EDICTO
Ciudad: EL ALTO
Juzgado: JUZGADO PÚBLICO QUINTO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE EL ALTO
EDICTO
EL SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL QUINTO DE LA CIUDAD DE EL ALTO DE LA PAZ DR. ROLANDO SEVERO SOLIZ PLATA POR EL PRESENTE EDICTO: CITA, LLAMA Y EMPLAZA AL DEMANDADO: RUBEN EDWIN CARDENAS ANDIA, PARA QUE ASUMAN DEFENSA DENTRO DEL PROCESO CIVIL PRELIMINAR SEGUIDO POR SILVIA CUSICANQUI TRUJILLO SOBRE RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS A EFECTO SE TRANSCRIBEN LAS LITERALES CORRESPONDIENTES.-------------
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MEMORIAL CURSANTE A FS. 53 DE OBRADOS. --------------------------------------
SEÑOR JUEZ, QUINTO PUBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA CIUDAD DE EL ALTO. ---NUREJ: 204116538. ---INT: 756/23. ---SOLICITA SE DE POR RECONOCIDA LA FIRMA. ---SILVIA CUSICANQUI TRUJILLO, de generales ya descritas, dentro del proceso Preparatorio de Reconocimiento de Firmas y Rubricas, seguido de instancias de mi persona en contra de RUBEN EDWIN VARDENAS ANDINA, presentándome ante su digna autoridad con el debido respeto expongo y pido: Señor Juez, conforme el estado del proceso y estando a la fecha la parte demandada debidamente notificada sin que la misma se hubiera apersonado ante su digna autoridad a objeto de proceder al firmas del reconocimiento de documento suscrito en fecha 20 de febrero de 2019, por lo que tengo a bien, solicitar en aplicación a lo establecido por el Art. 306, parágrafo I, numeral 2) inciso c) in fine del Código Procesal Civil, se sirva disponer el reconocimiento del documento cursante en obrados, protestando de mi parte cumplir con las formalidades de ley. ---JUSTICIA PARA TODOS...Correo electrónico laura wara@hotmail.com_wasap 72508027 La Paz. julio de 2024. ---FIRMA ILEGIBLE DEL IMPETRANTE. --- FIRMA Y SELLA ABOGADA HILDA MERY LAURA VARGAS. RPA. 4804804 HMLV. --- FIRMA ILEGIBLE DEL IMPETRANTE. -----------------------------------------------------------PROVIDENCIA DE FS. 53 VTA. DE OBRADOS. -----------------------------------------EL ALTO A 04 DE JULIO DE 2024. ---Pase obrados a despacho a dictar su correspondiente resolución. --- FIRMA Y SELLA. ---ROLANDO SEVERO SOLIZ PLATA. ---JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 5° EL ALTO. ---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA. ---LA PAZ – EL ALTO – BOLIVIA. ---FIRMA Y SELLA. ---MODESTO LUQUE MAMANI. ---SECRETARIO. --- JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 5° EL ALTO. ---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA. --- LA PAZ – BOLIVIA. -----------RESOLUCIÓN CURSANTE A FS. 54 DE OBRADOS. ---------------------------------RESOLUCIÓN Nº 511/2024. ---NUREJ: 204116538. --- JUZGADO PÚBLICO CIVIL COMERCIAL QUINTO DE LA CIUDAD DE EL ALTO. ---DENTRO DEL PROCESO PRELIMINAR SEGUIDO POR: SILVIA CUSICANQUI TRUJILLO CONTRA RUBÉN EDWIN CÁRDENAS ANDIA, SOBRE: RECONOCIMIENTOS DE FIRMAS Y RUBRICAS. ---El Alto, 11 de Julio de 2024. ---VISTOS: De una revisión de antecedentes, se evidencia los siguientes fundamentos de orden legal: --- 1 ) Que, una demanda preparatoria no constituye proceso como tal, sino simplemente es una diligencia preliminar encaminada a facilitar el ejercicio de una determinada acción para asegurar la eficacia jurídica de esta, de ahí que toda resolución que recaiga sobre esta diligencia no tiene carácter definitivo, porque no pone fin a ningún litigio. ---2) Que, SILVIA CUSICANQUI TRUJILLO interpone medida preparatoria a objeto de que RUBÉN EDWIN CÁRDENAS ANDIA, reconozca o niegue su firma y rubrica, estampada en el Documento Privado de fecha 20 de febrero de 2019 cursante a fs. 1 de obrados, medida que fue admitida mediante Resolución N° 814/2023 de fecha 17 de noviembre de 2023 cursante a fs. 18 de obrados, donde se conmina al emplazado a comparecer ante este despacho judicial dentro del tercer día hábil de su legal citación. ---3) Que, realizada la citación y emplazamiento de RUBÉN EDWIN CÁRDENAS ANDIA, así mismo se evidencia que se notificó mediante edictos cursante a fs. 51 a 52 de obrados, es en tal antecedente no se habría apersonado ante el presente despacho judicial a efectos de reconocer o no las firmas estampadas en el documento privado de fs. 1 de obrados en tal sentido corresponde, emitir la siguiente determinación. ---POR TANTO. - El suscrito Juez del Juzgado Publico Civil y Comercial Quinto de la ciudad de El Alto - La Paz, da POR RECONOCIDA la firma y rubrica estampada en el Documento Privado de fecha 20 de febrero de 2019 cursante a fs. 1 de obrados correspondiente a: RUBEN EDWIN CÁRDENAS ANDIA, así como la EFECTIVIDAD del mismo, sea con las formalidades de ley. ---REGÍSTRESE Y TÓMESE RAZÓN. --- FIRMA Y SELLA. ---ROLANDO SEVERO SOLIZ PLATA. ---JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 5° EL ALTO. ---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA. ---LA PAZ – EL ALTO – BOLIVIA. ---FIRMA Y SELLA. ---MODESTO LUQUE MAMANI. ---SECRETARIO. --- JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 5° EL ALTO. ---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA. --- LA PAZ –-------------------------------------$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$
MEMORIAL CURSANTE A FS. 55 DE OBRADOS. -------------------------------------------------- SEÑOR JUEZ PUBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL QUINTO DE LA CIUDAD EL ALTO. ---NUREJ: 204116538. --- INT. 756/23. ---SOLICITO NOTIFICACIÓN POR EDICTOS. ---SILVIA CUSICANQUI TRUJILLO, mayor de edad, hábil por derecho, presentándome ante su digna autoridad dentro de la Demanda Preparatoria de Reconocimiento de firmas seguido a instancia de mi persona en contra de RUBEN EDWIN CÁRDENAS ANDIA, con el debido respeto expongo y pido: ---Señor juez, conforme el estado del proceso y en merito a la Resolución N° 511/2024 de fecha 11 de Julio de 2024, solicito a su autoridad se sirva ordenar que por secretaria de juzgado se emitan los edictos, para su notificación, protestando de mi parte cumplir con las formalidades de ley. ---ACCIONES CONFORME A DERECHO. ---laura_wara@hotmail.com 72508027. ---La paz, julio de 2024. --- FIRMA ILEGIBLE DEL IMPETRANTE. --- FIRMA Y SELLA ABOGADA HILDA MERY LAURA VARGAS. RPA. 4804804 HMLV. --- FIRMA ILEGIBLE DEL IMPETRANTE. ------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&AUTO CURSANTE A FS. 55 VTA. DE OBRADOS. ---------------------------------------- VISTOS: En merito a lo solicitado y conforme los antecedentes del proceso se dispone se proceda a la notificación, mediante edictos a: RUBEN EDWIN CÁRDENAS ANDIA a ser publicados por dos veces con intervalos no menores a cinco días en cualquier medio de prensa o en su caso a través del sistema de publicación de edictos judiciales Hermes, sea previo juramento de desconocimiento de domicilio prestado por la parte demandante, conforme dispone el Art. 78 parágrafo II de la Ley 439, en cuanto a designar defensora de oficio previamente cúmplase con lo principal, siendo que se designara defensora de oficio de manera conjunta, sea con las formalidades de ley. --- FIRMA Y SELLA. ---ROLANDO SEVERO SOLIZ PLATA. ---JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 5° EL ALTO. ---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA. ---LA PAZ – EL ALTO – BOLIVIA. ---FIRMA Y SELLA. ---MODESTO LUQUE MAMANI. ---SECRETARIO. --- JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 5° EL ALTO. ---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA. --- LA PAZ –--ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO DE FS. 58 DE OBRADOS. ---ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO. ---En la ciudad de el Alto, a horas 16:25 PM. del día martes trece de agosto de dos mil veinticuatro, el personal del Juzgado Publico Civil y Comercial 5° El Alto. conformado por el Dr. Rolando Severo Soliz Plata Juez Público Civil y Comercial de Luque Mamani en audiencia de juramento de desconocimiento de domicilio, dentro del proceso PRELIMINAR, seguido por CUSICANOUI TRUJILLO SILVIA, en contra de CÁRDENAS ANDIA RUBEN EDWIN Sobre Reconocimiento de Firmas y Rubricas. ---Acto seguido se hizo presente el señor: ---SILVIA CUSICANQUI TRUJILLO, con C.I. 6034486 L.P. mayor de edad, hábil por derecho, soltera, arquitecta, con domicilio en la Av. 3 ? 1-? Zona Rosas Pampa - El Alto. ---Quien manifestó: ---"JURO QUE DESCONOZCO EL DOMICILIO DE RUBEN EDWIN CÁRDENAS ANDIA, JURAMENTO QUE LO PRESTA EN APLICACIÓN DEL ART. 78-II DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL" ---Laido que le fue persistió en su tenor firmando en constancia, junto con la señora juez y la suscrita secretaria. ---De lo que certificó: ---FIRMA ILEGIBLE DEL IMPETRANTE. ---FIRMA ILEGIBLE DEL IMPETRANTE. --- FIRMA Y SELLA. ---ROLANDO SEVERO SOLIZ PLATA. ---JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 5° EL ALTO. ---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA. ---LA PAZ – EL ALTO – BOLIVIA. ---FIRMA Y SELLA. ---MODESTO LUQUE MAMANI. ---SECRETARIO. --- JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 5° EL ALTO. ---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA. --- LA PAZ – BOLIVIA. ---------------------- JJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJJ El presente Edicto es librado en la ciudad de El Alto, a los dos (02) días del mes de septiembre de 2024 años.-------------------------
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