EDICTO

Ciudad: TARIJA

Juzgado: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER PRIMERO DE LA CAPITAL


EDICTO JUEZ :MSc. Walter Chumacero S. SECRETARIA : Dra. Suanny Carla Quilla Ruiz JUZGADO : Instrucción 1ro. en lo Penal de la Capital DELITO : Estupro Agravado (art. 309 relacionado con el 310.m) del C.P.) SIGUE : M/P Dr. Aldo Corrillo DENUNCIADO : Oscar Jerber Fita Chumacero CODIGO UNICO : 601102012301980 SE HACE SABER: OSCAR JERBER FITA CHUMACERO CON LA SIGUIENTE RESOLUCION: RESOLUCION JUDICIAL: Tarija, 10 de noviembre de 2023 Radíquese.- A los efectos del control jurisdiccional previsto en el art. 54-1) y art. 279 ambos del C.P.P., se tiene presente el informe de inicio de investigación en contra de autores, por el delito de Estupro, previsto en el art. 309 del C.P., a denuncia de Marina Machicado E., debiendo el Sr. Fiscal acreditar el requerimiento correspondiente en una de las formas previstas en el art. 301 de la Ley 1970 dentro del término establecido en dicho cuerpo legal, pudiendo los sujetos procesales hacer uso de las instituciones descritas en el art. 314 del código que rige la materia.Notifíquese.- Tarija, 25 de enero de 2024 Por informado que el investigado es Oscar Fita.- TRANSCRIPCION DE LAS PARTES PERTINENTES DE LAS IMPUTACIONES FORMALES: II. ANTECEDENTES Y DESCRIPCION DEL HECHO (…) Culminada la investigación preliminar se tiene elementos objetivos suficientes para establecer en esta etapa que, OSCAR JERBER FITA CHUMACERO, sería el presunto autor de los hechos, bajo el siguiente orden factico: Se tiene que desde la gestión 2021 la menor empieza a trabajar en una venta de pollos que pertenecían a sus primos hermanos, en el mes de mayo de 2023 la victima M.C.M. de 14 años de edad empezaba a llegar tarde al trabajo, cuando su tia le pregunta ella indica que está conociendo con un chico, los días martes la menor tenia clases en las tardes y se faltaba a sus clases por irse con OSCAR JERBER FITA CHUMACERO con el cual salían a pasear por la plaza después a tomar capuchino y fueron aun shopping a comprar ropa y este le compra una polera a la víctima y fueron a la casa del denunciado que se encontraba en el barrio Jerusalen, donde mantenían relaciones sexuales, esos actos habrían ocurrido en cuatro oportunidades, en otra ocasión le acompañaba a su trabajo (…). VI.-PETICION: - Formulo imputación formal en contra de OSCAR JERBER FITA CHUMACERO EN SU CALIDAD DE AUTOR POR LA COMISION DEL ILICITO DE ESTUPRO AGRAVADO ILICITO PREVISTO Y SANCIONADO POR EL ART. 309 Y 310 INC. M) EN RELACION AL ART. 20 DEL C.P. Y CONFORME EL ART. 165 DEL C.P.P. notifíquese y cítelo mediante edictos. IMPUTACION PRESENTADA EN FECHA PRIMERO DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS.---------------------------------------------------- RESOLUCION JUDICIAL: JUZGADO: Instrucción Penal 1° de la Capital SIGUE: Ministerio Público VICTIMA: M.C.M. CONTRA: Oscar Jerber Fita Chumacero DELITO: Estupro Agravado CODIGO UNICO: 601102012301980 Auto Interlocutorio No. 24/2024 Tarija, 02 de febrero de 2024. ANTECEDENTES: Requerimiento fiscal, antecedentes de la causa, y;-- PARTE CONSIDERATIVA: En lo pertinente, el art. 165 de la Ley 1970, señala, “Cuando la persona que deba ser notificada no tenga domicilio conocido o se ignore su paradero, será notificada mediante edicto, (. . .). Los edictos serán publicados, sin ningún costo para las partes a través del sistema informático de gestión de causas, en el portal electrónico de notificaciones del Tribunal Supremo de Justicia (. . .)”.---------------------------- Que, se tiene adjuntado notificación edictal mas acta de incomparecencia del investigado de fecha 01 de febrero del año que transcurre, sumado a ello, la imputación formal no consigna referencia alguna sobre el paradero del investigado, circunstancias estas que se enmarcan en las previsiones del mencionado precepto legal.----------------------------------- PARTE RESOLUTIVA: En mérito a lo precedentemente expuesto: 1.- De conformidad al art. 165 de la Ley 1173, se cita, llama y emplaza al imputado Oscar Jerber Fita Chumacero, C.I:10671955, nacido el 06 de septiembre de 2003, por el delito de Estupro Agravado, descrito y sancionado en el art. 309 relacionado con el art. 310.m), ambos del C.P., a denuncia de Marina M. Escalante, para que en el término de diez días comparezca ante éste Juzgado de Instrucción Penal 1ª de la Capital y asuma defensa dentro de la investigación penal seguida en su contra por el Ministerio Público por el delito antes mencionado, bajo conminatoria de ser declarado rebelde y contumaz a la ley, secuestrados sus bienes y suspenso en el ejercicio de la ciudadanía.--------------------------------------------------------------------- Se advierte el deber que tiene toda persona de comunicar a la autoridad judicial sobre el paradero del imputado.-------------------------------------------------------------- Se dispone asimismo que la notificación con la presente resolución sea mediante edicto a publicarse en el portal electrónico del Tribunal Supremo Justicia, debiendo el personal de apoyo jurisdiccional de oficio informar respecto al cumplimiento de dicha formalidad, a los efectos de la continuidad de la secuencia procesal.- ANOTESE.------------------------------------------------------------------------------------ FIRMADO Y SELLADO DR. WALTER CHUMACERO SALAZAR JUEZ DE INSTRUCCIÓN PENAL PRIMERO DE LA CAPITAL, ANTE MÍ, DRA. SUANNY CARLA QUILLA RUÍZ SECRETARIA - ABOGADA DE JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL PRIMERO DE LA CAPITAL, QUE CERTIFICA.- Tarija,02 de febrero de 2024


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