EDICTO

Ciudad: ORURO

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEXTO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


PARA: Grover Quispe Chávez, Cesar Valente Villca, Eliodoro Valente Pita, María Elena Quispe Chávez, Alex Valente Guillen, Walter Quispe Rosales, María Antonieta Choque Jaracalla, Venedicta Choque Calle, Carlos Condori Flores, Felix Callata Mamani, Cristina Chambi Sepita, Ninoska Doris Quida Ojeda de Flores, Leandro Haywa Ojeda, Tibursio Quispe Quia, Francisco Ojeda Valente, Dionicio Valente Ayala, Florentino Quispe Canaviri, Octavio Valente Ojeda, Alejandro Quispe Tejada, Te ófila Chávez Rocha, Antonio Quispe Miranda, Eduarda Llusco Viraca, German Yucra Caceres, Claudio Pita Fulguera, Jaime Choque Chura, Ruth Rocha Titichoca y Gudelina Rossemary Roch Marca.-----------------------------------------------------------------------------------LA DRA. MARY C. MORALES FERNANDEZ.- JUEZ DE SENTENCIA PENAL N° 6 DE LA CAPITAL.- (ORURO – BOLIVIA), POR CUANTO LA LEY LE FACULTA:---------------------------------------------------------------Por el presente EDICTO DE LEY, se notifica a las señoras: Grover Quispe Chávez, Cesar Valente Villca, Eliodoro Valente Pita, María Elena Quispe Chávez, Alex Valente Guillen, Walter Quispe Rosales, María Antonieta Choque Jaracalla, Venedicta Choque Calle, Carlos Condori Flores, Felix Callata Mamani, Cristina Chambi Sepita, Ninoska Doris Quida Ojeda de Flores, Leandro Haywa Ojeda, Tibursio Quispe Quia, Francisco Ojeda Valente, Dionicio Valente Ayala, Florentino Quispe Canaviri, Octavio Valente Ojeda, Alejandro Quispe Tejada, Teófila Chávez Rocha, Antonio Quispe Miranda, Eduarda Llusco Viraca, German Yucra Caceres, Claudio Pita Fulguera, Jaime Choque Chura, Ruth Rocha Titichoca y Gudelina Rossemary Roch Marca, conforme al Artículo 165 del Código de Procedimiento Penal, dentro del proceso penal por el delito de: DELITOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA Y OTROS, seguido por el Ministerio Público en contra de: Luis Adalid Tejada Ponce, para que tengan conocimiento .------------------------------------------REMISION DEL TESTIMONIO DE CONSULTA DE EXCUSA----------------------------DECRETO DE FECHA 13 DE NOVIEMBRE 2023--------------------------------------------La remisión del testimonio de consulta de excusa, el memorial y el auto de aclaración por vía de complementación acumúlese a sus antecedentes.------ Asimismo se señala audiencia de juicio oral para el día el viernes 23 de febrero del 2023 Hrs. 16:00, tomando en cuenta que la audiencia señala para el día 03 de noviembre del 2023, la misma que tuvo que suspenderse porque la causa S€ encontraba en consulta por excusa ante la Sala Penal 1 del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro. A tal efecto procédase a la notificación de todos los sujetos procesales, debiendo expedirse mandamientos de comparendo para los testigos del Ministerio Público--------------------------------------------------MEMORIAL DEL 11 DE 2023-------------------------------------FLORIAN USNAY OEJEDA, Mayor de edad, C.I. 520262 Or., Rentista, con domicilio en las calles Pagado No. 4527 entre Soto Mayor, zona norte de la ciudad de Oruro, dentro del proceso penal por la presunta comisión del hecho delictivo de DESTRUCCION Y DETERIORO DE BIENES DEL ESTADO Y LA RIQUEZA NACIONAL Y DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA, seguido contra LUIS ADALID TEJADA PONCE, ante Ud. como mejor en derecho proceda expongo y digo: -----------APERSONAMIENTO------------------------DECRETO DE 16 DE NOVIEMBRE DE 2023-------Con carácter previo a disponer lo que en derecho corresponda------------------------DECRETO DE 20 DE NOVIEMBRE DE 2023-----------------------------------------De la revisión del Decreto de fecha 13 de noviembre de 2023, se tiene que por un error involuntario se consignó la fecha del nuevo señalamiento de audiencia con fecha “23 de febrero de 2023 a Hrs. 16:00”, con facultad Decreto del Art. 168 del Código de Procedimiento Penal se corrige el decreto e fecha 13 de noviembre de 2023, siendo lo correcto el señalamiento de audiencia de juicio oral para el día el viernes 23 de febrero de 2024 a horas 16:00 y siguientes, manteniendo en lo demás incólume, con la presente resolución notifíquese a todas las partes. Regístrese.-------------------------------------------------------MEMORIAL DE FECHA 01 DE DICIEMBRE DE 2023----------------------------------------------ADOLFO E. GARNICA PEÑARRIET A - DAVIDR. ANDRADE CONDO, de generales de ley ya conocidas dentro el proceso penal que sigue el M.P. contra LUIS ADALID T EJADA PONCE, por la presunta comisión de los DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA Y OTRO previstos y sancionados en el Código Penal correspondientemente, ante Ud. COM respeto exponemos y pedimos:------------------------------------Sr, Juez, considerando la relevancia del caso que nos ocupa, a efectos de Precautelar los intereses del Estado y el fin que se persigue, lo que se traduce en una futura reparación del daño si el caso así lo amerite. Es en ese sentido a objeto de establecer y presentar medio probatorio ante su Autoridad que acredite los bienes muebles e inmuebles (patrimonio) del acusado para consecuentemente solicitar lo que en derecho corresponda, al amparo del art. 24 de la C.P.E. solicito disponga las siguientes notificaciones: -------1.al registrador de derechos reales de la capital-----------------2 distrital departamental de tránsitos---------------------------3 A Impuestos Nacionales ---------------Otro Si Disponga a secretaria de su despacho emita un informe pormenorizado----------------------Otrosí 2”.Ln sujeción del art. 7.1. de la Ley N*064, se deja constancia que la PGIE esta nexo al pago de aranceles de las instituciones . ----------------------Otrosí 3, por secretaria de su despacho se me extienda fotocopias legalizadas del presente memorial, su providencia y sus correspondientes notificaciones, sea en 10 ejemplare------------------------DECRETO DE 04 DE DICIEMBRE DE 2023----------------En lo principal. - Conforme establece el Art. 279 párrafo segundo del Código de procedimiento Penal, la suscrita no puede realizar actos de Investigación, O producción de prueba para ninguna de las partes, puesto que comprometería SU imparcialidad, por lo que no ha lugar a lo solicitado.--------------------REITERA SOLICITUD MEMORIAL DE FECHA 2 DE NOVIEMBRE DE 2024 REITERÁ DE PRONUNCIAMIENTO PREVIO DEFECTUOSA DÉ ACTIVIDAD PROCESAL DEFECTUOSA OTROSI: SU CONTENIDO LUIS ADALID TEJADA PONCE, dentro de la acción penal seguida en contra de mi persona a instancias de la Secretaría Departamental de Medio Ambiente y Madre Tierra del Gobierno Autónomo Departamental de Oruro, por la supuesta comisión de los delitos tipificados como DELITOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA y DESTRUCCIÓN O DETERIORO DE BIENES DEL ESTADO Y LA RIQUEZA NACIONAL, ante las consideraciones de su autoridad, presentándome respetuosamente, expongo y pido: Señora Juez, como es de conocimiento de su autoridad, mi persona dentro de éste caso ha presentado un incidente de actividad procesal defectuosa solicitando la nulidad de actuaciones procesales, tal como se tiene plasmado en el memorial 06 lecha 4 de octubre de 2023-------------///MEMORIAL DEFECHA 05 DE ENERO DE 2024 Este se al auto interlocutorio----ADOLFO E. GARNICA PEÑARRIETA y DAVID R. ANDRADE CONDO de generales de ley ya conocidas dentro el proceso penal que sigue el M.P. contra LUIS ADALID PUBLIC AYO y Por la presunta comisión de los DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA Y OTRO previstos y sancionados en el Código Penal correspondientemente, ante Ud. con respeto exponemos y pedimos: Sra. Juez, resulta que en fecha 02 de enero del año en curso he sido notificado mediante ciudadanía digital con proveído de fecha 04 de diciembre de 2023, por lo que dentro el plazo establecido por ley y en amparo del art. 401 del C.P.P y art. 180.2. de la C.P.E. tengo a bien interponer recurso de reposición contra la referida providencia por los siguientes fundamentos de hecho y derecho: (…..)------------------------- DECRETO DE FECHA 05 DE ENERO DE 2024. —---------------------------------- No ha lugar a lugar al recurso de reposición Por ratificado el misma fue planteado extemporáneamente------------------------------------------------------------EDICTO PUBLICADO 15 DE ENERO DE 2024------------------------------------------------


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