EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO VIGÉSIMO QUINTO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL


EDICTO EL DOCTOR RAÚL ALEJANDRO GUTIÉRREZ QUISBERT JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 25º MEDIANTE LA PRESENTE HACE SABER: QUE POR EL PRESENTE EDICTO SE CITA A: CORÍN ZAMBRANO DE SÁNCHEZ CON C.I. 3614768 Cbba, DENTRO DEL PROCESO CIVIL PRELIMINAR (DILIGENCIA PREPARATORIA), SEGUIDO POR: FRANCISCA CALLE DE LEANDRO CONTRA: CORIN ZAMBRANO DE SANCHEZ; SOBRE: RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS. - ????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????Memorial cursante a fs. 3 ---------------------------------------------------------------------SEÑOR JUEZ JUZGADO PÚBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE TURNO MEDIDA PREPARATORIA DE RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS. ---------- Otrosi 1.- Adjunto Documento. ---------- Otrosi 2.- Honorarios. ---- Otrosi 3.- Domicilio. ---------- FRANCISCA CALLE DE LEANDRO mayor de edad, hábil por ley con C.I. No. 622407 L.P., casada, comerciante, domiciliada en calle 5 No. 27, zona Pampahasi de ésta ciudad, seguido contra CORIN ZAMBRANO DE SANCHEZ, ante las consideraciones de su autoridad con respeto expongo y pido: Señor Juez, la presente Medida Preparatoria de Reconocimiento de Firmas y Rúbricas, demando conforme a documento de préstamo adjunto a la presente por la suma de dinero de Bs. 4.000.- (CUATRO MIL, 00/100 BOLIVIANOS) en contra de CORIN ZAMBRANO DE SANCHEZ, mayor de edad, hábil por ley con C.I. No. 3614768 Cbba., domiciliada en calle uno, barrio Petrolero de la zona Alto Calacoto de esta ciudad, previsto en los Arts. 305-307 de la Ley 439, la demandada se comprometió a pagar por el lapso de un año, es decir desde el día 12 de febrero de 2008 hasta el día 12 de febrero de 2009, cancelándose por mes vencido con tolerancia de dos días, la falta de pago de dos meses consecutivos dará lugar al fenecimiento del contrato, sin embargo hago hincapié que la demandada ha incumplido superabundante a la fecha con el pago de la obligación contraída pese a reiterados reclamos, recibiendo sólo evasivas. -------- Debo manifestar que existe una mora de veintitrés años, cuatro meses y 23 dias, es decir del 13 de marzo de 2009 al 23 de abril de 2024 en curso, adeudando la demandada por tanto tiempo. Por lo expuesto solicito a su probidad se sirva disponer la citación s emplazamiento de la demandada a efectos de que al día siguiente hábil de su legal notificación, se apersone al juzgado a reconocer su firma y rubricas estampado en el documento de pago adjunto a la presente. --------- Como medida precautoria, pido se disponga oficiar si existen registros de alguna propiedad a nombre de la demandada en oficinas de Derechos Reales de El Alto, Derechos Reales de La Paz, a la entidad Financiera ASFI para la retención de fondos en los diferentes Bancos ó financieras, a la entidad Operativa de Tránsito de El Alto La Paz, Cooperativa Telefónica La Paz "COTEL", y asi continuar con el proceso Ejecutivo para que de esta manera pueda recuperar lo adeudado por la demandada, previsto en el Art. 307 parágrafo 1. del Código Procesal Civil. ---------- Otrosi 1.- En cumplimiento al Art. 330 del Adjetivo Civil adjunto el documento original base de la acción instaurada y cédulas de identidad. ---------- Otrosi 2.- En cuanto a honorarios se estará al arancel del L. Colegio de Abogados. ------- Otrosi 3.- Señalo domicilio procesal calle Sucre No. 792 esquina Genaro Sanjinés, planta baja, Of. 11, celular 77233148, correo: consuelo.aguilarz @hotmail.com -------- La Paz, 23 de abril de 2024. --------------------------------------------FIRMA Y SELLA: CONSUELO AGUILAR ZANNIER ----ABOGADA----MAC.7735---CONALAB.2472----MAT. RPA. 398048 CLAZ-A .-----------------------------FIRMA: Ilegible------------------------------------???????????????????????????????????????????????????????????????????????????????providencia cursante a fs. 5. -----------------------------------------------------------------CALLE C/ZAMBRANO NUREJ: 204155488. --------- La Paz, á 29 de abril de 2024. -------- A lo principal y otrosies. Previa a cualquier determinación justifique el nexo de causalidad o conexitud de la diligencia preparatoria con la eventual demanda principal ejecutiva y el contenido de los documentos en cuestion, en relación a los requisitos contemplados por el Art. 378 del adjetivo civil ya que el recibo de fs.2 no establece fecha de cumplimiento, (ii) de conformidad al Art. 110. 6 del Código Procesal Civil realice una correcta relación de los hechos, (iii) cumpla con el Art. 110.7 del Código Procesal Civil, con su resultado se dispondrá lo que corresponda, a cuyo efecto, se le otorga el plazo de 3 días, bajo alternativa de emitirse la resolución que corresponda. NOTIFIQUE FUNCIONARIO. --------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Dr. Raúl Alejandro Gutierrez Quisbert----Juez Publico Civil y Comercial 25----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ-BOLIVIA.---- FIRMA Y SELLA ANTE MI: Dra. Diego Bacilio Zapana Rios ----SECRETARIO-ABOGADO----Juzgado Publico Civil y Comercial 25---- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ-BOLIVIA----------------------------------------------------??????????????????????????????????????????????????????????????????????????????? Memorial cursante a fs. 7 ---------------------------------------------------------------------SEÑOR JUEZ JUZGADO PUBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL 25- NUREJ 204155488. ------ DOY CUMPLIMIENTO.. ------- FRANCISCA CALLE DE LEANDRO de generales ya mencionadas dentro del proceso de medida preparatoria de reconocimiento de firmas y rúbricas, seguido contra CORIN ZAMBRANO DE SANCHEZ de generales ya señalada en el proceso, ante las consideraciones de su autoridad con respeto expongo y pido: Señor Juez, de conformidad a providencia de fecha 29 de abril de 2024 emitida por su autoridad, requiero el reconocimiento de firma y rúbrica del documento de préstamo de dinero de febrero 12 de 2008 adjunto al exordio del proceso, monto de dinero que asciende a Bs. 4.000.- (CUATRO MIL,00/100 BOLIVIANOS), y de conformidad a los Arts. 305-306 de la Ley 439, la demandada se comprometió a devolverme el dinero en el lapso de un año, es decir hasta el 12 de febrero de 2009, a la fecha, la demandada ha incumplido superabundante tiempo con la obligación contraída pese a reiterados reclamos, dinero que le fue entregado sin ningún resultado. -------- De conformidad a los Arts. 305,3), 306.2) y 307.1. del Código Procesal Civil, pido a su probidad se sirva disponer la citación y emplazamiento de la demandada a efectos de que al día siguiente hábil de su legal notificación, se apersone al juzgado a reconocer su firma y rúbrica estampado en dicho documento. ------ La finalidad que tengo es que el documento de préstamo de dinero sea elevado a instrumento público a efectos de que tenga carácter ejecutivo para que de esta manera recupere mi dinero que se entregó a CORIN ZAMBRANO DE SANCHEZ y seguir el proceso Monitoreo Ejecutivo. ----- Sin embargo como medida precautoria, pido se disponga oficiar si existen registros de alguna propiedad a nombre de la demandada en oficinas de Derechos Reales de El Alto, Derechos Reales de La Paz, a la entidad Financiera ASFI para la retención de fondos en los diferentes Bancos ó financieras, a la entidad Operativa de Tránsito de El Alto La Paz, Cooperativa Telefónica La Paz "COTEL", y así continuar con el proceso Ejecutivo para que de ésta manera pueda recuperar lo adeudado por la demandada, previsto en el Art. 307 parágrafo 1. del Código Procesal Civil. -------- Otrosí 1.- En cumplimiento al Art. 330 del Adjetivo Civil adjunto el documento original base de la acción instaurada y cédulas de identidad. Otrosí 2.- En cuanto a honorarios se estará al arancel del I. Colegio de Abogados. Otrosí 3.- Señalo domicilio procesal calle Sucre No. 792 esquina Genaro Sanjinés, planta baja, Of. 11, celular 77233148, correo: consuelo.aguilarz @hotmail.com ------- La Paz, 02 de mayo de 2024. ----------------------------------------------FIRMA Y SELLA: CONSUELO AGUILAR ZANNIER ----ABOGADA----MAC.7735---CONALAB.2472----MAT. RPA. 398048 CLAZ-A .-----------------------------FIRMA: Ilegible----------------------------------???????????????????????????????????????????????????????????????????????????????? Providencia cursante a fs. 8.------------------------------------------------------------------CALLE C/ZAMBRANO. NUREJ 204155488. ------- La Paz, 6 de mayo de 2024. -------- A lo principal y Otrosies.- Cumpla a cabalidad con lo requerido en la providencia de observación de 29 de abril de 2024 de fs. 5, ya que el documento base no contempla el plazo de 1 año al que hace mención, a cuyo efecto, en merito al principio de accesibilidad se le otorga el plazo de 1 día bajo alternativa de emitirse la resolución correspondiente. NOTIFIQUE FUNCIONARIO. -----------------FIRMA Y SELLA: Dr. Raúl Alejandro Gutierrez Quisbert----Juez Publico Civil y Comercial 25----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ-BOLIVIA.---- FIRMA Y SELLA ANTE MI: Dra. Diego Bacilio Zapana Rios ----SECRETARIO-ABOGADO----Juzgado Publico Civil y Comercial 25---- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ-BOLIVIA----------------------------------------------------????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????Memorial cursante a fs. 10 --------------------------------------------------------------------SEÑOR JUEZ JUZGADO PUBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL 25- NUREJ 204155488. ------- SUBSANO OBSERVACION FRANCISCA CALLE DE LEANDRO, dentro del proceso de medida preparatoria Reconocimiento de Firmas y Rúbricas seguido contra CORIN ZAMBRANO DE SANCHEZ, ante las consideraciones de su autoridad con respeto expongo y pido: ------- Señor Juez, habiendo sido notificada el dia 07 de mayo de 2024 con providencia emitida por su probidad tengo a bien subsanar lo observado porque es evidente no contempla una fecha de vencimiento la medida preliminar incoada tiene la finalidad de determinar la legitimación pasiva de los futuros demandados. ------ Asimismo me permito señalar que la intimación en mora será interpuesto una vez concluida la presente medida, previsto en el Art. 305.3) de la Ley 439, sea conforme a derecho. ------- Señalo celular 77233148, correo: consuelo.aguilarz@hotmail.com. -------- La Paz, 08 de mayo de 2024. ---------------------------FIRMA Y SELLA: CONSUELO AGUILAR ZANNIER ----ABOGADA----MAC.7735---CONALAB.2472----MAT. RPA. 398048 CLAZ-A .-----------------------------FIRMA: Ilegible------------------------------------???????????????????????????????????????????????????????????????????????????????Auto cursante a fs. 11 ---------------------------------------------------------------------CALLE C/ZAMBRANO. NUREJ: 204155488. -------- La Paz, á 10 de mayo de 2024. ------- VISTOS: En atención a lo expuesto, sin perjuicio de tener presente los alcances de la diligencia preliminar intentada, siendo que el objeto, que motiva la interposición, de la diligencia preliminar se halla orientada al planteamiento posterior de una demanda tendiente al cobro de una acreencia, tratándose de una pretensión de condena, en cuya virtud de acuerdo a los Arts. 306.1.2. y 307.11. de la norma antes señalada se tiene por calificada la pretensión y se admite la medida preparatoria como proceso preliminar, en cuyo mérito CITESE y EMPLACESE a CORIN ZAMBRANO DE SANCHEZ con C.1. Nro. 3614768 Cbba, a objeto de que comparezca a este despacho judicial para que reconozca, o niegue, las firmas y rubricas estampadas en el "RECIBO" de 12 de febrero de 2008 de fs. 2 a cuyo efecto se señala audiencia para el quinto día siguiente hábil de practicada dicha diligencia a horas 11:00; sea bajo alternativa de tenerse por reconocidas las firmas y rubricas así como su efectividad para el caso de incomparecencia o inconcurrencia. ------- Al Otrosi Iro de fs. 3 y al Otrosi Iro de fs.7. Conforme al cargo de recepción por adjuntada la documentación arrimada a la demanda y en conocimiento de parte adversa. ------- Al Otrosi 2do de fs. 3 y al Otrosi 2do de fs. 7.- Por anunciado si correspondiere. ------- Al Otrosi 3ro de fs. 3 y al Otrosi 3ro de fs. 7.- Por señalado el domicilio procesal, debiendo tener presente lo dispuesto en los Arts. 84 y 85 de la Ley Nro. 439. asimismo, se tiene presente el número de celular de referencia, respecto al correo electrónico el mismo debe estar registrado en el sistema Hermes. FIRMA Y SELLA: Dr. Raúl Alejandro Gutierrez Quisbert----Juez Publico Civil y Comercial 25----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ-BOLIVIA.---- FIRMA Y SELLA ANTE MI: Dra. Diego Bacilio Zapana Rios ----SECRETARIO-ABOGADO----Juzgado Publico Civil y Comercial 25---- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ-BOLIVIA----------------------------------------------------??????????????????????????????????????????????????????????????????????????????-Memorial cursante a fs. 36.-------------------------------------------------------------------- SEÑOR JUEZ JUZGADO PUBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL 25.- -------- NUREJ 204155488 -------- PIDO NOTIFICACION POR EDICTOS. FRANCISCA CALLE DE LEANDRO, dentro del proceso Civil DE Medida Preparatoria Reconocimiento de Firmas y Rúbricas seguido contra CORIN ZAMBRANO DE SANCHEZ, ante las consideraciones de su autoridad con respeto expongo y pido: --------- Señor Juez, dando cumplimiento a la notificación efectuada en el inmueble señalado por el SEGIP Y SERECI, al ubicar dicho inmueble con el Oficial de Diligencias nos informaron que la demandada ya no vive en dicho inmueble como también emite informe el Oficial de Diligencias de su juzgado, motivo por el que pido a su probidad se disponga la notificación por Edictos, sea con las formalidades de ley. ------- Señalo celular 77233148, correo: consuelo.aguilarz@hotmail.com ------- La Paz, 09 de agosto de 2024. --------------------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: CONSUELO AGUILAR ZANNIER ----ABOGADA----MAC.7735---CONALAB.2472----MAT. RPA. 398048 CLAZ-A .-----------------------------FIRMA: Ilegible------------------------------------???????????????????????????????????????????????????????????????????????????????Auto cursante a fs. 37 ------------------------------------------------------------------------CALLE/ZAMBRANO NUREJ 204155488. ------- La Paz, 13 de agosto de 2024. --------- VISTOS. - En mérito a lo peticionado en el memorial que antecede, asimismo de conformidad a lo señalado en el parágrafo II del Art. 78 del Código Procesal Civil, notifiquese mediante EDICTOS a CORIN ZAMBRANO DE SANCHEZ, sea, en un órgano de prensa de Circulación Nacional previo juramento de desconocimiento de domicilio y en observancia de lo establecido en el parágrafo II del artículo referido en líneas anteriores. Sea con los recaudos de rigor. ---------------------------------FIRMA Y SELLA: Dr. Raúl Alejandro Gutierrez Quisbert----Juez Publico Civil y Comercial 25----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ-BOLIVIA.---- FIRMA Y SELLA ANTE MI: Dra. Diego Bacilio Zapana Rios ----SECRETARIO-ABOGADO----Juzgado Publico Civil y Comercial 25---- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ-BOLIVIA----------------------------------------------------????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????memorial cursante a fs.39.---------------------------------------------------------------------SEÑOR JUEZ JUZGADO PUBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL 25. ------- NUREJ 204155488. -------- PIDO SE PUBLIQUE EDICTOS EN LA PAGINA. ------- WEB DEL SISTEMA HERMES. ------- FRANCISCA CALLE DE LEANDRO, dentro del proceso Civil de Medida Preparatoria Reconocimiento de Firmas y Rúbricas seguido contra CORIN ZAMBRANO DE SANCHEZ, ante las consideraciones de su autoridad con respeto expongo y pido: -------- Señor Juez, debo manifestar que se ha dispuesto la citación a la demandada mediante Edictos por un periódico de circulación nacional, recurro a su probidad para indicar que no cuento con muchos recursos económicos y existiendo Acuerdo de Sala Plena No. 13/2018 y Circular 12/2020 de 15 de julio de 2020 del Tribunal Supremos de Justicia, cuyos instrumentos establecen el uso de herramientas tecnológicas para efectuar dichas notificaciones, motivo por el que pido a su probidad, se disponga dicha notificación, sea conforme a derecho. -------- Señalo celular 77233148, correo: consuelo.aguilarz@hotmail.com. ----La Paz, 15 de agosto de 2024.FIRMA Y SELLA: CONSUELO AGUILAR ZANNIER ----ABOGADA----MAC.7735---CONALAB.2472----MAT. RPA. 398048 CLAZ-A .-----------------------------FIRMA: Ilegible------------------------------------???????????????????????????????????????????????????????????????????????????????Providencia cursante a fs.40 ------------------------------------------------------------------CALLE C/ZAMBRANO NUREJ 204155488 ---------- La Paz, 19 de agosto de 2024. ------- En atención a lo solicitado se dispone: que por Secretaria de Juzgado se proceda a la publicación de los edictos ordenados a fs. 37 de obrados sean publicados a través del Sistema HERMES las formalidades de ley. ---------------------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Dr. Raúl Alejandro Gutierrez Quisbert----Juez Publico Civil y Comercial 25----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ-BOLIVIA.---- FIRMA Y SELLA ANTE MI: Dra. Diego Bacilio Zapana Rios ----SECRETARIO-ABOGADO----Juzgado Publico Civil y Comercial 25---- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ-BOLIVIA----------------------------------------------------???????????????????????????????????????????????????????????????????????????????Acta de audiencia de desconocimiento de domicilio a fs. 42. -----------------------------------ACTA DE AUDIENCIA DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO -------- (CALLE C/ZAMBRANO) ------ PRELIMINAR ------- Nurej: 204155488. --------- En la ciudad de La Paz, a horas 12:38 del día 23 (veintitrés) de agosto de dos mil veinticuatro años, el personal del Juzgado Publico Civil y Comercial N° 25, compuesto por el Abogado Secretario se constituyó en Audiencia Pública de DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO dentro del proceso civil ejecutivo seguido por: FRANCISCA CALLE DE LEANDRO C/ CORIN ZAMBRANO DE SANCHEZ. --------- Instalado el acto, se convocó a las personas que responden al nombre de FRANCISCA CALLE DE LEANDRO con C.I. Nro. 622407 L.P., mayor de edad, hábil por derecho, domiciliado en la CALLE 5 N° 27 ZONA BAJO PAMPAHASI. --------- AL ÚNICO: DESCONOZCO EL DOMICILIO Y PARADERO ACTUAL de CORIN ZAMBRANO DE SANCHEZ, es decir no tengo conocimiento del domicilio de las personas nombradas. --------------- Con lo que termino el acto, firmando de lo que certifico. FIRMA: FRANCISCA CALLE DE LEANDRO. ------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: CONSUELO AGUILAR ZANNIER ----ABOGADA----MAC.7735---CONALAB.2472----MAT. RPA. 398048 CLAZ-A .------------------- FIRMA Y SELLA ANTE MI: Dra. Diego Bacilio Zapana Rios ----SECRETARIO-ABOGADO----Juzgado Publico Civil y Comercial 25---- TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA----LA PAZ-BOLIVIA. -------------------------------------------------------------------????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA PAZ A LOS DOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS, POR ORDEN DEL SR. JUEZ DEL JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 25°, DE LA CAPITAL DR. RAÚL ALEJANDRO GUTIERREZ QUISBERT----FIRMADO POR EL DOCTOR DIEGO ZAPANA RIOS SECRETARIO – ABOGADO, JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL 25°, LA PAZ - BOLIVIA-----------------????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????


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