EDICTO

Ciudad: TARIJA

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO SEGUNDO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL


EDICTO JUZGADO: Publico Civil y Comercial 2° de la Capital JUEZ: Dr. Jesús Altamirano Cruz.- SECRETARIA: Abog. Karla Andrea Roca Castellanos.- PROCESO: EJECUTIVO.- NUREJ: 60114539-1.- DEMANDANTE(S): CREDITO CON EDUCACION RURAL – INSTITUCION FINANCIERA DE DESARROLLO “CRECER IFD”.- DEMANDADO(S): JORGE LUIS BALDIVIEZO MAMANI, HEIDI MAXIMA MERCADO CHAVARRIA, JULIO CASTRO JARA, LIZBETH MARIA CASTRO MARTINEZ, SANDRA RENDON LLANOS, JULIETA LIDIA TAPIA ORTEGA, RODRIGO PEREZ QUISPE, SHIERLEY VANESSA LLANOS CASTILLO, EVANI DÍAZ VEGA, MARCELA CONDORI GUTIERREZ, MATILDE CHOQUE LEAÑO, MIRIAM DAYANA CASTRO CAMATA, SILVIA MARIA BARRIENTOS RIVERA, ANGELA ROSARIO BALDIVIEZO CONDORI, VICTOR MANSILLA ESTRADA.- OBJETO: Por el presente edicto se cita a: VICTOR MANSILLA ESTRADA, EVANI DIAZ VEGA y RODRIGO PEREZ QUISPE, a que en el plazo legal de 30 días a partir de la primera publicación con el presente edictos se apersonen a éste juzgado a objeto de hacer valer sus derechos dentro del proceso Ejecutivo seguido por CRECER IFD en contra de JORGE LUIS BALDIVIEZO MAMANI Y OTROS; Advirtiéndole que tiene el plazo de 30 días desde la primera Publicación del Edicto para comparecer, caso contrario el proceso continuará, para cuyo efecto se hace saber lo siguiente:.-------- RESUMEN DE LA DEMANDA DE FS. 61/64 VTA DE OBRADOS DE FECHA 04 DE SEPTIEMBRE DE 2023.----------- ROSA ALDANA GARECA, mayor de edad, con C.I.N° 1874028, en calidad de Jefe de Agencia Tarija Norte: Crédito con Educación Rural - Institución Financiera de Desarrollo “CRECER IFD”, en virtud a la fotocopia legalizada del Testimonio Poder Notarial N° 661/2022 con domicilio Barrio Aeropuerto sobre la calle Hrna. Conchentina Santagati N° 164 me presento expongo y solicito: Promueve demanda ejecutiva pretendiendo que JORGE LUIS BALDIVIEZO MAMANI, HEIDI MAXIMA MERCADO CHAVARRIA, JULIO CASTRO JARA, LIZBETH MARIA CASTRO MARTINEZ, SANDRA RENDON LLANOS, JULIETA LIDIA TAPIA ORTEGA, RODRIGO PEREZ QUISPE, SHIERLEY VANESSA LLANOS CASTILLO, EVANI DÍAZ VEGA, MARCELA CONDORI GUTIERREZ, MATILDE CHOQUE LEAÑO, MIRIAM DAYANA CASTRO CAMATA, SILVIA MARIA BARRIENTOS RIVERA, ANGELA ROSARIO BALDIVIEZO CONDORI, VICTOR MANSILLA ESTRADA, como deudores solidarios cumplan la obligación contenida en el documento de fs. 1/11 consistente en documento privado reconocido notarialmente de préstamo de dinero de banca comunal por la suma total de Noventa Mil Setecientos Ochenta y Uno 58/100 Bolivianos (90.781,58 Bs.), solicita se proceda conforme a procedimiento y ordene el pago de la suma adeudada más intereses y apercibimiento de costas procesales, por lo que conforme art. 378, 379 num. 2 y 377 y 380 par. IV y siguientes del CPC, art. 24 CPE, art. 375, 376 num 1) del CPC, reconocida las partes y siendo la suma liquida y plazo vencido exigible y fuerza necesaria del documento de obligación que acompaño instauro proceso ejecutivo en contra de JORGE LUIS BALDIVIEZO MAMANI, HEIDI MAXIMA MERCADO CHAVARRIA, JULIO CASTRO JARA, LIZBETH MARIA CASTRO MARTINEZ, SANDRA RENDON LLANOS, JULIETA LIDIA TAPIA ORTEGA, RODRIGO PEREZ QUISPE, SHIERLEY VANESSA LLANOS CASTILLO, EVANI DÍAZ VEGA, MARCELA CONDORI GUTIERREZ, MATILDE CHOQUE LEAÑO, MIRIAM DAYANA CASTRO CAMATA, SILVIA MARIA BARRIENTOS RIVERA, ANGELA ROSARIO BALDIVIEZO CONDORI, VICTOR MANSILLA ESTRADA por la suma de Noventa Mil Setecientos Ochenta y Uno 58/100 Bolivianos (90.781,58 Bs.) a lo cual se debe sumar los intereses a la fecha más costas y honorarios. Admitida la demanda se proceda a dictar sentencia inicial disponiendo llevar la ejecución hasta el cumplimiento de la obligación reclamada con imposición de costas y honorarios profesionales, disponga el embargo conforme art. 380 parágrafo I, art. 411 parágrafo II de la Ley 439, solicito la citación mediante edictos.---------------------- PARTE RESOLUTIVA DE LA SENTENCIA DE FS. 71-73 DE OBRADOS DE FECHA 18 DE SEPTIEMBRE DE 2023.---- POR TANTO: El suscrito, resuelve: 1.- Se declara con lugar la demanda ejecutiva, en consecuencia se condena a los demandados Jorge Luis Baldiviezo Mamani, Heidi Máxima Mercado Chavarria, Julio Castro Jara, Lizbeth María Castro Martínez, Sandra Rendón Llanos, Julieta Lidia Tapia Ortega, Rodrigo Pérez Quispe, Shirley Vanessa Llanos Castillo, Evani Diaz Vega, Marcela Condori Gutiérrez, Matilde Choque Leaño, Miriam Dayana Castro Camata, Silvia María Barrios Rivera, Ángela Rosario Baldiviezo Condori, Víctor Mansilla Estrada al pago de la suma de Noventa Mil Setecientos Ochenta y Uno con 58/100 Bolivianos (90.781,58Bs.) más intereses generados y que se generen hasta el día del pago a favor del demandante Crédito con Educación Rural Institución Financiera de Desarrollo “Crecer IFD” representada por Rosa Aldana Gareca a quien se le abona la personería en mérito al Poder Notarial No. 661/2022, pago que deberá hacerse efectivo en el plazo de TRES DÍAS;2.- Se dispone el embargo de los bienes propios de los deudores;3.- Se dispone llevar adelante la ejecución hasta hacerse efectiva la cantidad reclamada;4.- Se dispone citar de excepciones a los ejecutados, a quienes se les hace conocer que tienen el plazo de 10 días para oponer las excepciones que le faculta la ley, caso contrario se tendrá por ejecutoriada la sentencia inicial e ingresará a la fase de ejecución;5.- Se impone costas y costos.Al otrosí 1ro. Ya fue ordenado. Al otrosí 2do. Cúrsese oficio a la ASFI para que proceda a la retención de cuentas en el sistema financiero sobre la suma provisionalmente fijada en sentencia más sus intereses. Al otrosí 3ro. Como se pide por secretaria. Al otrosí 4to. Por declarado. Al otrosí 5to. Por señalado. Regístrese.-FDO. Dr. Jesús Altamirano Cruz, Juez Público Civil y Comercial Segundo de la Capital.- Ante Mi, Secretaria del Juzgado Público Civil y Comercial Segundo.----------------------- MEMORIAL DE FS. 212 DE OBRADOS DE FECHA 29 DE NOVIEMBRE DE 2023.---------------------------- ROSA ALDANA GARECA, en representación legal de CRECER IFD, de generales conocidas solicito citación de VICTOR MANSILLA ESTRADA, EVANI DIAZ VEGA, RODRIGO PEREZ QUISPE conforme establece el art. 78 del CPC.---------------------- RESOLUCION DE FS. 214 DE OBRADOS DE FECHA 30 DE NOVIEMBRE DE 2023.------- Ante los antecedentes, y 1.- Al memorial de Crecer IFD N° 10775102:Al ser evidente lo expuesto por la parte, queda autorizada la citación a través de edictos de Víctor Mansilla Estrada, Evani Diaz Vega y Rodrigo Pérez Quispe quienes tendrán el plazo de treinta días para apersonarse al proceso y asumir defensa, bajo apercibimiento de hacerle conocer los actos de comunicación en estrados.2.- Al oficio del Banco Fortaleza N° 10781630: A conocimiento de las partes el informe del Banco Fortaleza para su expreso pronunciamiento..-Fdo: Dr. Jesús Altamirano Cruz, Juez Público Civil y Comercial Segundo de la Capital.- Ante Mi, Secretaria del Juzgado Público Civil y Comercial Segundo.-------------------- QUEDAN UDS. CITADOS.-Certifico---------------------------------------------------------Tarija, 16 de Enero de 2024---


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