EDICTO
Ciudad: ATOCHA
Juzgado: JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y DE SENTENCIA PENAL DE ATOCHA
E D I C T O El DR. JOSE ENRIQUE MOLLO VIQUE, JUEZ PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PARTIDO DEL TRABAJO Y S.S. DE SENTENCIA PENAL 2º DE ATOCHA, CAPITAL DE LA SEGUNDA SECCIÓN DE LA PROVINCIA SUD CHICHAS DEL DEPARTAMENTO DE POTOSÍ.-
Por el presente Edicto se notifica y emplaza a la víctimas PALMIRA IBARRA RODRIGUEZ, TIRSA CALLA MAMANI, VERONICA COLQUE MAMANI, CARLOS WILSON JORGE MAMANI, ARIEL FLORES CORDOVA, ROSABER CECILIA NOGALES VALENCIA, SAIRE ROSEMARY NOGALES VALENZUELA, ROSEMARY VALENZUELA PEREZ, para que por sí o por interpósita persona puedan hacer uso del derecho a la defensa y asistan a la audiencia señalada de juicio oral, público, continuo y contradictorio ante el Juzgado Publico Mixto Civil y Comercial de Familia de la Niñez y Adolescencia de Partido del Trabajo y S.S. de Sentencia Penal 2º de Atocha, dentro del PROCESO PENAL seguido por el MINISTERIO PÚBLICO de oficio en contra de WILMER VICTOR CHOQUE QUISPE por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN PELIGROSA, DESTRUCCIÓN O DETERIORO DE BIENES DEL ESTADO Y LA RIQUEZA NACIONAL, HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVÍSIMAS EN ACCIDENTES DE TRANSITO previsto y sancionado por los Arts. 210, 223 y 261 del Código Penal. Asimismo las personas que conozcan a las victimas mencionadas deberán hacerle conocer el tenor íntegro del presente edicto con los siguientes actuados: --------------------------------------------------------------------------
CURSA A FS. CIENTO VEINTISEIS CORRE REPRESENTACIÓN DE SECRETARIA DEL JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, DE PARTIDO DEL TRABAJO Y S.S. DE SENTENCIA PENAL 2° DE ATOCHA.------------------------------------------------------------ Fdo. Abg. Juan Pablo Heredia Gutiérrez---------------------------------------------------------------------------------SECRETARIO
CURSA CIENTO VEINTISEIS VLTA. AUTO DE APERTURA DE JUICIO ORAL PÚBLICO, CONTINUO Y CONTRADICTORIO---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Atocha, 30 de Agosto de 2024---------------------------------------------------Siendo evidente lo manifestado en a la representación que antecede, se dispone:---VISTOS.- La acusación que realiza LA REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO PUBLICO a instancia de PALMIRA IBARRA RODRIGUEZ, TIRSA CALLA MAMANI, VERONICA COLQUE MAMANI, CARLOS WILSON JORGE MAMANI, ARIEL FLORES CORDOVA, ROSABER CECILIA NOGALES VALENCIA, SORAIDE ROSEMARY NOGALES VALENZUELA, Y ROSEMARY VALENZUELA PEREZ en contra de WILMER VICTOR CHOQUE QUISPE, y luego de haberse presentado y ofrecido las pruebas de la parte acusadora y de la parte imputada, se ha emitido el respectivo AUTO DE APERTURA DE JUICIO de conformidad con lo que señala el art. 340 parte in fine del procedimiento penal, fijándose como base del juicio la acusación presentada por la parte acusadora LA REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO a instancia de PALMIRA IBARRA RODRIGUEZ Y OTROS, en contra de WILMER VICTOR CHOQUE QUISPE, consistente en la demostración de la comisión del delito de CONDUCCIÒN PELIGROSA DE VEHICULO, HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, DESTRUCCIÒN Y/O DETERIORO DE BIENES DEL ESTADO Y LA RIQUEZA NACIONAL, tipificado en el Código Penal en su art. 210, 261 y 223 del Código Penal Bolivianos, para cuyo efecto se señala audiencia de juicio oral público y contradictorio para el día MIERCOLES 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024, a partir de horas 10:00 a.m.; debiendo notificarse a las partes de manera personal con el presente auto.---Se dispone que mediante Secretaria se proceda a la notificación a las partes, testigos ofrecidos, peritos e intérpretes si fueran ofrecidos, como también se dispone que mediante Secretaría se proceda a recepcionar los objetos, documentos y otros de prueba que hubieran sido legalmente ofrecidos para el juicio oral dispuesto, que se constituye en juicio por delitos de esta naturaleza, con noticia de partes.---REGÍSTRESE.-----------------------------
Fdo. Abg. José Enrique Mollo Vique-----------------------------------------------------------------------------------------------JUEZ Fdo. Ante Mi Abg. Juan Pablo Heredia Gutiérrez-----------------------------------------------------------------------SECRETARIO
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