EDICTO

Ciudad: ORURO

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO SEXTO EN MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL


EDICTO LA SEÑORA JUEZ INES AMALIA GONZALES CHUNGARA DEL JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA Nro. 6 de ORURO-BOLIVIA POR CUANTO LA LEY LE FACULTA. -------------------------- Con el presente Edicto de Ley tiene carácter de NOTIFICACION se hace saber a JAIME SEVERO ACHO TAQUICHIRI dentro del proceso de ASISTENCIA FAMILIAR seguida por DHEISI MAMANI LIZETE contra JAIME SEVERO ACHO TAQUICHIRI. - con NUREJ: 4049659. ---A cuyo efecto se transcriben los siguientes actuados de ley. ++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++ MEMORIAL CURSANTE A FS. 199 DE OBRADOS----SEÑOR JUEZ PUBLICO DE FAMILIA Nº 6 DE LA CAPITAL ORURO BOLIVIA---REITERO Liquidación.---NUREJ: 4049659 OTROSI---DHEISI MAMANI LIZETE, de generales de ley ya descritas esto dentro del proceso de fenecido de ASISTENCIA FAMILIAR a instancias de JAIME SEVERO ACHO TAQUICHIRI, con el debido respeto ante su autoridad expongo y pido. Conforme prevé el art. 117 1. de la Ley 603, tengo a bien presentar la planilla general de liquidación de acuerdo a la última liquidación presentada por la ultima doctora de acuerdo al siguiente detalle: PARA EL BENEFICIARIO: JHASBLEIDY MARTHA ACHO MAMANI Por la suma de Bs. 700 mediante Acuerdo de fecha 09/03/2018, conforme Auto de Fecha 05/09/2018 Fechas a computar Días/Meses/Años vencidos Debe Haber Saldo De Noviembre a Diciembre de 2020 2 meses 1.400.- 22/12/2020 Bs. 2.000 De Enero a Diciembre de 2021 1 año8.400.-02/02/2021 Bs. 20 19/04/2021 Bs. 7.800 Sub Total Bs. 7.820 De Enero a Diciembre 2022 1 año 8.400.- De Enero a Diciembre de 2023 1 año 8.400.-De Enero a Junio de 2024 6 meses 4.200.-TOTAL DEUDA Para el Beneficiario 8 meses y 3 años. 30.800.- 9.820.- 20.980 s.e.u.o.La liquidación de pensiones importa la suma de Bs.20.980- (VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA 00/100 BOLIVIANOS), que debe cancelar el Obligado JAIME SEVERO ACHO TAQUICHIRI. OTROSI. Por otro lado habiendo anteriormente solicitado las certificaciones de SE.RE.CI. Y SEGIP nos indica su ultimo domicilio en el Departamento de Potosí Localidad de Uyuni es por lo cual solicito se libre la correspondiente COMISION INSTRUIDA para la Localidad de Uyuni encomendando su ejecución y cumplimiento al JUZGADO PUBLICO MIXTO CIVIL, COMERCIAL DE FAMILIA E INSTRUCCIÓN PENAL ADMINISTRATIVO, COACTIVO FISCAL Y TRIBUTARIO DE TURNO DE LA LOCALIDAD DE UYUNI, protestando de mi parte proveeré los recados necesarios. OTROSI 2.- Adjunto Certificaciones de SE.RE.CI. Y SEGIP OTROSI 3.- Ratifico domicilio procesal Oruro, 5 de Julio de 2024.----FDO. ABOGADO 1----FDO ABOGADO 2----DECRETO CURSANTE A FS. 200 DE OBRADOS---Oruro, 09 de julio de 2024. El memorial con liquidación de pensiones devengadas que precede póngase a conocimiento de la parte demandada en su domicilio real señalado, de conformidad al Art. 4 demanda de la Ley N° 603 Código de las Familias y del Proceso Familiar y de no existir observación alguna dentro el plazo de 3 (tres) días computables notificación, vuelva a despacho para su respectiva aprobación, en caso de a partir de su legal existir observación la misma deberá de venir debidamente respaldada con prueba adjunta. Al Otrosí 1. Se tiene presente líbrese comisión instruida al objeto impetrado sea previas las formalidades de rigor. Al Otrosí 2. Por adjunto con noticia contraria. Al Otrosí 3. Por ratificado domicilio procesal y medios telemáticos.---FDO. SEÑOR JUEZ---FDO SECRETARIA---REPRESENTACION CURSANTE A FS. 211 DE OBRADOS---JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA N° 1 UYUNI - POTOSÍ – BOLIVIA---EL SUSCRITO OFICIAL DE DILIGENCIAS DEL JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA Nº 1 DE LA CIUDAD DE UYUNI A SU AUTORIDAD CON RESPETO:---NUREJ: 4049659---INFORMA: Dentro del Proceso de ASISTENCIA FAMILIAR Seguido por DHEISI MAMANI LIZETE en contra de JAIME SEVERO ACHO TAQUICHIRI. Sra. Juez, en estricto cumplimiento AL DECRETO de fecha 25 de JULIO de 2024 años emitidos por su autoridad informó y detallo lo siguiente:---Habiéndose ordenado por la autoridad jurisdiccional se realice la NOTIFICACION con la comisión instruida, debo informar que en fecha miércoles 24 de Julio de 2024 el suscrito se encontraba con baja médica, asimismo de la versión de secretaria de este despacho la parte solicitante tenía pasaje ya comprado para retornar a su lugar de origen en la misma fecha, indicando la misma no poder volver ya que es un gasto, motivo por el cual se le indico que deje la comisión instruida para posteriormente ser diligenciado y remitido al juzgado de origen vía currier; al respecto INFORMAR que en la presente fecha, me dirigí a la dirección indicado en el Certificado de SEGIP (CALLE PANDO ENTRE CAMACHO S/N, ZONA PETROLERO) una vez constituido en la dirección indicada se advirtió varios inmuebles e incluso lotes baldíos, el suscrito procedió a tocar las puertas sin embargo no obtuvo respuesta, cabe señalar que no se cuenta con un croquis o descripción del inmueble del obligado, habiendo el suscrito revisado el memorial adjunto a la comisión, por lo que no se pudo realizar la notificación ordenada por su autoridad---ES CUANTO PUEDO INFORMAR A SU AUTORIDAD, EN HONOR A LA VERDAD PARA FINES CONSIGUIENTES DE LEY.---OFICIAL DE DILIGENCIAS DEL JUZGADO DE FAMILIA Nro. 1 UYUNI-BOLIVIA---MEMORIAL CURSANTE A FS. 224 DE OBRADOS---SEÑOR JUEZ PUBLICO DE FAMILIA N™ 6 DE LA CAPITAL ORURO BOLIVIA---SOLICITO NOTIFICACION POR Edictos NUREJ: 4049659 OTROSI.-Señor Juez, habiendo anteriormente solicitado Comisión Instruida para la respectiva notificación a la parte contraria y la misma siendo representada por el Juzgado de Uyuni Nº1 en fecha 25 de Julio del presente año es que ahora vuelvo a solicitar a su digna autoridad se Notifique con la correspondiente Liquidación de Pensiones Devengadas mediante EDICTOS DE LEY Y SEA PUBLICADO MEDIANTE LA PÁGINA DEL ÓRGANO JUDICIAL SISTEMA ERMES y no vulnerar los derechos a su debida defensa; protestando proveer recaudos de ley. OTROSI 2.- Comisión Instruida se puede evidenciar en el cuaderno de control jurisdiccional OTROSI 3.- Ratifico domicilio procesal. Oruro, 8 de Agosto de 2024---DECRETO CURSANTE A FS. 225 DE OBRADOS---09 de agosto de 2024---A LO PRINCIPAL.- En atención a lo solicitado, y habiéndose agotado las instancias previas de notificación, líbrese edictos de ley, previo juramento de desconocimiento de domicilio, publicaciones que se efectuaran en un medio de circulación nacional autorizado por el Tribunal Departamental de Justicia en dos oportunidades, conforme previene el parágrafo I del Art. 309 del Código de las Familias y del Proceso Familiar y en el Sistema Digital HERMES del Órgano Judicial.-AL OTROSI 2.-Se tiene presente. AL OTROSI 3.-Por ratificado.-FDO---SEÑORA JUEZ---FDO SECRETARIA------------------------------------------------------- EL PRESENTE EDICTO EL LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO-----


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