EDICTO

Ciudad: COCHABAMBA

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO PRIMERO EN MATERIA FAMILIA DE LA EPI SUR DE LA CAPITAL


JUZGADO PÚBLICO N°1 DE LA EPI - SUR. EDICTO Juez del Juzgado Público N°1 de la EPI - SUR JUAN JOSÉ UGARTE HERBAS. por el presente edicto se NOTIFIQUE, llama y emplaza: A: NOEMI TOMASINA CORIA FULGUERA NUREJ: 30438582 IDENTIFICACIÓN DE PARTES Y ACCIÓN: - DEMANDANTE: JUAN MAMANI MAMANI - DEMANDADO: NOEMI TOMASINA CORIA FULGUERA - ACCIÓN: DIVORCIO - PROCESO: EXTRAORDINARIO CON: LA SENTENCIA DE DIVORCIO DE FECHA 22 DE AGOSTO DE 2024 POR TANTO: El que suscribe FALLA: declarando disuelto el vínculo conyugal que une a los esposos JUAN MAMANI MAMANI y NOEMI TOMASINA CORIA FULGUERA por voluntad de la parte demandante; en consecuencia, se dispone la cancelación de la partida de matrimonio registrado ante la O.R.C. 235, Libro N° 31, Partida Nº 19, Folio N° 10, Departamento Oruro, Provincia Sur Carangas, Localidad Orinoca, con fecha de partida 05 de mayo de 1990, debiendo notificarse al titular del SERVICIO DE REGISTRO CÍVICO (SERECÍ) de esta ciudad de Cochabamba a los fines de que proceda a la cancelación de la partida matrimonial descrita. Ejecutoriada la presente sentencia por secretaría entiéndase la provisión ejecutorial correspondiente. Se dispone la notificación a la parte demandada con la sentencia íntegra mediante edicto, para su elaboración y publicación por secretaria mediante sistema Hermes. Por otro lado se ordena también el desglose de toda la documentación acompañada por las partes. No existen otras pretensiones traídas a resolución. Ejecútese las diligencias correspondientes. REGÍSTRESE. Es lo que se trascribe conforme el Art. 310 del Código de las Familias y del Proceso Familiar para fines procesales consiguientes de ley. Doy fe. Fdo: Juan José Ugarte Herbas – Juez Publico de Familia N°1EPI-SUR Fdo: Corina Cuenca Paco – Secretaria del Juzgado Publicó de Familia N°1 EPI-SUR. Cochabamba, 30 de agosto de 2024 D. S. O.


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