EDICTO

Ciudad: EL ALTO

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO SEGUNDO EN MATERIA FAMILIAR DE EL ALTO


EDICTO LA DOCTORA KAREN CAREAGA MIRANDA JUEZ SEGUNDO PÚBLICO DE FAMILIA DE LA CIUDAD DE EL ALTO HACER SABER Que dentro del proceso familiar seguido por WILMA QUENALLATA HINOJOSA contra EULOGIO CORIA CONDORI sobre ASISTENCIA FAMILIAR se ha dispuesto lo que a continuación se transcribe.----------------------------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FS. 23 – 24. DE OBRADOS. ------------------------------------------------------------ SEÑOR JUEZ PUBLICO DE FAMILIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE EL ALTO.-----NUREJ: 204165450----Plantea DEMANDA DE ASISTENCIA FAMILIAR por los motivos que indica---Otrosíes.---- WILMA QUENALLATA HINOJOSA con cedula de identidad No. 7047422 La Paz, mayor de edad hábil por derecho, soltera, con domicilio en Av. Circunvalación No. 8325 Zona Mutual La Primera, ante las consideraciones de su digna autoridad, con el debido respeto, me apersono, expongo y pido:----I.- GENERALES DE LEY EL DEMANDADO---- EULOGIO CORIA CONDORI, con cedula de identidad No.7890958, mayor de edad hábil por derecho, soltero y demás generales de ley desconocidas.----.-RELACION DE HECHO---- Señor juez, sucede que mi persona sostuvo una relación de concubinato con el señor Eulogio Coria Condori producto de ello tuvimos dos hijos de nombre Luz Wara Coria Quenallata que a la fecha tiene con 10 años de edad y Evan Abraham Coria Quenallata que a la fecha tiene con 5 años de edad, lamentablemente desde la gestión 2018 cuando nación mi hijo menor el progenitor de mis hijos se alejó dejándonos en indefensión producto de lo cual consumía bebidas alcohólicas y mantener relaciones con otras mujeres las cuales llegue a descubrir además que constantemente me legaba a agredir verbalmente así como físicamente, además señor juez no conforme con todo el no aportaba con los gastos de la casa.---- Desde el momento en que se alejó de nuestra familia mis hijos ya no fueron creciendo en un ambiente lleno de discusiones agresiones y falta de respeto mismo que no es apto para ellos ya que se encuentran en una etapa en la cual ellos van aprendiendo los valores que se les inculca cada familia, sino más al contrario hora van creciendo en un hogar lleno de amor, tranquilidad y comprensión, mismo que desde ese entonces me hice cargo de cubrir todos aquellos gastos de salud, educación, vestimenta y alimentación que son necesarios para que puedan tener un buen desarrollo y crecimiento, pese a que el progenitor de mis hijos cuenta con una fuente laboral estable en una empresa minera en el Municipio de Conzata – Tacacoma.----III. PETICIÓN Por lo sucintamente expuesto señor Juez y siendo un derecho y una obligación por cada uno de los progenitores atender en igualdad de condiciones mediante el esfuerzo común el mantenimiento y responsabilidad del hogar, la educación, y la formación integral de los hijos tal como lo establecen los Artículos 109,110 y 112 del Código de las Familias y del Proceso Familiar concordante con el Artículo 64, parágrafo I. de la Constitución Política del Estado en la vía EXTRAORDINARIA interpongo demanda de ASISTENCIA FAMILIAR, en contra de EULOGIO CORIA CONDORI de generales de ley desconocidas, petición que la efectuó según lo dispuesto en Artículo 434 inciso j) del Código de las Familias y del Proceso Familiar, solicitando a usted se sirva fijar asistencia familiar mensual en la suma de Bs. 1.500.- (Un mil Quinientos 00/100 Bolivianos), en favor de mis dos hijos pidiendo a su digna autoridad que corridos los respectivos tramites de Ley dicte sentencia declarando probada la demanda de asistencia familiar y sea con todas las formalidades de Ley.---- OTROSI 1. Solicita se oficie: A objeto de demostrar que el demandado cuenta con una fuente de trabajo, y conocer las generales de ley solicito de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 24 de la Constitución Política del Estado, se emitan los siguientes oficios.---- Se oficie a GESTORA PUBLICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LARGO PLAZO, para que emitan informe pormenorizado de los aportes que tiene el demandado EULOGIO CORIA CONDORI, con cedula de identidad No.7890958.---- Se oficie a la FEDERACIÓN DEPARTAMENTAL DE COOPERATIVAS MINERAS (FEDECOMIN) a objeto de que brinde un informe si el demandado EULOGIO CORIA CONDORI, con cedula de identidad No.7890958 es accionista de alguna empresa minera.---- Se oficie a la CAJA NACIONAL DE SALUD, a objeto de que se brinde un informe acerca desde cuando el demandado EULOGIO CORIA CONDORI, con cedula de identidad No.7890958 cuenta con el seguro de salud.---- Se oficie al SERVICIO GENERAL DE IDENTIFICACIÓN (SEGIP) para que emita una certificación de datos de identidad donde figure el domicilio actual del demandado EULOGIO CORIA CONDORI, con cedula de identidad No.7890958.---- OTROSI 2. Prueba documental: A efectos de probar los hechos expuestos y de conformidad al Artículo 261 de la Ley 603, pido a su digna autoridad se sirva tener en calidad de prueba pre constituida lo siguiente.----a) Certificado de Nacimiento de Luz Wara Coria Quenallata (original).----b) Certificado de Nacimiento de Evan Abraham Coria Quenallata (original).----c) Cedula de identidad de Luz Wara Coria Quenallata y Evan Abraham Coria Quenallata (fotocopia simple).----d)Cedula de identidad de mi persona Wilma Quenallata Hinojosa (fotocopia simple).----e) Croquis de domicilio de Wilma Quenallata Hinojosa.---f) Cedula de identidad de Eulogio Coria Condori (fotocopia simple).----g) Fotos del demandado en su fuente laboral .----h) Libretas escolares (originales).----i) Lista de útiles de mis hijos (original).----j) Detalle de gastos.----k) Facturas de servicios básicos (original).---- OTROSI 3. Honorarios profesionales. El suscrito abogado patrocinante en materia de honorarios profesionales se atiene al arancel mínimo dispuesto en la ley del ejercicio de la Abogacía.---- OTROSI 4 Domicilio procesal. Señalo como domicilio la secretaria de su digno despacho y a efectos de posibles notificaciones virtuales señalo dirección de correo electrónico yerson.tarqui.riveros@gmail.com y número de celular 60632544.---- “Justicia es el hábito de dar a cada cual lo suyo”.----14 de junio de 2024----FIRMA Y SELLO: DR. YERSON FERNANDO TARQUI RIVEROS----ABOGADO----FIRMA IMPETRANTE: ILEGIBLE---------------------------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&PARTE PERTIENTE DEL DECRETO CURSANTES A FS.25. DE OBRADOS.-------------------------------- JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA SEGUNDO.----RESOLUCIÓN No. 793/2024.---- Proceso de Asistencia Familiar: Wilma Quenallata Hinojosa contra Eulogio Coria Condori.---- El Alto, 17 de Junio de 2024.---- VISTOS. - Se admite la demanda de ASISTENCIA FAMILIAR en Cuanto hubiere lugar en derecho y corre en TRASLADO al demandado EULOGIO CORIA CONDORI, para que responda en el termino de 5 dias de su legal citación, conforme al Art. 437 I de la ley No. 603, debiendo a tiempo de responder, adjuntar, proponer y ofrecer toda la prueba que obre en su poder, tal como lo establece el parágrafo II del Art. 268 de la Ley No. 603 y bajo apercibimiento de designársele defensor de oficio, conforme lo tiene previsto el Art. 266 del Código de las Familias y del Proceso Familiar.---- Notifíquese a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia con la demanda conforme lo prevén los Art. 241 y 242 de la Ley No. 603.---- AL OTROSÍ 1.- En Atención a lo solicitado, UNA VEZ CITADA LA PARTE CONTRARIA, OFÍCIESE al fin impetrado, Sea Con las formalidades de ley.----- En atención a lo solicitado, OFÍCIESE al Servicio de Registro Cívico (SERECI) y al Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), a objeto de que informen el ultimo domicilio declarado por EULOGIO CORIA CONDORI con C.I. No. 7890958.---- AL OTROSÍ 2. - Adjúntese y en conocimiento contrario.---- AL OTROSÍ 3. - Se tiene presente si corresponde.---- AL OTROSÍ 4.- Se tiene presente medios digitales y POR CONSTITUIDO COMO SU DOMICILIO PROCESAL LA SECRETARIA DEL JUZGADO.---- Regístrese. –------------------------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FS. 32. DE OBRADOS. ------------------------------------------------------------------ SEÑORA JUEZ SEGUNDO PÚBLICO DE FAMILIA 2do DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE EL ALTO.----NUREJ: 204165450.----CUMPLE LO ORDENADO POR SU AUTORIDAD Y PRESENTA INFORME EMITIDO POR EL SERVICIO GENERAL DE IDENTIFICACION PERSONAL DENTRO DE LA DEMANDA QUE SE INDICA.----OTROSI.- SU CONTENIDO.---- WILMA QUENALLATA HINOJOSA, de generales de Ley ya conocidas, mayor de edad y hábil por derecho, dentro del proceso de Asistencia Familiar instaurado en contra del señor Eulogio Coria Condori, ante las consideraciones de su digna autoridad con el debido respeto me apersono y presento.---- Señora Juez; dando cumplimiento a lo ordenado por su autoridad, mediante resolución No. 793/2024 a fojas 24 de obrados, tengo a bien a adjuntar en original el informe de datos personales de Eulogio Coria Condori con C.I. 7890958 emitido por el Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), referido informe evidencia el ultimo domicilio registrado de Eulogio Coria Condori a efecto de notificación personal y sea con las formalidades de ley.---- OTROSÍ 1. Se reitera correo electrónico yerson.tarqui.riveros@gmail.com y número de celular6063254“Justicia es el habito de dar a cada cual lo suyo” La paz, 01 de junio de 2024.--------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& PARTE PERTINENTETE DEL DECRETO CURSANTE A FOJAS 33. DE OBRADOS.-------------------- JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA SEGUNDO---- El Alto, 04 de Julio de 2024.---- Adjúntese, conforme a los datos del proceso, cítese a la parte demandada EULOGIO CORIA CONDORI conforme el domicilio señalado en informe SERECI Y SEGIP de fs. 20 y 31, sea mediante comisión instruida debiendo ser cumplida por el JUZGADO PUBLICO MIXTO DE PARTIDO Y DE SENTENCIA PENAL PRIMERO DEL ASIENTO JUDICIAL DE SORATA PROVINCIA LARECAJA DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ, por secretaria a efectos del Art. 317 de la Ley 603, expídase las fotocopias legalizadas que sea pertinentes asi como de la resolución que disponga el acta.---- Al otrosí 1. – Se tiene presente medios digitales, debiendo tener presente que todas las notificaciones se realizan en secretaria del Juzgado, conforme dispone el Art. 314 I. de la Ley No. 603.---- Regístrese.----FIRMA Y SELLO: KAREN CAREAGA MIRANDA.-----JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA SEGUNDO.----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.----EL ALTO- LA PAZ-BOLIVIA----FIRMA Y SELLO ANTE MI: CARLOS DAVID ALCON MARTINEZ.----SECRETARIO- ABOGADO----JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA SEGUNDO ----EL ALTO – LA PAZ BOLIVIA. ---------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& COMISION INSTRUIDA CURSANTE A FOJAS 52. DE OBRADOS. --------------------------------------------- PRESENTACIÓN.---- A : DRA. KAREN CAREAGA MIRANDA.---- JUEZ DEL JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA SEGUNDO DE EL ALTO.---- DE: YHOSELINE YHADIRA TITIRICO HERNANDEZ.---- OFICIAL DE DILIGENCIAS DEL JUZGADO PUBLICO MIXTO DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLECENCIA PARTIDO DEL TRABAJO Y S.S. Y DE SENTENCIA PENAL 1º SORATA.---- REF.: REPRESENTA COMISIÓN INSTRUIDA.---- FECHA : 19 DE JULIO DE 2024.----- AL PUNTO ÚNICO: Que, dentro del proceso de demanda familiar caratulado QUENALLATA HINOJOSA WILMA contra CORIA CONDORI EULOGIO, por ASISTENCIA FAMILIAR, tengo a bien poner en conocimiento a su digna Autoridad lo siguiente:.----1.Que, de la revisión de la comisión instruida ordenada por el Juzgado Publico de Familia Segundo de la ciudad de El Alto en decreto de fecha 04 de julio de 2024 que se notifique mediante comisión instruida al señor: Eulogio Coria Condori conforme al domicilio señalado en informes de Sereci y Segip..----2. Que, dentro de la presente comisión instruida, se puede advertir que no cursa croquis del Domicilio Real del ahora demandado donde se acredite que tendría como ultimo domicilio Resd. Sorata, provincia Larecaja; al no cursas el croquis, carnet o número telefónico o mas datos del demandado con los que pueda dar cumplimiento a la presente comisión instruida dificulta a la suscrita a constituirse al lugar a diligenciar e identificar tal domicilio.----3. Se advierte que, la localidad de Sorata tiene una amplia extensión territorial, la misma cuenta con diversos cantones y municipios lo cual carece de información respecto al domicilio exacto y la dirección señalada por la información de Sereci.---- Ante lo expuesto en los párrafos anteriores, tengo a bien REPRESENTAR LA PRESENTE COMISIÓN INSTRUIDA, por los argumentos vertidos ante su digna autoridad, y por consecuente, REPRESENTO LA COMISIÓN INSTRUIDA.---- Es cuanto tengo a bien informar y representar y sea para fines consiguientes de Ley.---------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FS. 53. DE OBRADOS. ------------------------------------------------------------ SEÑOR JUEZ PUBLICO DE FAMILIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE EL ALTO.---- NUREJ: 204165450----DA CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR SU AUTORIDAD Y PRESENTA INFORME DENTRO DE LA DEMANDA DE ASISTENCIA FAMILIAR QUE SE INDICA.----OTROSI.----SU CONTENIDO.---- WILMA QUENALLATA HINOJOSA, de generales de Ley ya conocidas, mayor de edad y hábil por derecho, dentro del proceso de Asistencia Familiar instaurado en contra del señor Eulogio Coria Condori, ante las consideraciones de su digna autoridad, con el debido respeto, me apersono, expongo y pido.---- Señora Juez, habiendo su autoridad ordenado que mediante comisión instruida se proceda a citar al demandado EULOGIO CORIA CONDORI con la demanda de asistencia familiar, en el domicilio señalado en la certificación de datos de identidad emitida por el Servicio General de Identificación Personal (SEGIP) y servicio de registro cívico (SERECI) es en este sentido que habiéndome constituido con la oficial de diligencias del Juzgado Público Mixto de Familia, Niñez y Adolescencia de Partido del Trabajo y S.S. y de Sentencia Penal 1° de Sorata del Departamento de La Paz en el domicilio que figuran en las referidas certificaciones, sin embargo no habiendo encontrado el domicilio señalado y tampoco conocen al demandado en el lugar señalado, motivo por el cual pido a su digna autoridad de acuerdo a lo previsto en el Articulo 308, parágrafo I del Código de las Familias y del Proceso Familiar, ordene se corra en traslado mediante la publicación POR EDICTOS, previo Juramento de desconocimiento de domicilio, petición que la realizo de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 24 de nuestra Constitución Política del Estado y sean con las formalidades de ley.---- OTROSÍ.- Se reitera correo electrónico yerson.tarqui.riveros@gmail.com y número de celular 60632544.----“justicia es el habito de dar a cada cual lo suyo”.----La paz, 31 de julio de 2024.------------------------------------------------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& PARTE PERTIENTE DEL DECRETO CURSANTES A FS.54. DE OBRADOS.-------------------------------- JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA SEGUNDO.---- El Alto, 01 de Agosto de 2024.---- VISTO. – Adjuntase el informe a sus antecedentes, conforme a los datos del proceso e informe de fs. 52 procédase a la citación de la parte demandada EULOGIO CORIA CONDORI a cuyo efecto por secretaria elabore el edicto de Ley, sea mediante EDICTOS que serán publicados en un medio de comunicación escrito de circulación nacional autorizado, en dos oportunidades y conforme a lo dispuesto por los Arts. 309 I y 310 de la ley No. 603, sea previo juramento de desconocimiento de domicilio.---- Al otrosí. – Se tiene presente medios digitales, debiendo tener presente que todas las notificaciones se realizan en Secretaria del Juzgado, conforme dispone el art. 314 I de la Ley No. 603.- --- FIRMA Y SELLO: KAREN CAREAGA MIRANDA.-----JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA SEGUNDO.----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.----EL ALTO- LA PAZ-BOLIVIA----FIRMA Y SELLO ANTE MI: CARLOS DAVID ALCON MARTINEZ.----SECRETARIO- ABOGADO----JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA SEGUNDO ----EL ALTO – LA PAZ BOLIVIA---------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA SEGUNDO.---- EL ALTO – BOLIVIA.----ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO.---- En la ciudad de El Alto, a horas 15:00 del día 13 de agosto de dos mil veinticuatro años, el personal del Juzgado Publico de Familia Segundo de El Alto, nos constituimos en acto de juramento de DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO dentro del proceso de ASISTENCIA FAMILIAR seguido por WILMA QUENALLATA HINOJOSA contra EULOGIO CORIA CONDORI.---- Acto seguido, de conformidad a lo dispuesto por Auto de fs. 54 de obrados, el suscrito Secretario tomo juramento de rigor a WILMA QUENALLATA HINOJOSA, mayor de edad hábil por derecho, con cedula de identidad No. 7047422, soltera, estudiante, con domicilio en Avenida Circunvalación No. 8325, Zona Mutual La Primera de la ciudad de El Alto, haciendo la señal de la cruz:---- “JURO POR DIOS, LAS LEYES Y SU CONCIENCIA DESCONOCER EL DOMICILIO ACTUAL Y PARADERO DEL DEMANDADO EULOGIO CORIA CONDORI”.---- Con lo que termino solemnemente el acto de lo que certifico.---------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FS. 57. DE OBRADOS. ------------------------------------------------------------------ SEÑORA JUEZ SEGUNDO PÚBLICO DE FAMILIA 2do DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE EL ALTO.----NUREJ: 204165450.----SOLICITA QUE SE NOTIFIQUE MEDIANTE EL SISTEMA HERMES DENTRO DE LA DEMANDA DE ASISTENCIA FAMILIAR QUE SE INDICA.----OTROSI.-SU CONTENIDO.----WILMA QUENALLATA HINOJOSA, de generales de ley ya conocidas, mayor de edad y hábil por derecho, dentro del proceso de Asistencia Familiar instaurado en contra del señor Eulogio Coria Condori, ante las consideraciones de su digna autoridad, con el debido respeto, me apersono, expongo y pido.-----Señora juez sabiendo su autoridad ordenado mediante decreto de fs. 54 que la notificación al demandado EULOGIO CORIA CONDORI con cedula de identidad Nro. 7890958, sea mediante el edicto en un medio de circulación nacional por dos oportunidades, solicito a su autoridad pueda disponer que las notificaciones sean publicadas por el SISTEEMA HERMES Debido que mi persona no cuenta con los recursos necesarios para realizarlo en un periódico de circulación nacional, petición que la realizo de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 24 de nuestra Constitución Política del Estado y sean con las formalidades de ley.----OTROSI.- Se reitera correo electrónico yerson.tarqui.riveros@gmail.com y número de celular 60632544.----“justicia es el habito de dar a cada cual lo suyo”.---- La paz, 27 de agosto de 2024.----------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& PARTE PERTIENTE DEL DECRETO CURSANTES A FS.58. DE OBRADOS.-------------------------------- JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA.-----El Alto.28 de agosto de 2024.----En atención a los antecedentes procesales y lo solicitado en el memorial que antecede, citese a la parte demandada EULOGIO CORIA CONDORI mediante edictos judiciales SISTEMA HERMES, a cuyo efecto por secretaria elabórese el edicto de ley y su publicación correspondiente.----AL OTROSI.- Se tiene presente medios digitales, debiendo tener presente que todas las notificaciones se realizan en secretaria del Juzgado, conforme dispone Art. 314 de la ley No. 603.---- FIRMA Y SELLO: KAREN CAREAGA MIRANDA.-----JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA SEGUNDO.----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.----EL ALTO- LA PAZ-BOLIVIA----FIRMA Y SELLO ANTE MI: CARLOS DAVID ALCON MARTINEZ.----SECRETARIO- ABOGADO----JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA SEGUNDO ----EL ALTO – LA PAZ BOLIVIA----------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS 30 DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO AÑOS------------------------------------------------------------------------FM


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