EDICTO

Ciudad: COCHABAMBA

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO SEGUNDO EN MATERIA FAMILIA DE LA EPI SUR DE LA CAPITAL


NOTIFICION PARA: MAXIMO COLQUE JALA PARTES DEL PROCESO: - DEMANDANTE: ALEJANDRA VILLCA RAMIREZ - DEMANDADO: MAXIMO COLQUE JALA - ACCION: ASISTENCIA FAMILIAR - NUREJ: 30434468 MOTIVO: Notificación con la sentencia de fecha 28 de agosto de 2024. POR TANTO La presente Autoridad Judicial, administrando justicia en primera instancia a nombre de la ley y la Jurisdicción que por ella ejerce FALLA declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 12 y13, en consecuencia se fija una asistencia familiar de Bs. 2000 (DOS MIL 00/100 BOLIVIANOS) que deberá pasar el demandado MAXIMO COLQUE JALA a favor de sus hijos ADELLANO, FABIOLA, JHOSELIN Y HEYDI MISHEL COLQUE VILLCA, sea a partir de su legal citación con la demanda, conforme establece el Art. 117 –I del Código de Las Familias Ley 603. Monto que será depositada en la cuenta bancaria que cursa en el proceso a fs. 10. Así mismo toda dadiva o regalo que pueda hacer la progenitora a los hijos no será compensado por asistencia familiar tomando en cuenta que esta se está fijando en un sistema monetario, salvo acuerdo de partes que lo determinen de dicha manera. No existiendo ningún otro punto traído a definición judicial, Independientemente de notificarse al defensor de oficio con la sentencia integra, se dispone la notificación al demandado mediante edictos a confeccionarse y publicarse por Secretaria en el sistema Hermes.. REGISTRESE. Notifique Oficial de diligencias ADVERTENCIA: Otorgándosele el plazo 5 dias para apelar de la sentencia, bajo conminatoria de aplicarse el Art. 415-II de la Ley 603 respecto al ultimo. Fdo. Dra. Iveth Quispe Patiño – Juez Publico de Familia N° 2 EPI SUR Fdo. Dra. Salome Godoy Cabezas – Secretaria Juz.Publ.Flia N° 2 Cochabamba 28 de agosto de 2024.


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