EDICTO

Ciudad: ORURO

Juzgado: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER SEGUNDO DE LA CAPITAL


EDICTO DE LEY EL DR. ARNOLD JOHN CAMPOS ATANACIO, JUEZ DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL CAUTELAR, ANTICORRUPCIÓN Y CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES No. 2 DE LA CAPITAL ORURO-BOLIVIA POR CUANTO LA LEY Y EL DERECHO LE FACULTAN: Nº 130/2024 Por el presente Edicto se NOTIFICA, al imputado ANTHONY RAMIRO OCAÑA UZARES dentro el proceso penal seguido por el MINISTERIO PÚBLICO en contra de ANTHONY RAMIRO OCAÑA UZARES por el delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA, a cuyo efecto se transcriben los siguientes actuados de Ley; MEMORIAL DE FECHA 12 DE JUNIO DE 2024, DECRETO DE FECHA 12 DE JUNIO DE 2024, DECRETO DE FECHA 20 DE AGOSTO DE 2024, DE CONFORMIDAD AL ART. 165 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL SE EMPLAZA A DECRETO DE FECHA 12 DE JUNIO DE 2024, QUE TIENE EL LAPSO DE 10 (DIEZ) DÍAS COMPUTABLES A PARTIR DE LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO PARA ASUMIR DEFENSA, CON LA ADVERTENCIA QUE SI NO COMPARECE SE REALIZARA FUTURAS DILIGENCIAS MEDIANTE TABLERO DE NOTIFICACIONES DE SECRETARIA DE ESTE:-------------------------------------------------------------------------- SEÑOR (A) JUEZ DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE TURNO ORURO-BOLIVIA CUD: 401502012401147 Comunico Inicio de Investigación.- OTROSI.. Abg. F. GONZALO ÁLVAREZ CONDORI, Fiscal de Materia, al amparo de lo previsto por el Art. Art 225 de la Constitución Politica del Estado, de conformidad con lo establecido por la última parte de los arts 289 y 298 del Código de Procedimiento Penal, comunico a su autoridad: A Denuncia de: VERONICA SUSANA PARDO MEJIA Domicilio Real: Pasaje "X" N° 218 entre Sargento Flores y Lira de esta ciudad. Domicilio Procesal: No se menciona. En contra de: ANTHONY RAMIRO OCAÑA UZARES Domicilio Real: Aldana, Pagador y Potosi de esta ciudad. Domicilio Procesal: No se menciona Se han iniciado investigaciones preliminares por la presunta commission Del delito de: VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA Tipificado y sancionado por el Art. 272 bis, núm. 1 del Código Penal; en relación al Art. 7 núm. 1 (Violencia Fisica) de la ley N° 348. Resultando Victima del hecho: VERÓNICA SUSANA PARDO MEJIA Se servirá asumir las medidas pertinentes, a efecto del control jurisdiccional. Otrosi 1º.- El Ministerio Público asume las siguientes Medidas de Protección (para mujeres) establecidas en el art. 389 bis., parágrafo 1, núm. 4 y 5, del Codigo de Procedimiento Penal, solicitando sean ratificadas. Otrosi 2. Se adjunta el croquis domiciliario. Otrosí 3º.- Domicilio procesal, calle Camacho esquina Junin, oficinas del Ministerio Público, siendo que el caso fue derivado a la Fiscalia Especializada correspondiente. Oruro, 11 de junio de 2024. FIRMA FISCAL. Oruro, 12 de junio de 2024 A lo principal.- Se tiene presente para efectos de control jurisdiccional, la comunicación de inicio de investigación generada por el Ministerio Público en contra de ANTHONY RAMIRO OCAÑA UZARES por el delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA, previsto y sancionado por el art. 272 Bis núm. 1 del Código Penal; en relación al art. 7 num.1 (violencia física) de la Ley Nº 348 (Ley integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia); notifíquese al denunciado con el presente inicio de investigación de manera personal en su domicilio real, consecuentemente la autoridad fiscal deberá emitir el requerimiento conclusivo correspondiente a la etapa preliminar, en el plazo previsto por el art. 94 de la Ley Nº348. Asimismo, se dispone que la víctima debe apersonarse a objeto de señalar su ciudadanía digital para realizar futuras notificaciones, en caso de no hacerlo futuros actuados se notificaran mediante tablero de notificaciones de este despacho judicial. Al otrosí.- Se tiene presente, téngase por ratificadas las medidas de protección, asumidas por la autoridad fiscal conforme prescribe el Art. 389 Bis parágrafo I del código de procedimiento Penal (para mujeres) en sus numerales 4) y 5) de la indicada Ley. Al otrosí 2do.- Por adjunto. Al otrosí 3º.- Se tiene presente, notifíquese al Fiscal Departamental a objeto que informe a este despacho judicial que fiscal de materia está a cargo del presente caso. FIRMA JUEZ Y SECRETARIA. Oruro, 20 de agosto de 2024 De la revisión de obrados y a mérito de la representación realizada por la Oficina Gestora de Procesos, se dispone la notificación del denunciado ANTHONY RAMIRO OCAÑA UZARES con el inicio de investigaciones y demás actuados mediante edicto de ley, de conformidad al art. 165 del código de procedimiento penal, publicaciones que deberán efectivizarse por secretaria de este despacho judicial a través del sistema Hermes del Tribunal Supremo de JusticiaFIRMA JUEZ Y SECRETARIA. ------------------------------------------------------------------------- EL PRESENTE EDICTO DE LEY ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO.---------------------------------------------------------------------------


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