EDICTO

Ciudad: ORURO

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEXTO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


Para: MARICRUZ MARCA VARGAS LA DRA. MARY C. MORALES FERNANDEZ JUEZ DE SENTENCIA PENAL N° 6 DE LA CAPITAL (ORURO – BOLIVIA), POR CUANTO LA LEY LE FACULTA: ------------------------------------------------------------------------ Por el presente EDICTO DE LEY, se notifica a la señora: Maricruz Marca Vargas conforme al Artículo 165 del Código de Procedimiento Penal, dentro del proceso penal por el delito de: ABUSO SEXUAL, seguido por el Ministerio Público en contra de: FELIX BERNARDO TRONCOSO VILLCA, para que la denunciante tenga conocimiento, se apersone a la causa y asuma defensa, a cuyo efecto se transcriben los siguientes actuados de Ley. – 1.MEMORIAL DE FECHA 17 DE ENERO DE 2024 SOLICITA AUDIENCIA PARA ACREDITAR GARANTES: FÉLIX BERNARDO TRONCOSO VILLCA: hábil por derecho, dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público en contra de FÉLIX BERNARDO TRONCOSO VILLCA, por el delito de ABUSO SEXUAL, con el debido respeto expongo y pido. SEÑORA JUEZ, TENGO A BIEN SOLICITAR AUDIENCIA PARA ACREDITAR DOS GARANTES FIABLES Y ABONABLES, para lo cual solicito señalar día y hora de audiencia. 2. DECRETO DE FECHA: 18 DE ENERO DE 2024.En lo principal. – A mérito de solicitud de parte y conforme a los antecedentes, se señala audiencia de constitución de garantes para fecha 24 de enero de 2024 a horas 08:30 a.m. y siguientes, señalamiento de audiencia efectuado con suspensión de plazos, conforme determina el Art. 130 del Código de Procedimiento Penal en su parte in fine, ante la imposibilidad de llevar más adelante la audiencia debido al señalamiento de audiencias que tiene programado este Juzgado con privados de libertad y efectuados con anterioridad y hasta la referida fecha, notifíquese a las partes y líbrese las correspondiente orden de salida. Al Otrosí. - Por ratificado el domicilio procesal. EGISTRESE. – EL PRESENTE EDICTO DE LEY ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------


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