo solicitado en todo caso si acaso no corresponde también nos correspondería seguir en cuanto a la conformacion de igual manera eso se va a determinar y obice para que no podemas hacerlo en una audeincia no es cierto y ahora por ejemplo ahora por la no participación de los jueces ciudadanos de todas formas que estando los jueces ciudadanos en comun acuerdo bueno se dicta resolución se anula y se vuelve a conformar que eso es lo correcto no es cierto, nosotros dictar la resolucion y no estando los jueces ciudadanos no podemos anular a ellosque yan han conocido y tienen la participación ahora las recconverciones nuevos procedimientos tal como lo manifiesta la Doctora vuelvo a reiterar se puede hacer pero en todo el tribunal coincida este de acuerdo de que en la reconversión y podamos ya entonces anular todo y volver a empezar en base a los principios que hemos manifestado que es la inmediación la contradicción para poder empezar desde el momento no es cierto del inicio del juicio como es el 340 del procedimiento por lo demas este vamos a suspender en razón a que no podemos continuar porque hay una persona que no ha sido legalmente notificada es cierto que es un coacusado en tal sentido no podemos continuar mañana porque hay plazos para poder notificar en todo caso vamos a disponer que se notifique mediante edicto para subsanr no es cierto el tema del indigente no, salvo que el Ministerio público ya refiere a este por cuestiones de salud cuestiones de enfermedad este ver lo que corresponda de acuerdo al prinicpio de objetividad que maneja el ministerio publico, por lo demás tenemos no es cierto que lamentablemente no es cierto suspender el presente acto procesal por los motivos indicados no es parte ni culpa de el tribunal no es cierto en todo caso este solamente le insto al Ministerio Público también no es cierto a la parte acusadora para que podamos dar mayor celeridad no es cierto en el tema de los acusados en el tema del señor que para que podamos notificarlo en tal sentido vamos a suspender el presente acto procesal nosotros tambien al igual que u stedes del pleno afan de dilucidar porque también es una carga procesal aparte que tenemos no es cierto en este tribunal en tal sentido vamos a suspender el presente acto procesal y señalar nueva audiencia ABOGADO DE LOS ACUSADOS DRA. VERONICA SUAREZ HURTADO. La palabra señor presidente JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA. – Tiene la palabra doctora veronica suarez Hurtado ABOGADO DE LOS ACUSADOS DRA. VERONICA SUAREZ HURTADO.-conforme el el 401 voy a presentar reposición por lo que acaba de manifestar este tribunal en cuanto a la negativa de no poder instalar mañana la audiencia porque el señor Rodolfo justiniano Aguilera no estaría notificado de acuerdo al informe del secretario existe una no sé si dijo vía whatsapp o que le llegó de que no han podido notificarlo a Rodolfo justiniano porque no saben dónde notificar Rodolfo Justiniano tiene un domicilio señalado dentro de la presente audiencia porque Rodolfo justiniano venía sometiéndose a este proceso penal hasta hace 5 o 6 años atrás más o menos en la cual nos enteramos por desgracia él había caído en las drogas y ahora se ha convertido en una persona indigente de que para él va a ser imposible poder proseguir con este proceso al haber presentado la defensa una certificación en la cual el comandante provincial de Magdalena certifíca que es cierto y evidente que Rodolfo justiniano está en situación de calle, por eso que mi persona hace llegar a sus autoridades para que sus autoridades tomen en cuenta esto y se corra en traslado al Ministerio Público lamentablemente en esta audiencia ahorita no está presente el Ministerio público entendible tiene otra audiencia que está en juicio entonces él no conoce esta situación es por eso la inquietud que tengo de que se pueda subsanar los dos motivos por el cual se tiene que suspender esta audiencia es decir 1.- la falta de notificación a los jueces ciudadanos que e solicitado que se los notifique vía whatsapp con un señalamiento para el día de mañana y 2.- con la falta de la presencia de Rodolfo justiniano Aguilera solicitando de que esa certificación se pueda correr en traslado al Ministerio Público que es el encargado de verificar es así esa certificación y poder decidir si es que se lo va a apartar definitivamente del proceso como se ha hecho con dos personas que ya fallecieron dentro de este proceso para poder seguir sin obstáculo para que se pueda instalar la presente audiencia o si es que él va a decidir de que se lo declare no más rebelde y se lo notifique por edicto señores jueces por lo tanto solicito en virtud al artículo 401 que reponga su providencia y ordene la instalación del juicio el día de mañana para que esté presente el fiscal y pueda decidir sobre la certificación presentada señores jueces REPRESENTANTE DE LA PROCURADURIA DEPARTAMENTAL DEL BENI DRA. EVELIN MELGAR. - La palabra señor presidente JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA. – Tiene la palabra doctora evelin melgar REPRESENTANTE DE LA PROCURADURIA DEPARTAMENTAL DEL BENI DRA. EVELIN MELGAR. - Gracias señor presidente con relación a lo manifestado por la defensa de los acusados es menester al poner en conocimiento de sus autoridades y recordarles que sus autoridades como jueces de garantía no deben aceptar alguna prueba ofrecida que no hubiera sido legalmente promovida toda vez que si no estaríamos promoviendo una acción que no estaría dentro del debido proceso, ahora con relación al estado de esta persona no se lo puede apartar toda vez que no se lo ha declarado interdicto que por el Estado en el que se encuentra si bien a ciencia cierta no conocemos la situación de calle si hay una certificación pero debe ser legalmente promovida para estar inserta en este presente juicio señor presidente por lo cual solicitó a su autoridad tome en consideración que no solamente el Ministerio público forma parte de este tribunal sino también los acusadores particulares que también por dicho la Procuraduría General del Estado participa como miembro activo de este juicio eso sería todo señor president. REPRESENTANTE DEL SERVICIO NACIONAL DE PATRIMONIO DEL ESTADO SENAPE DRA. PATRICIA SUAREZ PATIÑO. - La palabra señor presidente JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA. – Tiene la palabra doctora Patricia Suarez Patiño REPRESENTANTE DEL SERVICIO NACIONAL DE PATRIMONIO DEL ESTADO SENAPE DRA. PATRICIA SUAREZ PATIÑO. – voy a ahcer también del recurso de reposición es menester señor presidente señalar no es cierto que al haberse desintegrado totalmente el tribunal en la ciudad de San Borja, perdon de santa ana por excusa y recusación del presidente el doctor Kenny y del juez técnico el doctor Arnold se ha desintegrado totalmente el tribunal así también incluyendo a los jueces ciudadanos los que entraríamos en un error de vicio totalmente señor juez pretender incluir a jueces ciudadanos de otra localidad de otra region, el proceso ha sido desintegrado totalmente entonces se estaría vulnerando los derechos constitucionales conforme al artículo 203 de la Constitución Política del Estado, el artículo 15 de la ley 254 y bajo el principio de inmediación que son vinculantes y obligatorias señor presidente pedimos a su respetable autoridad ante que pretenda integrar un tribunal con jueces ciudadanos de la localidad de Santa Ana toda vez que sus autoridades son directores de la presente litis y tienen que velar por el debido proceso, que tenga un curso legal para así evitar dilaciones posteriores nulidades o que se lleve con errores procedimentales en la presente causa toda vez que conocedores eh a óptimamente de la ley de la normativa sabemos que el tribunal ya no forma parte ningún juez ciudadano de Santa Ana de yacuma, si bien en nuestra institución hizo llegar a solicitud de su autoridad este sin embargo hemos presentado ese Memorial y usted sabe que en cualquier etapa del proceso al existir vicio eh procedimentales e su autoridad tiene toda la obligación de subsanar los errores y no llevarlo a cabo para evitar mayores dilaciones dentro de la litis señor presidente por lo cual pedimos a su autoridad la reposición de su proveído y pidiéndole bajo la normativa constitucional que no se integre con jueces ciudadanos de la localidad de Santa Ana, toda vez que el tribunal ha sido desintegrado y correspondería hacerse un análisis con carácter previo a la citaciones de estas dos personas eso sería nuestra solicitud señor presidente JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA. – Se tiene presente señor representante Del ministerio publico Dr. Marcelino Alvarado tiene la palabra REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO DR. MARCELINO ALVARADO.- señor juez muy Buenos días con el uso de la palabra habiendo escuchado muy atentamente por supuesto pr la parte acusadora en la fundamentación y por la parte de la procuraduría no cabe duda que primero que nada con relación a la declaración de interdicción existen las excepciones incidentes que plantea el procedimiento y para no alargar más la presente audiencia vamos a estar en lo que su seguridad disponga siempre bajo el principio ordenador de que tiene su digna autoridad investidura para que pueda subsanar procedimiento y evidentemente garantizar el juicio oral pública y contradictoria en la siguiente reprogramación en la cual consideramos vamos allanarnos a lo que su autoridad disponga muchas gracias y va a disculpar las circunstancias por las cuales me permite comentar la presente causa JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA. – se tiene presente señor fiscal lo expresaado por la por la doctora Veronica Suárez, igualmente el recurso planteado por la doctora representante del servicio de patrimonio nacional del estado con relacion al recurso de reposición planteado se evidencia de que el señor juez tecnico, quién se allana lo dictaminado por mi persona com presidente del Tribunal en tal sentido al ser esta audiencia al faltar 1 de los acusados notificado y además no estár presentes los jueces ciudadanos no ha lugar a lo solicitado por la doctora Veronica Suarez Hurtado, se ratifica lo manifestado por mi persona como presidente del Tribunal en relación a lo dictaminado por la doctora perdón por la doctora de igual manera en relación a que no sabría rechazado la posibilidad de poder analizar la conformación del tribunal en relación al tema de cómun acuerdo con el juez técnico y con la finalidad de tratarse de un tema de fondo se va a reponer y se va a disponer que los memoriales presentados por tanto por la procuraduría del estado como del Servicio Nacional de patrimonio se corra en traslado a la defensa y al Ministerio Público para que lo contesten dentro del plazo de ley y podamos también este dentro de este plazo que se va a establecer ya resolverlo y entrar también al juicio al proceso ya con una posición definida que podamos avanzar ya sea como indica la doctora Suárez con los jueces antiguos o como los nuevos jueces tal como lo manifiesta la parte acusadora que adentro de la resolución planteada se va a resolver seguramente vamos a poder ingresar al proceso sin ninguna situacion dde los vicios de nulidades que plantear a nighguna de las partes en tal sentido se va a disponer la suspension del presente acto procesal y a la brevedad posble vamnos a señalar audiencia para el dia martes 6 de febrero a horas 10:00 de la mañana para que podamos continuar salvo que por cuestiones de imposibilidad porque entiendo que los acusados son bastantes y vienen de diversos lugares no es cierto para que podamos también este razon al principio de economía procesal podamos de igual forma tanto de la parte acusadora que viene también de la ciudad de Trinidad los acusado de otros lugares de distintas partes podamos reinstalar el proceso ya y podamos darle continuidad hasta su conclusión doctora Veronica Suárez Hurtado ABOGADO DE LOS ACUSADOS DRA. VERONICA SUAREZ HURTADO. La palabra señor presidente JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA. – Tiene la palabra doctora veronica suarez Hurtado ABOGADO DE LOS ACUSADOS DRA. VERONICA SUAREZ HURTADO. - Quería señor presidente mi persona tiene señalada ya audiencia en la ciudad de Trinidad tengo una para el 7 de febrero y tengo otra para el 8 de febrero por lo tanto no podría estar presente acá en San Borja el 6 de febrero señor presidente JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA. – Bien Complementando en la resolcuion se a va a disponer que se notifique al señor Rodolfo justiniano Aguilera en su domicilio señalado en la población de Magdalena de igual forma se notifique nuevamente a los señores jueces ciudadanos sea a la brevedad posible po sercretaria vamos a reprogramar la presente audiencia ABOGADO DE LOS ACUSADOS DRA. VERONICA SUAREZ HURTADO. La palabra señor presidente JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA. – Tiene la palabra doctora veronica suarez Hurtado ABOGADO DE LOS ACUSADOS DRA. VERONICA SUAREZ HURTADO. Voy a solicitor a su autoridad conforme su informe de su secretario ya se manifesto de que no se pudo notificar al señor en su domicilio al sñeor Rodolfo Justiniano existiendo la ceritificacion que esta en situacion de calle con el fin d epoder avanzar dentro dle proceso penal si se lo pudiera notificar directamente por edicto señor president ya que vamos a estar eternamente con este problema no s elo puede notificar en ese domcilio porque no se lo va a encontrar en ese domicilio que tiene mencionado por lo tanto corresponde que sea notificado por edioctos sñeor president netre tanto elminitserio publico tenga la voluntad de poider movgerse y poder investigar esta situacioin poder por todas esta situacion del señor Rodolfo Justiniano JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA. – Se tiene presente doctora se va a reprogramar para el dia 20 de febrero del 2024 a horas 10:00 a.m. tambien esta las fiesta d elos carnavales es feriadso nacional el 20 de efbrero quedan legalmente notificados debiendo notiificarse a los sñeores jueces ciudadanos de igual forma para cubrir cualquier nulidad se va a dispoiner la notificacion al señor Rodolfo justiniano Aguilera se va a disponer la citacion por edictos conforme por secretaria el Sistema hermes por lo demas quedan lefgalmenmten notififcados y de ifgual manera se corre en traslado los memnoriales al ministerio publico y la defensa tecnica de los acusados van a disculpar pero nosotros estamos con toda la predisposicion de poder llevar Adelante este juicio pero en la proxima audiencia ABOGADO DE LOS ACUSADOS DRA. VERONICA SUAREZ HURTADO. Otra cosa se notifique por via wapsaps a los jueces ciudadanos de no existir otro error garrafal de no mandar otro nombre y hasta que vayan las ordenes instruidas y hasta que vayan nos vamos a llegar hasta el año 2030 JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA. – Por secretaria notifiquese por via wapsaps tambien REPRESENTANTE DE LA PROCURADURIA DEPARTAMENTAL DEL BENI DRA. EVELIN MELGAR. La palabra señor presidente por secretaria se me pueda extienda una ceritifcacion que mi persona estuvo presente en la presente audiencia por favor JUEZ PRESIDENTE DR. ROBERTO REJAS RIBERA. Por secretaria extiendase Como se pide por favor bien no habiendo nada mas que dilucidar se suspende el presente acto tengan Buenos Dias-------------------------------------- EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EL DIA DE HOY MARTES 23 DE ENERO DEL 2024 EN LA LOCALIDAD DE SAN BORJA PROVINCIA JOSE BALLVIVIAN DEL DEPARTAMENTO DEL BENI. FIRMANDO EN CONSTANCIA EL SEÑOR SECRETARIO - ABOGADO, DR. JUAN VICENTE HURTADO CABRERA. –SECRETARIO DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL 1°, JUZGADO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y SENTENCIA PENAL DE LA LOCALIDAD DE SAN BORJA. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------


Volver |  Reporte