EDICTO

Ciudad: COCHABAMBA

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO SEGUNDO EN MATERIA FAMILIA DE LA EPI SUR DE LA CAPITAL


EDICTO CITACION PARA: HENRY MAMANI ZUBIETA PARTES DEL PROCESO: - DEMANDANTE: MARIA RODRIGUEZ ALMANZA - DEMANDADO: HENRY MAMANI ZUBIETA - ACCION: ASISTENCIA FAMILIAR - NUREJ: 30438006 MOTIVO: Notificación con la sentencia de fecha 21 de agosto de 2024. POR TANTO La presente Autoridad Judicial, administrando justicia en primera instancia a nombre de la ley y la Jurisdicción que por ella ejerce FALLA declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 13 y 14, en consecuencia se fija una asistencia familiar de Bs. 1100 (UN MIL OCHOCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS) que deberá pasar el demandado HENRY MAMANI ZUBIETA a favor de sus hijos JOSE ANTONIO Y SHEYLA MAMANI RODRIGUEZ, sea a partir de su legal citación con la demanda, conforme establece el Art. 117 –I del Código de Las Familias Ley 603. Monto que será depositada en la cuenta bancaria que cursa a fs.10. Asimismo toda dadiva o regalo que pueda hacer la progenitora a los hijos no será compensado por asistencia familiar tomando en cuenta que esta se esta fijando en un sistema monetario, salvo acuerdo de partes que lo determinen de dicha manera. no existiendo ningún otro punto traído a definición judicial, Independientemente de notificarse al defensor de oficio con la sentencia integra, se dispone la notificación al demandado mediante edictos a confeccionarse y publicarse en el sistema Hermes, REGISTRESE.- Notifique funcionaria ADVERTENCIA: Otorgándosele el plazo 5 dias para apelar de la sentencia, bajo conminatoria de aplicarse el Art. 415-II de la Ley 603 respecto al ultimo. Fdo. Dra. Iveth Quispe Patiño – Juez Publico de Familia N° 2 EPI SUR Fdo. Dra. Salome Godoy Cabezas – Secretaria Juz.Publ.Flia N° 2 Cochabamba 28 de agosto de 2024.


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