EDICTO

Ciudad: TARABUCO

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y DE SENTENCIA PENAL DE TARABUCO


EDICTO PENAL Nº 03/2024. DR. HERNÁN SALINAS CASTELLÓN JUEZ PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, TRABAJO S.S. SENTENCIA PENAL Nº 1 Y EJECUCIÓN PENAL DE TARABUCO – CHUQUISACA EXPEDIDO DENTRO DEL PROCESO PENAL. POR LA PRESUNTA COMISIÓN DE: DESOBEDIENCIA A RESOLUCIONES EN ACCIONES DE DEFENSA Y DE INCONSTITUCIONALIDAD PREVISTO Y SANCIONADO POR LOS ARTS. 179 del C.P. CAUSA: 14/2022 CODIGO UNICO Nº: 103102142100019 QUERELLANTE: MINISTERIO PÚBLICO a instancia de FRANCISCO LIMACHI YUCRA Y OTROS ACUSADO: SABINO RAMOS CHOQUE Y OTROS OBJETO: DECRETO 16/01/2024. POR EL PRESENTE EDICTO SE NOTIFICA a: EL SR. SABINO RAMOS CHOQUE, dentro del proceso penal por el delito de DESOBEDIENCIA A RESOLUCIONES EN ACCIONES DE DEFENSA Y DE INCONSTITUCIONALIDAD previsto y sancionado por el Art. 179 del C.P. seguido por el Ministerio Publico a instancia de FRANCISCO LIMACHI YUCRA Y OTROS contra SABINO RAMOS CHOQUE Y OTROS se notifica con ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 30/01/2024, donde señala nueva fecha de audiencia, para cuyo conocimiento se transcribe a continuación: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&6&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ---------------------- ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 30/01/2024., -------------------------------- ACTA DE JUICIO ORAL CAUSA: 14/2022 CODIGO UNICO: 103102142100019 En Tarabuco, Provincia Yamparáez del Departamento de Chuquisaca, a horas 10:00 a.m. del día martes 30 del mes de enero del año dos mil veinticuatro, el personal del juzgado Juzgado Público Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia, Trabajo y S.S., Sentencia Penal 1º y Ejecución Penal de Tarabuco, integrado por el Sr. Juez Dr. Hernán Salinas Castellón y la suscrito Secretario – Abogado Juan Jhamild Paucar Soliz, se constituyeron en audiencia de juicio oral dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PUBLICO a denuncia de FRANCISCO LIMACHI Y OTROS contra BASILIO RAMOS CHOQUE Y OTROS por la presunta comisión del delito de DESOBEDIENCIA A RESOLUCIONES EN ACCIONES DE DEFENSA Y DE INCONSTITUCIONALIDAD previsto y sancionado en el Art. 179 Bis. del Código Penal. Juez; Se instala la audiencia de juicio oral dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PUBLICO denuncia de FRANCISCO LIMACHI Y OTROS CONTRA BASILIO RAMOS CHOQUE Y OTROS contra BASILIO RAMOS CHOQUE Y OTROS por la presunta comisión del delito de DESOBEDIENCIA A RESOLUCIONES EN ACCIONES DE DEFENSA Y DE INCONSTITUCIONALIDAD previsto y sancionado en el Art. 179 Bis. del Código Penal, informe por secretaria si se encuentra corriente el cuaderno procesal. Por Secretaria se informa, se encuentra corriente el cuaderno procesal, las partes fueron debidamente notificados; hacer constar que se encuentran presentes en la audiencia, presente la representante del Ministerio Publico de Zudáñez Silvia Patricia Villarroel Cáceres; presente el abogado de los acusadores Casimiro Pachacopa y sus representados, presente el abogado Nilton Jaimes Flores de los acusados Basilio, Paulino y Sabino todos de apellido Ramos Choque estando presentes Basilio y Paulino, se enviaron las diferentes comisiones instruidas las cuales fueron devueltas, informando el efectivo policial que los señores Patricio Parí Limachi y Eusebio Ramos Espíndola están fallecidos envían constancia fotografía de sus lapidas, presente el abogado Efraín Ventura Cruz del querellante Francisco Pari Limachi el cual se encuentra presente, es cuánto de informa por secretaria Juez: Con lo informado por secretaria se concede la palabra a la representante del ministerio público. Fiscal: en visto de que no hay constancia de que se ha notificado al señor Sabino vamos a solicitar que se suspenda la presente audiencia hasta que se pueda notificar al acusado Sabino Ramo Choque el cual por informe del efectivo policial se encuentra en la Ciudad de Santa Cruz. Juez; se tiene presente se concede la palabra abogado de los demandantes. Abogado de los demandantes Casimiro Pachacopa; no, no vamos a oponer lo solicitado por el ministerio público. Abogado del demandante Efrain Ventura; tampoco nos vamos a oponer Juez; se tiene presente se concede la palabra al a bogado de los demandados. Abogado de los acusados Nilón Jaimes Flores; estamos de acuerdo con la solicitud del ministerio público. Juez; se tiene presente lo expresado por las partes y de conforme acuerdo A continuación, el juez dicta el siguiente decreto. Tarabuco, 30 de enero de 2024.- En vista de que por la representación de la autoridad comisionada se advierte que el acusado Sabino Ramos Choque estaría radicando en la ciudad de Santa Cruz por lo que no se lo ha podido notificar con el decreto de señalamiento de la presente audiencia, por este motivo el Ministerio Público Solicita la suspensión de la presente audiencia en vista de que no se puede llevar a cabo la misma sin que estén todos los acusados, solicitud con la cual también están de acuerdo los Abogados de los otros acusados que están presentes, por lo que de acuerdo con lo que determina el Art. 335 del Código de Procedimiento Penal modificado por la Ley 1173 se suspende la presente audiencia y se señala nueva audiencia de juicio oral en el caso de autos para el día lunes 26 de febrero de 2024 a horas 10:00, notifíquese al acusado SABINO RAMOS CHOQUE con el presente decreto mediante edictos de acurdo con lo que dispone el Ar. 165 del Código de Procedimiento Penal modificado por la Ley 1173, asimismo notifíquese a los testigos de cargo y descargo para cuyo fin líbrese los respectivos mandamiento de comparendo dirigidos para su ejecución y cumplimiento a cualesquier autoridad autoridad policial no impedida del Estado Plurinacional de Bolivia, en caso de inconcurrencia de los testigos citados a la audiencia se librará mandamientos de aprehensión, se hace notar que la presente audiencia se señala con el margen de tiempo debido a la agenda de audiencias que tiene programado el juzgado y teniendo en cuenta lo que dispone el Art. 130 del Código de Procedimiento Penal. Quedan notificas las partes presentes en audiencia con el presente decreto. Con lo que termino la presente audiencia de juicio oral a horas 10:45 a.m. del día martes 30 del mes de enero del año dos mil veinticuatro, firmando las partes presentes, el suscrito Juez y la Secretaria que Certifica. – FIRMADO Y SELLADO DR. HERNÁN SALINAS CASTELLÓN JUEZ PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, TRABAJO S.S. SENTENCIA PENAL Nº 1 Y EJECUCIÓN PENAL DE TARABUCO, ANTE MI FDO. Y SELLADO JUAN JHAMILD PAUCAR SOLIZ. – SECRETARIO ABOGADO DEL JUZGADO------------------------------------------------------------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&6&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& Es cuanto se hace saber EL SR. SABINO RAMOS CHOQUE a efectos de que pueda hacer valer sus derechos. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- El presente edicto es librado en la localidad de TARABUCO, Provincia Yamparáez del Departamento de Chuquisaca a los 30 días del mes de ENERO del año DOS MIL VEINTICUATRO. ----------------------------------------------------------------------------------- D.S.O.


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