EDICTO
Ciudad: LA PAZ
Juzgado: JUZGADO PÚBLICO DÉCIMO CUARTO EN MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL
E D I C T O
Ciudad: La Paz
JUZGADO: PÚBLICO DE FAMILIA CATORCE DE LA CIUDAD DE LA PAZ.
Proceso: ASISTENCIA FAMILIAR
NUREJ: 20199471
Fecha: 30 DE AGOSTO DE 2024
EL DR. MARCOS A. BEDREGAL SERRANO JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA CATORCEAVO LA PAZ – BOLIVIA. POR EL PRESENTE EDICTO NOTIFÍQUESE A: EMILIO HUANCA CANTUTA, DENTRO DEL PRESENTE PROCESO DE ASISTENCIA FAMILIAR, seguido por REINA PINTO RODRIGUEZ, contra EMILIO HUANCA CANTUTA, A CUYO FIN SE TRANSCRIBEN LOS RECAUDOS DE LEY.---
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MEMORIAL CURSANTE A FOJAS 65 DE OBRADOS.---
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SEÑOR JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA 14 ---NUREJ 20199471 ---Proceso: Asistencia Familiar ---SOLICITA SE PONGA A LA VISTA ---REINA PINTO RODRIGUEZ, dentro del proceso de asistencia familiar caratulado PINTO c/ HUANCA; ante su autoridad con el debido respeto expongo y pido: ---Señor Juez, Ocurre que en vuestro juzgado en la gestión 2021 se ha procedido a materializar mi proceso de Asistencia Familiar mismo que al presente se encuentra sin movimiento por consecuencia disponiéndose su pre-archivo, ahora bien, con la finalidad de proceder con la respectiva liquidación de asistencia devengada por el obligado, siendo que ha dejado de cumplir con las asignaciones familiares en favor de mis hijos menores de edad y con el fin de reactivar mi demanda, de conformidad al artículo 24 de la Constitución Politica del Estado, solicito respetuosamente a su autoridad se sirva a ordenar se PONGA A LA VISTA el proceso familiar con los siguientes datos: ---Libro de Pre-Archivo: 2022 ---Tipo de Proceso: Asistencia Familiar ---Letra: P ---NO: 14 ---Demandante: Pinto Rodriguez Reina ---OTROSÍ.. Asimismo, a efectos legales de notificaciones virtuales electrónicas se señala el correo electrónico del abogado efrainmaclip@hotmail.com, registrado al sistema HERMES y número de celular 69980188. ---La Paz, Febrero de 2023 ---FIRMA Y SELLO: EFRAIN MACIAS LIPA
ABOGADO ---RPA 4932256 EML-B --- FIRMA ILEGIBLE
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PROVIDENCIA CURSANTE DE FOJAS 65 VTA. DE OBRADOS.---
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PINTO / HUANCA --- La Paz, 13 de febrero de 2023. --- De la solicitud que antecede, por secretaria del juzgado PÓNGASE A LA VISTA el presente proceso, siempre y cuando corresponda a las listas de PRE ARCHIVO 2022, de este despacho judicial. ---FIRMA Y SELLO: MARCOS A. BEDREGAL SERRANO ---JUEZ PUBLICO DE FAMILIA 14°---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA---LA PAZ – BOLIVIA---FIRMA Y SELLO: DRA. LIZETH ALEGRIA CHAVEZ CRUZ---SECRETARIA - ABOGADA---JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 14°---LA PAZ – BOLIVIA
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PROVIDENCIA CURSANTE DE FOJAS 66 DE OBRADOS.---
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La Paz, 01 de marzo de 2024. --- A la oficina con noticia de partes y considerando la data del proceso deberá notificarse a las partes en su domicilio real con la orden de desarchivo, en observancia a la jurisprudencia constitucional, a objeto de que se ponga en derecho. ---FIRMA Y SELLO: MARCOS A. BEDREGAL SERRANO ---JUEZ PUBLICO DE FAMILIA 14°---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA---LA PAZ – BOLIVIA---FIRMA Y SELLO: DRA. LIZETH ALEGRIA CHAVEZ CRUZ---SECRETARIA - ABOGADA---JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 14°---LA PAZ – BOLIVIA
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MEMORIAL CURSANTE A FOJAS 67 DE OBRADOS---
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SEÑOR JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA 14 ---NUREJ 20199471 ---Proceso:. Asistencia Familiar ---PRESENTA LIQUIDACIÓN ---REINA PINTO RODRIGUEZ, dentro del proceso de asistencia familiar caratulado PINTO c/ HUANCA; ante su autoridad con el debido respeto expongo y pido: ---Señor Juez, siendo que el obligado demandado NO VIENE CUMPLIEND0 con el pago mensual a tiempo de pensiones familiares dispuestas en favor de mis hijos estos últimos años, llegando a olvidarlos por completo. En Consecuencia, de conformidad al artículo 415 y 442 de la Ley 603, tengo a bien a realizar y presentar nueva liquidación, bajo los siguientes extremos: ---1. Mediante Auto de fojas 41 al 42 de obrados (Resol 549/2020), se ha dispuesto una fijación de asistencia familiar en favor de mis 2 hijos (Marcos y Emily Massiel Huanca Pinto) en el monto de 1,300 Bs.- (Un mil trescientos 00/100 bolivianos). ---2. La última liquidación fue practicada desde hasta el 10 de marzo de 2021, debiendo tomarse dicha fecha como parámetro para la presente liquidación. Es decir desde el 10 de marzo de 2021, al 10 de marzo de 2023 son 24 meses. ---3. Por Consecuencia, debiendo aplicarse la siguiente fomula (24 meses x 1,300 Bs.- = 31,200 Bs.). Por lo que al presente se adeudaría por concepto de asistencia familiar, la suma de 31,200 Bs. ---4. Ahora bien, por lealtad procesal se debe declarar que el obligado después de haber cancelado la totalidad de la primera liquidación, ha depositado tan solo 5 mensualidades en las siguientes fechas: el 13 de octubre de 2021 dos depósitos en el monto de 1,300 Bs.- (2,600 Bs.-), el 25 de noviembre de 2021 el monto de 1,300 Bs.-, el 29 de diciembre de 2021 el monto de 1,300 Bs.- y el 19 de marzo de 2022 el monto de 1,300 Bs.-, haciendo un total de 6,500 Bs. de depósitos realizados, debiendo deducirse este monto de la presente liquidación practicada. ---5. En consecuencia, se tiene la siguiente fórmula: 31,200 Bs. - 6,500 Bs.= 24.,700 Bs.- ---Por lo que al presente ei obligado adeudaria por concepto de asistencia familiar, la suma de 24. 700 Bs. (VENTICUATRO MIL SETECIENTOS 00/100 BOLIVIAN0S), solicitando se ponga en conocimiento de la parte adversa, para fines consiguientes de ley. ---OTROSI.- Asimismo, a efectos legales de notificaciones virtuales electrónicas se señala el correo electrónico del abogado efrainmaclip@hotmail. L.com, registrado al sistema HERMES y número 69980188. ---La Paz., marzo de 2023 ---FIRMA Y SELLO: EFRAIN MACIAS LIPA ---ABOGADO ---RPA 4932256 EML-B ---FIRMA ILEGIBLE
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PROVIDENCIA CURSANTE DE FOJAS 68 DE OBRADOS.---
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PINTO / HUANCA --- La Paz, 17 de marzo de 2023. --- En atención a lo expuesto, de conformidad a lo previsto por el Art. 415 par. I) de la Ley Nº 603, en conocimiento de parte contraria la Liquidación de asistencia familiar que antecede. --- AL OTROSÍ. – Por señalado domicilio procesal y los medios alternativos de comunicación, téngase presente la oficial de diligencias del juzgado.---FIRMA Y SELLO: MARCOS A. BEDREGAL SERRANO ---JUEZ PUBLICO DE FAMILIA 14°---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA---LA PAZ – BOLIVIA---FIRMA Y SELLO: DRA. LIZETH ALEGRIA CHAVEZ CRUZ---SECRETARIA - ABOGADA---JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 14°---LA PAZ – BOLIVIA
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PROVIDENCIA CURSANTE DE FOJAS 92 DE OBRADOS.---
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PINTO / HUANCA ---La Paz, 27 de junio de 2024 ---En merito a lo expuesto y a los datos del proceso, cursan registros de documentales originales emitidas por entes competentes tales como el Servicio General de Identificación Personal – SEGIP ( RESD. EN ALTO BENI - PROV. CARANVI)) y el Servicio de Registro Cívico – SERECI - ( A FS. 86 DE OBRADOS CURSA EL INFORME DE SERECI, EL CUAL SEÑALA EL ÚLTIMO DOMICILIO DE LA PARTE OBLIGADA, DOMICILIO: SZ SC SN), mereciendo el trámite correspondiente, se evidencia que los registros domiciliarios son inciertos, imprecisos y precarios, por lo que se dispone se cite a la parte demandada Sr. Emilio Huanca Cantuta, por edictos conforme dispone los Arts. 308, 309 y 310 de la Ley Nº 603 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, la misma que señala; el edicto se publicará en un medio de comunicación escrito de circulación nacional autorizado por la autoridad de medios de comunicación, en dos (2) oportunidades, el primer día domingo siguiente de la fecha de la orden del edicto y subsiguiente día domingo, además que las citaciones por edicto se acreditarán presentando las publicaciones realizadas, certificación de éste u otro medio fehaciente. A cuyo efecto por secretaria expídase el correspondiente edicto, debiendo esta parte prestar previamente juramento de desconocimiento de domicilio, en horas de oficina a partir de las 15:00 y sea con las formalidades de ley. ---Asimismo, de conformidad a la creación mediante Acuerdo de Sala Plena Nº 43/2018 del Tribunal Supremo de Justicia, implementa la Notificación Electrónica Hermes, a cuyo efecto y siendo el caso y bajo los principios de celeridad, acceso a la justicia y gratuidad, de conformidad a los Arts. 308, 309 y 310 de la Ley 603, expídase por secretaria el correspondiente edicto de ley, conforme al reglamento de notificaciones electrónicas HERMES. ---Al Otrosí 1º. - Por señalado los medios alternativos de comunicación, téngase presente por la oficial de diligencias del juzgado. ---JUEZ PUBLICO DE FAMILIA 14°---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA---LA PAZ – BOLIVIA---FIRMA Y SELLO: DRA. LIZETH ALEGRIA CHAVEZ CRUZ---SECRETARIA - ABOGADA---JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 14°---LA PAZ – BOLIVIA
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