EDICTO

Ciudad: HUANUNI

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO PRIMERO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA E INSTRUCCIÓN PENAL DE HUANUNI


EDICTO EL DOCTOR: NICANOR FREDDY YUCRA TICONA JUEZ PUBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, Nº 1º HUANUNI, PROVINCIA PANTALEON DALENCE DEL DEPARTAMENTO DE ORURO, POR CUANTO LA LEY LE FACULTA.----------------------------------------------------------- Por el presente EDICTO de ley CITESE Y EMPLACESE a los señores:YULISA PACO CONDORI y SAÚL PACO CONDORI dentro el proceso de RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS seguido por ROSSEMARY FLORES CALIZAYA a cuyo fin se transcriben los siguientes actuados de ley (SINTESIS).- En la localidad de Huanuni, provincia Pantaleón Dalence del Departamento de Oruro del Estado Plurinacional de Bolivia, a horas Once a.m. del día de hoy lunes trece de Noviembre del año dos mil veintitrés, dando cumplimiento a lo dispuesto por el señor Juez del Juzgado Publico Mixto Civil y Comercial de Familia 1º de la provincia Pantaleon Dalence con asiento en Huanuni Dr. NICANOR FREDDY YUCRA TICONA, dentro del proceso de RECONCIMIENTO DE FIRMAS seguido por SILVIA FLORES CALIZAYA, contra RAUL PACO ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------MEMORIAL DE FS. 11 A FS.11VLTA. DE OBRADOS. SEÑOR JUEZ PUBLICÓ DE TURNO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL DE FAMILIA DE LA LOCALIDAD DE HUANUNI---SOLICITA EMPLAZAMIENTO A RECONOCIMIENTO DE FIRMAS y RUBRICAS. --- OTROSIES. --- ROSSEMARY FLORES CALIZAYA, mayor de edad, natural Y vecina de esta, hábiles a los efectos de ley, con cedula de Identidad 5725711 Or., casada, Estudiante, con Domicilio en la Zona de Villa Santiaguito s/n de la Localidad de Huanuni Y hábil en toda forma de derecho, presentándome Ante Ud. Con el debido, respeto, expongo y pido: ---. GENERALES DEL DEMANDADO (Conforme el Art. 110 inc. 4 Ley 439). Interpongo Interponemos la presente Demanda preparatoria contra el Señor: RAUL PACO, mayor de edad, con Cedula de Identidad N° 678039 Or:' de nacionalidad boliviana, de estado civil: casado, Chofer, con domicilio en la Zona de San Pedro final S/Nº de la Localidad de Huanuni de la Provincia Pantaleón Dalence de la Ciudad de Oruro. --VII. BIEN DEMANDADO (Conforme Art.•110 inc. 5 Ley 439). La presente medida preparatoria tiene como finalidad que el documento privado de compra venta de transferencia fecha 26 de agosto de 2016, sobre compra venta de una fracción de lote de terreno, cuya extensión superficial es de 330 m2, ubicado en el sector de las faldas del Cerro de Vila Kollu, signada con la parcela Nº 22, área de urbanización extensiva de la Localidad de Huanuni, propiedad del Sr. Raúl Paco a mi favor. Documento que es objeto del presente Emplazamiento a Reconocimiento de Firmas y Rubricas y así tenga validez en forma y en fondo en el proceso posterior de cumplimiento de la obligación, proceso que será instaurado por mi persona.VIII. RELACION DE LOS HECHOS (Conforme Art. 11 O inc. 6 Ley 439) •De acuerdo al documento privado de 26 de agosto del año 2016, que tengo a bien acompañar se evidencia que mi persona adquirido en calidad de compra venta un lote de terreno, bien inmueble ubicado en el sector de las faldas del Cerro de Vila Kollu, signada con la parcela N° 22 área de urbanización extensiva de la Localidad de Huanuni de 330 m2 de superficie, compra venta que la realice del propietario del inmueble motivo de la venta, que es el Sr. RAUL PACO, pero por motivos de ingenuidad, tiempo y trabajo no se pudo realizar la protocolización y mucho menos el reconocimiento de firmas ante autoridad competente de los documentos.---IX. INVOCACACION DE DERECHO (COFORME EL ART.110 inc,7 Ley 439) C no forme los Artículos 305 y 306 de la ley 439 interponemos DEMANDA PREOARATORIA DE EMPLAZAMIENTO A RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RÚBRICAS.X. CUANTIA (conforme el Art. 110 inc. 8 Ley 439).La cuantía que tiene la venta del inmueble es de 14,000 Bs., Catorce mil bolivianos XI' PETITORIO (Conforme el Art. 110 inc. 9 ley 439).por lo expuesto solicito su probidad se sirva emplazar al señor Raúl para que reconozca su firma en el documento privado de FECHA 26 DE AGOSTO DE 2016 sobre la compra venta de una fracción de lote, inmueble de 330 M2 de superficie, ubicado en el sector de las faldas del cerro de vilo kilo, signada con parcela N22 área de urbanización extensiva de la ciudad de Huanuni.--OTROSI.-Señaló domicilio procesal en el de la profesional que suscribe ubicado en el pasaje del minero entre calle Lizárraga y calle Camacho.--OTROSI SEGUNDO.- En calidad de prueba documental presentó el documento original de la compra venta motivo del presente emplazamiento, copias fotostáticas de mi cédula de identidad y copias fotostática de la cédula de indebidas den demandado, croquis y foto del domicilio del demandado y copia fotostática del registro en derechos reales de inmueble.---OTROSI TERCERO.- Citaciones y Notificaciones se comisione a oficial de diligencias.--Huanuni 22 de junio 2023---Huanuni, 26 de junio de 2023-- En lo principal. En la vía preparatoria de demanda téngase por ADMITIDA la prese4nte acción de reconocimiento de firmas y rúbricas conforme establece el núm. 2) inc. a) del art. 306 de la ley 4391 en consecuencia cítese y emplácese a RAUL PACO, a objeto de que comparezca ante este despacho judicial munido de su cédula de identidad al día ,c;iguiente hábil de su legal citación a horas 14:30 p.m., y siguientes a objeto de reconocer o negar la firma estampada en el documento de fecha 26 de agosto de 2016 de obrados bajo alternativa de darse por reconocida su firma así como la eficacia del j documento en su rebeldía en caso de incomparecencia conforme previene el ¡ inc. b) núm.2) del art. de la ley 439.--- Al otrosí: -Por señalado--Al otrosí 2do. -Por adjunto en calidad de prueba literal pre constituida con noticia contraria.---Al otrosí 3ro. -Se tiene presente.---REPRESENTACIÓN---LA SUSCRITA OFICIAL DE DILINGENCIAS DEL JUZGADO PUBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL DE FAMILIA No1 DE HAUNUNI.--REPESENTA LO SIGUIENTE--- Señor Juez con el objeto de dar cumplimiento a la correspondiente CITACION Y EMPLAZAMIENTO dentro del proceso de RECONOCIMIENTO DE FIRMAS y RUBRICAS seguido por ROSSEMARY FLORES CALIZAYA contra RAUL PACO.---Se tiene lo siguiente:--- Informar a su autoridad que no se pudo dar cumplimiento con la CITACION al señor RAUL PACO, toda vez que mi persona en fecha 28 de JUNIO de la presente gestión, se constituyó en el domicilio de la señor RAUL PACO a objeto de la CITACION al mencionado-ciudadano, siendo que en la certificación de SE.RE.CI y SEGIP señalan domicilio en la zona san pedro final calle s/n inmueble casa de una planta de ladrillo y adobe sin fachada de esta localidad de Huanuni , preguntando a los vecinos de los diferentes lugares que si conocen al referido ciudadano se nos indica la misma dirección, ya en el domicilio del Sr. RAUL PACO, nos entrevistamos con . la Sra. JHOVANA PACO AGUILAR de 41 años de edad, quien salió del bien inmueble, nos indica ser su hija del mencionado ciudadano,-menciona que si vivía en este bien inmueble pero que falleció hace 6 meses atrás, razón por la cual no se pudo dar cumplimiento a lo dispuesto por su autoridad.---Es cuanto represento en honor a la verdad para fines que en derecho corresponda. H ANUNI, i9 DE JUNIO DE 2023---SOLICITA EMPLAZAMIENTO A HEREDEROS A RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS OTROSI. ---ROSSEMARY FLORES CALIZA YA, dentro la medida preliminar de Emplazamiento de Reconocimiento de Firmas y rubricas contra el Sr. Raúl Paco, presentándome Ante Ud. Con el debido respeto, expongo y pido: ---Conforme el Informe emitido por la Oficial de Diligencias de su Despacho he sido informada de que el Sr. RAUL PACO, habría fallecido por informe de su hija: JHOVANA PACO AGUILAR, sin embargo, conforme lo prevé el Art. 306 inc. c) de la Ley 439 solicito se CITE Y EMPLACE A LOS HEREDEROS DEL QUE EN VIDA FUE SR. RAUL PACO AL RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS DEL DOCUMENTO PRIVADO DE TRANSFERENCIA DE FECHA 26 DE AGOSTO DE 2016.---1. Sr. SAMUEL HENRRY PACO AGUILAR, mayor de edad, con Cedula de Identidad Número 5770723-Or., soltero, ocupación empleado con domicilio Zona Janko Salita Av. Lizárraga s/nº de la Localidad de Huanuni hábil y capaz por derecho y 2. La Sra. JHOVANA PACO AGUILAR, con domicilio en la zona de San Pedro, calle final Ladislao Cabrera S/nº de la Localidad de Huanuni, de ocupación Labores de casa y hábil por ley. Para lo cual protesto cumplir con lo necesario. OTROSI. -Citaciones y Notificaciones se comisione a Oficial de Diligencias. ---Huanuni, 11 de Julio de 2023.---Huanuni, 12 de julio de 2023--- En merito a lo solicitado a los fines de disponer lo que corresponda la parte actora adjunte certificación de descendencia, certificación de estado civil (matrimonio o matrimonio de hecho) de Raúl Paco, así como certificación de ultimo domicilio d es expedidas por autoridad competente.--- Al otrosí. -Se tiene presente.---ROSSEMARY FLORES CALIZAYA, dentro la medida preliminar Emplazamiento de Reconocimiento de Firmas Rúbricas contra el Sr. RAÚL PACO , Presentándome Ante Ud. Con el debido respeto, expongo y pido.---Conforme el Proveído emitido por su' Probidad en fecha 12 de julio de 2023 debo \. . indicar que las certificación que se me ordena adjuntar solo pueden ser obtenidas por los titulares y los parientes de hasta 2da generación del SERECI, lo cual no es mi caso, es por esta razón que al amparo del Art. 24 de la C.P.E. SOLICITO A SU PROBIDAD ORDENE QUE EL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL DE LA LOCALIDAD DE HUANUNI ME OTORGUE CERTIFICADO DE DESCENDENCIA, CERTIFICACION DE ESTADO CIVIL DE RAUL PACO Y CERTIFICACION DE DOMICILIO DE LOS HIJOS QUE TENGA EL SEÑOR RAUL PACO, para lo cual protesto cumplir con los recaudos de ley.---OTROSI. -Citaciones y Notificaciones se comisione a Oficial de --Diligencias. Huanuni, 14 de julio de 2023---Huanuni, 17 de julio de 2023---En merito a lo solicita o notifíquese al DIRECTOR DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVICO de la localidad de Huanuni, al objeto impetrado.---Al otrosí. -Se tiene presente.---PRESENTA CERTIFICACIONES y SOLICITA CITACION POR EDICTOS.OTROSIES.--- OSSEMARY FLORES CALIZA YA, dentro la medida preparatoria de Emplazamiento a Reconocimiento de firmas Y rubricas del Documento privado de fecha 26 de agosto de 2016, contra el Sr. RAUL PACO, Ante Ud. con todo respeto me presento y digo: Señor Juez, tengo a bien PRESENTAR LAS CERTIFICACIONES EMITIDAS POR EL SERECI, en cuanto a los herederos del Sr. RAUL PACO, las mismas registran que el mismo seria Divorciado, que tendría registrado a dos hijos, señalando el domicilio de su hija: YULISA PACO CONDORI, por lo cual solicito la misma sea citada en el domicilio que la misma registra ubicado en la Calle María Barzola N' 116 de la Zona San Pedro de la Localidad de Huanuni, sea con las formalidades de ley.--- OTROS!. -Al amparo del Art. 24 de la Constitución del Estado Solicito que en cuanto al otro hijo registrado Sr. SAUL PACO CONDORI INDICA QUE NO REPORTA. ya que el mismo a la fecha tendría 18 años y no se habría empadronado aún. por lo tanto, para la citación al heredero del demandado y a efectos del Art. 7_8• de la Ley 439 por desconocer el domicilio, SOLICITO SEA NOTIFICADO MEDIANTE EDICTOS y se me tome juramento previo y con su resultado se libre edicto de ley. --- OTROSI. - SEGUNDO. -Providencias estaremos a conocer en Secretaria de su digno despacho conforme prevé el Art. 84 de la Ley 439. -- Huanuni, 25 de julio de 2023---SOLICITA COMISION INSTRUIDA. ---OTROSIES. ROSEMARY FLORES CALIZAYA, dentro la medida preparatoria de Emplazamiento a Reconocimiento. de firmas y rubricas del Documento privado de fecha 26 de agosto de 2016, contra el Sr. RAUL PACO, Ante Ud. Con todo respeto me presento y digo: --- Señor Juez, conforme el Proveído de fecha 26 de julio de 2023 y para cumplir con el mismo al amparo del Art. 24 de la Constitución Política del Estado, solicito: COMISION INSTRUIDA PARA EL SERVICIO GENERAL DE IDENTIFICACION PERSONAL SEGIP DEL DEPARTAMENTO DE ORURO, para que certifique el domicilio de YULISA PACO CONDORI Y SAUL PACO CONDORI, protesto cumplir con lo necesario. --- OTROSI. -Providencias estaré a conocer en Secretaria de su digno despacho conforme prevé el Art. 84 de la Ley 439. ---Huanuni, 02 de agosto de 2023---Huanuni 03 de agosto de 2023 ---La parte actora y la abogada cumpla, con lo previsto por el parágrafo I del art. 439, toda vez que la figura de "Y POR MI PRESENTANTE TEMPORALMENTE IMPEDIDA" no a legislada por norma procesal civil. ---SOLICITA COMISION INSTRUIDA. ---OTROSI. ROSEMARY FLORES CALIZAYA, dentro la medida preparatoria de Emplazamiento a Reconocimiento de firmas y rubricas del Documento privado de fecha 26 de agosto de 2016, contra el Sr. RAUL PACO, Ante Ud. Con todo respeto me presento y digo: Señor Juez, conforme el Proveído de fecha 26 de julio de 2023 y para cumplir con el mismo al amparo del Art. 24 de la Constitución Política del Estado, solicito: COMISION INSTRUIDA PARA EL SERVICIO GENERAL DE IDENTIFICACION PERSONAL SEGIP DEL DEPARTAMENTO DE ORURO, PARA QUE CERTIFIQUE EL DOMICILIO DE YULISA PACO CONDORI Y SAUL PACO CONDORI, protesto cumplir con lo necesario. OTROSI. -Providencias estaré a conocer en Secretaria de su digno despacho conforme prevé el Art. 84 de la Ley 439. -- Huanuni, 10 de agosto de 2023. ---Huanuni, 14 de agosto de 2023 ---En lo principal notifíquese como se solicita, para dicho efecto por secretaria expídase comisión instruida encomendado su ejecución y cumplimiento al JUZGADO PUBLICO CIVIL COMERCIAL DE TURNO DEL TRIBUNAL TAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE ORURO--AL OTROSI. -por señalado el domicilio---SOLICITA CITACION y DEVUELVE COMISION INSTRUIDA. --- OTROSI. ROSEMARY FLORES CALIZA YA dentro la medida preparatoria de Emplazamiento a Reconocimiento de firmas y rubricas del Documento privado de fecha 26 de agosto de 2016, contra el Sr. RAUL PACO, Ante Ud. Con todo respeto me presento y digo: Señor Juez, conforme las Certificaciones de SEGIP, se puede evidenciar que el domicilio de los hijos del Sr. Raúl Paco se encuentran en la Localidad de Huanuni, zona San Pedro, Calle María Barzola Nº 116, por lo cual al amparo del Art. 24 de la constitución Política del Estado y conforme el Art. 306 Parágrafo I núm. 2 inc. e) de la Ley 603, solicito: SE LOS CITE A SAUL PACO CONDORI Y A YULISA PACO CONDORI EN su DOMICILIO SEÑALADO POR SEGIP. OTROSI. -Así también tengo a bien DEVOLVER LA COMISION INSTRUIDA DEBIDAMENTE DILIGENCIADA. OTROSI SEGUNDO. -Providencias estaré a conocer en Secretaria de su digno despacho conforme prevé el Art. 84 de la Ley 439. Huanuni, -- 28 de Septiembre de 2023---02 de octubre de 2023---En lo principal Y otrosí. -Conforme se tiene de la representación de la oficial de diligencias de fs. 14, por el cual se informa que RAUL PACO hubiera fallecido, por otro lado de los antecedentes del proceso, se tiene que por certificación de descendencia de SERECI el de cujus cuenta con dos hijos a quienes se amplió la demanda en consecuencia notifíquese a SAUL PACO CONDORI Y YULISA PACO CONDORI, en el domicilio certific_ad9 por SEGIP Y SERECI, Y practíquese el mismo en el domicilio de calle María Barzola zona San Pedro de la localidad de Huanuni, en la que se debe incluido la demanda Y el proveído de admisión de anda preliminar. Al Otrosí 2do. -Por señalado--- Señor Juez con el objeto de dar cumplimiento a la correspondiente CITACION Y EMPLAZAMIENTO dentro del proceso de RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS seguido por ROSSEMARY FLORES CALAZAYA contra SAUL PACO CONDORI Y OTRA. Se tiene lo siguiente: Informar a su autoridad que no se pudo dar cumplimiento con la CITACION Y EMPLAZAMIENTO al señor SAUL PACO CONDORI y la señora YULISA PACO CONDORJ, toda vez que mi persona en fecha 16 de octubre de la presente gestiona objeto de citar y emplazar a los mencionados ciudadanos, siendo que en la certificación de SE.RE.CI y SEGIP ambos ciudadanos señalan domicilio ubicado Calle María Barzola Zona San Pedro s/n inmueble de dos planta, de ladrillo y con fachada de color rojo combinado con amarillo y verde de esta localidad de Huanuni , preguntando en una tienda de bario de la zona quien no quiso identificarse refiere no conocer a los señores Saúl Paco Condori y Yuliza Paco Condori, y también consultando con diferentes vecinos de la zona mencionan también no conocer a los referidos ciudadanos, razón por la cual no se pudo dar cumplimiento a lo dispuesto por su autoridad. Es cuanto represento en honor a la verdad para. Fines que en derecho corresponda. ---HUANUNI, 16 DE OCTUBRE DE 2023---Huanuni, 10 de octubre de 2023--- La representación que antecede a conocimiento de las partes.---SOLICITA CITACION POR EDICTO MEDIANTE EL SISTEMA HERMES. --TROSI. ---ROSEMARY FLORES CALIZAYA, dentro la medida preparatoria de Emplazamiento a Reconocimiento de firmas y rubricas del Documento privado de fecha 26 de agosto de 2016, contra el Sr. RAUL PACO, Ante Ud. Con todo respeto me presento y digo: Señor Juez, conforme la representación realizada por la Srta. Oficial de Diligencias de su despacho Y que cursa en obrados se puede evidenciar que la misma fue al lugar señalado por las certificaciones emitidas por el SEGIP del domicilio de los hijos del Sr. Raúl Paco, mismos que no fueron hallados porque nadie los conoce Y cómo pese a que se hubo intentado establecer el domicilio de los herederos del emplazado, por lo tanto y al amparo del Art. 78 de la Ley 439 solicito: CITACION POR EDICTO MEDIANTE EL SISTEMA HERMES, para que la encargada de Servicios Judiciales realice su publicación por la Pagina Web sistema Hermes del Juzgado, Esto lo solicito debido a que mi economía es magra y no me permite contar con los recursos para realizar la publicación en un medio de la prensa nacional, ya que soy de escasos recursos. Sea con las formalidades de ley. & será Justicia ... OTROSI-Providencias estaré a conocer en Secretaria de su digno despacho conforme el Art. 84 de la Ley 439.---Huanuni, 26 de octubre de 2023Huanuni, 27 de octubre de 2023---En mérito al memorial que antecede, conforme se tiene de las certificaciones de SEGIP Y SERECI, se certifica domicilio de YULISA PACO CONDORI y SAUL PACO CONDORI en la zona San Pedro C/ María Barzola Nº 116 de la localidad de Huanuni, empero de la representación realizada por la oficial de diligencias de este despacho judicial cursante a fs. SO de obrados, se establece que los demandados no fueron habidos, en consecuencia conforme previene el parágrafo II del art. 78 de la ley 439 se dispone la citación de YULISA PACO CONDORI Y SAUL PACO CONDORI, mediante edicto, previo jura del desconocimiento de domicilio, en consecuencia por secretaria expídase edicto de ley, de yendo aquella ser publicada en dos oportunidades en periódico de circulación nacional.---Al otrosí lro.-Por señalado domicilio.---REITERA CITACION POR EDICTO MEDIANTE EL SISTEMA HERMES OTROSI. ---ROSMERY FLORES CALIZAYA, dentro la medida preparatoria de Emplazamiento a Reconocimiento de firmas y rubricas del Documento privado de fecha 26 de agosto de 2016, contra el Sr. RAUL PACO, Ante Ud. Con todo respeto me presento y digo: Señor Juez, conforme el memorial anterior y al amparo del Art. 24 de la Constitución Política del Estado, debido a mi situación económica que no me permite realizar el gasto de publicar el Edicto mediante la prensa por ser elevados eso costos, REITERO MI SOLICITUD DE CITACION POR EDICTO MEDIANTE EL SISTEMA HERMES, para que la encargada de Servicios Judiciales realice su publicación por la Pagina Web sistema Hermes del Juzgado, Sea con las formalidades de ley.-& será Justicia. ---OTROSI -Providencias estaré a conocer en Secretaria de su digno despacho conforme el Art. 84 de la Ley-- 439. Huanuni, 06 de noviembre de 2023---Huanuni, 07 de noviembre de 2023--- En merito a lo expuesto en aplicación del principio de gratuidad, por secretaria expídase edicto para ser publicada en I sistema HERMES DEL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE ORURO. --- Al otrosí. -Por señalado.-Por ratificado el domicilio obrados ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO---En la localidad de Huanuni, a horas diez a.m. y siguientes del día lunes trece de Dos Mil Veintitrés años, se hizo presente en este Juzgado Publico Mixto Civil y Comercial, de Familia, N° 1 - de la Provincia Pantaleón Dalence Huanuni (Oruro-Bolivia), el señora Rossemary flores calisaya , mayor de edad con residencia Zona Barrio Nuevo S/N loc. Huanuni prov. Pantaleón Dalence- Oruro, con C.I. Nº 5725711 de Oruro, hábil para los efectos de derecho, a objeto de prestar juramento de ley, sobre desconocimiento de domicilio de la señora , Yulisa Paco Condori y el señor Saúl Paco Condori , quien previo juramento de ley prestado en manos del Sr. Juez dijo lo siguiente:---“JURO DESCONOCER EL DOMICILIO REAL Y PROCESAL DEL DEMANDADO YULISA PACO CONDORI Y SAUL PACO CONDORI , TANTO EN ESTA PROVINCIA PANTALEON DALENCE---DEL DEPTO. DE ORURO Y EN EL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, TODO ESTO DENTRO DEL PRESENTE PROCESO DE RECONOCIMIENTO DE FIRMAS.”---Con lo que termino el actuado judicial, firmando en constancia junto al Sr. Juez y suscrito secretario de lo que Certifico---FIRMANDO PARA SU CONSTANCIA EN PRESENCIA DEL SEÑOR JUEZ Y EL SUSCRITO SECRETARIO. CERTIFICO---DR. Nicanor Freddy Yucra Ticona JUEZ JUZGADO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL DE FAMILIA 1º DE HUANUNI ORURO- BOLIVIA, IVAN ARTURO CAMPOS MORALES SECRETARIO JUZGADO MIXTO Nº1 de Huanuni Tribunal Departamental de Justicia de Oruro..---EL PRESENTE EDICTO DE LEY ES LIBRADO EN LA LOCALIDAD DE HUANUNI A LOS TRECE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES AÑOS.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- D. S. O.


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