EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEGUNDO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


EDICTO No. 10/2024 EL Dr. FARID NASSAR DONOSO JUEZ DE SENTENCIA No. 2 EN LO PENAL DE LA CAPITAL. Sucre-Bolivia MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE SABER: a la VICTIMA NELSON CONDORI GRAS, que se ha dictado los siguientes actuados, dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PUBLICO a instancia de ARMINDA FLORES CHASI, JOSEFA BARON PEÑARANDA, NELSON CONDORI GRAS Y NORMA LILIANA FLORES SANDY, contra HANS HERBERT CESPEDES GUACHALLA por la presunta comisión del delito de ESTAFA Y ESTALIONATO, previsto en el código penal, signado con C.U.: 101102012102487, se dictó las siguientes piezas procesal, cuyo contenido literal es el siguiente.-------------------------------------------------------------------------------------- ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO JUEZ DE SENTENCIA PENAL No. 2 FARID NASSAR DONOSSO ACUSADOR FISCAL DR. DANIEL FERNANDEZ MURILLO VICTIMA ARMINDA FLORES CHASI, JOSEFA BARRONPEÑARANDA, NELSON CONDORI GRAS Y NORMA FLORES SANDY ABOGADO DR. SUSANA AVALOS (Arminda Flores y Josefa Baron) ACUSADO HANS HERBERT CESPEDES GUACHALLA ABOGADO DR. JHUVER RONALD GORDILLO SILES DELITO ESTAFA Y ESTELIONATO SECRETARIO GERMÁN HUARITA BAUTISTA FECHA MIÉRCOLES 3 DE ENERO DE 2024 HORA DE INICIO 15:00 HORA DE FINALIZACIÓN 15:10 Constituido en el despacho Judicial del Juzgado de Sentencia Penal No. 2 de la Capital, a horas quince con cero minutos, del día miércoles tres de enero del año dos mil veinticuatro, el señor Juez dijo: 1º Por secretaria procédase a la verificación de la concurrencia de las partes y todo lo pertinente. Secretario: Por Secretaría se informó los siguientes aspectos: 1. El cuaderno procesal se encuentra corriente; están notificadas todas las partes. 2. En audiencia se encuentran: a. Ausente el Ministerio Público representado por la Dr. Daniel Fernández Murillo (quien se constituyó tarde a la presente audiencia). b. Ausente la acusadora particular Arminda Flores Chasi, ausente la acusadora particular Josefa Baron Peñaranda, ausentes su abogada Susana Avalos Cuellar. Ausentes las víctimas Nelson Condori Gras y Norma Liliana Flores Sandy. Ausente su abogado. c. Ausente la parte acusada Hans Herbert Céspedes Guachalla; ausente su abogado. El señor Juez dijo: En mérito al informe del señor secretario, se instala la audiencia y se dispone su prosecución. El señor Secretario informa que: Fueron notificadas legalmente todas las partes. Seguidamente, el señor Juez dictó el siguiente decreto: Sucre, 03 de enero de 2024. Al encontrarse ausentes todos los sujetos procesales, se dispone la suspensión y se señala audiencia de juicio, para el día lunes 25 de marzo de 2024 a horas 15:00; señalamiento de audiencia que se realiza para esa oportunidad con la permisión del Art. 130 del CPP, el cual indica que en casos de fuerza mayor se pueden suspender plazos; esa fuerza mayor en el caso de autos, se encuentra acreditada con el rol de audiencias de juicio que permite establecer que por la carga procesal no puede señalarse audiencia para una fecha anterior, se dispone la suspensión de plazos. Audiencia que se llevara a cabo de manera presencial. En relación a los ausentes, se dispone el plazo de 24 horas, a partir de su legal notificación, para que justifiquen su incomparecencia a la presente audiencia. Quedan citadas y notificadas las partes presentes para la siguiente audiencia. Con lo que terminó la presente audiencia, firmando en constancia el señor Juez y el suscrito secretario que CERTIFICA. FDO.------------JUEZ----------------FDO.---------------SECRETARIO. -------------------EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS DIEZ DIAS DEL MES ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO----------------XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX D. S. O.


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