EDICTO

Ciudad: ORURO

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES SEGUNDO DE LA CAPITAL


JUZGADO: ORURO - JUZGADO DE SENTENCIA SEGUNDO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL EDICTO DE LEY NOTIFIQUESE A: DILZA CARRILLO VARGAS, MONICA BERMUDEZ CASTILLO, KIMBERLY HERNANDEZ, PARCIDAS, YHARAMITH RODRIGUEZ HERNANDEZ, ANGEL URRIBARRIA ACOSTA, ARACELIA ACOSTA GUTIERREZ, ALEJANDRO YURI MURSIA PALIARROYO, FRANYELY NEXARE VEGA NIEVES, YERALDY JOSERANGEL MARTINEZ MILEYDIMOR, DARIO POLO VEGA, ARSENIO ACOSTA CUENCA Y JOSE MOLLO CHAMBI QUE DIRIGE LA ABOGADA VERONICA FATIMA FATIMA HECHALAR BARRIENTOS JUEZ DEL JUZGADO DE SENTENCIA PENAL N°2 DENTRO EL PROCESO SEGUIDO POR EL MINISTERIO PUBLICO EN CONTRA DE FREDDY MAMANI MAMANI POR EL PROCESO DE “HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO” &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ORURO, 26 DE AGOSTO DE 2024 ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Celebrado Ante: EL JUZGADO DE SENTENCIA PENAL Nº 2 DE LA CAPITAL (ORURO – BOLIVIA) JUEZ: Dr. Sandro I. Quezada Hinojosa SECRETARIO: Abg. Ruth Pamela Villegas Lopez SALA DE AUDIENCIA: Del Juzgado de Sentencia Penal No. 2 Tribunal Departamental de Justicia de Oruro Hora de inicio 16:30 P.M. Hora de finalización 16:38 P.M. SEGUIDA POR ACUSACION FISCAL: MINISTERIO PÚBLICO DR. WILLIAM PAREDES CHIRE DATOS GENERALES DE LAS VICTIMAS. AMADOR RONALD CADIMA CHAVEZ (FALLECIDO) HERIDOS 1. DILZA CARRILLO VARGAS 2. MONICA BERMUDEZ CASTILLO 3. KIMBERLY HERNANDEZ PARCIDAS 4. YHARAMITH RODRIGUEZ HERNANDEZ 5. ANGEL URRIBARRIA ACOSTA 6. JOSUE URRIBARRIA ACOSTA 7. ARCELIA ACOSTA GUTIERREZ 8. ALEJANDRO YURI MURSIA PALIARROYO 9. FRANYELY NEXARE VEGA NIEVES 10. YHERALDY JOSERANGEL MARTINEZ 11. MILEYDIMOR JOSERANGEL MARTINEZ 12. DARIO POLO VEGA 13. ARSENIO ACOSTA CUENCA 14. JOSE MOLLO CHAMBI En contra de: Nombres y apellidos: FREDDY MAMANI MAMANI C.I.: 6033619-Or. Ocupación: Chofer Estado civil: Concubino Abogado defensor: Dr. Néstor Esteban Quispe Poma Domicilio procesal: Calle La Plata Entre Cbba. Y Caro Edificio De Contadores Oficina Nro. 9 Por el delito de: HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO Art. 261 núm. 1 del Código Penal, con relación al art. 20 del mismo Código. CON LA PARTICIPACIÓN DE: Acusación fiscal WILLIAM PAREDES CHIRE Víctima: JOSE MOLLO CHAMBI Abogado: LEONARDO SUXO Acusado: FREDDY MAMANI MAMANI Abogado: DR. VICENTE MAMANI CHOQUE SEÑOR JUEZ: Se instala la presente audiencia, se concede la palabra a la doctora Secretaria, va a informar la conclusión de las partes y de las mismas se encuentran identificadas conforme a derecho. Buenas tardes. SECRETARIA: Gracias doctor. En el centro de audiencia se encuentra el representante del ministro de Publico de la misma manera comparecen a parte de la acusadora particular el señor José Mollo Soto asistido de su defensa técnica como también la parte acusada el señor Fredy Mamani asistido de su defensa técnica no se hacen presentes, la representante de SEPDAVI de la Defensoría de la Niñez Adolescencia. SEÑOR JUEZ: Se tiene presente, Ministerio público, buenas tardes. MINISTERIO PÚBLICO : Muchas gracias señor juez, escuchando el informe de secretaria, entendiendo que no se tiene la presencia en este caso de las víctimas que están representadas por el SEPDAVI y la Defensoría de la Niñez Adolescencia, siempre con la finalidad por lo menos de agotar se puede comunicar por secretaria con estas instituciones y para tal fin un objeto, digo un receso de cinco minutos y bueno con el informe de secretaria ya podemos o tenemos las condiciones para llevar adelante la audiencia. SEÑOR JUEZ: El doctor entiendo que se habría pretendido llegar a alguna salida alternativa. ¿Hay alguna posición respecto de esta, doctor? DDEFENSA TECNICA DE LA ACUSADO: Gracias Doctor , bueno sí, ya habíamos conversado con la parte contraria, pero bueno, estamos a la espera también, doctor, de que tal vez podamos llegar a un acuerdo con la parte contraria. DEFENSA DE LA PARTE VICTIMA: La palabra magistrado mientras que la audiencia no está. Ha existido una especie de comunicación y no sabemos si podemos llegar a ningún acuerdo al menos hasta el momento. Pero si está abierta SEÑOR JUEZ: Está abierta la posibilidad DEFENSA TECNICA DE LA VICTIMA Siempre y cuando se han mostrado más serios también al momento de plantar SEÑOR JUEZ Yo creo que todos van a tener que ser serios no solamente esperar la seriedad de algún lado Por último, voy a venir a decir de ese cuadro, cosa de entorpecer el estado de la misma causa entendiendo que existe la posibilidad tanto de la parte víctima como de la parte cruzada de poder llegar a algún término a medio con relación a alguna salida alternativa dentro de la presente causa preferirían disponer la suspensión de más de así como cuarto intermedio para el día MIÉRCOLES 18 DE SEPTIEMBRE AHORA ES 9.30 AM Y S.S Notificada en audiencia el Ministerio Público, notificada en audiencia la parte víctima, la persona de José Mollo chambi y su defensa técnica Notificada en audiencia de la misma manera la parte acusada, Freddy Mamani Mamani, así como su patrocinio legal Debiéndose de hacer conocer el presente señalamiento de audiencia, a las demás víctimas, a la representación de SEPDAVI, a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, de la misma manera, se dispone la notificación de la dirección de la del Director o Directora de la Dirección de Igualdad y Oportunidades, así como de la Dirección del Servicio Plurinacional de Defensa a la Víctima, a objeto de que dichas instituciones jerárquicas, asuman conocimiento de que el personal que viene trabajando al interior de aquellas instituciones no se hace presente al llamado del órgano jurisdiccional. Bueno, además se ha concluido la presenta de la audiencia. CON LO QUE CONCLUYO EL ACTUADO JUDICIAL A HORAS DIESISEIS CON TREINTA Y OCHO MINUTOS DEL DIA LUNES VENTISEIS DE AGOSTO DEL DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS, FIRMANDO EL SEÑOR JUEZ Y LA SUSCRITA SECRETARIA DE LO QUE CERTIFICO.- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS DOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS. FIRMANDO EN CONSTANCIA LA SEÑORA JUEZ Y LA SUSCRITA SECRETARIA DE LO QUE CERTIFICO. D. S. O.


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