EDICTO

Ciudad: TRINIDAD

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA TERCERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


SE NOTIFICA A MARCELO RUDY ALARCON NOGALES EDICTO Dr.- ADAN MANCILLA RODRIGUEZ Juez del Juzgado de Sentencia Penal Nº 3 de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia del Beni. Por el presente Edicto se notifica a RUDY ALARCON NOGALES con AUTO DECLARATORIA DE REBELDIA de fecha 25 de enero de 2024, dentro del proceso penal con NUREJ: 201302360 , seguido por el Ministerio Publico de oficio contra MARCELO ALFONSO SANDI OCHOA, por la presunta comisión del delito de ALTERACIÓN O SUSTITUCIÓN DEL OBJETO DEL DELITO previsto y sancionado por el art. Art. 144, 146, 222, 224 y 156 a cuyo efecto se transcribe el siguiente actuado: CÓDIGO ÚNICO: 201302360 DENUNCIANTE: MP/ DE OFICIO ACUSADO: MAX MILLAN VARGAS JUSTINIANO Y RUDY ALRACO NOGALES DELITO: USO INDEBIDO DE INFLUENCIAS Art. 144, 146, 222, 224 Y 154 DEL CP Santísima trinidad jueves 25 de enero de 2024 VISTOS Y CONSIDERANDO: El articulo 85 en su numeral 1 nos manifiesta cuando no comparezca sin causa justificada o en situaciones en conformidad con este código se tiene que se ha hecho el llamamiento a la audiencia de juicio oral público y contradictorio se han realizados las notificaciones correspondiente al ahora acusado Rudy Alarcón Nogales siendo que se habrían cumplido las formalidades del caso no existe un justificativo del porque Rudy Alarcón Nogales no se encuentre presente situación por el cual corresponde aplicar lo que es la rebeldía. POR TANTO: El suscrito Juez de Sentencia Tercero de la capital declara rebelde a Rudy Alarcón Nogales con carnet 4296633 La Paz declarando rebelde al mismo bajo su entendido líbrese el mandamiento de aprehensión en contra en contra del ahora acusado así tambien la aplicación del Artículo 89 los numerales 1, 2, 3 y 4 así tambien publíquese esta declaratoria de Rebeldía por la página del Tribunal Supremo de Justicia y emítase la presente declaratoria a oficinas del REJAP, de igual manera se designa abogado defensor de las oficina de defensa publica para su registro correspondiente del mismo con lo que finalizamos el presente acto. REGISTRESE.- Fdo. Dr. Adán Mancilla Rodríguez, Juez de Sentencia en lo Penal Nº 3 de la Capital. Fdo. Ante mí, Secretaria-Abogada del Juzgado de Sentencia en lo Penal Nº 3 de la Capital. Doy fe. EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA SANTÍSIMA TRINIDAD, CAPITAL DEL DEPARTAMENTO DEL BENI, A LOS VEINTI SEIS DIAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS.-&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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