EDICTO

Ciudad: COCHABAMBA

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PRIMERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE COCHABAMBA JUZGADO DE SENTENCIA PENAL N° 1 EDICTO Para: DARWIN MIJAIL CABRERA Y JOSE RODRIGO BRAVO DAZA Dr.: José Luis Cáceres Orozco Juez de Sentencia Penal N° 1 Del Tribunal Departamental de Cochabamba Proceso: Acción Penal Pública Delito: Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el Art. 271 del Código Penal Seguido por: Ministerio Público Contra: Darwin Mijaíl Cabrera y José Rodrigo Bravo Daza Por el presente edicto se notifica a Darwin Mijaíl Cabrera y José Rodrigo Bravo Daza, con Resolución de fecha 16 de octubre de 2023, a fin de que asista a la audiencia de juicio oral de manera presencial, el día 19 de febrero de 2024 a horas 09:30 am.; a cuyo efecto se transcribe el actuado pertinente en el siguiente tenor: ---------------------------RESOLUCION DE FECHA 16 DE OCTUBRE DE 2023------------- AUTO DE APERTURA DE JUICIO ------------------------------------------------------ A, 16 de octubre de 2023 --------------------------------------------------------------------- VISTOS: La acusación formal presentada por el Dr. Jaime Antonio Arancibia Guzmán, Fiscal de Materia asignado a la Fiscalía Especializada en delitos contra la Integridad Personal contra Darwin Mijail Cabrera y José Rodrigo Bravo Daza, por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el Art. 271 del Código Penal, las pruebas de cargo, los antecedentes del caso, y; CONSIDERANDO I: Por escrito de fecha 02 de marzo de 2021, el Dr. Jaime Antonio Arancibia Guzmán, Fiscal de Materia asignado a la Fiscalía Especializada en delitos contra la Integridad Personal, presenta acusación contra Darwin Mijail Cabrera y Jose Rodrigo Bravo Daza, a quienes se le atribuye la comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el Art. 271 del Código Penal, argumentando que en fecha 06 de noviembre de 2018 a horas 19:30 aproximadamente el funcionario policial Sbtte. Erick Moscoso se constituyó en la Avenida Heroínas entre Junín al interior del CEMA “JULIO TERAN ROCHA” lugar donde tomo contacto con el director del CEMA David Pedro Pacheco Baltazar quien les refirió que Darwin Mijaíl Beltrán Cabrera y Jose Bravo Daza agredieron físicamente al interior del aula a Kevin Camacho Mercado y Roberto Carlos Guardia Rojas causándoles lesiones en su humanidad, motivo por el cual dichos funcionarios policiales condujeron a los denunciados Darwin Mijail Beltran Cabrera y Jose Bravo Daza de dependencias de la FELCC. Como respaldo probatorio de esa acusación ofrece prueba documental y testifical de cargo. --------------------------------------------- Esta acusación constituye la base del juicio oral. ----------------------------------- CONSIDERANDO II: En función del Art. 340 parágrafo III del Código de Procedimiento Penal, modificado por el Art. 8 de la Ley N° 586 de 30 de octubre de 2014 LEY DE DESCONGESTIONAMIENTO Y EFECTIVIZACION DEL SISTEMA PROCESAL PENAL, por providencia de fecha 01 de junio de 2022, se dispuso que la acusación fiscal, las pruebas ofrecidas de cargo, se pongan en conocimiento de los procesados, para que dentro los diez días siguientes a su notificación ofrezcan y presenten físicamente sus pruebas de descargo. Dentro el plazo legal establecido los procesados no ofrecieron pruebas de descargo, en consecuencia, estando cumplidas las formalidades legales previstas, corresponde dictar Auto de Apertura de Juicio y señalar fecha de audiencia de Juicio Oral, conforme establece el Art. 343 del Código de Procedimiento Penal. -------------------- POR TANTO: El Juez de Sentencia Penal N° 1 del Tribunal Departamental de Justicia, en función de los Arts. 342 y 343 del Código de Procedimiento Penal, determina Apertura de Juicio penal contra DARWIN MIJAIL CABRERA y JOSE RODRIGO BRAVO DAZA, mayores de edad, hábiles por Ley, por la presunta comisión del delito de Lesiones graves y leves, previsto y sancionado por el Art. 271 del Código Penal; en consecuencia, se señala audiencia de juicio oral, de manera presencial, para el día 19 de febrero de 2024 a horas 09:30 am., señalamiento que se efectúa tomando en cuenta la imposibilidad humana y material de realizar un señalamiento más próximo, por la saturada agenda con la que cuenta el Juzgado con audiencias de juicio oral, juicios inmediatos, medidas cautelares, salidas alternativas, objeciones a la querella, conciliaciones y otros, aunado a ello la vacación judicial anual colectiva- gestión 2023 aprobada y programado para este Juzgado de Sentencia Penal Nro. 1 a partir del martes 05 de diciembre de 2023 al viernes 29 de diciembre de 2023, inclusive, de acuerdo a la Circular N° 08/2023 de fecha 25 de octubre de 2023 emitido por Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que imposibilita un señalamiento más próximo, que imposibilita a dar cabal cumplimiento al plazo estipulado por el Art. 343 del Código de Procedimiento Penal, lo que obliga a suspender plazos conforme el Art. 130 parte in fine del mismo cuerpo legal, debiendo las partes recabar los recaudos necesarios para la audiencia señalada. Asimismo se dispone que por secretaria se notifique de inmediato a las partes de forma personal y a los procesados sea mediante edicto a través del Sistema Hermes, se cite a los testigos para lo cual la parte acusadora deberá apersonarse con la debida anticipación a Secretaria a recabar los mandamientos de comparendo, cuyo incumplimiento no será admitido como causal de suspensión del juicio señalado. Asimismo notifíquese al responsable de la Oficina Gestora de Procesos, debiendo habilitar un ambiente con las medidas de bioseguridad necesarios para la participación de las partes, el desarrollo de la audiencia de conformidad a lo previsto por el Art. 343 de la norma Procesal aplicada. Finalmente se exhorta a las partes que deben asistir a la audiencia programada con la debida antelación de 10 minutos a la audiencia señalada bajo su responsabilidad. ------------------------------------------------- REGÍSTRESE. - Notifique funcionario. ---------------------------------------------------- Fdo. Dr. José Luis Cáceres Orozco, Juez del Juzgado de Sentencia Penal Nº 1.------ Fdo. Dra. Leidy J. Veliz Quispe, secretaria Abogada del Juzgado de Sentencia Penal Nº 1.------------------------------------------------------------------------------------------- Cochabamba, 01 de febrero de 2024 D. S. O


Volver |  Reporte