EDICTO

Ciudad: EL ALTO

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO TERCERO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE EL ALTO


JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL TERCERO EL ALTO – BOLIVIA E D I C T O EL DR: RUBEN VALDA GOMEZ, JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL TERCERO DE LA CIUDAD DE EL ALTO DE LA PAZ. HACE SABER: Mediante el presente edicto, cita notifica y emplaza a: FANOR ANTEZANA LOAYZA para que se apersonen por si o por medio de apoderado dentro el proceso Civil ORDINARIO – USUCAPION seguido por RAYMUNDO RAMOS CHEJO Y OTROS contra RAMON CELESTINO CONDORI CALLISAYA Y OTROS. como a continuación se transcribe: --------------------------------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL DE FS. 121 DE OBRADOS----- SEÑOR JUEZ PÚBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE EL ALTO---- DEMANDA USUCAPION EXTRAORDINARIA.----OTROSIES. SU CONTENIDO.---- FRANCISCA PACESA MENDOZA CACERES con CI 4802953 L.P.. mayor de edad y hábil por derecho, con domicilio en la calle Chinchaya No. 938 de la zona de Alto San Pedro de la ciudad de La Paz y hábil por derecho, LOURDES CAPQUIQUE CHOQUE con C.I. 4318346 L.P., mayor de edad, estado civil soltera, con domicilio en la Av. Bolivia No. 444 de la zona Luis Tasa de la ciudad de El Alto y hábil por derecho; MARIO COTERHUANCO HUANCA con C.I. 2422348 L.P. y JUANA MAYTA DE COTERHUANCO con C.I. 2556070 L.P.. bolivianos, mayores de edad, con domicilio en la calle Marcelina Llanque No. 1025 de la zona de Villa Ingenio de esta ciudad de El Alto y hábiles por derecho, GREGORIA DEICIT GOMEZ CHAMBI con C.I. No. 2608197 LP., Mayor de edad y hábil por derecho, soltera, de ocupación Labores de Casa, domiciliada en la calle 18 No. 2-A Zona Villa Tunari; YANTONIA AUGUSTA SACAMA RAMIREZ con C.I. 405253-28 L.P., EVA SACAMA LLANCO con C.I. 9118197, FELIZA CLAUDIA SACAMA LLANCO con C.I. 4914433 L.P. y GUISELA GOLDIA SACAMA LLANCO con C.I. 10913651 L.P., mayores de edad y hábiles por derecho, todas con domicilio en la calle 3 No. 11 de la zona de SANTA ROSA de la ciudad de EL ALTO, ante su Autoridad con el debido respeto decimos y pedimos:----1.- REPRESENTACION Y GENERALES DE LOS DEMANDANTES:----a) FRANCISCA PACESA MENDOZA CACERES con C.I. 4802953 L.P., mayor de edad, abogada, con domicilio en la calle Chinchaya No. 938 de la zona de Alto San Pedro de la ciudad de La Paz y hábil por derecho, en mérito al Poder Especial No. 1230/2022 de fecha 15 de noviembre de 2023 y No. 770/2023 09 de agosto de 2023, otorgado ante Notario de Fe Pública No. 5, Abg. RUBEN ANGEL ZEGARRA ARGANDOÑA, pido se me tenga por apersonado por lo que se SOLICITA se tenga por apersonada en representación legal de los demandantes: RAYMUNDO RAMOS CHEJO, Y VALENTIN FERNANDEZ CHOQUE, MARCOS FERNANDEZ CHOQUE, ELSA FERNANDEZ CHOQUE, NANCY FERNANDEZ CHOQUE, LOURDES FERNANDEZ CHOQUE Y JULIO GROVER FERNADEZ CHOQUE.----b) LOURDES CAPQUIQUE CHOQUE con C.I. 4318346 L.P., mayor de edad, estado civil soltera, con domicilio en la Av. Bolivia No. 444 de la zona Luis Tasa de la ciudad de El Alto y hábil por derecho, en mérito al Poder Especial No. 277/2017 de fecha 20 de febrero de 2017, otorgado ante Notario de Fe Pública No. 032, Dr. JORGE ARIAS, SOLICITO se me tenga por apersonado en representación legal de. ELSA MAMANI VDA. DE CARTAGENA, ANA ROCIO CARTAGENA MAMANI, JUAN CARLOS CARTAGENA MAMANI YALEXANDER CARTAGENA MAMANI, por lo que SOLICITO se me hagan conocer a mi persona las ulteriores diligencias del presente proceso.----c) RAYMUNDO RAMOS CHEJO con C.I. 3482155, mayor de edad estudiante, con domicilio en la calle Carabuco No. 1034 de la zona de Villa Primavera - El Alto.----d) MARIO COTERHUANCO HUANCA con C.I. 2422348 L.P. y JUANA MAYTA DE COTERHUANCO con C.I. 2556070 L.P., bolivianos, mayores de edad, con domicilio en la calle Marcelina Llanque No. 1025 de la zona de Villa Ingenio de esta ciudad de El Alto y hábiles por derecho.----e) GREGORIA DEICIT GOMEZ CHAMBI con C.I. No. 2608197 LP. Mayor de edad y hábil por derecho, soltera, de ocupación Labores de Casa, domiciliada en la calle 18 No. 2-A Zona Villa Tunari de la ciudad de El Alto.---- f) ELSA MAMANI VDA. DE CARTAGENA con C.I. 4272896 L.P., mayor de edad, viuda, comerciante, con domicilio en la calle Siglo XX No. 1044 de la zona de Nuevos Horizontes II de El Alto y hábil por derecho.---- g) ANA ROCIO CARTAGENA MAMANI con C.I. 7031130 L.P. mayor de edad, soltera, labores casa, con domicilio en la calle Siglo XX No. 1044 de la zona de Nuevos Horizontes II de El Alto y hábil por derecho.----- h) JUAN CARLOS CARTAGENA MAMANI con C.I. 7031143 L.P., mayor de edad, soltero, estudiante, con domicilio en la calle Siglo XX No. 1044 de la zona de Nuevos Horizontes II de El Alto y hábil por derecho.---- ALEXANDER CARTAGENA MAMANI con C.I. 9965354 L.P., mayor de edad, soltero, estudiante, con domicilio en la calle Siglo XX No. 1044 de la zona de Nuevos Horizontes II de El Alto y hábil por derecho.----j) VALENTIN FERNANDEZ CHOQUE con C.I. 4993457, MARCOS FERNANDEZ CHOQUE con C.I. 4945173, ELSA FERNANDEZCHOQUE con C.I. 4986262, NANCY FERNANDEZ CHOQUE con C.I. 6793908, LOURDES FERNANDEZ CHOQUE con C.I. 6783790 Y JULIO GROVER FERNADEZ CHOQUE con C.I. 12702965, todos mayores de edad, solteros, con domicilio en la Av. Rio Beni No. 2025 de la zona de Cupilupaca de la ciudad de El Alto.---- k) ANTONIA AUGUSTA SACAMA RAMIREZ con C.I. 405253-28 LP., EVA SACAMA LLANCO con C.I. 9118197, FELIZA CLAUDIA SACAMA LLANCO con C.I. 4914433 L.P. y GUISELA GOLDIA SACAMA LLANCO con C.I. 10913651 L.P., mayores de edad y hábiles por derecho, todas con domicilio en la calle 3 No. 11 de la zona de SANTA ROSA de la ciudad de EL ALTO.----- II.- EL BIEN DEMANDADO, RELACION DE HECHOS Y GENERALES DE LOS DEMANDADOS.----- A. Para la demanda de RAYMUNDO RAMOS CHEJO con C.I. 3482155.----- A.a.) EL BIEN DEMANDADO: LOTE DE TERRENO, ubicado en CIUDAD DE EL ALTO, Provincia MURILLO del departamento de LA PAZ, URBANIZACION VILLA PRIMAVERA, MANZANO O, LOTE 16, con una superficie de 322.65 Metros2, colindancias: AL NORTE: LOTE 15, AL SUR: LOTE 17-A, AL ESTE: CALLE CARABUCO Y AL OESTE: LOTE 11 Y 10, a nombre de: RAYMUNDO RAMOS CHEJO con C.I. 3482155 L.P.-----A. b) RELACION DE HECHOS. Mi mandante en fecha 11 de diciembre de 2011, ha adquirido y en esa fecha ha ingresado al lote de terreno ubicado en: CIUDAD DE EL ALTO, Provincia MURILLO del departamento de LA PAZ, URBANIZACION VILLA PRIMAVERA, MANZANO O, LOTE 16, con una superficie de 322.65 Metros2, calle Carabuco No. 1034, con las siguientes colindancias: AL NORTE: LOTE 15, AL SUR: LOTE 17A, AL ESTE: CALLE CARABUCO Y AL OESTE: LOTE 11 Y 10,, a nombre de: RAYMUNDO RAMOS CHEJO con C.I. 3482155 L.P., mismo adquirido por acuerdo transaccional suscrito por los señores RAYMUNDO RAMOS CHEJO Y MIERE GARCIA DE RAMOS. Agregar que mi mandante ha sufrido el extravió de todos los documentos con los cuales ha adquirido, pero sin embargo cuenta con los presupuestos procesales para adquirir propiedad mediamente el presente proceso como es USUCAPION, como es la POSESION PACIFICA DURANTE 10 AÑOS.---- Po otra parte, señalar que se puede acreditar la posesión por los servicios de luz y agua, asimismo desde el dia de la adquisición cumple con los pagos de impuestos municipales a nombre del último propietario registrado en el GAMEA---- Agregar que, mi mandante ha adquirido de buena fe el bien inmueble antes mencionado, nadie ha perturbado la pacífica posesión tantos años que viven en el inmueble, ha tomado posesión definitiva del bien inmueble de manera pública, pacifica, continua e ininterrumpidamente, realizando mejoras como ser las construcciones Por lo que se ha comportado como legitimo y único propietario.-----Por otra parte señalar que desde la fecha de la posesión hasta la fecha han transcurrido más de 12 años (desde 11 de diciembre de 2011), la posesión fue continua e ininterrumpida. ACLARANDO Y REITERANDO QUE LA POSESION FUE PACIFICA, CONTINUA E ININTERRUPIDA, mismo que se acredita por la documentación adjunta.----- Extremo por el cual al presente demando el proceso judicial de usucapión para adquirir un justo derecho de la usucapión.-----A.0) GENERALES DEL DEMANDADO: RAMON CELESTINO CONDORI CALLISAYA sin C.I., con domicilio en la calle Bolívar No. 100 de la zona central de la ciudad de Oruro, quien es el último propietario registrado en Derechos Reales bajo la matricula Nro. 2.01.4.01.0017954, según informaciones de los vecinos señalan que él nombrado es el propietario de todos los terrenos registrados en Derechos Reales.----- B. PARA LA DEMANDA DE MARIO COTERHUANCO HUANCA con C.I. con C.I. 2556070 L.P.. 2422348 L.P. y JUANA MAYTA DE COTERHUANCO B. a) EL BIEN DEMANDADO: LOTE DE TERRENO, CIUDAD DE EL ALTO.-----Provincia MURILLO del departamento de LA PAZ, URBANIZACION LAS LOMAS -VILLA INGENIO, MANZANO 5, LOTE 11, con una superficie de 250.00 Metros2, calle ROSAS, a nombre de: MARIO COTERHUANCO HUANCA con C.I. 2422348 L.P. y JUANA MAYTA DE COTERHUANCO con C.1. 2556070 L.P.B. b) RELACION DE HECHOS, Nosotros en fecha 25 de junio de 1999, mediante Escritura Pública Nro. 1410/99 de fecha 25 de junio de 1999, celebrado ante Notario de Fe Pública No. EDUARDO VERGARA ROJAS, hemos adquirido el lote de terreno y desde esa fecha 24 de junio de 1999, hemos ingresado de forma pacifica al lote de terreno ubicado en la CIUDAD DE EL ALTO, Provincia MURILLO del departamento de LA PAZ, URBANIZACION LAS LOMAS - VILLA INGENIO, MANZANO 5, LOTE 11, con una superficie de 250.00 Metros2, calle ROSAS. ubicado en: CIUDAD DE EL ALTO, Provincia MURILLO del departamento de LA PAZ. Agregar que desde la fecha del ingreso al lote, nos hemos comportado como verdaderos propietarios, hemos salidos a las reuniones zonales, hemos pagado impuestos es decir nos hemos comportado como propietarios cumpliendo todas las funciones que un dueño lo hace, asimismo señalar que se puede acreditar la posesión por los servicios de luz y agua, asimismo desde el dia de la adquisición cumplimos con los pagos de impuestos municipales, asimismo reiterar que hemos adquirido de buena fe el bien inmueble antes mencionado, nadie ha perturbado la pacifica posesión tantos años que vivimos en el inmueble, hemos tomado posesión definitiva del bien inmueble de manera pública, pacifica, continua e ininterrumpidamente, realizando mejoras como ser las construcciones.---- B.C. GENERALES DE LEY DE LA DEMANDADA: AGUSTINA CONDORI CHACON con C.I. 2532810, cuyo domicilio se desconoce C. PARA LA DEMANDA DE: GREGORIA DEICIT GOMEZ CHAMBI con C.I. No. 2608197 LP., Mayor de edad y hábil por derecho, soltera, de ocupación Labores de Casa, domiciliada en la calle 18 No. 2-A Zona Villa Tunari de la ciudad de El Alto.-----C.a) EL BIEN DEMANDADO:----1.- LOTE DE TERRENO, UBICADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO, PROVINCIA MURILLO del departamento de LA PAZ, URBANIZACION "EL ROSARIO", Lote No. 19, Mzno. B, con una superficie de 319.97 mts2, con las siguientes colindancias: Limita al Norte: con el LOTE 17, al Sur: con el Lote 17, al Oeste: con el Lote 18, al Este: con LA Calle Nor Carangas, de la ciudad de El Alto Murillo - La Paz, a nombre de GREGORIA DEICIT GOMEZ CHAMBI.----C.b) RELACION DE HECHOS..----De acuerdo a los documentos privado de Venta que adjunto, se tiene que se adquiri un Lote de Terreno en fecha 12 de mayo de 2011, de ello se evidencia que demuestra en forma inequivoca e incontrastable que he adquirido en calidad de compra venta real y definitiva y a perpetuidad de la anterior propietaria la Sra. ELENA FLORA MARTINEZ HUANCA, un Lote de terreno continuos, ubicado en la URBANIZACION "EL ROSARIO" signados: LOTE No. 19, Manzano "B", con una superficie de 319.97 m2, debidamente registrado bajo la Matricula Computarizada Folio Real No. 2.01.4.01.0058382.-----Es importante aclarar a su Autoridad, que mi persona adquirió en calidad de compra venta un terreno signado como Lote No. 19, Manzano "B", de la anterior propietaria ELENA FLORA MARTINEZ HUANCA, pero lamentablemente no logre registrar mi derecho propietario debido a que la anterior propietaria, se rehusó a firmar la minuta de transferencia en mi favor, razón por la que me veo en la necesidad imperiosa de iniciar el proceso de usucapión para regularizar mi derecho propietario.----Asimismo señalar que mi persona se encuentra viviendo conjuntamente con mi familia desde hace más de 15 años, es decir desde el 12 de mayo de 2011, su Autoridad podrá evidenciar que ejerzo la posesión del inmueble de forma clara, inequivoca, individualizada, pacífica libre continua, sin que terceras personas hayan perturbado ni inquietado, la misma, aspecto que es corroborado por la Certificación de la Junta de Vecinos de igual manera cabe aclarar que los inmuebles objeto de autos, no es área verde ni de equipamiento y mucho menos área municipal; Cabe señalar que en todo el transcurso de la posesión, que data de más de 15 años, venimos realizando actos materiales como verdaderos propietarios con el mantenimiento y reparación a las edificaciones, destinadas a nuestra vivienda.------ Por otra parte, señalar que por más de 15 años mi persona es conocida y reconocida como única y legítima propietaria del bien inmueble por los vecinos, LOTE de terreno ubicado en: Ciudad de EL ALTO, provincia MURILLO, URBANIZACION NUEVOS HORIZONTES II. manzano C1, lote 4, con una superficie de 220.00 m2, con las siguientes colindancias: AL NORTE: LOTE 5, AL SUR: LOTE 3, AL ESTE: LOTE 13 Y AL OESTE: CALLE SIGLO XX a nombre de la demandantes: ELSA MAMANI VDA DE CARTAGENA, ANA ROCIO CARTAGENA MAMANI, JUAN CARLOS CARTAGENA MAMANI Y ALEXANDER CARTAGENA MAMANI.---- D.b) RELACION DE HECHOS En fecha 07 de marzo de 1988, el padre y esposo de mis mandantes Q.EP.D. SABINO CARTAGENA BARRON, ha adquirido un lote de terreno ubicado en: Ciudad de EL ALTO, provincia MURILLO, URBANIZACION "NUEVOS HORIZONTES II", manzano C1, lote 4, con una superficie de 220.00 m2, tal como acreditamos por la Escritura Pública de la 552/88 de fecha 07 de marzo de 1988, celebrado ante Notario de Fe Pública "GLORIA GONZALES QUIROGA", mismo firmado por los señores FANOR ANTEZANA LY JUAN ROJAS L. en su condición de vendedores.-----Al respecto, señalar que el padre y esposo de mis otorgantes falleció en fecha 16 de febrero de 1997 es decir hace 26 años, del cual contamos con la declaratoria de herederos correspondiente, por lo que desde esa fecha mis otorgantes vienen poseyendo el lote de terreno, asimismo agregar que desde el dia de la compra siempre se ha estado en pacifica posesión (muestra del cual es que se adjunta pagos de impuestos y otros), desde entonces viven conjuntamente con su familia, cumpliendo todas las obligaciones que la zona, pero sin embargo los vendedores no han podido sanear su derecho propietario por ante Derechos Reales, por lo que a tantos reclamos los vendedores finalmente desaparecieron, y en la actualidad mis mandantes se ven obligados a realizar el presente proceso de USUCAPION con la finalidad de poder registrar su derecho propietario por ante Derechos Reales.----AL RESPECTO COMO NO SE ENCUENTRA REGISTRADO SU DERECHO PROPIETARIO EN DERECHOS REALES, NECESITAN REALIZAR EL PROCESO JUDICIAL DE USUCAPION, para lo cual se requiere cumplir ciertos requisitos y con los cuales cuentan como ser la OCUPACION PACIFICA Y CONTINUADA SIN INTERRUPCION POR MAS DE DIEZ AÑOS, desde el dia de la compra ha tenido una posesión pacífica y han salido como propietarios del lote de terreno tal como presento la certificación de la junta de vecinos D.c) GENERALES DE LEY DE LA DEMANDADA FANOR ANTEZANA L. con C.I. 101026 L.P. y JUAN ROJAS L. con C.I. 332429 L.P., quienes son mayores de edad y hábiles por derecho, cuyo domicilio se desconoce, por lo que se pide que notifique mediante edictos de Ley.----E.- PARA LA DEMANDA DE VALENTIN FERNANDEZ CHOQUE con C.I. 4993457, MARCOS FERNANDEZ CHOQUE con C.I. 4945173, ELSA FERNANDEZ CHOQUE con C.I. 4986262, NANCY FERNANDEZ CHOQUE con CI. 6793908, LOURDES FERNANDEZ CHOQUE con C.I. 6783790 Y JULIO GROVER FERNADEZ CHOQUE con C.I. 12702965, todos mayores de edad, solteros, con domicilio en la Av. Rio Beni No. 2025 de la zona de Cupilupaca de la ciudad de El Alto E.a) EL BIEN DEMANDADO: Lote de terreno ubicado en la ciudad de EL ALTO provincia MURILLO, URBANIZACION CUPILUPACA, sobre la AV. RIO BENI, LOTE 11, MANZANA 30, con una superficie de 250.00 m2, con las siguientes colindancias: NORTE AVENIDA RIO BENI, S. LOTE 14, E: LOTE 12 Y AL OESTE CON LOTE 10. MARCOS FERNANDEZ CHOQUE, ELSA FERNANDEZ CHOQUE, NANCY FERNANDEZ CHOQUE E.b) RELACION DE HECHOS----En fechas 27 de noviembre de 1982 y 12 de julio de 1983, los padres (Q.E.P.D. JULIO FERNANDEZ FLORES Y FRANCISCA CHOQUE KANAHUIRA) de mis mandantes han adquirido el lote de terreno ubicado en: URBANIZACION CUPILUPACA, sobre la AV. RIO BENI, LOTE 11, MANZANA 30, con una superficie de 250.00 m2, con las siguientes colindancias. NORTE: AVENIDA RIO BENI, S.: LOTE 14, E.: LOTE 12 Y AL OESTE CON LOTE 10.----Al respecto, señalar que los padres de mis mandantes fallecieron hace más de 12 años, tal como acredito por los certificados de defunción, y el lote de terreno citado no tiene registrado su derecho propietario en Derechos Reales, por lo que el lote de terreno mis mandantes simplemente ocupan y gozan del lote de terreno, mismo se acredita por la documentación adjunta y lo que se aportará durante el proceso, es decir desde hace más de 10 años mis otorgantes vienen poseyendo el lote de terreno, durante la posesión de tantos años nadie los ha perturbado la posesión es decir han vivido de forma pacífica sin interrupción durante los últimos diez años, son conocidos ante la zona como verdaderos propietarios AL RESPECTO, COMO NO SE ENCUENTRA REGISTRADO SU DERECHO PROPIETARIO EN DERECHOS REALES, NECESITAN REALIZAR EL PROCESO JUDICIAL DE USUCAPION, para lo cual se requiere cumplir ciertos requisitos y con los cuales cuentan como ser la OCUPACION PACIFICA Y CONTINUADA SIN INTERRUPCION POR MAS DE DIEZ AÑOS.----E. c) GENERALES DE LOS DEMANDADOS FELIPE LIMA CHOQUE Y PASTORA CRUZ DE LIMA, mayores de edad y hábiles por derecho, cuyo domicilio se desconoce, por lo que pediré se notifique mediante edictos de ley.-----F. PARA LA DEMANDA DE:-----ANTONIA AUGUSTA SACAMA RAMIREZ con C.I. 405253-28 L.P., EVA SACAMA LLANCO con C.I. 9118197, FELIZA CLAUDIA SACAMA LLANCO con C.I. 4914433 L.P. y GUISELA GOLDIA SACAMA LLANCO con C.I. 10913651 L.P., mayores de edad y hábiles por derecho, todas con domicilio en la calle 3 No. 11 de la zona de SANTA ROSA de la ciudad de EL ALTO.-----E.a) EL BIEN DEMANDADO.- Lote de terreno ubicado en la ciudad de EL ALTO, provincia MURILLO, URBANIZACION CUPILUPACA, sobre la AV. RIO BENI, LOTE 11, MANZANA 30, con una superficie de 250.00 m2, con las siguientes colindancias: NORTE: AVENIDA RIO BENI, S.: LOTE 14, E: LOTE 12 Y AL OESTE CON LOTE 10 a nombre de los demandantes: VALENTIN FERNANDEZ CHOQUE, MARCOS FERNANDEZ CHOQUE, ELSA FERNANDEZ CHOQUE, NANCY FERNANDEZ CHOQUE, LOURDES FERNANDEZ CHOQUE Y JULIO GROVER FERNADEZ CHOQUE.---- E.b) -RELACION DE HECHOS. En fecha 4 de octubre de 1991, la señora ANTONIA AUGUSTA SACAMA RAMIREZ, ha adquirido en calidad de venta un lote de terreno ubicado en: ZONA VILLA SANTA ROSA signado con lote No. 943, manzano M-10, con una superficie de 500 metros2, actualmente ubicado sobre la calle 3 No. 11 de la UBANIZACION SANTA ROSA de la ciudad de EL ALTO Posteriormente dicha propietaria transfiere el 50% del lote de terreno a favor de los señores LEONARDO SACAMA RAMIREZ Y FELIPA LLANDO DE SACAMA, mismo se acredita por el documento privado de fecha 9 de octubre de 1993, alefecto los compradores últimos citados a la fecha se encuentran fallecidos por lo que el inmueble poseen los hijos que responden a los nombres de. EVA SACAMA LLANCO con C.I. 9118197, FELIZA CLAUDIA SACAMA LLANCO con CI 4914433 L.P. y GUISELA GOLDIA SACAMA LLANCO con C.1. 10913651 L.P.----- Al respecto, señalar que los demandantes ocupan el inmueble desde hace mas de diez años y el lote de terreno citado no tiene registrado su derecho propietario en Derechos Reales, pero sin embargo ocupan y gozan del lote de terreno, sin que nadie los haya molestado durante los últimos diez años, durante la posesión de tantos años nadie los ha perturbado la posesión es decir han vivido de forma pacifica sin interrupción durante los últimos diez años, son conocidos ante la zona como verdaderos propietarios.---- F.c) GENERALES DE LEY DE LOS DEMANDADOS FELIX VASQUEZ MAMANI con C.I. 2403067, mayor de edad, con domicilio en calle Bolivar No. 100 de la zona de El Pagador de la ciudad de ORURO y hábil por derecho, para lo cual pido se notifique mediante COMISION INSTRUIDA.-----III.- FUNDAMENTO DE DERECHO----En cumplimiento al Art. 110, numeral 7 de la Ley 439, la invocación del derecho se funda en la siguiente normativa: Art. 87 parg. 1, 88, 110, 136, 138, 1487, 1492 par. I, 1493 del Cód. Civil, y Art. 110 del Código Procesal Civil. (ARTÍCULO 87. (NOCIÓN).-) CODIGO CIVIL-1.- La posesión es el poder de hecho ejercido sobre una cosa mediante actos que denotan la intención de tener sobre ella el derecho de propiedad u otro derecho real.----Al respecto de la normativa citada, los demandantes mediante el pago de impuesto, pagos de las facturas de luz y agua, han demostrado su derecho propietario sobre el lote de terreno, asimismo han realizado mejoras en el inmueble demostrando actos que denotan la intención de tener derechos sobre el lote de terreno sujeto a usucapión.----ARTÍCULO 88. (PRESUNCIONES DE POSESIÓN). CODIGO CIVIL-1- Se presume la posesión de quien ejerce actualmente el poder sobre la cosa, siempre que no se pruebe que comenzó a ejercerlo como simple detentador.-----II.- El poseedor actual que prueba haber poseido antiguamente, se presume haber poseído en el tiempo intermedio, excepto si se justifica otra cosa. ARTICULO 136. (APLICABILIDAD DE LAS REGLAS SOBREPRESCRIPCIÓN)- CODIGO CIVIL-Las disposiciones del Libro V sobre cómputo de causas y términos que suspenden e interrumpen la prescripción se observan en cuanto sean aplicables a la usucapión ARTICULO 138 (USUCAPION DECENAL O EXTRAORDINARIA) - CODIGO CIVIL La propiedad de un bien inmueble se adquiere también por solo la posesión continuada durante diez años. Al respecto de las normativas citadas, tenemos a bien argumentar que La presente demanda se lo realiza por la posesión continuada por mas de 10 años, ya que en el lote de terreno objeto de usucapión donde los demandantes tienen constituido su familia viven más de 10 años, extremo por el cual es que se lo realiza la presente demanda en estricto apego a las normativas citadas, toda vez de que es una de las formar de adquirir un inmueble es la USUCAPION y una vez concluido la demanda se pretende registrar su derecho propietario por ante Derechos Reales a favor de los demandantes Art 1492 (EFECTO EXTINTIVO DE LA PRESCRIPCIÓN). Código Civil. 1 Los derechos se extinguen por la prescripción cuando su titular no los ejerce durante el tiempo que la ley establece. Al respecto, he invocado el articulo citado, ya que los derechos del vendedor han presento hace más de 11 años, tal como se demuestra por la documentación adjunta: además recalcar a su Autoridad que para el presente proceso se requiere tener la posesión pacifica por más de 10 años.---- ARTICULO 1493 (COMIENZO DE LA PRESCRIPCIÓN) Código Civil La prescripción comienza a correr desde que el derecho ha podido hacerse valer o desde que el titular ha dejado de ejercerlo.----Asimismo en cumplimiento de la normativa citada, con la documentación adjunta he demostrado y demostraré durante la sustanciación del proceso que mi mandante ocupa el inmueble hace más de 10 años y tantos años ha prescrito su derecho delos anteriores propietarios, motivo por el cual es que se lo realiza el presente proceso.---- IV. PETITORIO La presente demanda, impetro bajo los siguientes fundamentos. Art 87 parg 1, 88, 110. 136, 138, 1487, 1492 par 1, 1493 del Cód civil, y respetando el Art 110 del Código Procesal Civil, interponemos demanda ORDINARIA DE USUCAPION DECENAL O EXTRAORDINARIA, por tener una posesión quieta, pacifica y continua por más de diez años de los lotes de terreno nombrados en la presente demanda, SOLICITANDO en el fondo que una vez corridos trámites de rigor su Autoridad se servirá dictar Sentencia declarando PROBADA la demanda y DISPONER que por la sección que corresponde a las oficinas de Registro de Derechos Reales de la ciudad de El Alto Achocalla inscripción de los siguientes lotes de terreno:----- A INSCRIPCION EN DERECHOS REALES de EL ALTO, sobre el LOTE DE TERRENO, ubicado en CIUDAD DE EL ALTO, Provincia MUFTILLO del departamento de LA PAZ URBANIZACION VILLA PRIMAVERA, MANZANO O. LOTE 16. con una superficie de 322.65 Metros2, colindancias: AL NORTE LOTE 15, AL SUR LOTE 17-A, AL ESTE CALLE CARABUCO Y AL OESTE LOTE 11 Y 10, a nombre de RAYMUNDO RAMOS CHEJO con C.1. 3482155 LP. B-INSCRIPCION EN DERECHOS REALES de EL ALTO el LOTE DE TERRENO. CIUDAD DE EL ALTO, Provincia MURILLO del departamento de LA PAZ URBANIZACION LAS LOMAS-VILLA INGENIO, MANZANO 5. LOTE 11. con una superficie de 250.00 Metros2, calle ROSAS, a nombre de MARIO COTERHUANCO HUANCA con C.I. 2422348 L.P. y JUANA MAYTA DE COTERHUANCO con CI. 2556070 L.P. C) INSCRIPCION EN DERECHOS REALES de EL ALTO sobre el LOTE DE TERRENO ubicado en la Ciudad de El Alto, Provincia MURILLO de departamento de LA PAZ, URBANIZACION "EL ROSARIO", LOTE DE TERRENO, ubicado en la CIUDAD DE EL ALTO Provincia MURILLO del departamento de LA PAZ EN LA URBANIZACION "EL ROSARIO" Lote No. 19, Mzno. B, con una superficie 319.97 mts2, a nombre de GREGORIA DEICIT GOMEZ CHAMBI CON C.I. 2608197 LP. EN EJECUCION DE SENTENCIA SE DISPONGA EL REGISTRO DE MI DERECHO PROPIETARIO ANTE LA OFICINA DE DERECHOS REALES DE ESTA CIUDAD DE EL ALTO SE PROCEDA A INSCRIBIR A NOMBRE DE GREGORIA DEICIT GOMEZ CHAMBI con C.1. 2608197 LP. D: Inscripción del lote de terreno ubicado en: UBICADO en la Ciudad de EL ALTO, provincia MURILLO, URBANIZACION NUEVOS HORIZONTES II, manzano C1, lote 4. con una superficie de 220.00 m2, con las siguientes colindancias Al NORTE: LOTE 5. AL SUR LOTE 3, AL ESTE LOTE 13 Y AL OESTE CALLE SIGLO XX. sea por ante Derechos Reales de la ciudad de El Alto se limite de la partida Nro. 1349, fojas 1349, Libro 40 de fecha 11 de junio detost, se registre a nombre de los demandantes. ELSA MAMANI VDA DE CARTAGENA ANA ROCIO CARTAGENA MAMANI, JUAN CARLOS CARTAGENA MAMANI Y ALEXANDER CARTAGENA MAMANI E. INSCRIPCION EN DERECHOS REALES DE ACHOCALLA-MURILLO-LA PAZ, se proceda al registro del lote de terreno ubicado en: Ciudad de EL ALTO, provincia MURILLO, URBANIZACION CUPILUPACA, sobre la AV. RIO BENI LOTE 11, MANZANA 30, con una superficie de 250.00 m2, con las siguientes colindancias. NORTE AVENIDA RIO BENI, S. LOTE 14, E: LOTE 12 Y AL DESTE CON LOTE 10, se limite de la partida Nro. 1142, fojas 1142, Libro D de fecha 29 de abril de 1981, se registre a nombre de los demandantes: VALENTIN FERNANDEZ CHOQUE, MARCOS FERNANDEZ CHOQUE, ELSA FERNANDEZ CHOQUE, NANCY FERNANDEZ CHOQUE, LOURDES FERNANDEZ CHOQUE Y JULIO GROVER FERNADEZ CHOQUE. ---- F-INSCRIPCION POR ANTE DERECHOS REALES DE EL ALTO, del lote de terreno SIGNADO CON EL Nro. 943, manzano M-10, con una superficie de 500.00 metros2, con las siguientes colindancias NORTE: LOTE 940, SUR CALLE 3, ESTE LOTE 944 Y OESTE: 942, ubicado en la UBANIZACION SANTA ROSA de la ciudad de EL ALTO, provincia MURILLO del departamento de LA PAZ, de los cuales el 50% deberá ser registrado a nombre ANTONIA AUGUSTA SACAMA RAMIREZ con C.I. 405253-28 L.P., y los otros 50% a nombre a los nombres de: EVA SACAMA LLANCO con C.I. 9118197, FELIZA CLAUDIA SACAMA LLANCO con C.I. 4914433 L.P. y GUISELA GOLDIA SACAMA LLANCO con C.I. 10913651 L.P. VI.-En cumplimiento a lo establecido por el Art. 111 del Código Procesal Civil y Art. 1286, 1297 del Código Civil, tenemos a bien ofrecer las siguientes pruebas con los cuales probaremos la presente demanda de USUCAPION ---- A. PRUEBAS PARA LA DEMANDA DE RAYMUNDO RAMOS CHEJO con C.I. 3482155 L.P. PRUEBAS DOCUMENTALES ----1.- ACUERDO TRANSACCIONAL de fecha 11 de diciembre de 2011, con el cual acredito que mi mandante ha adquirido la cuota parte de la co propietaria MIERE GARCIA DE RAMOS, quien ha cedido de manera voluntaria. 2.- PLANO DE UBICACIÓN de la propiedad materia del proceso, donde se puede constatar que el mismo se encuentra ubicado en CIUDAD DE EL ALTO, Provincia MURILLO del departamento de LA PAZ, URBANIZACION VILLA PRIMAVERA, MANZANO O, LOTE 16, con una superficie de 322.65 Metros2. colindancias: AL NORTE LOTE 15, AL SUR: LOTE 17A, AL ESTE: CALLE CARABUCO Y AL OESTE: LOTE 11 Y 10.----3.- IMPUESTOS MUNICIPALES pagados a nombre de los demandantes, con los mismos demuestro el animus y el corpus de la posesión, asimismo demuestro que se viene cumpliendo con la obligaciones por ante el Estado.-----4.- Factura de Agua Potable y Energia Eléctrica, a nombre de los demandantes, por la cual se demuestra que mis mandantes han realizado con el pago de estos servicios, ejerciendo actos de dominio haciendo uso, goce y disfrute del bien inmueble.---- 5- CERTIFICACION DE LA JUNA DE VECINOS----6.- Fotocopia simple de cedulas de identidad.---- OFREZCO LOS SIGUIENTES TESTIGOS DE CARGO: de conformidad a los Arts. 168 y 174 del Código Procesal Civil con el objeto de que su Autoridad aprecie las declaraciones de los siguientes vecinos de la zona LIDIA GUMERCINDA COPA CANDIA con C.I. 4759974 L.P., boliviana, mayor de edad, soltera, con domicilio en la Calle Carabuco No. 1015 de la zona de Villa Primavera de la ciudad de El Alto y hábil por derecho DIANA CELESTE SIRPA FUENTES con C.I. 6928740, boliviana, mayor de edad, soltera, con domicilio en la Calle Carabuco No. 1025 de la zona de Villa Primavera de la ciudad de El Alto y hábil por derecho.-----PEDRO TIBURCIO QUISPE TICONA con C.I. 4284005 L.P., boliviana, mayor de edad, soltera, con domicilio en la Av. San Buena Ventura No. 6084 de la zona de Villa Primavera de la ciudad de El Alto y hábil por derecho.----- De esta forma, se demostrará que mi mandante se encuentra en posesión del lote de terreno en forma pública, pacifica, libre y continuada por más de 10 años, asimismo que ejerce pleno acto de dominio, realizado mejoras del lote de terreno, cumpliendo con todos los requisitos que hacen procedente la usucapión extraordinaria del bien inmueble objeto del litigio OFREZCO INSPECCIÓN JUDICIAL: DEL LOTE DE TERRENO, CIUDAD DE EL ALTO, Provincia MURILLO del departamento de LA PAZ, URBANIZACION VILLA PRIMAVERA, MANZANO O, LOTE 16, con una superficie de 322.65 Metros2, colindancias: AL NORTE: LOTE 15, AL SUR LOTE 17A, AL ESTE CALLECARABUCO Y AL OESTE: LOTE 11 Y 10, con el objeto de que su Autoridad realice el reconocimiento judicial del bien inmueble, asimismo demostrar que el bien inmueble cuenta con la instalación de los servicios básico y habitaciones que lo constituyen en una vivienda familiar, ejerciendo posesión publica, pacífica, continuada e ininterrumpida, de conformidad Art. 138 del C.C. OFREZCO PRUEBA PRO INFORME: Para lo cual pido se oficie para las siguientes oficinas:----DERECHOS REALES para que informe sobre la matricula Nro. 2.01.4.01.0017954 a nombre de RAMON CELESTINO CONDORI CALLISAYA sin C.I., informe si tiene superficie restante y la ubicación del inmueble.---- GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE EL ALTO SUB ALCALDIA DE DISTRITO III, informe si el lote de terreno cual del cual demando usucapión es área verde o área residencial mismo del lote de terreno ubicado en: URBANIZACION VILLA PRIMAVERA, MANZANO O, LOTE 16, con una superficie de 322.65 Metros2, colindancias: AL NORTE: LOTE 15, AL SUR: LOTE 17 - A AL ESTE: CALLE CARABUCO Y AL OESTE: LOTE 11 Y 10.----- B. PRUEBAS PARA LA DEMANDA DE MARIO COTRHUANCO HUANCA Y JUANA MAUTA DE COTERHUANCO PRUEBA DOCUMENTAL:-----1.- ESCRITURA PUBLICA Nro. 1410/99 de fecha 25 de junio de 1999, celebrado ante Notario de Fe Pública No. EDUARDO VERGARA ROJAS, con el cual acreditamos que hemos adquirido el lote de terreno y desde esa fecha 25 de junio de 1999, hemos ingresado de forma pacífica al lote de terreno ubicado en la CIUDAD DE EL ALTO, Provincia MURILLO.----2.- PLANO DE UBICACIÓN del lote de terreno sujeto a usucapión.-----4.- Factura de Agua Potable y Energía Eléctrica, a nombre de los demandantes, por la cual se demuestra que mis mandantes han realizado con el pago de estos servicios, ejerciendo actos de dominio haciendo uso, goce y disfrute del bien inmueble.---- 5.- CERTIFICACION DE LA JUNA DE VECINOS-----6.- Fotocopia simple de cedulas de identidad. ----- OFREZCO LOS SIGUIENTES TESTIGOS DE CARGO: de conformidad a los Arts. 168 y 174 del Código Procesal Civil con el objeto de que su Autoridad aprecie las declaraciones de los siguientes vecinos de la zona: LIDIA GUMERCINDA COPA CANDIA con C.I. 4759974 L.P., boliviana, mayor de edad, soltera, con domicilio en la Calle Carabuco No. 1015 de la zona de Villa Primavera de la ciudad de El Alto y hábil por derecho.----DIANA CELESTE SIRPA FUENTES con C.1. 6928740, boliviana, mayor de edad, soltera, con domicilio en la Calle Carabuco No. 1025 de la zona de Villa Primavera de la ciudad de El Alto y hábil por derecho.-----PEDRO TIBURCIO QUISPE TICONA con C.I. 4284005 L.P., boliviana, mayor de edad, soltera, con domicilio en la Av. San Buena Ventura No. 6084 de la zona de Villa Primavera de la ciudad de El Alto y hábil por derecho.---- De esta forma, se demostrará que mi mandante se encuentra en posesión del lote de terreno en forma pública, pacifica, libre y continuada por más de 10 años, asimismo que ejerce pleno acto de dominio, realizado mejoras del lote de terreno, cumpliendo con todos los requisitos que hacen procedente la usucapión extraordinaria del bien inmueble objeto del litigio.----- OFREZCO INSPECCIÓN JUDICIAL: DEL LOTE DE TERRENO, CIUDAD DE EL ALTO, Provincia MURILLO del departamento de LA PAZ, URBANIZACION LAS LOMAS VILLA INGENIO, MANZANO 5, LOTE 11, con una superficie de 250.00 Metros2, calle ROSAS, con el objeto de que su Autoridad realice el reconocimiento judicial del bien inmueble, asimismo demostrar que el bien inmueble cuenta con la instalación de los servicios básico y habitaciones que lo constituyen en una vivienda familiar, ejerciendo posesión publica, pacifica, continuada e ininterrumpida, de conformidad Art. 138 del C.C. OFREZCO PRUEBA PRO INFORME: Para lo cual pido se oficie para las siguientes oficinas:-----DERECHOS REALES para que informe sobre la matricula Nro. 2.01.4.01.0017954 a nombre de RAMON CELESTINO CONDORI CALLISAYA sin C.I., informe si tiene superficie restante y la ubicación del inmueble.----GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE EL ALTO SUB ALCALDIA DE DISTRITO III, informe si el lote de terreno cual del cual demando usucapión es área verde o área residencial mismo del lote de terreno ubicado en: CIUDAD DE EL ALTO, Provincia MURILLO del departamento de LA PAZ, URBANIZACION LAS LOMAS - VILLA INGENIO, MANZANO 5, LOTE 11, con una superficie de 250.00 Metros2, calle ROSAS.----- C.- PRUEBA PARA LA DEMANDA DE GREGORIA DEICIT GOMEZ CHAMBI. Documento de Compra Venta, la misma que acredita la transferencia y que demuestra q mi persona adquirió en calidad de compra y venta, real y perpetua el Lote de terreno.---- Pago de impuestos municipales gestiones 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2021, 2022, 2023. Con la que se demuestra a su Autoridad, que nuestras personas ejercemos una posesión pacifica, continua, individualizada, ocupamos de buena fe, el lote de terreno por más de 15 años.----Planos de Lotes, de ubicación, el mismo refrendado por el Colegio de Arquitectos de la ciudad de El Alto, en original. Con la que se demuestra que el lote se encuentra debidamente individualizado.----Certificados emitido por la Junta de Vecinos de LA URBANIZACIÓN "CAMPO VERDE" del Distrito 7, de la ciudad de El Alto. Prueba que demuestra a su Autoridad que mi persona ejerce la posesión pacifica, continua, individualizada, por más 15 años siendo reconocidos como única y legitima propietaria del Lote de terreno por la junta de vecinos y todos los vecinos.-----Facturas de pago de consumo de agua potable EPSAS, pruebas que demuestra que mi persona, ejercemos una posesión pacifica, continua, individualizada, ocupando de buena fe, el lote de terreno por más de 15 años.----Facturas de pago de consumo de Energia Eléctrica y Certificación DE LA PAZ, pruebas que demuestra que nuestras personas, ejercemos una posesión pacifica, continua, individualizada, ocupando de buena fe, el lote de terreno por más de 15 años.----• Acuerdo Transaccional.---- Con el Objeto de demostrar la posesión pacífica y ostensible del predio, objeto del proceso mediante atestaciones firmes y contestes y a efectos del Art. 111 parágrafo II del Código Procesal Civil, ofrezco prueba testifical, según la siguiente lista de testigos:---- 1.- BERNABE ALI ROQUE con C.I. No. 6023191 LP., quien es mayor de edad, hábil por derecho, soltero, de profesión carpintero, con domicilio en la Avenida Panamá, No. 1793, zona Campo Verde.-----2- GABRIEL TOVIAS COSS LOPEZ con C.I. No. 4941507 LP, quien es mayor de edad, hábil por derecho, soltero, de profesión Maestro, con domicilio en la Avenida Panamá, No. 1813, zona Campo Verde.niCon la finalidad de demostrar la posesión pacifica y ostensible del predio objeto del presente proceso, propongo como medio probatorio INSPECCION JUDICIAL, impetrando a su Autoridad a objeto de reproducir este elemento probatorio oportunamente se sirva señalar dia y hora para su verificativo, reconocimiento judicial que deberá recaer a los domicilios ubicado en la URBANIZACIÓN "CAMPO VERDE" SIGNADOS: 1) CON EL LOTE No. 2 DEL MANZANO "6", CON UNA SUPERFICIE DE 302.04 m2.; 2) EL LOTE No. 3 DEL MANZANO " 6 ", CON UNA SUPERFICIE DE 320.80 m2. D.- PRUEBAS PARA LA DEMANDA DE: ELSA MAMANI VDA. DE CARTAGENA, ANA ROCIO CARTAGENA MAMANI, JUAN CARLOS CARTAGENA MAMANI Y ALEXANDER CARTAGENA MAMANI SE OFRECE PRUEBA DOCUMENTAL, mismos en: Escritura Pública de la 552/88 de fecha 07 de marzo de 1988, celebrado ante Notario de Fe Pública "GLORIA GONZALES QUIROGA" sobre Transferencia de un lote de terreno de 200 Mst2, ubicado en NUEVOS HORIZONTES de la zona de EL ALTO, documento Privado de fecha 4 de febrero de 1988, con el cual acredito que el padre de mis otorgantes SABINO CARTAGENA B., ha adquirido el lote de terreno sujeto a usucapión, CERTIFICADO de Derechos Reales N° 796938 de fecha 07 de octubre de 2015, que demuestra la legitimación pasiva de los demandados, la misma registrada bajo la partida No. 1349, fojas 1349, libro 40 de fecha 11 de junio septiembre de 1981, Informes de la Sub Alcaldia del Distrito 2 de la ciudad de El Alto, que demuestra que el bien inmueble objeto del litigio pertenece a un área residencial, asimismo identifica fehacientemente el objeto, por el cual se demuestra que el bien inmueble es susceptible a usucapir, Plano de lote de terreno, por el cual se identifica el bien objeto del litigio, Certificado de la Junta de Vecinos, con el cual acredito que mis mandantes son propietarios y ejercen posesión de buena fe, pacifica, continua e interrumpidamente, de la misma forma se demuestra que son vecinos y hace varios años de la Urbanización NUEVOS HORIZONTES II de la ciudad de El Alto, impuestos pagados desde las gestiones desde la gestión de 1994 hasta 2017, con el cual se demuestran el animus y el corpus de la posesión, es decir que desde el año 1994, se viene cumpliendo con la obligación por ante el Estado, factura de Luz de la Compañía Boliviana de Energía Eléctrica S.A., a nombre de ELSA MAMANI DE CARTAGENA, por el cual se demuestra que existe la posesión pacifica del bien inmueble objeto del Litis, factura de agua de la empresa Publica Social de Agua y Saneamiento de EPSAS a nombre de SABINO CARTAGENA BARRON mismo que sigue a nombre del fallecido y mismo que será cambiado cuando ya contemos con el folio real correspondiente, con el cual se demuestra que existe la posesión pacifica del bien inmueble objeto del Litis, CERTIFICADO DE DEFUNCION a nombre de "SABINO CARTAGENA BARRON con el cual acredito que el padre de mis otorgantes falleció en fecha 15 de febrero de 1997 es decir hace 21 años, testimonio de la Declaratoria de Herederos de fecha 10 de agosto de 2015, con el cual acredito que los señores: ELSA MAMANI VDA DE CARTAGENA, ANA ROCIO CARTAGENA MAMANI, JUAN CARLOS CARTAGENA MAMANI Y ALEXANDER CARTAGENA MAMANI, con únicos herederos forzosos del señor SABINO CARTAGENA BARRON, fotocopias de cedula de identidad de los demandantes. fotocopia de cedula de identidad de los testigos, Poder Especial No. 277/2017 de fecha 20 de febrero de 2017, otorgante ante el Dr. JORGE ARIAS, Notario de Fe Pública No. 032, de la ciudad de El Alto PRUEBAS TESTIFICALES DE LAS SIGUIENTES PERSONAS: FREDY MAYTA APAZA con C.I. 5479077 y VIRGINIA ZOLA CORTEDO con C.1. 6803199 mayores de edad y hábiles por derecho De esta forma, se demostrara que mis mandantes se encuentran en posesión del lote de terreno en forma pública, pacifica, libre y continuada por más de 20 años, asimismo que ejerce pleno acto de dominio, cumpliendo con todos los requisitos que hacen procedente la usucapión extraordinaria del bien inmueble objeto del litigio; asimismo se ofrece SE OFRECE INSPECCIÓN JUDICIAL: del Lote de terreno, UBICADO en la Ciudad de EL ALTO, provincia MURILLO, URBANIZACION NUEVOS HORIZONTES II, manzano C1, lote 4, con una superficie de 220.00 m2, con las siguientes colindancias: AL NORTE LOTE 5, AL SUR: LOTE 3, AL ESTE: LOTE 13 Y AL OESTE: CALLE SIGLO XX, con el objeto de que su Autoridad realice el reconocimiento judicial del bien inmueble, asimismo demostrar que el bien inmueble cuenta con la instalación de los servicios básico y habitaciones, ejerciendo posesión publica, pacifica, continuada e ininterrumpida, todo de conformidad con el Art. 138 del Código Civil.----E.- PRUEBA PARA LA DEMANDA DE: VALENTIN FERNANDEZ CHOQUE MARCOS FERNANDEZ CHOQUE, ELSA FERNANDEZ CHOQUE, NANCY FERNANDEZ CHOQUE, LOURDES FERNANDEZ CHOQUE Y JULIO GROVER FERNADEZ CHOQUE.----- Se ofrece como prueba el INFORME DE DERECHOS REALES, con el cual acredito el último propietario registrado en Derechos Reales, mismo registrado bajo la partida Nro. 1142, fojas 1142, Libro D de fecha 29 de abril de 1981 a nombre de los vendedores FELIPE LIMA CHOQUE Y PASTORA CRUZ DE LIMA, MINUTAS DE TRANSFERENCIA del lote de terreno sujeto a usucapión, con el cual acredito que los padres de mis mandantes han adquirido el lote de terreno de buena fe; Plano de lote de terreno, por el cual se identifica el bien objeto del litigio, impuestos municipales, con el cual se demuestran el animus y el corpus de la posesión, y se viene cumpliendo con la obligación por ante el Municipio, FACTURAS DE LUZ Y AGUA, mismo a nombre de los finados, por el cual se demuestra que existe la posesión pacifica del bien inmueble objeto del Litis, CERTIFICADO DE DEFUNCION a nombre de los padres, con el cual acredito que los padres de mis mandantes han fallecido, Fotocopias de cedula de identidad de los demandantes, Poder Especial, PRUEBAS TESTIFICALES DE LAS SIGUIENTES PERSONAS: SANTOS MAMANI APAZA MALDONADO con C.I. 4984731 (soltero, con domicilio en la calle Rio Apere No. 1055 de El Alto). GERMAN HUAYHUA MIRANDA con C.1. 4918821 (soltero, con domicilio en la Av. Guadalquivir No. 1033 de la zona de Cupilupaca) HUGO WILSON LIMACHI MAMANI, mayores de edad y hábiles por derecho.----De esta forma, se demostrara que mis mandantes se encuentran en posesión del lote de terreno en forma pública, pacifica, libre y continuada por más de 10 años, asimismo que ejerce pleno acto de dominio, cumpliendo con todos los requisitos que hacen procedente la usucapión extraordinaria del bien inmueble objeto del litigio; asimismo se ofrece INSPECCIÓN JUDICIAL: del lote de terreno, UBICADO en la Ciudad de EL ALTO, provincia MURILLO, URBANIZACION CUPILUPACA, sobre la AV. RIO BENI, LOTE 11, MANZANA 30, con una superficie de 250.00 m2, con las siguientes colindancias: NORTE: AVENIDA RIO BENI, S.: LOTE 14, E.: LOTE 12 Y AL OESTE CON LOTE 10, con el objeto de que su Autoridad realice el reconocimiento judicial del bien inmueble, asimismo demostrar que el bien inmueble cuenta con la instalación de los servicios básico y habitaciones, ejerciendo posesión publica, pacifica, continuada e ininterrumpida, todo de conformidad con el Art. 138 del Código Civil.----- F. PRUEBA PARA ANTONIA AUGUSTA SACAMA RAMIREZ, EVA SACAMA LLANCO, FELIZA CLAUDIA SACAMA Y GUISELA GOLDIA SACAMA LLANCO, proceso a seguir contra FELIX VASQUEZ MAMANI Fotocopia del documento privado de fecha 4 de octubre de 1991, con el cual acredito que la demandante ANTONIA AUGUSTA SACAMA RAMIREZ, ha adquirido el lote de terreno objeto de la presente demanda, DOCUMENTO PRIVADO de fecha 9 de octubre de 1993, con el cual se acredita que ANT???? AUGUSTA SACAMA RAMIREZ DE ARO Y DEMETRIO ARO ARCANI, transfieren el 50% a favor de LEONARDO SACAMA RAMIREZ Y FELIPA LLANCO DE SACAMA, quienes se encuentran fallecidos en la actualidad, CERTIFICADO DE DEFUNCION Y CERTIFICADOS DE NACIMIENTO, con los cuales acredito que los compradores del 50% fallecieron y se acredito también el parentesco de progenitores e hijas, Plano de lote de terreno, por el cual se identifica el bien objeto del litigio, Impuestos municipales, con el cual se demuestran el animus y el corpus de la posesión, y se viene cumpliendo con la obligación por ante el Municipio, CERTIFICACION DE LA JUNTA DE VECINOS A NOMBRE DE LOS DEMANDANTES, con el cual se acredita que los demandantes son conocidos en la zona, FACTURAS DE LUZ Y AGUA, mismo a nombre de los finados, por el cual se demuestra que existe la posesión pacifica del bien inmueble objeto del Litis, Fotocopias de cedula de identidad de los demandantes.----- PRUEBAS TESTIFICALES DE LAS SIGUIENTES PERSONAS: LIZETT V ALLEJOS LUCERO con C.I. 7006606 L.P., NELSON CALLE MAMANI con C.1 6061306, mayores de edad, hábiles por derecho9, con domicilio en la calle 3 No. 10 de la zona de SANTA ROSA DE EL ALTO De esta forma, se demostrara que los demandantes se encuentran en posesión del lote de terreno en forma pública, pacífica, libre y continuada por más de 10 años, asimismo que ejerce pleno acto de dominio, cumpliendo con todos los requisitos que hacen procedente la usucapión extraordinaria del bien inmueble objeto del litigio. ----- OFREZCO INSPECCIÓN JUDICIAL: del lote de terreno, UBICADO en la Ciudad de EL ALTO, provincia MURILLO, LOTE DE TERRENO SIGNADO CON EL Nro. 943, manzano M-10, con una superficie de 500 metros2, con las siguientes colindancias: NORTE: LOTE 940, SUR: CALLE 3, ESTE LOTE 944 Y OESTE: 942, ubicado en la UBANIZACION SANTA ROSA de la ciudad de EL ALTO, provincia MURILLO del departamento de LA PAZ, con el objeto de que su Autoridad realice el reconocimiento judicial del bien inmueble, asimismo demostrar que el bien inmueble cuenta con la instalación de los servicios básico y habitaciones, ejerciendo posesión publica, pacifica, continuada e ininterrumpida, todo de conformidad con el Art. 138 del Código Civil.-----OTROSI PRIMERO.- SOLICITO se sirva notificar con la presente demanda al G.A.M.E.A., representado por su Alcaldesa Municipal señora: Monica Eva Copa Murga, con domicilio legal en la Av. Costanera No. 200 de la ciudad de El Alto. OTROSI SEGUNDO. En cuanto a honorarios profesionales, se establezca conforme a la Ley del Ejercicio de la Abogacía No. 387.-----OTROSÍ TERCERO.- Domicilio Procesal: Av. Franco Valle No. 110 (esquina Av. Satélite), edificio ELEGANCE, P-1, of, 4 de la zona de 12 DE OCTUBRE de la ciudad de El Alto, correo: pacesa mendoza@hotmail.es, watsap. 77700083.----SERA JUSTICIA, ETC...----- ----- FIRMA Y SELLA: PACESA MENDOZA CACERES---- ABOGADA---- M.C.A. 9008----NIT: 4802953010----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AUTO DE FS. 138 DE OBRADOS---- El Alto, septiembre de 2023---- El Alto, 20 de octubre de 2023----- EN proceso civil ordinario de hecho se admite la demanda de usucapión decenal de fs. 121 al 132, traslado a RAMON CELESTINO CONDORI CALLISAYA, AGUSTINA CONDORI CHACON, ELENA FLORA MARTINEZ HUANCA, FANOR ANTEZANA L JUAN ROJAS L, FELIPE LIMA CHOQUE Y PASTORA CRUZ DE LIMA, FELIX VASQUEZ MAMANI, quienes previas sus legales citaciones deberán responder en la forma y plazo de 30 días en virtud del art. 125 y art. 363-III de la Ley 439.---- Para la citación con la demanda a RAMON CELESTINO CONDORI CALLISAYA y. FELIX VASQUEZ MAMANI expidase comisión instruida, encomendando su ejecución a la autoridad judicial de la ciudad de Oruro, -----En relación a AGUSTIN CONDORI CHACON, ELENA FLORA MARTINEZ HUANCA, FANOR ANTEZANA L. con C.I. No. 101026 L.P., JUAN ROJAS L., con C.I. No. 332429 LP. FELIPE LIMA CHOQUE, PASTORA CRUZ DE LIMA, ofíciese a SEGIP y SERECI a objeto de informar a este despacho judicial el último domicilio que tiene consignado los nombrados en su tarjeta prontuario como en el padrón electoral Por ofrecida la prueba documental, testifical e inspección ocular con noticia contraria -----En cuanto a la prueba por informe Ofíciese a Derechos Reales El Alto y Gobierno Autónomo Municipal de El Alto de La Paz, ofíciese a los fines impetrados AL OTROSI 1.- Citese con la demanda a la personera legal del ente edil.-----AL OTROSI 2.- Se tiene presente AL TOROSI 3 Por señalado----- FIRMA Y SELLA: RUBEN VALDA GOMEZ JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 3º TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----EL ALTO LA PAZ-BOLIVIA---- FIRMA Y SELLA: JACQUELINE MOLINA V. SECRETARIA –ACTUARIA---- JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 3º EL ALTO------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL DE FS. 290 DE OBRADOS.-----SEÑOR JUEZ PÚBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL TERCERO DE LA CIUDAD DE EL ALTO----NUREJ: 204113908---- SOLICITA DIA Y HORA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO OTROSI.------FRANCISCA PACESA MENDOZA CACERES, en representación legal de RAYMUNDO RAMOS CHEJO, LOURDES CAPQUIQUE CHOQUE contra RAMON CELESTINO CONDORI CALLISAYA y otros, sobre USUCAPION, ante su Autoridad con el debido respeto decimos y pedimos:-----Señor Juez, conforme informe cursante a fojas 229 de obrados, se evidencia que el co demandado FANOR ANTEZANA LOAYZA no ha sido encontrado en el domicilio señalado por informe de SEGIP, por lo que en merito a dicho informe SOLICITAMOS a su Autoridad se sirva notificar mediante EDICTOS DE LEY al co demandado FANOR ANTEZANA LOAYZA con la demanda interpuesta por ELSA MAMANI VDA DE CARTAGENA, ANA ROCIO CARTAGENA MAMANI, JUAN CARLOS CARTAGENA MAMANI Y ALEXANDER CARTAGENA MAMANI, al mismo sea notificado con la demanda de USUCAPION, para lo cual pedimos se sirva señalar dia y hora para el juramento de desconocimiento de domicilio, sea previa las formalidades de ley.----OTROSI. Por otra parte, SOLICITAMOS se sirva declarar REBELDE a los siguientes co demandados:------ A RAMON CELESTINO CONDORI CALLISAYA, por no haber contestado a la demanda de USUCAPION interpuesto por: RAYMUNDO RAMOS CHEJO. A FELIX VASQUEZ MAMANI, por no haber contestado a la demanda de USUCAPION interpuesto por ANTONIA AUGUSTA SACAMA RAMIREZ, EVA SACAMA LLANCO, FELIZA CLAUDIA SACAMA LLANCO Y GUISELA GOLDIA SACAMA LLANCO A JUAN ROJAS LOAYZA por no haber contestado a la demanda de USUCAPION interpuesto por ELSA MAMANI VDA DE CARTAGENA ANA ROCIO CARTAGENA MAMANI, JUAN CARLOS CARTAGENA MAMANI Y ALEXANDER CARTAGENA MAMANI ----Sea previa las formalidades de ley.-----SERA JUSTICIA, ETC...----- EL ALTO, junio de 2024----correo: pacesa_mendoza@hotmail.es, watsap. 77700083. ----- FIRMA Y SELLA: F. PACESA MENDOZA CACERES----ABOGADA -UMSA---- MCA. 9008---- NIT: 4802953010---- RPA. 4802953FPMC-------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AUTO DE FS. 291 DE OBRADOS----El Alto, 6 de junio de 2024 VISTOS: Aclarándose que quien retiro su demanda fue la codemandante GREGORIA DEICIT GOMEZ CHAMBI y en mérito de ello se ha proferido la resolución de fs. 288 vta., en consecuencia atento lo solicitado, se dispone la citación mediante edictos de ley con la demanda a FANOR AN?????? LOAYZA sea previo juramento correspondiente a prestarse cualquier dia hábil a horas 11:00 a.m., debiendo difundirse los edictos a través del Sistema Hermes bajo el principio de gratuidad, sea con las formalidades de ley. AL OTROSI. Por señalado.----- FIRMA Y SELLA: RUBEN VALDA GOMEZ JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 3º TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JSUTICIA----EL ALTO LA PAZ-BOLIVIA---- FIRMA Y SELLA: JACQUELINE MOLINA V. SECRETARIA –ACTUARIA---- JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 3º EL ALTO-------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO – LA PAZ, A LOS DOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑO-------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& RVG/JMV


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