EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: TRIBUNAL DE SENTENCIA DÉCIMO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


EDICTO EL DOCTOR GONZALO MONTAÑO DURAN – JUEZ DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER No. 10 – EL ALTO, POR EL PRESENTE EDICTO SE PROCEDE A LA PUBLICACION JUDICIAL – CITA Y NOTIFICA A: IVAN ARCANI PATI, DENTRO DEL PROCESO PENAL SEGUIDO POR EL MINISTERIO PUBLICO EN CONTRA DE IVAN ARCANI PATI, POR LA PRESUNTA COMISION DEL DELITO DE VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA, PARA CUYO EFECTO SE PROCEDE A TRANSCRIBIR LO SIGUIENTE:- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&RESOLUCION NRO. V-214/2024 DE FECHA 03 DE SEPTIEMBRE DE 2024-------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& JUZGADO DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER No. 10 DE LA CIUDAD DE EL ALTO RESOLUCIÓN No. V-214/2024 COD. FUD. No. 201502022301949 ACUSADOR FISCAL: Ministerio Público DENUNCIANTE Y VÍCTIMA: Erika Villca Choque ACUSADO: Iván Arcani Pati AUTO DE APERTURA DE JUICIO El Alto, 3 de septiembre de 2024 VISTOS: La acusación formal presentada por el Sr. Fiscal de Materia asignado a la Fiscalía Especializada en Delitos en Razón de Género de la ciudad de El Alto, Dr. Fernando Gutiérrez Pinto, dentro del proceso seguido por el Ministerio Publico a denuncia de Erik Villca contra Iván Arcani por la supuesta comisión del delito de Violencia Familiar o Domestica previsto y sancionado por el Art. 272 bis del Código Penal, las pruebas de cargo, los antecedentes del presente caso, y; CONSIDERANDO. Que, con la Acusación Formal presentada por el Ministerio Público, por providencia de fecha 8 de mayo de 2024 se ordenó la notificación a la parte víctima y denunciante, quien luego de su notificación mediante edictos no presentó acusación particular, por lo que mediante proveído de fecha 8 de julio de 2024 se dispuso la notificación a la parte acusada a efectos de que ofrezca y presente sus pruebas de descargo, notificada la misma mediante edictos en fecha 19 de agosto de 2024, la misma no ofreció sus pruebas de descargo. En consecuencia, estando así cumplidos los actos preparatorios de juicio oral y los requisitos formales como materiales que se hallan descritos en el Art. 340 del Código de Procedimiento Penal, corresponde convocar a la audiencia de Juicio Oral mediante el presente AUTO DE APERTURA DE JUICIO, con base a la acusación fiscal. POR TANTO: En aplicación de la última parte del Art. 340, así como los Arts. 342 y 343 del Código de Procedimiento Penal, el suscrito Juez de Sentencia Penal, Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer No. 10 de la ciudad de El Alto ordena la APERTURA DE JUICIO ORAL contra IVÁN ARCANI PATI para la comprobación de la comisión del delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA previsto y sancionado por el Art. 272 bis del Código Penal, señalando audiencia VIRTUAL para la celebración del JUICIO ORAL para el día viernes 13 de septiembre del año en curso a Hrs. 9:00. Se dispone asimismo la notificación inmediata a las partes con esta resolución y de igual manera se determina la citación de los testigos INDISPENSABLES, debiendo a este fin los sujetos procesales recabar de Secretaría de este despacho judicial y con la debida anticipación los mandamientos de comparendo, cuyo incumplimiento no será admitido como causal de suspensión de la audiencia fijada, disponiendo que por Secretaria se disponga toda otra medida necesaria para la organización y desarrollo del juicio señalado, de conformidad a lo previsto por el Art. 343 del CPP. Asimismo, las partes deberán estar conectados a la Sala Virtual 10 minutos antes de la iniciación de la audiencia para evitar eventualidades y comenzar la misma en la hora señalada, de igual manera deberán de consignar el nombre completo y el número de carnet de identidad a momento de ingresar a la plataforma virtual para fines de registro. Se advierte a las partes que el presente Auto es inapelable en virtud a lo dispuesto por el Art. 342 del Código de Procedimiento Penal. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE FIRMA Y SELLA: DR. GONZALO ENRIQUE MONTAÑO DURAN – JUEZ DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCION Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES 10º - EL ALTO.--------------------------------------FIRMA Y SELLA: DR. JORGE NINA TINTA – SECRETARIO DE JUZGADO DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCION Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES 10º - EL ALTO.----------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&EL PRESENTE EDICTO ES PUBLICADO A LOS 04 DE SEPTIEMBRE DE 2024.


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