EDICTO
Ciudad: TARIJA
Juzgado: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER SEXTO DE LA CAPITAL
Edicto N° 239/2024
NUREJ: 201602168
JUZGADO: SENTENCIA Y ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA OCTAVO DE LA CAPITAL
JUEZ: DR TITO BEJARANO MONTELLANOS
PROCESO: PENAL
DELITO VIOLENCIA FAMILIAR
SECRETARIA: ABG. L GABRIELA VILLARPANDO CÁCERES
SE NOTIFICA A: DELINDA MARIBEL RODRIGUEZ Y TITO ROMERO
FECHA DE ELABORACION: 2 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Tarija, 02 de Septiembre de 2024
Ante la representación del personal de apoyo, y de revisado la documental que antecede que reflejan el domicilio real del acusado y victima seria genérica e imprecisa, se ordena la notificación del acusado y victima mediante edictos con lo que corresponda, mediante medios autorizados por el Tribunal Departamental de Justicia. Dejando en constancia que: se cita, llama y emplaza al acusado TITO ROMERO a comparecer al acto señalado, bajo la advertencia que en caso de incomparecencia se declarara su rebeldía con todas las formalidades de ley
Tarija, 27 de agosto de 2024
El memorial del acusado rebelde, al efecto, analizado y considerada la misma, se advierte y se tiene, que; “el mismo, al no haber justificado materialmente, la existencia de un grave y legitimo impedimento, contingencia o fuerza mayor, que le haya impedido poder concurrir a la referida audiencia y que excluya su comportamiento reticente y clara voluntad de no someterse al proceso. Al respecto, ante su evidente conducta negligente, evasiva y desidiosa del acusado frente al proceso, comportamiento que guarda relación con el entendimiento de la SS.CC N° 0974/2004-R de fecha 24 de mayo y la N° 0197/2010-R, ante la evidente falta de causa de justificación, bajo ese contexto, corresponde; previo a poder disponer, el levantamiento de las medidas impuestas en su contra, el impetrante deberá; a) cancelar de forma inexcusable en el plazo de cuatro días, en la caja del órgano judicial, las costas por su rebeldía de Bs. 1.500.- (mil quinientos bolivianos), (bajo advertencia, que en caso de omisión y/o incumplimiento en el plazo señalado, se procederá a aplicar el incremento gradual tal como señala el reglamento y en ese orden hasta que el obligado cumpla con esta multa) y cancelada la multa presentar el comprobante en original a objeto de poder resolver de acuerdo a ley y levantar las medidas ordenadas en su contra; y c) señalar y precisar su domicilio real actual, debiendo acompañar el croquis correspondiente.
Ahora bien, retomando la secuencia del proceso, se programa audiencia de juicio oral, para el día jueves 26 de septiembre del 2024 a horas 08:00 am, para dicho acto notifíquese a las partes procesales y líbrese los mandamientos de comparendos para citar a testigos peritos y otros.-
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