EDICTO

Ciudad: SAN LORENZO

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA E INSTRUCCIÓN PENAL DE SAN LORENZO


EDICTO JUZGADO PUBLICO, CIVIL COMERCIAL, DE FAMILIA, DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA E INSTRUCCIÓN CAUTELAR 1° DE SAN LORENZO JUEZ: DRA. TERESA J. TORREZ TORREZ SECRETARIA: DRA ADELA CISNEROS GONZALES SIGUE: MINISTERIO PÚBLICO IMPUTADO: HUGO MOSCOSO ESPINOZA VICTIMA: ESTUPRO OBJETO: NOTIFICAR AL IMPUTADO HUGO MOSCOSO, CON DECLARATORIA DE REBELDIA ACTA DE DECLARATORIA DE REBELDIA JUEZ : DRA. TERESA JESUS TORREZ TORREZ PROCESO : PENAL CODIGO : 605102072400057 DELITO : ESTUPRO QUERELLANTE : MINISTERIO PÚBLICO IMPUTADO : HUGO MOSCOSO ESPINOZA FISCAL : DANIEL SANCHEZ LUGAR Y FECHA : SAN LORENZO, 30 DE JULIO de 2024 HORA DE INICIO : 17:30 am. HORA FINALIZA : 17:40 a.m. MODALIDAD : VIRTUAL Secretaria.- Tengo a bien informar que se han cumplido con las diligencias de notificación, se encuentra presente el Ministerio Publico Dr. Daniel Sanchez, ausente el imputado pese a su legal notificación, ausente la defensoría de la niñez, es cuanto informo a su autoridad. CON LA PALABRA DE LA SEÑORA JUEZ.- Se concede la palabra a la señora fiscal, para que se manifieste sobre el informe de la señora secretaria. CON LA PALABRA LA REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DR. SERGIO CENTENO.- Siendo que se ha notificado al imputado pero el mismo no se encuentra presente, voy a solicitar se aplique el Art. 87 y 89 del CP. Procediendo a la declaración de rebeldía. CON LA PALABRA DE LA SEÑORA JUEZ.- Se tiene presente lo manifestado por las partes, se procede a emitir la correspondiente resolución: AUTO INTERLOCUTORIO N° 343/2024 DE DECLARATORIA DE REBELDIA DENTRO DE LA INVESTIGACION SEGUIDO POR EL MINISTERIO PUBLICO EN CONTRA DE HUGO MOSCOSO ESPINOZA SAN LORENZO, 30 DE JULIO DE 2024 VISTOS: Los fundamentos de los sujetos procesales CONSIDERANDO.- Que el Ministerio Público presenta imputación formal en contra de HUGO MOSCOSO ESPINOZA el presunto delito de ESTUPRO AGRAVADO previsto en el Art. 309 Y 310, habiéndose notificado legalmente el imputado de manera personal para la presente audiencia de medidas de medidas cautelares, no se apersono para asumir su defensa, ni justifico debidamente su inasistencia, en consecuencia se DECLARA LA REBELDIA del imputado HUGO MOSCOSO ESPINOZA de conformidad al art. 87 y 89 del C.P.P., por secretaria del juzgado, líbrese el correspondiente MANDAMIENTO de aprehensión y conducción, asimismo dentro del plazo establecido póngase en conocimiento del REJAP, emita formato de EDICTO conforme al Art. 165 del C.P.P. para la notificación del imputado mediante edicto, a ser diligenciada por la representante fiscal, como así también se designa como defensor de oficio a la abogada MIGUELINA ZARATE para que asuma defensa del imputado, debiendo notificarse al nombrado profesional; con la presente resolución quedan notificadas las partes, sin más que tratar termina la presente audiencia firmando en constancia juez y la suscrita secretaria quien certifica.--------------------------------------------------------------------------------------------------- TERESA TORREZ TORREZ ANTE MI SECRETARIA ABOGADA ADELA CISNEROS GONZALES.-


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