EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEGUNDO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


EDICTO No. 032/2024 EL Dr. FARID NASSAR DONOSO JUEZ DE SENTENCIA No. 2 EN LO PENAL DE LA CAPITAL. Sucre-Bolivia MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE SABER: a la ACUSADA VICTORIA MATURANO CHAVEZ, que se ha dictado los siguientes actuados, dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PUBLICO a instancia de MERCEDES IBETH CABA PALACIOS, contra VICTORIA MATURANO CHAVEZ, por la presunta comisión del delito de ESTELIONATO, previsto en el código penal, signado con NUREJ: 1076648, se dictó las siguientes piezas procesal, cuyo contenido literal es el siguiente.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO JUEZ DE SENTENCIA PENAL No. 2 JOSE EMILIO PINTO ANDIA S/L CODIGO UNICO 1076648 ACUSADOR FISCAL DANIEL FERNÁNDEZ MURILLO ACUSADORA PARTICULAR MERCEDES IBETH CABA PALACIOS ABOGADO ACUSADO VICTORIA MATURANO CHAVEZ ABOGADO DR. LUDWIN GASTON OLIVERA DELITO ESTELIONATO SECRETARIO GERMAN HUARITA BAUTISTA FECHA MIERCOLES 31 DE ENERO DE 2024 HORA DE INICIO 17:00 HORA DE FINALIZACIÓN 17:10 Constituido en el despacho Judicial del Juzgado de Sentencia Penal Nro. 2 de la Capital, a horas diecisiete con cero minutos, del día miércoles treinta y uno de enero del año dos mil veinticuatro, el señor Juez dijo: 1°. Por secretaría se procédase a la verificación de la concurrencia de las partes y todo lo pertinente. Secretaria: Por Secretaría se informó los siguientes aspectos: 1. El cuaderno procesal se encuentra corriente; están notificadas todas las partes. 2. En audiencia se encuentran presentes: a. Presente el Ministerio Público Dr. Daniel Fernández. b. Presente la víctima Mercedes Ibeth Caba Palacios, asistida de su abog. Ludwin Gaston Olivera. c. Presente el incidentista Hugo Raúl Benitez Bueso, asistido de su abog. Jorge Padilla. d. Ausente la acusada Victoria Maturano Chávez, (rebelde), ausente su abogado. Asimismo, se informa que esta audiencia ha sido fijada emergente del incidente de cancelación de anotación preventiva El señor Juez dijo: En mérito al informe del señor Secretario se instala la presente audiencia y se dispone la prosecución de la misma. Habiendo informado el objetivo de la presente audiencia, manifestar que el suscrito se encuentra en suplencia legal, debido a la suspensión temporal de su titular el Juez Segundo de Sentencia Penal, a cuyo efecto, por el principio de inmediación no podría resolver mi autoridad y podría caer en una nulidad cualquier tipo de resolución; por otro lado, en el CPP., no establece que se desarrollen audiencias para este tipo de incidentes, en consecuencia voy a dejar a su titular que pueda su persona resolver la causa. Seguidamente, el señor Juez dictó el siguiente decreto. Sucre 31 de enero de 2024. En atención a los fundamentos referidos, se dispone la suspensión y se señala audiencia de prosecución de juicio, para el día viernes 12 de abril de 2024 a horas 10:30; se encuentra acreditada con el rol de audiencias de juicio que permite establecer que por la carga procesal no puede señalarse audiencia para una fecha anterior, se dispone la suspensión de plazos conforme a la previsión del Art. 130 del CPP, la audiencia será de forma virtual de la misma forma que fue realizada esta audiencia. Audiencia que se llevará de manera presencial en instalaciones de este despacho judicial. Se designa como abogado defensor de oficio para la acusada a la abog. Paola Serrudo Morales, a quien deberá notificársele de manera personal para que asista con todos los poderes y facultades de todo acusado. Quedan citados y notificados los sujetos procesales en audiencia, notifíquese a los ausentes. Con lo que terminó la presente audiencia, firmando en constancia el señor Juez y el suscrito secretario que CERTIFICA. FDO.------------JUEZ----------------FDO.---------------SECRETARIO. -------------------EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA AL PRIMER DIA DEL MES FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO-------------------------------------XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX D. S. O.


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